Instituto Jalisciense para Migrantes (Extinto)

Información fundamental

Artículo 8. Información fundamental - General

Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados.

Artículo 8. Información fundamental - General

I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública.

x
g) Las actas y resoluciones del Comité de Transparencia.

En este inciso consultas las actas ordinarias y extraordinarias del Comité de Transparencia del Instituto Jalisciense para los Migrantes y sus convocatorias correspondientes a los años 2017 y 2018 y sus calendario de sesiones.

 

Nota: en 2016 la Unidad de Transparencia de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social estaban a cargo de lo relacionado a este Sujeto Obligado, en virtud de que somos sujetos obligados reconocidos por el ITEI a partir del 26 de abril de 2017, y de la cual anexo acta del pleno para su mayor conocimiento.

 

 

 

 

 

x
h) Dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes de acceso a la información.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes le informa la dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes de acceso a la información. 

 

Se informa a la ciudadanía que las solicitudes de acceso a la información, así como las solicitudes de protección de información confidencial, podrán recibirse a través de los siguientes medios:

 

*correo electrónico oficial de la Unidad de Transparencia;

*en el domicilio oficial de ésta;

*vía telefónica;

*por correo postal;

*mensajería;

*telégrafo;

*verbalmente ante el personal habilitado que las capturará en el sistema electrónico o manual de solicitudes; o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional.

La solicitud debe dirigirse en los términos que señala el Artículo 79 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

 

Domicilio: Penitenciaria No. 180, Colonia Americana, en Guadalajara, Jalisco, C.P. 44160

Teléfono: 01 (33) 38 18 28 80 ext. 52662

Correo electrónico: german.salazar@jalisco.gob.mx

Horario de atención 9:00 am – 5:00 pm

 

NOTA: Si la solicitud de acceso es presentada fuera del horario de atención; la misma será recepcionada a primera hora del día hábil siguiente en que se presentó.

 

No obstante lo anterior la Plataforma Nacional de Transparencia cuenta con los elementos prácticos y accesibles para solicitar información pública de manera electrónica. Para ello es necesario ingresar a la Plataforma, generar un usuario con contraseña, para hacer solicitudes a todos los Sujetos Obligados del país, dar su respectivo seguimiento e interponer recursos de revisión para el caso de estar inconformes con las respuestas, el vínculo de la plataforma se proporciona a continuación.

x
i) La denominación, domicilio, teléfonos, faxes, dirección electrónica y correo electrónico.

Instituto Jalisciense para los Migrantes. (Organismo Público Desconcentrado)

Titular de la Unidad de Transparencia.

Lic. German Salazar Mauricio

Domicilio:

Calle: Penitenciaria No. 180

Col. Americana C.P. 44160,

Guadalajara, Jalisco, México.

Telefonos:

01 (33) 38 18 28 80  Ext. 52662.

Correo Electrónico:

german.salazar@jalisco.gob.mx 

Horario de atención:

Lunes a Viernes de 9:00 a 17:00 horas

Sitio Web del Instituto:

https://soyde.jalisco.gob.mx/

Nota: nuestras oficinas no cuentan con Fax.

x
j) El directorio de todos los servidores públicos del sujeto obligado, a partir del nivel de jefe de departamento o su equivalente, o de menor nivel, cuando se brinde atención al público; manejen o apliquen recursos públicos; realicen actos de autoridad o presten servicios profesionales bajo el régimen de confianza u honorarios y personal de base.

En este inciso encuentras el Directorio del personal del Instituto Jalisciense para los Migrantes, para ello se anexa el link para que dando click se acceda al Directorio en comento hasta PRIMER NIVEL (DIRECTORA GENERAL) y SEGUNDO NIVEL (COORDINADOR(A)) y su respectivo curriculum vitae, asi como los Técnicos y auxiliares administrativos desde el 18 de diciembre de 2015 a la fecha, junto con su organigrama.

 

 

Nota: este Instituto no cuenta con funcionarios de tercero y cuarto nivel.

 

x
k) El nombre del encargado y de los integrantes, teléfono, fax y correo electrónico del Comité de Transparencia.

LIC. MARIANA SOPHIA MÁRQUEZ LAUREANO

DIRECTORA GENERAL INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES

Correo electrónico: marianasophia.marquez@jalisco.gob.mx / ijami.sedis@jalisco.gob.mx

Teléfono: 01 (33) 38 18 28 80 Ext. 52204 

Calle: Penitenciaria No. 180
Colonia Americana, Guadalajara Jalisco, México CP. 44160

Directora del Instituto Jalisciense para los Migrantes

Cargo en el Comité: Presidenta 

 

Lic. Nancy Monserrat Casillas Rubio

Coordinadora de Servicios y Programas Transversales.

Correo electronico:  monserrat.casillas@jalisco.gob.mx

Calle: Penitenciaria No. 180
Colonia Americana, Guadalajara Jalisco Mexico CP. 44160

Telefono: 01 (33) 3818-2880 Ext. 52662

Cargo en el Comité: Integrante 

 

Lic. German Salazar Mauricio

Titular de la Unidad de Transparencia

Cargo en el Comité:Secretario Técnico

Correo electrónico:  

german.salazar@jalisco.gob.mx

Calle: Penitenciaria No. 180
Colonia Americana, Guadalajara Jalisco México CP. 44160

Telefono:  01 (33) 3818-2880 Ext. 52662

 

Aviso: El Licenciado German Salazar Mauricio, Titular de la Unidad de Transparencia y Secretario de Comité de Transparencia del Instituto Jalisciense para los Migrantes, es el Encargado del mismo.

Nota: nuestras oficinas no cuentan con Fax.

x
l) El nombre del encargado, teléfono, fax y correo electrónico de la Unidad.

El 28 de febrero de 2017, mediante OFICIO IJAMI/UT/001/2017, la C. MARIANA SOPHIA MÁRQUEZ LAUREANO, Directora del Instituto Jalisciense para los Migrantes, designó al LIC. GERMAN SALAZAR MAURICIO como Titular de la Unidad de Transparencia.

 

Lic. German Salazar Mauricio

Correo electrónico:  

german.salazar@jalisco.gob.mx

Calle: Penitenciaria No. 180
Colonia Americana, Guadalajara Jalisco Mexico CP. 44160

Telefono: 01 (33) 3818-2880 Ext. 52662

Nota: nuestras oficinas no cuentan con Fax o personal habilitado para la atención de los solicitantes, salvo el Titular de la UT.

x
n) Índice de los expedientes clasificados como reservados, por área responsable de la información y tema.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes informa lo siguiente:

A la fecha no se han llevado a cabo procedimientos de modificación de clasificación (De conformidad al Capítulo I arts. 60 al 65).

Desde el 18 de diciembre del 2015 que fue creado mediante Decreto DIGELAG NUM. 004/2015, a la fecha el Instituto Jalisciense para los Migrantes, no cuenta con información estadística respecto a resoluciones sobre procedimientos de protección de información confidencial, toda vez que no se han llevado procedimientos de ese tipo, por lo tanto, no existen resoluciones del ITEI respecto a estos.

 

 

x
ñ) La estadística de las solicitudes de información pública atendidas, precisando las procedentes, parcialmente procedentes e improcedentes; así como la estadística de visitas a su sistema de consulta electrónica.

En este inciso encontrarás el link que se presenta  se puede consultar  las  solicitudes  atendidas por parte del Instituto Jalisciense para los Migrantes y del Fideicomiso de Atención a Jaliscienses en el Extranjero del año 2017, así como de los meses de enero, febrero, marzo, abril, mayo, junio, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2018, cumpliendo con la Consulta Jurídica 015/2016 (se adjunta consulta) dentro de las Obligaciones de Transparencia de los Fideicomisos Públicos sin estructura, cuyo año fue reconocido como sujeto obligado,  las  procedentes,  las  parcialmente  procedentes  asi como las  improcedentes, las  incompetencias  y que tipo de clasificacion de informacion se solicitó. Es un reporte  que  se captura  en  el portal  del  ITEI  con fines  estadisticos  y que presenta  la  informacion como lo pide el inciso. 

 

Al ingresar a la página denominada SIRES, del link que se indica:

 1.- Deberá colocarse en la pestaña de consulta de acuerdo al año que deseé conocer.

2.-Seleccionará el mes y año que quiera consultar.

3.-Selecione "Poder Ejecutivo" en la sección de grupo por sujeto obligado.

4.- Seleccione "organos desconcentrados" y en su caso "Fideicomisos Publicos" al tratarse de nuestro Fideicomiso sin estructura de Atencion a Jaliscienses en el Extranjero en la sección sub grupo por sujeto obligado y dar click en "buscar". O en su caso descargar los archivos directos que hemos realizado para su consulta, los cuales llevan el nombre de "SIRES Estadistica de Solicitudes (año)"

Consulta Jurídica 015/2016 archivo/pdf (15.89 MB)
SOLICITUDES MARZO 2017 IJAMI archivo/pdf (18.87 KB)
SOLICITUDES ABRIL 2017 IJAMI archivo/pdf (18.86 KB)
SOLICITUDES JUNIO 2017 IJAMI archivo/pdf (18.87 KB)
SOLICITUDES MAYO 2017 IJAMI archivo/pdf (18.87 KB)
SOLICITUDES JULIO 2017 IJAMI archivo/pdf (18.88 KB)
SOLICITUDES AGOSTO 2017 IJAMI archivo/pdf (18.88 KB)
SOLICITUDES OCTUBRE 2017 IJAMI archivo/pdf (18.90 KB)
SOLICITUDES NOVIEMBRE 2017 IJAMI archivo/pdf (18.90 KB)
SOLICITUDES DICIEMBRE 2017 IJAMI archivo/pdf (18.88 KB)
SOLICITUDES ENERO 2018 IJAMI archivo/pdf (18.88 KB)
SOLICITUDES FEBRERO 2018 IJAMI archivo/pdf (18.88 KB)
SOLICITUDES MARZO 2018 IJAMI archivo/pdf (18.90 KB)
SOLICITUDES ABRIL 2018 IJAMI archivo/pdf (18.90 KB)
SOLICITUDES MAYO 2018 IJAMI archivo/pdf (18.88 KB)
SOLICITUDES JUNIO 2018 IJAMI archivo/pdf (18.88 KB)
SOLICITUDES JULIO 2018 IJAMI archivo/pdf (18.88 KB)
SOLICITUDES AGOSTO 2018 IJAMI archivo/pdf (18.88 KB)
SOLICITUDES OCTUBRE 2018 IJAMI archivo/pdf (18.91 KB)
SOLICITUDES NOVIEMBRE 2018 IJAMI archivo/pdf (18.89 KB)

II. La información sobre el marco jurídico aplicables al y por el sujeto obligado.

x
a) Las disposiciones de las Constituciones Políticas Federal y Estatal.

En este inciso encuentras los siguientes ordenamientos:

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos (última reforma del 27 de agosto de 2018)

Constitución Política del Estado de Jalico a su última reforma, Mar. 1° de 2018 sec. DECRETO 26486/LXI/17, así como documento específico con los artículos aplicables federales, locales y el decreto de Reforma a la Constitución local en materia de transparencia.

 

ARTÍCULOS APLICABLES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (18.31 KB)
ARTICULOS APLICABLES DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO DE JALISCO archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (18.78 KB)
x
b) Los tratados y convenciones internacionales.

En el Instituto Jalisciense para los Migrantes aplica en su totalidad las Convenciones y/o Tratados Internacionales, aunque no regulan su existencia, atribuciones ni funcionamiento de este Sujeto Obligado, sin embargo es aplicable su contenido al tratarse de temas generales de respeto a los Derechos Humanos y Migración.

Cabe señalar que los instrumentos que aquí se presentan son aplicables en su totalidad para este Instituto, ya que protegen los Derechos Humanos de las personas migrantes.

 

Nota: Las fechas de publicación de estas podrán ser consultadas en los documentos en comento.

x
c) Las leyes federales y estatales.

En este inciso encuentras que el Instituto Jalisciense para los Migrantes se rige por las mismas Leyes Federales y Estatales con las fechas de sus últimas Reformas, además de un documento en PDF haciendo referencia a sus artículos aplicables.

 

 

 

x
d) Los reglamentos federales, estatales y municipales, en su caso aplicables.

Tipo documento: Los reglamentos federales y estatales.

 

Los reglamentos federales y estatales que regulan las acciones del Instituto Jalisciense para los Migrantes son los siguientes:

- Reglamento de La Ley de Migración, ultima reforma 23/05/2014. (todo el Reglamento aplica)

- Reglamento Interior de la Secretaría de Desarrollo e Integracion Social, fecha de publicación 25/06/2016. (todo el reglamento aplica)

- Reglamento Interno de Instituto Jalisciense para los Migrantes, fecha de publicación 11/01/2018.  (todo el reglamento aplica)

 

 

Nota: No aplican los Reglamentos municipales que apliquen a las atribuciones y existencia de este sujeto obligado.

 

x
e) Los decretos, acuerdos, criterios, políticas, reglas de operación y demás normas jurídicas generales.

EN ESTE INCISO ENCUENTRAS EL DECRETO DIGELAG 004/2015 DE CREACIÓN DEL INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES PUBLICADO EL 18 DE DICIEMBRE DEL 2015 EN EL PERIÓDICO OFICIAL DEL ESTADO DE JALISCO.

 

Nota:

El Instituto Jalisciense para los Migrantes no cuenta con acuerdos, criterios, Politicas, reglas de operacion y demás normas jurídicas al momento, en cuanto se cuenten con ellas se publicarán a la brevedad posible.

III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicables al y por el sujeto obligado.

x
a) Los apartados del Plan Nacional de Desarrollo que sirve de marco general a la planeación de las áreas relativas a las funciones del sujeto obligado

Nombre y Tipo de Plan:

En este inciso encuentras el Plan Nacional de Desarrollo con vigencia de 2013 -2018 emitido por el Gobierno Federal, asi como la vinculación del Instituto Jalisciense para los Migrantes con este Plan.

Responsable de su Ejecución:

Instituto Jalisciense para los Migrantes.

Con fundamento en los artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo decreto DIGELAG 004/2015( se anexa decreto), en uso de las facultades que se le confieren al Gobernador del Estado de Jalisco, a partir del 19 de mayo de 2016  se designa a la Titular del Instituto Jalisciense para los Migrantes, nombra como DIRECTOR GENERAL,  de este Instituto a la C. Mariana Sophia Márquez Laureano.

 

Las meta aplicable al Instituto Jalisciense para los Migrantes es:

PED 2012- 2018 Meta V. México con Responsabilidad Global.

  Objetivos que el Apartado persigue: AMPLIAR Y FORTALECER LA PRESENCIA DE MÉXICO EN EL MUNDO. PROMOVER EL VALOR DE MÉXICO EN EL MUNDO MEDIANTE LA DIFUSIÓN ECONÓMICA, TURÍSTICA Y CULTURAL. VELAR POR LOS INTERESES DE LOS MEXICANOS EN EL EXTRANJERO Y PROTEGER LOS DERECHOS DE LOS EXTRANJEROS EN EL TERRITORIO NACIONAL. 
 ENFOQUE TRANSVERSAL MIGRACIÓN

La importancia económica, la vinculación social y cultural y la trascendencia demográfica de los flujos en, desde y hacia México, tienen un peso cada vez mayor para la vida nacional.

La política pública debe atender las particularidades del fenómeno migratorio en sus múltiples dimensiones.

* Diseño e implementación de políticas, acciones y programas innovadores que, de manera integral e incorporando a los sectores de la sociedad civil, la academia y el gobierno aporten con responsabilidad conocimiento y herramientas para hacer frente a las distintas necesidades de los migrantes, en sus diversas modalidades.

*Velar por los intereses de los mexicanos en el extranjero es un deber central de una política exterior responsable.


*Una política integral de defensa de los intereses de los mexicanos en el exterior, debe tomar en cuenta la frágil vinculación entre los mexicanos en el extranjero y sus poblaciones de origen.

En particular, el incremento de las repatriaciones de connacionales obliga al Estado Mexicano a diseñar y ejecutar programas y acciones que garanticen su reintegración al país con dignidad y oportunidades para su desarrollo económico y social.

*Una política integral también debe incluir de manera prioritaria una perspectiva de género.

*Un nuevo modelo de gestión y ordenamiento fronterizo, así como de protección a los derechos de los migrantes y sus familias.

Finalmente, es necesario contar con una política clara e incluyente en materia de refugiados y protección complementaria.

 

Contacto

Calle: Penitenciaria No. 180 Col. Americana C.P. 44160

Guadalajara Jalisco México

Teléfono: 38 18 28 80 Ext. 52204

Correo electrónico: marianasophia.marquez@jalisco.gob.mx

NOTA: No contamos con Fax.

 

x
b) Los apartados de los programas federales.

En este inciso encuentras lo correspondiente a los Programas Federales que sirven para la planeación y desarrollo de este organismo desconcentrado.

La vigencia de los Programas Federales de este Instituto son anuales en virtud que dependen del presupuesto aprobado por el  H. Congreso de la Union y de las Reglas de Operación que se publican en el Diario Oficial de la Federación por cada ejercicio fiscal. Los Programas Federales cuentan con la participación de los tres niveles de gobierno (Federación, Estado y Municipio) la ejecución e implementación de cada uno de los programas se realiza según lo acuerden las partes.

Durante los años 2015, 2016 el Instituto no operó ningún Programa Federal, en el 2017 se designa al Instituto Jalisciense para los Migrantes para el manejo del Programa Denomiando "Fondo de Apoyo a Migrantes" que tiene el objetivo de apoyar a los migrantes mexicanos en el retorno a sus lugares de origen, ayudarles a encontrar una ocupación dentro del mercado formal, incrementar sus opciones de autoempleo, así como fomentar la operación de albergues que los atiendan.

 En esta Fracción Usted encontrará un buscador Inteligente donde seleccionara en el apartado de los Programas la opción "PROGRAMAS FEDERALES" en seguida se abrira un campo con los nombres de los programas federales que ejecuta la Dependencia en la que nos encontramos sectorizados "SEDIS" acontinuacion y por ultimo usted podra seleccionar el año que necesite informacion.

Ademas, anexo los LINEAMIENTOS de Operación del Fondo de Apoyo a Migrantes 2017 y 2018 en donde encontrarás las acciones susceptibles de apoyo, Distribución de los recursos por cada estado y lo correspondiente a Jalisco, la disposición, aplicación de los recursos, el informe del destino de los recursos, el control, transparencia y rendición de cuentas, así como fichas informativas de dicho Programa.

 

Contacto responsable del Programa:

Lic. Mariana Valtierra Chico

Calle: Penitenciaria 180 Col. Americana, Guadalajara Jalisco México

Teléfono: 01 (33) 38 18 28 80 Ext. 52662

Correo electrónico:mariana.valtierra@jalisco.gob.mx 

No contamos con FAX.

 

 

NOTA: La Informacion relacionada con los Programas Sociales FEDERALES  2017 se va actualizando una vez que son aprobadas y publicadas en el Diario Oficial de la Federacion las Reglas de Operación de cada uno de los Programas,  este Sujeto Obligado, a traves de la  Secretaría de Desarrollo e Integración Social, realiza la gestión y se empieza con la gestión de los recursos conforme lo va aprobando el Gobierno Federal, asi mismo es importante mencionar que no todos los años se nos autorizan los mismos Programas Federales. De igual manera, al momento el Instituto se encuentra en procedimientos administrativos para ejecutar el  Programa Federal FAM 2018, por lo que en cuanto se genere dicha información se publicará a la brevedad.

INFORMACIÓN GENERAL FAM 2017 archivo/pdf (352.47 KB)
FICHA INFORMATIVA FAM 2017 archivo/pdf (229.85 KB)
x
c) Los apartados del Plan Estatal de Desarrollo.

En este inciso encuentras lo correspondiente a los apartado del (PED 2013-2033 ACTUALIZADO) que sirven para la planeación y desarrollo de este sujeto obligado.

Nombre y Tipo de Plan:

Plan Estatal de Desarrollo con vigencia de 2013 -2033(actualizado), así como la Vinculación del Instituto Jalisciense para los Migrantes ubicado en el apartado Sectorial Dimensión 3 Equidad de oportunidades pagina 62, subprograma de migración.

Subprograma: Migración

0bjetivo 5. Reducir la vulnerabilidad de las localidades por el fenómeno migratorio Estrategias 5.1. Incorporar el tema de la migración en la agenda local de desarrollo social y económico. 5.2. Armonizar la legislación estatal con la federal aplicable en materia de migración. 5.3. Articular el diseño de políticas públicas para que atiendan de manera integral el fenómeno migratorio. 5.4. Contribuir a prevenir y corregir abusos u omisiones sobre los derechos humanos de las personas migrantes. 5.5. Brindar atención integral a migrantes indígenas de la ZMG. 5.6. Promover del desarrollo productivo de las remesas enviadas por los migrantes. 5.7. Esclarecer las obligaciones de los tres órganos de gobierno con respecto a la protección de derechos de las personas migrantes. 5.8. Atender integralmente a las personas migrantes víctimas de violación de sus derechos humanos y sociales. 5.9. Fomentar una cultura de respeto a los derechos de las personas migrantes a través de campañas. 5.10. Informar y acercar a los migrantes y a sus familias a los programas sociales por medio de campañas de difusión. 5.11. Crear una ventanilla única que gestione y tramite proyectos y servicios para los migrantes. 5.12. Acrecentar e institucionalizar las relaciones con los clubes de migrantes y otras organizaciones de jaliscienses en el extranjero. 5.13. Regular y mejorar la prestación de servicios a los jaliscienses en el exterior en coordinación con las representaciones consulares de México.

0bjetivo 6. Mejorar la vinculación de los migrantes en retorno con sus comunidades de origen Estrategias 6.1. Crear un sistema estatal confiable de información y estadística migratoria de las personas retornadas y su núcleo familiar. 6.2. Garantizar el respeto de los derechos de las personas migrantes que retornan promoviendo una cultura de igualdad e inclusión en la sociedad receptora. 6.3. Generar encuentros entre migrantes y localidades de origen-destino. 6.4. Ampliar las oportunidades de inversión productiva para los jaliscienses migrantes que retornan. 6.5. Fortalecer los mecanismos de coordinación entre autoridades para promover una participación y atención responsable, con la determinación de funciones y facultades claras, puntuales, con metas establecidas en el corto, mediano y largo plazo. 6.6. Brindar asesoría jurídica a las personas migrantes en retorno. 6.7. Establecer un comité intersectorial que promueva la oferta de empleo para los migrantes en retorno. 6.8. Ofrecer incentivos a las empresas que incorporen laboralmente a las personas migrantes

Responsable de su Ejecución:

La Secretaría de Desarrollo e Integración Social a traves de su organismo sectorizado Instituto Jalisciense para los Migrantes.

Con fundamento en los artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Decreto DIGELAG 004/2015, ambos ordenamientos de esta entidad federativa, en uso de las facultades que se le confieren al Gobernador del Estado de Jalisco, a partir del 19 de mayo de 2016  se designa a la Titular del Instituto Jalisciense para los Migrantes, nombra como DIRECTOR GENERAL,  de este Instituto a la C. Mariana Sophia Márquez Laureano.

Contacto
calle: Penitenciaria No. 180 Col. Americana C.P. 44160
Guadalajara Jalisco México
Teléfono: 01 (33) 38 18 28 80
Correo electrónico: marianasophia.marquez@jalisco.gob.mx

Número de fax: no contamos con Fax.

 

Nota: no se menciona la vigencia dentro del PED 2013-2033 actualizado.

x
d) Los programas estatales.

De conformidad con los artículos 39, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y el artículo 1 del Decreto DIGELAG DEC 004/2015 (se anexa en documento adjunto); el Instituto Jalisciense para los Migrantes tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, el cual tiene por objeto ejecutar las líneas de acción tendientes a alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo en materia de migración.

En virtud de lo anterior, este sujeto obligado es de reciente creación y no ha generado Programas Estatales al momento, sin embargo tengo a bien anexar los Programas Sectoriales de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social de la cual dependemos.

x
e) Los programas regionales.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes NO cuenta con Programas Regionales por parte de este Sujeto Obligado, en virtud de que el Poder Ejecutivo tiene Planes Regionales que sustituyen  la información de la planeación regional de este Inciso. En la ley de planeación para el Estado de Jalisco y sus Municipios, se establece que la planeación para el desarrollo del estado, estará orientada por el principio de regionalización como una estrategia encauzada al desarrollo equilibrado de las regiones. En ese sentido, los Planes para el Desarrollo Regional son los instrumentos de planeación en los que se establecen las prioridades que serán atendidas en cada una de las regiones del Estado de Jalisco.

Plan Estatal de Desarrollo, es un documento que expresa los matices de las regiones que mediante foros y consultas de percepción ciudadana son publicadas.

Dentro del apartado territorial del PED,  se establecen los programas más relevantes y áreas de oportunidad de las 12 regiones de Jalisco. Información que podrá encontrar dentro de cada documento (Región)

x
f) Las evaluaciones y encuestas que hagan los sujetos obligados a programas financiados con recursos públicos; y

Este Sujeto Obligado no genera, no posee ni administra información relacionada a este inciso de conformidad con los arts. 39 al 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y numerales 1, 4, 5 del Decreto 004/2015 de creación de este Instituto y Reglamento Interno de este Sujeto Obligado.

Se anexa el vínculo sobre la evaluación de programas de la Secretaría de Planeación Administración y Finanzas,  meramente informativo atendiendo el principio de máxima publicidad. 

x
g) Los demás instrumentos de planeación no comprendidos en los incisos anteriores.

De conformidad con el artículo primero del Decreto DIGELAG DEC 004/2015 (SE ANEXA PARA SU CONOCIMIENTO); el Instituto Jalisciense para los Migrantes tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, el cual tiene por objeto ejecutar las líneas de acción tendientes a alcanzar los objetivos establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo en materia de migración.
 

En virtud de lo anterior, anexo links con demás instrumentos de planeación con los que cuenta la Secretaría a la cual nos encontramos sectorizados para su mayor conocimiento.

IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicables al y por el sujeto obligado.

x
a) El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio.

El Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, en cumplimiento de la fracción V del artículo 4° Bis de la Ley de Planeación del Estado de Jalisco y sus Municipios y acorde con el artículo 65 del Reglamento de dicha Ley, pone a consideración de los ciudadanos este Plan General que contiene los objetivos, metas y estrategias que guían sus actividades para contribuir a materializar los objetivos establecidos en los Programas Sectoriales y Especiales de Jalisco 2014-2018, y de esa manera generar el aporte específico de las diferentes dependencias y organismos del Ejecutivo Estatal para cumplir los lineamientos y compromisos del Plan Estatal de Desarrollo Jalisco 2013-2033 en su versión actualizada.

Acorde con la Política de Bienestar del Ejecutivo Estatal, en la conceptualización de los problemas contenidos en el PED 2013-2033 fue relevante entender el desarrollo y el bienestar desde una perspectiva social, sumando componentes de índole subjetivo a los elementos objetivos o tangibles. Esto llevó a agrupar temáticas y objetivos en seis dimensiones del desarrollo para el bienestar: 

Plan Institucional SEDIS ( Secretaría de la cual depende el Instituto Jalisciense para los Migrantes)

Programa Sectorial / Objetivo Sectorial

Programa Sectorial Desarrollo e integración social - 76

* Mejorar la vinculación de los migrantes en retorno con sus comunidades de origen- 1

* Reducir la vulnerabilidad de las localidades por el fenómeno migratorio- 2

El apartado aplicable a este sujeto obligado está contenido en el apartado de Equidad de oportunidades, Subprograma de Migracion Pag. 62

El Plan Institucional se elabora en el marco de la Ley de Planeación para el Estado de Jalisco y sus Municipios y con estricto apego al Plan Estatal de Desarrollo 2013-2033 contribuyendo directamente con el logro de objetivos establecidos en el Programa Sectorial de Desarrollo e Integración Social.Constituye un instrumento que integra en una estructura coherente, la razón de ser de la Secretaría, sus objetivos sustantivos, los objetivos adjetivos y las estrategias necesarias para la ejecución de acciones tendientes a buscar el desarrollo social y la integración de los jaliscienses.

 

Nota:  El Plan General Ejecutivo publicado en el link es su versión mas reciente.

x
b) Los programas operativos anuales, de cuando menos los últimos tres años;

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, es un organismo desconcentrado creado el 18 de diciembre de 2015 mediante decreto DIGELAG DEC 004/2015, en virtud de lo anterior, no generó informacion en el 2015, ya que comenzó actividades en enero de 2016. 

La información relacionada con los Programas Operativos Anuales para el presente ejercicio no será generada a raíz de la Reforma del 14 de diciembre de 2013 a la Ley de Planeación para el Estado de Jalisco y sus Municipios. Los artículos modificados son el 2 bis, fracción I, inciso d y f; 15; 18, fracción VI; 20, fracción V; 20 bis; 21, fracción III; 22, fracción II; 76, fracción II, inciso a; y 78-C.

A partir de entonces, los programas operativos anuales son sustituidos por las Matrices de Indicadores para Resultados (MIR), las cuales se encuentran fundamentadas en dicha normatividad y en el artículo 39, fracción III y V, de la Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco, reformada el 22 de febrero de 2014

Expuesto lo anterior, en este inciso se señala las Matrices de Indicadores del 2015 cuando se era una Coordinacion General de Atencion a Jaliscienses en el Extranjero, y como Instituto Jalisciense para los Migrantes los años correspondientes a 2016, 2017 y 2018 de los objetivos y resultados del Instituto Jalisciense para los Migrantes (PP360) y de sus centros Jalisco en los Estados Unidos (PP362) en los cuales se encuentran desglosados de la siguiente manera:

NIVEL, RESUMEN NARRATIVO, NOMBRE DEL INDICADOR, COMPONENTES Y ACTIVIDADES DE ESTE SUJETO OBLIGADO.

Estos vienen a cumplir con el Programa Sectorial: Desarrollo e integración social, alineado al Plan Estatal de Desarrollo 2013- 2033 Actualizado en el Apartado de Equidad de oportunidades, Grupos prioritarios, cuyo objetivo sectorial es mejorar la vinculación de los migrantes en retorno con sus comunidades de origen, así como reducir la vulnerabilidad de las localidades por el fenómeno migratorio.

Asimismo, describo los recursos asignados en los ejercicios 2016, 2017 y 2018 para el cumplimiento de dichos indicadores:

2016: 4,978, 413.37

2017: 3,614,966.00

2018: 4,614, 966.00

 

 

Nota: Las Matrices de Indicadores de Resultados de indicadores de resultados 2018, 2017, 2016, 2015, se ajustan a las Politicas del Bienestar, eje central de los Programas sociales del Gobierno del Estado de Jalisco.

INDICADORES 2015 Coordinación General de Atención A Jaliscienses en el Extranjero. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (123.61 KB)
INDICADORES 2016 INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (11.05 KB)
INDICADORES 2017 INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES AL 31 DE MAYO DE 2017. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (67.80 KB)
PP 360: Atención para el Desarrollo de los Migrantes (JUNIO Y JULIO 2017) archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (68.55 KB)
INDICADORES: Atención a Jaliscienses en el Extranjero (JUNIO 2017) archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (68.92 KB)
MIR IJAMI ENERO A SEPTIEMBRE 2017. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (69.76 KB)
MIR CENTROS JALISCO ENERO A SEPTIEMBRE 2017. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (69.17 KB)
MIR IJAMI REPORTE FINAL 2017 COMPONENTE PP360: Atención para el Desarrollo de los Migrantes archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (84.11 KB)
MIR CENTROS JALISCO REPORTE FINAL 2017 COMPONENTE PP362: Atención a Jaliscienses en el Extranjero archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (64.18 KB)
Matriz de indicador PP 360: Atención para el Desarrollo de los Migrantes 2018. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (24.51 KB)
Matriz de indicador PP 362: Atención a Jaliscienses en el Extranjero 2018. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (14.46 KB)
x
c) Los manuales de organización.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, es un organismo desconcentrado creado el 18 de diciembre del 2015 mediante Decreto DIGELAG DEC 004/2015 (se anexa para su conocimiento), NO cuenta con manuales de organización, en cuanto se generen se publicarán a la brevedad.

Sin embargo, atendiendo al principio de maxima publicidad se publica el manual de organización de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social y cuya dependencia nos encontramos sectorizados.

x
d) Los manuales de operación.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, es un organismo desconcentrado creado el 18 de diciembre del 2015 mediante decreto DIGELAG DEC 004/2015 (se anexa para su conocimiento), por lo que aún no genera manuales de operación, en cuanto se generen se publicarán a la brevedad.

 

Nota: Por las Políticas Administrativas de 2011, las dependencias del Poder Ejecutivo no tienen Manuales de operación, ya que según dichas políticas:

7.9. Las dependencias y organismos públicos desconcentrados y descentralizados, deberán elaborar sus manuales administrativos: organización, procesos, servicios, puestos y de inducción y bienvenida, de acuerdo a la normatividad y a la metodología definida por la Secretaría a través de la Dirección General de Innovación y Mejora Gubernamental. (página 67).

 

Anexando el link con el documento de las Políticas Administrativas 2011.

x
e) Los manuales de procedimientos.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, es un organismo desconcentrado creado el 18 de diciembre del 2015 mediante decreto DIGELAG DEC 004/2015 (se anexa para su conocimiento), al momento NO ha generado manuales de procedimientos, en cuanto se generen se publicarán a la brevedad.

Sin embargo, atendiendo al principio de maxima publicidad se anexa link con el manual de procedimientos de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social de quien estamos sectorizados.

x
f) Los manuales de servicios.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes (IJAMI), es un organismo desconcentrado creado el 18 de diciembre del 2015 mediante decreto DIGELAG DEC 004/2015 (se anexa para su conocimiento), sectorizado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social (SEDIS).

En virtud de lo anterior, se anexa link con el manual de servicios de la dependencia a la cual nos encontramos sectorizados.

x
g) Los protocolos;

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, es un organismo desconcentrado creado el 18 de diciembre del 2015 creado mediante decreto DIGELAG DEC004/2015 y el Reglamento Interno de este sujeto obligado (se anexan para su conocimiento) no se encuentra en nuestras facultades la generación de protocolos de manera directa, sin embargo tengo a bien anexar Protocolo en los cuales este sujeto obligado tiene aportaciones de manera indirecta y que ha trabajado don distintas depedencias.

x
h) Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; y

La Subsecretaría de Planeación y Evaluación del Gobierno del Estado de Jalisco organizó una serie de mesas de diálogo técnico entre especialistas ciudadanos y responsables gubernamentales para fortalecer y potenciar el trabajo del Consejo Consultivo Ciudadano MIDE Jalisco con el propósito de avanzar en la co-creación de metodologías y parámetros para los indicadores y metas del desarrollo de Jalisco.

MIDE Jalisco cuenta con un acervo de información, donde la mayoría de los más de 400 indicadores vigentes cuentan con registros históricos desde 2006. Estamos hablando de un conjunto de cientos de miles de datos, donde conviven métricas registrales locales generadas por entidades y dependencias del Gobierno de Jalisco, con indicadores que son publicados por fuentes externas de prestigio y amplia penetración nacional, como INEGI, SHCP, CONEVAL, IMCO, etc. Los datos abiertos disponibles en MIDE Jalisco están publicados en bases de datos estandarizados web, que pueden ser exportables en formatos Excel, CSV, XML o JSON. Es por ello que MIDE Jalisco tiene una clasificación de tres estrellas en sistemas open data, dado que cumple en tener la información disponible en Internet de manera estructurada y en formato no propietario. Bajo estas condiciones, MIDE Jalisco fue una de los primeros sistemas estatales que se conectó a la Red México Abierto que coordina el Gobierno Federal.

A continuación se muestra  el acceso al seguimiento de  indicadores reportados por el Instituto Jalisciense para los Migrantes a través de la Secretaría de Desarrollo Social a la cual se encuentra Sectorizado (DECRETO DE CREACIÓN DIGELAG 004/2015) en el MIDE,  en el que se muestran  de manera especifica la información de cada uno de ellos.
1.Ingresar la siguiente dirección:  https://seplan.app.jalisco.gob.mx/mide/panelCiudadano/inicio

2.Seleccionar la opción "Equidad de Oportunidades" en la parte de abajo de la pagina.

3.En el recuadro de "Filtrar indicadores" en el apartado de "Proposito de PED" seleccionar "Equidad de Oportunidades" y en el apartado de "tema sectorial" seleccionar "Grupos Prioritarios"

4. En la página numero 2, encontrarás los que resultados aplicables a este Sujeto Obligado son:
     I.- Porcentaje de migración neta interestatal
     II.-  Posición en el Índice de Intensidad Migratoria     
    
Una vez realizada la busqueda, seleccionar el programa, el cual arrojara datos como nombre del programa, vigencia, dependencia que reporta, descripcion, metodologia de evaluacion y la alineacion al Plan Estatal, el cual señala el objetivo de dicho indicador.

Nota: se anexa el link del Monitoreo de Indicadores del Desarrollo de Jalisco para una mayor accesibilidad.

RESPOSABLE DE LA EJECUCION:
Lic. Mariana Valtierra Chico

Instituto Jalisciense para los Migrantes

Calle: Penitenciaria #180, Col. Americana, Guadalajara.

mariana.valtierra@jalisco.gob.mx

Tel. 01 (33) 38182880 Ext. 52662 

x
i) Los demás instrumentos normativos internos aplicables.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, es un organismo desconcentrado de reciente creación DIGELAG DEC004/2015, asimismo anexo el Reglamento de Sesiones de sus organos auxiliares (Consejo Consultivo y Comisión Interinstitucional) instrumentos normativos internos publicados el 18 de diciembre de 2015 y 11 de enero de 2018 respectivamente, para su mayor conocimiento.

V. La información financiera, patrimonial y administrativa.

x
a) Las partidas del Presupuesto de Egresos de la Federación y conceptos del clasificador por objeto del gasto, aplicables al y por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

Este Instituto no genera ni poseé poseé dicha información, de conformidad con el Decreto de creación DIGELAG DEC 004/2015 Y SU REGLAMENTO INTERNO DEL INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES (DOCUMENTOS ANEXOS) el cual tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, asimismo dentro de las funciones del Instituto no se encuentra generarlas con base a los arts. 39,40,41,42 de la Ley Organica del Poder Ejecutivo y artículos 4 y 5 del decreto y 8 del Reglamento Interno anteriormente mencionado.

Sin embargo, se proporciona la liga que contiene el presupuesto de Egresos de la Federación correspondiente al 2015, 2016, 2017 , 2018 y la liga donde podrá consultar presupuestos de ejercicios anteriores.

Sobre el Clasificador por Objeto del gasto vigente con el ACUERDO por el que se modifica el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal que contiene la liga, corresponde a los años 2015, 2016, 2017, 2018,  de acuerdo al contenido de los transitorios de dicho documento que a la letra dice:

“El presente Clasificador entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de la Federación, con la finalidad de que las dependencias y entidades realicen las operaciones del Presupuesto de Egresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2012 y subsecuentes.”

 

 

NOTA: NO OBSTANTE SE ANEXA DOCUMENTO EN EXCEL DONDE SE DESGLOSA EL CIERRE DEL EJERCICIO PRESUPUESTAL 2016 DEL INSTITUTO, ASÍ COMO EL PRESUPUESTO AUTORIZADO PARA EL EJERCICIO FISCAL 2017 Y 2018 DESGLOSANDO UNIDAD PRESUPUESTAL, UNIDAD RESPONSABLE, CAPITULO DE GASTO, CONCEPTO GENERAL, OBJETO DEL GASTO E IMPORTE A NIVEL PARTIDA ESPECÍFICA DE GASTO Y SE ANEXA PAGINA DE LA SECRETARÍA DE DESARROLLO E INTEGRACION SOCIAL, DE LA CUAL ESTE INSTITUTO SE ENCUENTRA SUBORDINADO PARA SU MAYOR CONOCIMIENTO Y UN DOCUMENTO DONDE SE SEÑALA EL TOMO Y PAGINA, ATENDIENDO EL PRINCIPIO DE MAXIMA PUBLICIDAD.

CABE MENCIONAR, QUE EN LAS PARTIDAS 3000 Y 4000 SE DESGLOSA EL PRESUPUESTO PARA LOS PROFGRAMAS O PROYECTOS EN LOS QUE SE DESTINA EL RECURSO. 

Asimismo, se incluye el COG emitido por la CONAC dicho clasificador lo podra localizar en: https://www.conac.gob.mx/es/CONAC/Normatividad_Vigente

De igual manera, atendiendo al principio de maxima publicidad se publica el link respecto a  lo aplicable a nuestro organo rector  (SEDIS) y el Clasificador por Objeto del Gasto para la Administración Pública Federal publicado en el DOF el 28 de diciembre de 2010, incluye reformas del 27 de diciembre de 2011; 29 de junio de 2012; 24 de julio de 2013, 4 de diciembre de 2015, 15 de agosto de 2016, 27 de junio de 2017 y 26 de junio de 2018.

PRESUPUESTO IJAMI 2018. archivo/pdf (4.19 MB)
x
b) Los ingresos extraordinarios recibidos por cualquier concepto, señalando el origen de los recursos, el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como el proyecto o programa donde serán aplicados

El Instituto Jalisciense para los Migrantes no recibe ingresos extraordinarios, debido a la naturaleza de sus funciones y atribuciones, tal y como lo señala los articulos 39,40,41,42 de la Ley Organica del Poder ejecutivo del Estado de Jalisco, articulos 4 y 5 del Decreto de creación DIGELAG DEC 004/2015 y su Reglamento Interno.

Artículo 39. Los órganos desconcentrados son las Dependencias de la Administración Pública Centralizada, que tienen por objeto auxiliar a las Secretarías, la Procuraduría Social, la Fiscalía General del Estado y la Contraloría del Estado en el ejercicio de determinadas funciones, las cuales se encuentran administrativamente subordinadas a aquellas, pero cuentan con autonomía técnica en el ejercicio de sus atribuciones.

Artículo 40. El titular de los órganos desconcentrados es unipersonal y se denomina genéricamente Director General, salvo lo dispuesto en la normatividad particular de cada órgano desconcentrado. Para ser Director General de un órgano desconcentrado se requiere: I. Ser ciudadano mexicano, en ejercicio de sus derechos civiles y políticos; y II. Contar con título profesional preferentemente en la materia que se trate o acreditar experiencia en la misma al momento de su designación. Los Directores Generales de los órganos desconcentrados son designados y removidos por el Gobernador del Estado, ya sea libremente o a propuesta del Secretario correspondiente, el Procurador Social, el Fiscal General o el Contralor, en su caso.

Artículo 41. Los órganos desconcentrados contarán con la estructura orgánica que determine el reglamento interno respectivo, el cual también hará la distribución de competencias y atribuciones entre las unidades que lo conforman y de conformidad con el presupuesto. Los órganos desconcentrados funcionarán de acuerdo con los reglamentos, manuales y demás instrumentos normativos aplicables.

Artículo 42. Los órganos desconcentrados tienen las siguientes atribuciones: I. Auxiliar a la Dependencia a la que están jerárquicamente subordinados, en las funciones que se le encomienden, con autonomía técnica en el ejercicio de sus atribuciones; II. Proponer a la Dependencia a la que estén jerárquicamente subordinados, las normas, políticas, programas, instrumentos y proyectos en las materias de su competencia; y III. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables. 

Capítulo II

Del Objeto y las Atribuciones

 

Artículo 4º.El Instituto en los ámbitos de su competencia, tiene por objeto:

 

I. Promover y coordinar la prestación de servicios del Gobierno Estatal a la población migrante y,  en aquéllos del orden federal, colaborar con las secretarías y entidades correspondientes de acuerdo a los convenios que para tal efecto se celebren;

 

II. Fomentar una nueva visión de los jaliscienses en el extranjero, que incluya el aprovechamiento de sus talentos, capacidades y experiencias para el desarrollo de esta entidad Federativa, desde una perspectiva de desarrollo social, equidad de género y derechos humanos;

 

III. Promover el respeto a los derechos de los migrantes, de conformidad con lo estipulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Jalisco, la Ley de Migración y por los instrumentos internacionales en la materia de los que México sea parte;

 

IV. Impulsar mecanismos de participación de los jaliscienses en el extranjero en los asuntos políticos, económicos y sociales de todos los órdenes de gobierno en Jalisco;

 

V. Apoyar la reinserción en la vida local de los jaliscienses en el extranjero que retornen al Estado;

 

VI. Contribuir al fortalecimiento de los vínculos de los jaliscienses en el extranjero con sus lugares de origen;

 

VII. Promover la identidad, cultura y tradiciones de Jalisco en los lugares donde residen los jaliscienses en el extranjero;

 

VIII. Alentar el desarrollo de políticas municipales dirigidas a atender las necesidades de los jaliscienses en el extranjero y sus comunidades de origen;

 

IX. Apoyar las acciones que las dependencias y entidades del Gobierno del Estado impulsen en el extranjero, dirigidas  a la promoción de los intereses de Jalisco; y

 

X. Los demás que le confiera este Decreto y otras disposiciones aplicables

 

Artículo 5º.Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tiene, además de las establecidas en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, las siguientes atribuciones:

 

I. Promover la suscripción de acuerdos de colaboración con organismos gubernamentales, no gubernamentales, públicos y privados, locales, estatales, nacionales e internacionales para el desarrollo de proyectos que involucren o beneficien a los jaliscienses en el extranjero.

 

II. Impulsar el fortalecimiento de las políticas públicas de la Administración Política Estatal dirigidas a la población migrante;

 

III. Fungir como enlace del Gobierno del Estado ante las instancias municipales, otros órdenes de gobierno y de la sociedad civil en materia de migración;

 

IV. Participar en la formulación y ejecución del programa sectorial correspondiente, mediante la presentación de propuestas en  relación con sus funciones y objetivos, así como de mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, Concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de dicho programa.

 

V. Proponer el apartado correspondiente a migración respecto del programa institucional, sujetándose a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente;

 

VI. Recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero, así como de instrucciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

 

VII. Promover la suscripción de convenios de colaboración, concertación y coordinación con dependencias y entidades de la administración pública federal, de otras secretarías y entidades del Gobierno del Estado y los municipios, así como con organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, organismos internacionales, instituciones y empresas de los sectores sociales y privado, para desarrollar las siguientes acciones de apoyo a migrantes que transiten por el Estado de Jalisco en situación de vulnerabilidad:

 

a) Para la prevención, persecución y combate de los delitos de los que son víctimas los migrantes en tránsito y atención a aquéllos que son víctimas de delito.

 

b) Coadyuvar con las acciones humanitarias, de asistencia  o de protección a los migrantes en tránsito que realizan las organizaciones de la sociedad  civil legalmente constituidas; y

 

c) Brindar atención hospitalaria de urgencia y traslado en ambulancia  a migrantes en tránsito con problemas graves de salud física y mental; y

 

VIII. Las demás que este Decreto u otras disposiciones legales le confieran, así como las que le deleguen el Titular del Ejecutivo o el Secretario de Desarrollo e Integración Social.

Artículo 8.Además de las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y el artículo 9° del Decreto de creación, la persona que funja como titular de la Dirección General ejercerá las siguientes:

 

I.              Representar al Instituto ante las diversas entidades e instancias locales, nacionales e internacionales;

 

II.            Proponer a la Secretaría las normas, políticas, programas, instrumentos y proyectos en las materias competencia del Instituto;

 

III.           Realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento del objeto del Instituto;

 

IV.          Suscribir los documentos e instrumentos jurídicos necesarios para el cumplimiento del objeto del Instituto;

 

V.           Elaborar propuestas en relación con las funciones y objetivos del Instituto para la formulación y ejecución de los planes y programas  correspondientes; así como de los mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de los mismos de conformidad con la normatividad vigente;

 

VI.          Elaborar los planes y programas de trabajo del Instituto;

 

VII.         Promover y proponer acciones a favor de los migrantes;

 

VIII.       Establecer y difundir los mecanismos para recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero y en la entidad, así como de instituciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

 

IX.          Expedir copias certificadas en los términos de la normatividad vigente, de los documentos que obran en los archivos del Instituto;

 

X.           Tramitar y resolver los procedimientos en materia de información pública y protección de datos personales que sean competencia del Instituto de conformidad con la legislación aplicable; y 

 

Las demás que le señalen otras disposiciones legales aplicables y las que le confiera la persona que funja como titular de la Secretaría. 

x
c) El presupuesto de egresos anual y, en su caso, el clasificador por objeto del gasto del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

En esta liga podrá consultar el presupuesto desde el 2015 a la fecha,  podrá consultar el clasificador del presupuesto de egresos anual para el Estado de Jalisco, clasificador del objeto de gasto, y plantilla  respecto a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social y de este Sujeto Obligado subordinado a esa Secretaría conforme a los artículos 4 y 5 del decreto DIGELAG 004/2015 y Reglamento Interno del Instituto Jalisciense para los migrantes. (DOCUMENTOS ANEXOS), así como documentos especificos aplicables a esta Secretaría en lo referente a los presupuestos 2015, 2016, 2017 y 2018 los cuales podra descargar. 

 

Nota:  de igual manera se anexa link de la pagina de Transparencia de la SEDIS para una mayor accesibilidad se han generado los documentos especificos  de la cual dependemos en lo referente a los presupuestos de los años 2013 a 2018, los cuales podra descargar.

PRESUPUESTO IJAMI 2016 Y 2017 POR PARTIDA. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (14.34 KB)
x
d) Las convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos;

Desde el 18 de diciembre del 2015 que fue creado el Instituto Jalisciense para los Migrantes, es por ello que durante lo restante de 2015, así como los años 2016, 2017 y 2018, no se tiene registro de que se hallan realizado Convocatorias a concurso para ocupar cargos publicos, por lo tanto tampoco existen resultados de las mismas, ya que como lo señala el Articulo 39, 40, 41 y 42 de la Ley Organica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, no es una funcion y/o Atribucion propia de este Instituto; por lo cual se señala que la dependencia encargada de realizar dichas funciones es la Secretaria de Planeacion, Administracion y Finanzas del Estado de Jalisco, cuyo link se deja a su disposicion.

Al respecto la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en su Artículo 14. Otorga a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas  las siguientes atribuciones:

LIII. Llevar el registro y afiliación de todos los servidores públicos del Poder Ejecutivo del Estado;…

LV. Intervenir en los nombramientos, licencias, destituciones, renuncias y jubilaciones de servidores públicos que no se atribuyan expresamente por la ley a otras dependencias gubernamentales;

LVI. Autorizar las compatibilidades de los servidores públicos, para que puedan desempeñar mas de un empleo, conforme a las leyes;

 

REGLAMENTO INTERNO SEDIS archivo/pdf (3.09 MB)
x
e) El organigrama del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años, así como la plantilla del personal del sujeto obligado, con las modificaciones de cuando menos los últimos tres años, en la que se incluya el número total de plazas del personal de base, del personal de confianza y las vacantes;

En este inciso encuentras la información relativa al Organigrama y las plantillas HASTA segundo nivel  ya que no se cuenta con tercero o cuarto nivel de los años 2016, 2017 y 2018 del Instituto Jalisciense para los Migrantes con sus respectivas modificaciones en archivos de excel adjuntos; toda vez que con base a el Decreto de creación DIGELAG DEC 004/2015 (se anexa documento) y Reglamento Interno del Instituto Jalisciense para los Migrantes, tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social; ahora bien en virtud de que este Instituto aún se encuentra en proceso de publicacion de su reglamento y que aún no cuenta con un manual organizacional, se anexa documento con las funciones del personal del Instituto atendiendo el principio de máxima publicidad.

2018

Plazas totales de personal de base IJAMI : 2

Total de plazas vacantes IJAMI: 0

Total de plazas de confianza IJAMI: 8

2017

Plazas totales de personal de base IJAMI: 3

Total de plazas vacantes IJAMI: 0

Total de plazas de confianza IJAMI: 9

2016

Plazas totales de personal de base IJAMI: 1

Total de plazas vacantes IJAMI: 0

Total de plazas de confianza IJAMI: 2

Nota: Se anexa en documento Excel información específica sobre las Prestaciones, Estímulos, Compensaciones, plantilla de personal por jornada y por nivel de los años 2016, 2017 y 2018 de este sujeto obligado.

Cabe señalar y ser reiterativo  que las platillas que se publican son de la Secretaria de Desarrollo e Integración Social, ya que este sujeto obligado es un órgano desconcentrado y esta adherido a la plantilla de SEDIS.

INFORMACIÓN DEL INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (94.33 KB)
PLANTILLA DEL INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES 2016. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (9.99 KB)
PLANTILLA DEL INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES 2017. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (14.90 KB)
PLANTILLA DEL INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES DE ENERO A SEPTIEMBRE DEL AÑO 2018. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (42.21 KB)
x
f) Las remuneraciones mensuales por puesto, incluido todas las prestaciones, estímulos o compensaciones;

En el vínculo Catálogo de puestos, Lineamientos, número de plazas, planilla y tabulador de sueldos 2015, 2016, 2017 y 2018, podrá consultar la información del Instituto Jalisciense para los Migrantes, quién tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, mediante decreto de creación número DIGELAG 004/2015 (se anexa decreto) encontrarás información relacionada con las remuneraciones mensuales, se deberá revisar la pestaña de "Plantilla por Dependencia" donde se encuentran los datos de la Secretaría rectora a la cual nos encontramos subordinados en los apartados siguientes:

  • Plantilla  2018 página  107 Sección IV. Volumen. V.
  • Plantilla 2017 página 138 Sección  VII. Volumen .V.
  • Plantilla 2016 página  95 Sección  LX. Volumen. V.

La información correspondiente a los niveles se deberá buscar en el tabulador de sueldos y catálogo de puestos de cada uno de los años mencionados.

Nota: Se anexa en documento Excel información específica sobre las Prestaciones, Estímulos, Compensaciones, plantilla de personal por jornada y por nivel de los años 2016, 2017 y 2018 de este sujeto obligado.

Cabe señalar y ser reiterativo  que las platillas que se publican son de la Secretaria de Desarrollo e Integración Social, ya que este sujeto obligado es un órgano desconcentrado y esta adherido a la plantilla de SEDIS.

plantilla 2016 SEDIS archivo/pdf (119.69 KB)
Catalogo de puestos 2016. archivo/pdf (215.45 KB)
x
g) Las nóminas completas del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, y en su caso, con sistema de búsqueda;

En la búsqueda de información en el link de Nóminas Completas de este sujeto obligado, deberá seleccionarse la Secretaría de Desarrollo e Integración Social o como Secretaría de Desarrollo Humano que fue el nombre esa Dependencia hasta el 01 de Marzo de 2013, que por decreto NÚMERO 24395/LX/13, se expide la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y en base al artículo transitorio Sexto esta Dependencia se llamará Secretaría de Desarrollo e Integración Social, en virtud de lo anterior, toda vez que de conformidad con el Decreto de creación del Instituto Jalisciense para los Migrantes DIGELAG Número 004/2015 y Reglamento Interno (se anexan en documentos), nuestro Instituto  tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social. Por lo que nuestro personal se encuentra dentro de la nomina de esa Secretaría.

Cabe señalar que en este apartado se publica informacion referente a las nominas, y  en cuanto a la dieta no recibidos por la secretaría y por ende en el Instituto tampoco; asimismo en cuanto a las primas como de antiguedad y vacacional; las cuales son parte de las gratificaciones, percepciones y/o estimulos que reciben los trabajadores, segun los derechos correspondientes a los mismos, las cuales estan publicadas en la nomina general; la cual debera de ingresar en el enlace denominado "Nominas Completas" o ingresando en su navegador la siguiente Dirección "https://gobiernoenlinea1.jalisco.gob.mx/nomina/Nomina?accion=-2&tipo=1", una vez ya en la pagina de nominas, debera de seleccionar la dependencia, en este caso la SECRETARIA DE DESARROLLO E INTEGRACION SOCIAL (aparecerá funcionarios del Instituto), si conoce el nombre del funcionario que desea buscar lo puede ingresar o en su caso dejar dicho espacio en blanco y posteriormente señalar el periodo de pago y finalmente seleccionar la opcion buscar; la busqueda le arrojara el listado de la secretaria que selecciono, conla fecha, nombre, lugar de adscripcion, puesto, percepciones, deducciones y total a pagar. si desea ver las descripciones prestaciones y deducciones  debera seleccionar el icono de la derecha de la cantidad a pagar.

Cabe señalar que en este Instituto no se pagan comisiones, por la naturaleza de las funciones propias a este Sujeto Obligado.

 

 

x
h) El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

Dentro de las atribuciones del Instituto Jalisciense para los Migrantes, conferidas en los artículos 39,40,41,42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y 4 y 5 del Decreto de Creación DIGELAG DEC 004/2015 Y SU REGLAMENTO INTERNO, no se encuentran la de otorgar pensiones al personal adscrito a este Instituto , sino que es de competencia de el Instituto de Pensiones del Estado.

El Instituto de Pensiones del Estado otorgará, conforme a las disposiciones de la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, las pensiones por jubilación, por edad avanzada, por invalidez, por viudez y orfandad, para los Servidores Publicos de la Secretaria de Desarrollo e Integracion Social las cuales se regirán por las disposiciones contenidas en el capítulo IV “Del Ramo de Pensiones”.

 
Al respecto la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, en sus Artículos 2, 148 y 149 establece el objeto, atribuciones y funciones de dicho instituto. Por lo tanto dicho ente garantiza las prestaciones y servicios a sus afiliados, pensionados, beneficiarios y derechohabientes.

 

Ahora bien a manera de información se proporciona la siguiente dirección electrónica de dicho Sujeto Obligado, donde se podrá consultar todos y cada uno de los pensionados por año de servicio, edad avanzada, invalidez y derechohabientes.

x
i) Los estados financieros mensuales, de cuando menos los últimos tres años;

Ley del Presupuesto contabilidad y Gasto Público del Estado de  Jalisco.

 

 Artículo 1.- La presente ley tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación, programación presupuestación, ejercicio, contabilidad, control, vigilancia y evaluación del gasto público estatal; además los procedimientos de coordinación para el registro e información de estas materias, correspondiendo su aplicación al titular del Poder Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de finanzas. 

 

Artículo 6.- La Contabilidad Gubernamental comprende la captación y registro de todas las operaciones de activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos, así como las asignaciones y ejercicios correspondientes a los programas y partidas del Presupuesto del Gobierno del Estado; que realicen las Dependencias y Entidades sujetas a esta Ley, la Contabilidad Gubernamental tendrá las siguientes finalidades: 

 

I. La elaboración de la cuenta pública para su presentación al Congreso del Estado y la sustentación de la información que requieran los Órganos de Control Gubernamental sobre el destino y manejo del Gasto Público; y 

 

II. Proporcionar información para la evaluación de los programas autorizados, así como para la planeación y programación futura.

 

La Cuenta Pública es a nivel CENTRALIZADO y la elabora Secretaria de Planeación, Administración y Finanzas de acuerdo al Artículo 14 fracción XXIII de la Ley Organica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, que refiere lo siguiente.

 Formular, mensualmente los estados financieros de la hacienda pública,

Por lo que se adjunta el vínculo a efecto de informar en donde pueden ser consultados los estados financieros.

 

NOTA: Instituto Jalisciense para los Migrantes, conferidas en los artículos 39,40,41,42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y 1, 4 y 5 del Decreto de Creación DIGELAG DEC 004/2015 y el Reglamento Interno del IJAMI, se encuentra subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, en virtud de lo anterior la mayoria de la información se encuentra en poseción del coordinación de Recursos Financieros de la Secretaría; para lo cual anexo el link correspondiente.

x
j) Los gastos de comunicación social, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la fecha, monto y partida de la erogación, responsable directo de la autorización de la contratación, denominación del medio de comunicación contratado, descripción del servicio contratado, justificación y relación con alguna función o servicio públicos;

 

 

Nota: Los gastos de comunicación social corren por parte de la Direccón General de Comunicación Social de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social y se encuentran en el portal de transparencia de la Secretaría a la cual nos encontramos sectorizados en el siguiente link "https://transparencia.info.jalisco.gob.mx/transparencia/dependencia/Secretar%C3%ADa%20de%20Desarrollo%20e%20Integraci%C3%B3n%20Social", de conformidad con el Decreto de Creación DIGELAG DEC 004/2015. (anexo para su conocimiento)

En el archivo de excel 2016 Y 2017 contiene los gastos relativos a este inciso por parte de la SEDIS. Cabe aclarar que en lo que va del año 2018 no se ha ejercido ni pagado concepto alguno sobre la partida 3611 por concepto de gastos de comunicación social.

De conformidad a las atribuciones de este Sujeto Obligado no está el recibir ingresos por ningún concepto ya que sus trámites son gratuitos por lo que no se cuenta con gastos de realización y difusión de mensajes y campañas de publicidad comercial de los productos y servicios que generan ingresos.

No se tiene información sobre el estudios del impacto de las campañas ya que no se generan, lo anterior, en virtud que la normatividad aplicable a esta actividad, no imponen dicha obligación o atribución, debiendo tener en cuenta que en términos del principio de legalidad, las autoridades, entre éstas los sujetos obligados, están imposibilitados para actuar fuera del marco de la ley, sin que ello sea objeto de exigencia jurídica.

Este Sujeto Obligado, no genera gastos para la contratacion de Servicios de Impresion y Publicacion de la Información, por lo tanto no contamos con dicha Información. 

Ademas en los meses de Enero, Febrero , Marzo y Julio del año 2017, no se ha ejercido ni pagado concepto alguno, correspondiente a la partida 3611 por concepto de gastos de Comunicación Social a lo transcurrido en 2017.(solo se ejerció dicha partida en los meses de Abril, Mayo y Junio del Año 2017).

Cabe aclarar que en lo que va del año 2018 de enero hasta la fecha, no se ha ejercido ni pagado concepto alguno sobre la partida 3611 por concepto de gastos de comunicación social.

NOTA: Instituto Jalisciense para los Migrantes, conferidas en los artículos 39,40,41,42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutiv y 1, 4 y 5, Decreto de Creación DIGELAG DEC 004/2015 y Reglamento Interno del IJAMI, se encuentra subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, en virtud de lo anterior la información se encuentra de la Secretaría.

GASTOS COMUNICACIÓN SOCIAL 2017 OCT-DIC. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (13.60 KB)
GASTOS COMUNICACIÓN SOCIAL ENERO 2017 A SEPTIEMBRE 2017. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (12.74 KB)
GASTOS DE COMUNICACIÓN SOCIAL 2016. archivo/vnd.ms-excel (42.50 KB)
x
k) El contrato de prestación de servicios o por honorarios, y el gasto realizado por concepto de pago de asesorías al sujeto obligado, donde se señale nombre de la empresa, institución o individuos, el concepto de cada una de las asesorías, así como el trabajo realizado;

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, al momento no genera contratos de prestación de servicios o por honorarios y/o gastos realizados por concepto de pago de asesorías, en virtud de que dentro de sus atribuciones no se encuentra realizar dicha información, como lo enuncio en los articulos 4 y 5 del decreto de creación 004/2015 y de nuestro reglamento interno.

 

Artículo 4º.El Instituto en los ámbitos de su competencia, tiene por objeto:

 

I. Promover y coordinar la prestación de servicios del Gobierno Estatal a la población migrante y,  en aquéllos del orden federal, colaborar con las secretarías y entidades correspondientes de acuerdo a los convenios que para tal efecto se celebren;

 

II. Fomentar una nueva visión de los jaliscienses en el extranjero, que incluya el aprovechamiento de sus talentos, capacidades y experiencias para el desarrollo de esta entidad Federativa, desde una perspectiva de desarrollo social, equidad de género y derechos humanos;

 

III. Promover el respeto a los derechos de los migrantes, de conformidad con lo estipulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Jalisco, la Ley de Migración y por los instrumentos internacionales en la materia de los que México sea parte;

 

IV. Impulsar mecanismos de participación de los jaliscienses en el extranjero en los asuntos políticos, económicos y sociales de todos los órdenes de gobierno en Jalisco;

 

V. Apoyar la reinserción en la vida local de los jaliscienses en el extranjero que retornen al Estado;

 

VI. Contribuir al fortalecimiento de los vínculos de los jaliscienses en el extranjero con sus lugares de origen;

 

VII. Promover la identidad, cultura y tradiciones de Jalisco en los lugares donde residen los jaliscienses en el extranjero;

 

VIII. Alentar el desarrollo de políticas municipales dirigidas a atender las necesidades de los jaliscienses en el extranjero y sus comunidades de origen;

 

IX. Apoyar las acciones que las dependencias y entidades del Gobierno del Estado impulsen en el extranjero, dirigidas  a la promoción de los intereses de Jalisco; y

 

X. Los demás que le confiera este Decreto y otras disposiciones aplicables

 

Artículo 5º.Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tiene, además de las establecidas en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, las siguientes atribuciones:

 

I. Promover la suscripción de acuerdos de colaboración con organismos gubernamentales, no gubernamentales, públicos y privados, locales, estatales, nacionales e internacionales para el desarrollo de proyectos que involucren o beneficien a los jaliscienses en el extranjero.

 

II. Impulsar el fortalecimiento de las políticas públicas de la Administración Política Estatal dirigidas a la población migrante;

 

III. Fungir como enlace del Gobierno del Estado ante las instancias municipales, otros órdenes de gobierno y de la sociedad civil en materia de migración;

 

IV. Participar en la formulación y ejecución del programa sectorial correspondiente, mediante la presentación de propuestas en  relación con sus funciones y objetivos, así como de mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, Concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de dicho programa.

 

V. Proponer el apartado correspondiente a migración respecto del programa institucional, sujetándose a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente;

 

VI. Recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero, así como de instrucciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

 

VII. Promover la suscripción de convenios de colaboración, concertación y coordinación con dependencias y entidades de la administración pública federal, de otras secretarías y entidades del Gobierno del Estado y los municipios, así como con organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, organismos internacionales, instituciones y empresas de los sectores sociales y privado, para desarrollar las siguientes acciones de apoyo a migrantes que transiten por el Estado de Jalisco en situación de vulnerabilidad:

 

a) Para la prevención, persecución y combate de los delitos de los que son víctimas los migrantes en tránsito y atención a aquéllos que son víctimas de delito.

 

b) Coadyuvar con las acciones humanitarias, de asistencia  o de protección a los migrantes en tránsito que realizan las organizaciones de la sociedad  civil legalmente constituidas; y

 

c) Brindar atención hospitalaria de urgencia y traslado en ambulancia  a migrantes en tránsito con problemas graves de salud física y mental; y

 

VIII. Las demás que este Decreto u otras disposiciones legales le confieran, así como las que le deleguen el Titular del Ejecutivo o el Secretario de Desarrollo e Integración Social.

De igual manera el Reglamento Interno del IJAMI establece lo siguiente:

Artículo 8.Además de las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y el artículo 9° del Decreto de creación, la persona que funja como titular de la Dirección General ejercerá las siguientes:

 

I.              Representar al Instituto ante las diversas entidades e instancias locales, nacionales e internacionales;

 

II.            Proponer a la Secretaría las normas, políticas, programas, instrumentos y proyectos en las materias competencia del Instituto;

 

III.           Realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento del objeto del Instituto;

 

IV.          Suscribir los documentos e instrumentos jurídicos necesarios para el cumplimiento del objeto del Instituto;

 

V.           Elaborar propuestas en relación con las funciones y objetivos del Instituto para la formulación y ejecución de los planes y programas  correspondientes; así como de los mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de los mismos de conformidad con la normatividad vigente;

 

VI.          Elaborar los planes y programas de trabajo del Instituto;

 

VII.         Promover y proponer acciones a favor de los migrantes;

 

VIII.       Establecer y difundir los mecanismos para recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero y en la entidad, así como de instituciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

 

IX.          Expedir copias certificadas en los términos de la normatividad vigente, de los documentos que obran en los archivos del Instituto;

 

X.           Tramitar y resolver los procedimientos en materia de información pública y protección de datos personales que sean competencia del Instituto de conformidad con la legislación aplicable; y 

 

Las demás que le señalen otras disposiciones legales aplicables y las que le confiera la persona que funja como titular de la Secretaría. 

 

 

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l) Los subsidios, en especie o en numerario, recibidos por el sujeto obligado, así como los otorgados por el sujeto obligado, en los que se señale...

El Instituto Jalisciense para los Migrantes NO otorga ni recibe donativos en especie o en numerario, de conformidad con los artículos. 4 y 5 del decreto de creación del Instituto DECRETO DIGELAG 004/2015 y nuestro Reglamento Interno mencionan lo siguiente:

 

 

Artículo 4º: El Instituto en los ámbitos de su competencia, tiene por objeto:

 

I. Promover y coordinar la prestación de servicios del Gobierno Estatal a la población migrante y,  en aquéllos del orden federal, colaborar con las secretarías y entidades correspondientes de acuerdo a los convenios que para tal efecto se celebren;

 

II. Fomentar una nueva visión de los jaliscienses en el extranjero, que incluya el aprovechamiento de sus talentos, capacidades y experiencias para el desarrollo de esta entidad Federativa, desde una perspectiva de desarrollo social, equidad de género y derechos humanos;

 

III. Promover el respeto a los derechos de los migrantes, de conformidad con lo estipulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Jalisco, la Ley de Migración y por los instrumentos internacionales en la materia de los que México sea parte;

 

IV. Impulsar mecanismos de participación de los jaliscienses en el extranjero en los asuntos políticos, económicos y sociales de todos los órdenes de gobierno en Jalisco;

 

V. Apoyar la reinserción en la vida local de los jaliscienses en el extranjero que retornen al Estado;

 

VI. Contribuir al fortalecimiento de los vínculos de los jaliscienses en el extranjero con sus lugares de origen;

 

VII. Promover la identidad, cultura y tradiciones de Jalisco en los lugares donde residen los jaliscienses en el extranjero;

 

VIII. Alentar el desarrollo de políticas municipales dirigidas a atender las necesidades de los jaliscienses en el extranjero y sus comunidades de origen;

 

IX. Apoyar las acciones que las dependencias y entidades del Gobierno del Estado impulsen en el extranjero, dirigidas  a la promoción de los intereses de Jalisco; y

 

X. Los demás que le confiera este Decreto y otras disposiciones aplicables

 

Artículo 5º.Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tiene, además de las establecidas en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, las siguientes atribuciones:

 

I. Promover la suscripción de acuerdos de colaboración con organismos gubernamentales, no gubernamentales, públicos y privados, locales, estatales, nacionales e internacionales para el desarrollo de proyectos que involucren o beneficien a los jaliscienses en el extranjero.

 

II. Impulsar el fortalecimiento de las políticas públicas de la Administración Política Estatal dirigidas a la población migrante;

 

III. Fungir como enlace del Gobierno del Estado ante las instancias municipales, otros órdenes de gobierno y de la sociedad civil en materia de migración;

 

IV. Participar en la formulación y ejecución del programa sectorial correspondiente, mediante la presentación de propuestas en  relación con sus funciones y objetivos, así como de mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, Concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de dicho programa.

 

V. Proponer el apartado correspondiente a migración respecto del programa institucional, sujetándose a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente;

 

VI. Recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero, así como de instrucciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

 

VII. Promover la suscripción de convenios de colaboración, concertación y coordinación con dependencias y entidades de la administración pública federal, de otras secretarías y entidades del Gobierno del Estado y los municipios, así como con organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, organismos internacionales, instituciones y empresas de los sectores sociales y privado, para desarrollar las siguientes acciones de apoyo a migrantes que transiten por el Estado de Jalisco en situación de vulnerabilidad:

 

a) Para la prevención, persecución y combate de los delitos de los que son víctimas los migrantes en tránsito y atención a aquéllos que son víctimas de delito.

 

b) Coadyuvar con las acciones humanitarias, de asistencia  o de protección a los migrantes en tránsito que realizan las organizaciones de la sociedad  civil legalmente constituidas; y

 

c) Brindar atención hospitalaria de urgencia y traslado en ambulancia  a migrantes en tránsito con problemas graves de salud física y mental; y

 

VIII. Las demás que este Decreto u otras disposiciones legales le confieran, así como las que le deleguen el Titular del Ejecutivo o el Secretario de Desarrollo e Integración Social.

Artículo 8.Además de las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y el artículo 9° del Decreto de creación, la persona que funja como titular de la Dirección General ejercerá las siguientes:

 

I.              Representar al Instituto ante las diversas entidades e instancias locales, nacionales e internacionales;

 

II.            Proponer a la Secretaría las normas, políticas, programas, instrumentos y proyectos en las materias competencia del Instituto;

 

III.           Realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento del objeto del Instituto;

 

IV.          Suscribir los documentos e instrumentos jurídicos necesarios para el cumplimiento del objeto del Instituto;

 

V.           Elaborar propuestas en relación con las funciones y objetivos del Instituto para la formulación y ejecución de los planes y programas  correspondientes; así como de los mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de los mismos de conformidad con la normatividad vigente;

 

VI.          Elaborar los planes y programas de trabajo del Instituto;

 

VII.         Promover y proponer acciones a favor de los migrantes;

 

VIII.       Establecer y difundir los mecanismos para recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero y en la entidad, así como de instituciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

 

IX.          Expedir copias certificadas en los términos de la normatividad vigente, de los documentos que obran en los archivos del Instituto;

 

X.           Tramitar y resolver los procedimientos en materia de información pública y protección de datos personales que sean competencia del Instituto de conformidad con la legislación aplicable; y 

 

Las demás que le señalen otras disposiciones legales aplicables y las que le confiera la persona que funja como titular de la Secretaría. 

 

x
m) El listado de personas físicas o jurídicas a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad, así como los informes que dichas personas les entreguen sobre el uso y destino de dichos recursos

En este inciso encuentras la información adjunta correspondiente a este inciso correspondiente a los años 2016, 2017, primer trimestre 2018 y durante los meses de abril, mayo, junio, julio,agosto, septiembre, octubre y noviembre no se han asignado ningún recurso.

 

Nota: la información correspondiente al 2015, se informa que esté Instituto fue creado el 18 de diciembre de 2015 mediante Decreto DIGELAG 004/2015 (anexo documento) por lo que no generó información en dicho año.

LISTADO FINAL 2017. archivo/vnd.ms-excel (48.50 KB)
PRIMER TRIMESTRE 2018 archivo/vnd.ms-excel (36.00 KB)
DECRETO DE CREACIÓN IJAMI 18/12/2015 archivo/msword (58.50 KB)
AGOSTO 2018 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (10.12 KB)
x
n) Las cuentas públicas, las auditorías internas y externas, así como los demás informes de gestión financiera del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, NO se le han hecho auditorías internas o externas, así como de demás informes de gestión financiera durante los años 2015, 2016, 2017 y 2018. Ademas, respecto a éste inciso se hace del conocimiento que la Ley del Presupuesto Contabilidad y Gasto Público del Estado de  Jalisco.

 

Artículo 1.- La presente ley tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación, programación presupuestación, ejercicio, contabilidad, control, vigilancia y evaluación del gasto público estatal; además los procedimientos de coordinación para el registro e información de estas materias, correspondiendo su aplicación al titular del Poder Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de finanzas. 

 

Artículo 6.- La Contabilidad Gubernamental comprende la captación y registro de todas las operaciones de activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos, así como las asignaciones y ejercicios correspondientes a los programas y partidas del Presupuesto del Gobierno del Estado; que realicen las Dependencias y Entidades sujetas a esta Ley, la Contabilidad Gubernamental tendrá las siguientes finalidades: 

I. La elaboración de la cuenta pública para su presentación al Congreso del Estado y la sustentación de la información que requieran los Órganos de Control Gubernamental sobre el destino y manejo del Gasto Público; y 

II. Proporcionar información para la evaluación de los programas autorizados, así como para la planeación y programación futura.

 

La Cuenta Pública es a nivel CENTRALIZADO y la elabora Secretaria de Planeación, Administración y Finanzas de acuerdo al Artículo 14 fracción XXIII que refiere lo siguiente.

 

 Formular, mensualmente los estados financieros de la hacienda pública.  

 

No se omite señalar, que las auditorías al interior del Poder Ejecutivo son practicadas por la Contraloría del Estado, misma que de conformidad a sus facultades y atribuciones , señala las fechas de inicio y cierre de las auditorías que se practican, así como sus objetivos y resultados de gestión, y establece las observaciones a solventar, así como el cumplimiento de avances en las mismas, por lo que los resultados de la información que se desglosa atiende a la publicada por la Contraloría del Estado, o, en su caso de las auditorías practicadas al Poder Ejecutivo la Auditoría Superior de la Federación.

 

 La Contraloría del Estado es la Dependencia que ejecuta las auditorias y por lo tanto también tiene el resguardo de las mismas.

En los últimos tres años este Sujeto Obligado no ha realizado auditorias internas, ya que no se cuenta con un Órgano de Control Interno.

asi mismo se señala que no se ha llevado a cabo auditoria externa realizada por despacho privado a este Sujeto Obligado.

 

Nota: se anexa link correspondiente donde usted puede solicitar información al respecto.

x
ñ) Los padrones de proveedores o contratistas, de cuando menos los últimos tres años;

De conformidad con el Decreto de creación de este Sujeto obligado el 18 de diciembre de 2015 DIGELAG 004/2015 y el Reglamento del Instituto Jalisciense para los Migrantes publicado el 11 de enero de 2018 ( se anexan documentos) no cuenta con las facultades de llevar a cabo gestiones con Proveedores o contratistas; El padrón de proveedores corresponde por facultad a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas tal y como se establece en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y lo establecido en el artículo 6 fracción V y 43 de la Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Gobierno del Estado.

Por lo que la información relativa a esta Secretaría puede ser consultar en el siguiente vinculo

El banner denominado Proveedores, encontrara el Padrón de Proveedores registrados ante el Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

Al seleccionar este apartado, ingresara el modo de búsqueda deseado

a) Nombre

b) Categoría

c) Letra o Número

d) Año de Inscripción

Posteriormente dar clic en el Proveedor buscado y se desprenderá los datos referentes al mismo.

Cabe aclarar que no todos son o ha sido proveedores de este Sujeto Obligado; sin embargo se otorga l información correspondiente al Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

Padrón de Contratistas

Es de competencia de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, el manejo del Padrón de Contratistas, ya que a esta en sus atribuciones se encuentra el programar, proyectar, ejecutar o adjudicar y contratar, controlar y vigilar la realización de toda la obra y la infraestructura pública a cargo del Estado, esto de conformidad con el artículo 17 fracción III de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo.

 

Queda a su disposición para consulta, el el vínculo “Listado de Padrón de Contratistas" en este se visualiza el padrón por orden alfabético, al selecciónar el contratista que desea consultar para ver detalladamente su información.

 

x
o) La información sobre adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente...

De acuerdo a las facultades y obligaciones conferidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en sus Artículos 39,40,41,42 y los numerales 1, 4 y 5 del Decreto de Creacion del Instituto DIGELAG DEC 004/2015 Y NUESTRO REGLAMENTO INTERNO, El Instituto Jalisciense para los Migrantes no tiene entre sus atribuciones el proyectar, ejecutar o adjudicar y contratar Obra Pública, siendo esto competencia de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública del Estado de Jalisco y de  la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas de conformidad  a los artículos 17 fracción I, II y III y 14 respectivamente de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, asi como en las disposiciones aplicables de la Ley de Adqusiciones y su Reglamento, por lo que la información aquí presentada es como referencia para su conocimiento.

En lo que se refiere a adquisiciones es facultad de la Secretaria de Administración, Planeación y Finanzas con fundamento en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo por lo que se adjunta  la liga de compras de esta Dependencia que es la encargada.

Para consultar la herramienta de adquisiciones:

1.-Ingresar al link

2.-Seleccionar la pestaña de Compras realizadas

3.-Buscar por en Dependencia Secretaria de Desarrollo e Integración Social

4.-Dar click en buscar y desglosara las adquisiciones.

 

Por otro lado, con respecto a las compras menores a la cantidad de 12,500.00 no se efectuaran más dichos procesos bajo esa cantidad, pues a partir del 25 de enero del 2017 entro en vigor la Ley de Compras, Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios, en donde ya no existen procesos: Por invitación, ni por Concurso, por tal motivo solamente los procesos que se enmarcan en el nuevo ordenamiento legal son:

·          FONDO REVOLVENTE.

·          ADJUDICACIÓN DIRECTA.

·          LICITACIÓN PÚBICA

Así mismo, los procesos enmarcados de FONDO REVOLVENTE Y LICITACIÓN PÚBLICA, los montos para dichos procesos serán publicados en el Presupuesto de Egresos y hasta el momento no se encuentran publicados para este sujeto.

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

NOTA: en enero, mayo, julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre de 2018 no se han llevado acabo adjudicaciones directas bajo las exepciones establecidas en la Ley de Compras Gubernamentales Enajenaciones y Contratación de Servicios.

 

Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco-may 16 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (74.64 KB)
Compras menores a .2016 Enero mayo archivo/vnd.ms-excel (374.00 KB)
Compras menores a 12500 mayo a julio 2016 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (281.51 KB)
Compras Menores a 12.500 Julio- Diciembre 2016 archivo/vnd.ms-excel (206.00 KB)
gastos menores a $12,500 marzo-abril 2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (70.00 KB)
compras menores a $12, 500 mayo 2017. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (19.22 KB)
Compras Menores a $12,500 Junio y julio. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (139.84 KB)
compras menores a $12,500 AGOSTO - SEP 2017. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (32.50 KB)
Compras menores a $12,500 octubre y noviembre 2017. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (107.12 KB)
compras menores a $12,500 octubre y noviembre 2017 IJAMI archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (106.96 KB)
Compras menores a $ 12,500.00 Diciembre 2017 IJAMI. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (81.67 KB)
Compras menores a $ 12,500.00 febrero 2018 IJAMI. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (11.12 KB)
Compras menores a $ 12,500.00 marzo 2018 IJAMI. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (10.91 KB)
Compras menores a $ 12,500.00 abril 2018 IJAMI. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (14.25 KB)
Compras menores a $ 12,500.00 Junio 2018 IJAMI. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (11.47 KB)
x
p) La información sobre concursos por invitación y licitaciones públicas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios, de cuando menos los últimos tres años, que deberá contener, por lo menos, lo siguiente...

NOTA ACLARATORIA: De acuerdo a las facultades y obligaciones conferidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en sus Artículos 39,40,41,42 y los numerales 1, 4 y 5 del Decreto de Creacion del Instituto DIGELAG DEC 004/2015 Y NUESTRO REGLAMENTO INTERNO del Instituto Jalisciense para los Migrantes no tiene entre sus atribuciones el proyectar, ejecutar o adjudicar y contratar Obra Pública, siendo esto competencia de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública del Estado de Jalisco y de  la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas de conformidad  a los artículos 17 fracción I, II y III y 14 respectivamente de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y lo dispuesto en la Ley de Adquisiciones y su Reglamento , por lo que la información aquí presentada es como referencia para su conocimiento.

En lo que se refiere a adquisiciones es facultad de la Secretaria de Administración, Planeación y Finanzas con fundamento en el artículo 14 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo por lo que se adjunta  la liga de compras de esta Dependencia que es la encargada.

Para consultar la herramienta de Compras:

1.-Ingresar al link

2.-Seleccionar la pestaña de Compras realizadas

3.-Buscar por en Dependencia Secretaria de Desarrollo e Integración Social

4.-Dar click en buscar y desglosara las compras.

 

Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco-may 16 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (74.67 KB)
Reglamento Ley de Adquisiciones y Enajenaciones del Estado de Jalisco-may 16 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (93.93 KB)
x
q) El nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quienes se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, los montos respectivos, así como la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones ...

NOTA ACLARATORIA: De acuerdo a las facultades y obligaciones conferidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en los numerales 39,40,41,42 y 1, 4 , 5 del Decreto de Creación del Instituto DIGELAG DEC 004/2015 Y NUESTRO REGLAMENTO INTERNO menciona que este sujeto obligado no tiene entre sus atribuciones cancelar o condonar algún crédito fiscal, por lo tanto no conoce los montos respectivos, así como la información estadística sobre las exenciones previstas en las disposiciones fiscales; siendo esto competencia   de  la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas de conformidad  a los artículos 14 fracción XLII  de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, , por lo que la información aquí presentada es como referencia para su conocimiento.

x
r) Los inventarios de bienes muebles e inmuebles del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción, el valor, el régimen jurídico, y el uso o afectación del bien;

BIENES INMUEBLES.- De conformidad en lo dispuesto en el artículo 13 fracción XXIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Secretaría General de Gobierno es la encargada de Administrar el Patrimonio Inmobiliario del Estado; por su parte el 14 de la Ley antes invocada establece que la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas tiene las siguientes atribuciones:

....XL. Efectuar el inventario, valuación y actualización respecto de los inmuebles propiedad del Estado;......

....LXIV. Registrar y controlar los vehículos del Estado, supervisando las condiciones de uso y autorizando reparaciones en general, servicios y mantenimiento de los mismos;....

....LXV. Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles al servicio de las dependencias y organismos del Ejecutivo;

El Gobierno de Jalisco es el único propietario de todos los bienes inmuebles del poder Ejecutivo del Estado, por lo tanto las Dependencias y Organismos utilizan estos bienes pero el resguardo de los mismos se encuentra en la Dirección de Patrimonio Inmobiliario de esta Secretaría General de Gobierno. Por esta razón, se presenta publica el link, donde podrá consultar  todos estos bienes inmuebles, mismos que se encuentran en proceso de actualización en su valor catastral a raíz de lo demandado por la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

Cabe mencionar, que El Instituto Jalisciense para los Migrantes tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social de acuerdo al articulo 1 del DECRETO DIGELAG 004/2015. Los Inventarios de bienes muebles e inmuebles se encuentran bajo el resguardo de la Coordinacion de Recursos Materiales de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social. 

Sin embargo, atendiendo el Principio de Maxima Publicidad y con la intención de facilitarle al usuario la busqueda de la Información de  los Bienes Muebles, Bienes Inmuebles y Vehiculos asignados a la Secretaria de Desarrollo e Integracion Social, se anexan el link de busqueda y un inventario en Excel con nuestro inventario:

"https://consultabienes.jalisco.gob.mx/bienesMuebles/BienesMuebles" en el cual seleccionas  la dependencia " Sria. de Desarrollo e Integración Social" luego "grupo o bien" y se encuentran los bienes muebles que pertenecen a la Dependencia a la cual nos encontramos sectorizados para su mayor conocimiento.

 

Nota: Este sujeto obligado NO cuenta y NO es propietarios de padron vehicular de los ultimos tres años o Bienes Inmuebles en comodato, Sin embargo se cuentan con bienes muebles en comodato por parte de JALTRADE al Instituto para nuestras oficinas en Los Ángeles y Chicago.

BIENES MUEBLES EN RESGUARDO DEL IJAMI 2015-2016-2017. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (9.54 KB)
INVENTARIO BIENES MUEBLES EN COMODATO DE JALTRADE A IJAMI 2018 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (11.86 KB)
INVENTARIO IJAMI 2018 PARTE 1 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (20.51 KB)
INVENTARIO IJAMI 2018 PARTE 2 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (36.05 KB)
x
s) Los gastos de representación, viáticos y viajes oficiales, su costo, itinerario, agenda y resultados;

En este inciso encontrarás el link de Viajes, su costo, itinerario, agenda y resultados de personal del Instituto Jalisciense para los Migrantes, correspondiente a los años 2015, 2016, 2017, y hasta agosto 2018.

 

Nota: durante el mes de julio, agosto, septiembre, octubre y noviembre del año 2018 no se han llevado a cabo Viajes, generado costos, itinerario, agenda y resultados de personal del Instituto Jalisciense para los Migrantes, en cuanto se generen se publicarán a la brevedad.

 

Viáticos 2018, 2017, 2016 y 2015 del Instituto Jalisciense para los Migrantes. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (289.33 KB)
x
t) Las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones otorgadas de los últimos tres años;

De conformidad con los Artículos 39, 40,41,42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y 1, 4 , 5 del Decreto de Creacion del Instituto DIGELAG DEC 004/2015 y nuestro Reglamento Interno del Instituto Jalisciense para los Migrantes no otorga ni recibe  concesiones, licencias, permisos o autorizaciones. 

 

 

 

Nota: Se señala el link donde puede consultar la informacion referente a este inciso.

 

x
u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública;

NOTA ACLARATORIA: De acuerdo a las facultades y obligaciones conferidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en sus Artículos 39,40,41,42 y 1, 4 , 5 del Decreto de Creación del Instituto DIGELAG DEC 004/2015 Y NUESTRO REGLAMENTO INTERNO, este Instituto no tiene entre sus atribuciones realizar expropiaciones por causa de utilidad pública a favor del Gobierno del Estado, siendo esta atribución del Gobernador de Jalisco realizar las expropiaciones, con base a lo establecido en el artículo 13, fracción XI de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, por lo que la Información será publicada por la Secretaría General de Gobierno. La información aquí presentada es como referencia para su conocimiento.

x
v) Las pólizas de los cheques expedidos, con identificación del número de cheque o transferencia, monto y nombre del beneficiario, indicando el motivo de la erogación, en el que de manera detallada y completa se indique para qué se erogó el recurso público, o en su caso la descripción que aparezca en la factura correspondiente; siempre y cuando con ello se aporten los elementos cualitativos y cuantitativos de la finalidad del cheque ...

En el siguiente link de pólizas de cheques expedidos a efecto de realizar la consulta deberá:

  • Seleccionar búsqueda avanzada
  • Seleccionar la Dependencia
  • Especificar el capítulo de gasto, tipo de gasto que se busca
  • Señalar la fecha que desea consultar
  • Para conocer los datosde la poliza, dar click en el número de cheque.

Cabe mencionar, que El Instituto Jalisciense para los Migrantes tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, es por eso que se proporciona dicho link. Esto con fundamento en los arts. 1, 4 y 5 del decreto de creación DIGELAG DEC 00472015 Y NUESTRO REGLAMENTO INTERNO.

x
w) El estado de la deuda pública del sujeto obligado, donde se señale cuando menos responsable de la autorización, fecha de contratación, monto del crédito, tasa de interés, monto total amortizable, plazo de vencimiento, institución crediticia, objeto de aplicación y avance de aplicación de cada deuda contratada;

NOTA ACLARATORIA: El Instituto Jalisciense para los Migrantes NO se encuentra facultado para contratar deuda pública ni  la públicacion del estado de la misma, para efectos informativos se publica la liga para consulta del estado de la deuda pública, que es atribución de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas (SEPAF) de conformidad al artículo 14 fracción XXVIII de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Los documentos relacionados con los Decretos o Acuerdos donde se autoriza la contratación de la deuda se encuentran en el catálogo de SEPAF.

Asimismo, se anexa el siguiente link de rendición de cuentas, con la finalidad de que usted tenga mas infomación atendiendo al principio de maxima publicidad.

 

x
x) Los estados de cuenta bancarios que expiden las instituciones financieras, número de cuentas bancarias, estados financieros, cuentas de fideicomisos e inversiones, de cuando menos los últimos seis meses;

INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES

Los estados de cuentas bancarios del Poder Ejecutivo están a nombre de la Secretaría de Finanzas y ahora SEPAF, llegan primero al domicilio de SEPAF y posteriormente son entregados a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social de la cual el Insituto se encuentra subordinado articulo 1 del Decreto de Creacion del Instituto DIGELAG DEC 004/2015 Y NUESTRO REGLAMENTO INTERNO (DOCUMENTOS ANEXOS) , lo anterior por las atribuciones que le otorga la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en su artículo 14. Asimismo, este Sujeto Obligado no tiene facultades para manejar cuentas de inversión, por lo que no maneja este tipo de cuentas.

 

 

FIDEICOMISO DE ATENCIÓN A JALISCIENSES EN EL EXTRANJERO.

Ahora bien, respecto al FIDEICOMISO DE ATENCIÓN A JALISCIENSES EN EL EXTRANJERO tal como lo indica la consulta jurídica 015/2016 (Fideicomisos públicos sin estructura, cumplen sus obligaciones de forma indirecta por medio del sujeto obligado del que dependan en administración u operación: Los Estados Bancarios (Art.8 Fracción V, inciso X) es la única obligación fundamental de los fideicomisos sin estructura.,se anexa estado de cuenta corrrespondiente del 2017 a octubre de 2018 y los estados de cuenta corriente (2016-2017-2018) catalogados en tres rubros a) Balanza de comprobación, b) Estado de resultados c) Estado de posición financiera en los cuales podrás revisar cuentas, destinatarios, saldos iniciales deudor-acreedor, cargos, abonos, saldos actuales, ingresos, egresos, y las posiciones financieras al 16 de noviembre de 2018.

 

 

Nota: Se señala el link donde puede consultar mayor informacion referente a este inciso.

x
y) La información en versión pública de las declaraciones patrimoniales de los servidores públicos que así lo determinen, en los sistemas habilitados para ello, de acuerdo a la normatividad aplicable; y

NOTA ACLARATORIA: De acuerdo a las facultades y obligaciones conferidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en sus articulo 39,40,41,42 y articulos 1, 4 , 5 del Decreto de Creacion del Instituto Jalisciense para los Migrantes DIGELAG DEC 004/2015 Y NUESTRO REGLAMENTO INTERNO, no tenemos entre nuestras atribuciones llevar a cabo el trámite y resguardo de las declaraciones patrimoniales de los funcionarios que obliga la Ley a presentarla, siendo esto competencia de la Contraloría del Estado de Jalisco, de conformidad al articulo 38 fracción IX de la Ley Organica del Poder Ejecutivo por lo que se invita a visitar lo publicado por esta Dependencia.

Asimismo en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco establece en el artículo 100 que la publicitación de la información relativa a la declaración patrimonial por parte de los entes responsables a los que se refiere el artículo 93 de la propia Ley, se hará siempre y cuando se cuente con la autorización previa y específica del servidor público de que se trate; cabe señalar que la declaración patrimonial contiene datos personales relativos a: (vida afectiva o familiar, domicilio particular, número telefónico particular, patrimonio, etc.), y para que se difunda, distribuya, publique, transfiera o comercialice, se debe de contar con la autorización por escrito ante dos testigos o mediante escritura pública del titular de la información confidencial, tal y como lo prevén los artículos 21 punto 1, fracción I, 22 y 23 punto 1, fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.

 

x
z) El registro de los procedimientos de responsabilidad administrativa, con indicación del número de expediente, fecha de ingreso, nombre del denunciante, nombre y cargo del denunciado, causa del procedimiento, estado procesal y, en su caso, la sanción impuesta;

Al dia de hoy el personal del Instituto Jalisciense para los Migrantes NO tiene registros de procedimientos de responsabilidad administrativa de sus trabajadores de conformidad al artículo 61 y 62 de la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco.

VI. La información sobre la gestión pública.

x
a) Las funciones públicas que realiza el sujeto obligado.

INSTITUTO JALISCIENSE PARA LOS MIGRANTES

De conformidad a la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco tiene las siguientes funciones:

 

Capítulo VI Órganos Desconcentrados

Artículo 39. Los órganos desconcentrados son las Dependencias de la Administración Pública Centralizada, que tienen por objeto auxiliar a las Secretarías, la Procuraduría Social, la Fiscalía General del Estado y la Contraloría del Estado en el ejercicio de determinadas funciones, las cuales se encuentran administrativamente subordinadas a aquellas, pero cuentan con autonomía técnica en el ejercicio de sus atribuciones.

Artículo 40. El titular de los órganos desconcentrados es unipersonal y se denomina genéricamente Director General, salvo lo dispuesto en la normatividad particular de cada órgano desconcentrado. Para ser Director General de un órgano desconcentrado se requiere: I. Ser ciudadano mexicano, en ejercicio de sus derechos civiles y políticos; y II. Contar con título profesional preferentemente en la materia que se trate o acreditar experiencia en la misma al momento de su designación. Los Directores Generales de los órganos desconcentrados son designados y removidos por el Gobernador del Estado, ya sea libremente o a propuesta del Secretario correspondiente, el Procurador Social, el Fiscal General o el Contralor, en su caso.

Artículo 41. Los órganos desconcentrados contarán con la estructura orgánica que determine el reglamento interno respectivo, el cual también hará la distribución de competencias y atribuciones entre las unidades que lo conforman y de conformidad con el presupuesto. Los órganos desconcentrados funcionarán de acuerdo con los reglamentos, manuales y demás instrumentos normativos aplicables.

Artículo 42. Los órganos desconcentrados tienen las siguientes atribuciones: I. Auxiliar a la Dependencia a la que están jerárquicamente subordinados, en las funciones que se le encomienden, con autonomía técnica en el ejercicio de sus atribuciones; II. Proponer a la Dependencia a la que estén jerárquicamente subordinados, las normas, políticas, programas, instrumentos y proyectos en las materias de su competencia; y III. Las demás que establezcan otras disposiciones legales y reglamentarias aplicables.

De conformidad al Decreto de creación del Instituto Jalisciense para los Migrantes tiene las siguientes funciones:

Artículo 4º.El Instituto en los ámbitos de su competencia, tiene por objeto:

I. Promover y coordinar la prestación de servicios del Gobierno Estatal a la población migrante y,  en aquéllos del orden federal, colaborar con las secretarías y entidades correspondientes de acuerdo a los convenios que para tal efecto se celebren;

II. Fomentar una nueva visión de los jaliscienses en el extranjero, que incluya el aprovechamiento de sus talentos, capacidades y experiencias para el desarrollo de esta entidad Federativa, desde una perspectiva de desarrollo social, equidad de género y derechos humanos;

III. Promover el respeto a los derechos de los migrantes, de conformidad con lo estipulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Jalisco, la Ley de Migración y por los instrumentos internacionales en la materia de los que México sea parte;

IV. Impulsar mecanismos de participación de los jaliscienses en el extranjero en los asuntos políticos, económicos y sociales de todos los órdenes de gobierno en Jalisco;

V. Apoyar la reinserción en la vida local de los jaliscienses en el extranjero que retornen al Estado;

VI. Contribuir al fortalecimiento de los vínculos de los jaliscienses en el extranjero con sus lugares de origen;

VII. Promover la identidad, cultura y tradiciones de Jalisco en los lugares donde residen los jaliscienses en el extranjero;

VIII. Alentar el desarrollo de políticas municipales dirigidas a atender las necesidades de los jaliscienses en el extranjero y sus comunidades de origen;

IX. Apoyar las acciones que las dependencias y entidades del Gobierno del Estado impulsen en el extranjero, dirigidas  a la promoción de los intereses de Jalisco; y

X. Los demás que le confiera este Decreto y otras disposiciones aplicables

Artículo 5º.Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tiene, además de las establecidas en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, las siguientes atribuciones:

I. Promover la suscripción de acuerdos de colaboración con organismos gubernamentales, no gubernamentales, públicos y privados, locales, estatales, nacionales e internacionales para el desarrollo de proyectos que involucren o beneficien a los jaliscienses en el extranjero.

II. Impulsar el fortalecimiento de las políticas públicas de la Administración Política Estatal dirigidas a la población migrante;

III. Fungir como enlace del Gobierno del Estado ante las instancias municipales, otros órdenes de gobierno y de la sociedad civil en materia de migración;

IV. Participar en la formulación y ejecución del programa sectorial correspondiente, mediante la presentación de propuestas en  relación con sus funciones y objetivos, así como de mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, Concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de dicho programa.

V. Proponer el apartado correspondiente a migración respecto del programa institucional, sujetándose a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente;

VI. Recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero, así como de instrucciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

VII. Promover la suscripción de convenios de colaboración, concertación y coordinación con dependencias y entidades de la administración pública federal, de otras secretarías y entidades del Gobierno del Estado y los municipios, así como con organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, organismos internacionales, instituciones y empresas de los sectores sociales y privado, para desarrollar las siguientes acciones de apoyo a migrantes que transiten por el Estado de Jalisco en situación de vulnerabilidad:

a) Para la prevención, persecución y combate de los delitos de los que son víctimas los migrantes en tránsito y atención a aquéllos que son víctimas de delito.

b) Coadyuvar con las acciones humanitarias, de asistencia  o de protección a los migrantes en tránsito que realizan las organizaciones de la sociedad  civil legalmente constituidas; y

c) Brindar atención hospitalaria de urgencia y traslado en ambulancia  a migrantes en tránsito con problemas graves de salud física y mental; y

VIII. Las demás que este Decreto u otras disposiciones legales le confieran, así como las que le deleguen el Titular del Ejecutivo o el Secretario de Desarrollo e Integración Social.

De conformidad con el Reglamento Interno del Instituto se tendrá las siguientes atribuciones:

Además de las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y el artículo 9° del Decreto de creación, la persona que funja como titular de la Dirección General ejercerá las siguientes:

I. Representar al Instituto ante las diversas entidades e instancias locales, nacionales e internacionales;

II.  Proponer a la Secretaría las normas, políticas, programas, instrumentos y proyectos en las materias competencia del Instituto;

III. Realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento del objeto del Instituto;

IV. Suscribir los documentos e instrumentos jurídicos necesarios para el cumplimiento del objeto del Instituto;

V. Elaborar propuestas en relación con las funciones y objetivos del Instituto para la formulación y ejecución de los planes y programas  correspondientes; así como de los mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de los mismos de conformidad con la normatividad vigente;

VI. Elaborar los planes y programas de trabajo del Instituto;

VII. Promover y proponer acciones a favor de los migrantes;

VIII. Establecer y difundir los mecanismos para recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero y en la entidad, así como de instituciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

IX. Expedir copias certificadas en los términos de la normatividad vigente, de los documentos que obran en los archivos del Instituto;

X. Tramitar y resolver los procedimientos en materia de información pública y protección de datos personales que sean competencia del Instituto de conformidad con la legislación aplicable; y 

XI. Las demás que le señalen otras disposiciones legales aplicables y las que le confiera la persona que funja como titular de la Secretaría. 

En el enlace denominado "Recursos Materiales" deberá de dar clic en la opción "Consulta Dinámica" para poder acceder a los portales de inventarios.

 

Nota: Cabe señalar que la plantilla de personal (por jornada y por nivel)  que se publica pertenece a la Secretaria de Desarrollo e Integración Social, ya que este sujeto obligado es un órgano desconcentrado y esta adherido a la plantilla de SEDIS.

Se anexa la platilla en archivo directo que se han creado, atendiendo el principio de máxima publicidad, sencillez y mínima formalidad.

Recursos Humanos Plantilla IJAMI (2018) archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (12.48 KB)
x
b) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes (IJAMI), tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomia técnica y de gestión subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social.

Conforme a lo dispuesto en el artículo 116, fracción VII, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, y a las atribuciones encomendadas en los numerales 39, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, decreto de creación del Instituto Jalisciense para los Migrantes numerales 4 y 5 DIGELAG DEC 004/2015 y su Reglamento Interno (SE ANEXAN DOCUMENTOS), NO presta servicios públicos, se encarga de la materia migratoria, no obstante se anexa link y archivo en PDF en donde mostramos un poco acerca de las acciones o servicios interinstitucionales que brinda el Instituto Jalisciense para los Migrantes de manera ilustrativa.

 

REGLAMENTO INTERNO IJAMI archivo/pdf (8.44 MB)
x
c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

NOTA ACLARATORIA: De acuerdo a las facultades y obligaciones conferidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en sus Artículos 39, 40, 41 y 42 y el Decreto de Creación DIGELAG DEC 004/2015 y  nuestro Reglamento Interno (SE ANEXAN DOCUMENTOS), el Instituto Jalisciense para los Migrantes NO tiene entre sus atribuciones el proyectar, ejecutar o adjudicar y contratar Obra Pública, siendo esto competencia de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública del Estado de Jalisco y de  la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas de conformidad  a los artículos 17 fracción I, II y III y 14 respectivamente de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, por lo que la información aquí presentada es como referencia para su conocimiento.

 

x
d) Los programas sociales que aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, fue creado el 18 de diciembre del 2015 mediante Decreto de creación DIGELAG 004/2015 mismo que anexo para su conocimiento, asimismo durante el 2016 el Instituto NO contaba con Programas Sociales bajo su cargo debido a la fecha de creación mencionada con anterioridad, lo que imposibilitó la asignación de algún tipo de Programa; desde 2017 este sujeto obligado ejecuta:

- 2017 Fondo de Apoyo a Migrantes 2017. (se anexa lineamientos de operación del Programa)

- 2018 Fondo de Apoyo a Migrantes 2018. (se anexa lineamientos de operación del Programa)

 

x
e) Las políticas públicas que elabora y aplica el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

Las políticas públicas aplicadas por este Sujeto Obligado del Plan Nacional de Desarrollo y el Plan Estatal de Desarrollo cuyos puntos directamente relacionados, podrá consultarlos en los archivos que se adjuntan. Asimismo, en los archivos podrá consultar los objetivos de las politicas públicas.

 

 

 

Nota: el Instituto Jalisciense para los Migrantes fue creado el 18 de diciembre del 2015 mediante Decreto DIGELAG 004/2015 (se anexa documento) y no generó información en el resto de ese año, por lo que solo anexa información correspondiente al año 2016, 2017 y se encuentra trabajando lo correspondiente a 2018.

 

 

MIR 2017 IJAMI/CENTROS JALISCO (HASTA ABRIL 2017) archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (66.25 KB)
MIR 2017 IJAMI/CENTROS JALISCO (HASTA MAYO 2017) archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (66.64 KB)
MIR 2016 IJAMI/ CENTROS JALISCO (ANUAL) archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (107.42 KB)
PP 360: Atención para el Desarrollo de los Migrantes (JUNIO-JULIO 2017) archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (68.55 KB)
PP 362: Atención a Jaliscienses en el Extranjero (JUNIO 2017) archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (68.90 KB)
PP 360 ENERO-SEPTIEMBRE 2017 IJAMI archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (69.76 KB)
PP 362: Atención a Jaliscienses en el Extranjero ENERO-SEPTIEMBRE 2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (69.17 KB)
PP 360: Atención para el Desarrollo de los Migrantes REPORTE FINAL 2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (84.11 KB)
PP 362: Atención a Jaliscienses en el Extranjero Reporte Final 2017. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (64.18 KB)
x
f) Los convenios, contratos y demás instrumentos jurídicos suscritos por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

En este inciso encontrará todos los Convenios, Contratos y otros instrumentos jurídicos firmados por este Sujeto Obligado.

 Cabe señalar que en los años 2015, 2016 y en lo que va del año 2018 no se han suscrito ningún tipo de contrato y/o convenio o algún tipo de instrumento jurídico por este Sujeto Obligado.

Cabe mencionar que en el momento en que se genere información respecto a este inciso, se publicara de manera inmediata.

x
g) Las concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y demás actos administrativos otorgados por el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

NOTA ACLARATORIA: De acuerdo a los Arts. 39, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, el Decreto de creación DIGELAG DEC 004/2015 arts. 4 y 5 y nuestro Reglamento Interno del IJAMI (se anexan documentos), El Instituto Jalisciense para los Migrantes NO otorga las concesiones, licencias, permisos o autorizaciones.

No obstante se pone a su disposicion la liga de la Dependencia que le compete esta información.

 

x
h) La agenda diaria de actividades del sujeto obligado.

En este inciso se anexa link directo en donde podrás conocer la agenda de actividades del personal del Instituto Jalisciense para los Migrantes hasta SEGUNDO NIVEL, en virtud de que este sujeto obligado NO cuenta con personal de tercer y cuarto nivel.

x
i) El lugar, día y hora de todas las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados.

Por mandato de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, de conformidad al artículo 29 numero 1 el comité de Transparencia debe sesionar cuando menos una vez cada cuatro meses o con la periodicidad que se requerirá para atender los asuntos de su competencia.

Todas las sesiones del Comité de Transparencia son de libre acceso, y las actas correspondientes se encuentran publicadas en el contenido del Articulo 8 Fraccion I inciso G. Cuando el comité revise información de documentos públicos, la correspondiente orden del día, convocatorias y las cuales no se especifica la hora debido a las diferentes agendas de los Integrantes, por lo que se adapta disponibilidad de los mismos, ademas se señalará el documento de que se trate y el vínculo para que sea descargado o si lo prefiere se podrá pasar por una copia del mismo al Instituto Jalisciense para los Migrantes.

Ahora bien el Instituto Jalisciense para los Migrantes cuenta con dos organos auxiliares, en las cuales sus cargos son honorificos, contemplados en los arts. 10, 11,12,13,14,15,16,17,18,19 y 20 del Decreto DIGELAG DEC 004/2015 y el Reglamento de sesiones de los Organos auxiliares del Instituto.

Anexo archivos de las sesiones de la Comision Interinstitucional para los Migrantes y del Comité de Transparencia de este Sujeto Obligado en donde se desglosan los ordenes del dia, especificando lugar, día y hora. (cabe mencionar que la primera acta se encuentra firmada, segunda, tercera y cuarta sesión).

 

 

Nota: Cabe mencionar que El Instituto Jalisciense para los Migrantes, es un organismo desconcentrado creado el 18 de diciembre de 2015 mediante decreto DIGELAG DEC 004/2015, en virtud de lo anterior, no generó informacion en el 2015, asimismo en 2016 las funciones de transparencia las llevaba a cabo la Secretaría de Desarrollo e Integración Social mediante acuerdo de concentracion que se anexa para su conocimiento ya que este sujeto obligado no contaba con estructura administrativa, fue hasta el 28 de Febrero de 2017 al titular de Unidad de Transparencia del Instituto Jalisciense para los Migrantes.

De igual manera, durante el 2018 no se han llevado a cabo sesiones de la Comisión Interinsitucional, asimismo la información relativa al Consejo Consultivo la encuentra en inciso j) de esta misma fracción.

 

 

 

CALENDARIO DE SESIONES COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL PARA LOS MIGRANTES 2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (433.32 KB)
ODD PRIMERA SESIÓN COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL 06/02/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (119.32 KB)
ODD SEGUNDA SESIÓN COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL 10/05/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (118.86 KB)
ODD TERCERA SESIÓN COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL 10/08/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (119.22 KB)
ODD CUARTA SESIÓN COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL 01/12/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (118.64 KB)
x
j) Las versiones estenográficas, así como las actas o minutas de las reuniones o sesiones de sus órganos colegiados;

En esta sección podrás consultar las actas de nuestro Comité de Transparencia ,constituido de conformidad de confomidad al articulo 25 fracción II, 27 y 28  de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Pública del stado de Jalisco y sus Municipios.

Asimismo, podrás consultar los archivos correspondientes a los órganos auxiliares del Instituto Comisión Interinstitucional y Consejo Consultivo de los Migrantes contemplados en los arts. 10, 11,12,13,14,15,16,17,18,19 y 20 del Decreto DIGELAG DEC 004/2015, el Reglamento Interno del IJAMI y su Reglamento de Sesiones de sus Organos auxiliares.

 

 

Nota: Las actas aquí publicadas, son la transcripcion integra y fiel de las palabras pronunciadas en las sesiones, siendo estas actas la versión estenográfica de dichas sesiones.

ACTA TERCERA SESIÓN ORDINARIA COMITÉ DE TRANSPARENCIA 21/11/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (25.22 KB)
ACTA CUARTA SESIÓN ORDINARIA COMITÉ DE TRANSPARENCIA 22/01/2018 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (24.82 KB)
ACTA PRIMER SESIÓN EXTRAORDINARIA COMITÉ DE TRANSPARENCIA 29/03/2018 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (25.61 KB)
Acta de la Primera sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes. 11/05/2016 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (116.93 KB)
Acta de la Segunda sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 06/07/2016 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (116.37 KB)
Acta de la Tercera sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 21/10/2016 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (106.37 KB)
Acta de la Cuarta sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 23/11/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (114.75 KB)
Acta de la Quinta sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 23/02/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (115.64 KB)
Acta de la Sexta sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 08/06/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (126.12 KB)
Acta de la Séptima sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 14/09/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (126.01 KB)
Acta de la Octava sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 11/12/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (99.45 KB)
Acta de la Novena sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 03/05/2018 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (119.27 KB)
Acta de la Primera sesión extraordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 05/04/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (116.88 KB)
ACTA PRIMERA SESIÓN ORDINARIA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL (20/02/2017) archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (116.23 KB)
ACTA SEGUNDA SESIÓN ORDINARIA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL (18/05/2017) archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (121.68 KB)
ACTA TERCERA SESIÓN ORDINARIA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL (17/08/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (120.12 KB)
ACTA DE LA CUARTA SESIÓN ORDINARIA COMISIÓN INTERINSTITUCIONAL 12-12-2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (116.69 KB)
ACTA QUINTA SESIÓN ORDINARIA COMITÉ DE TRANSPARENCIA 29/08/2018 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (24.28 KB)
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k) La integración, la regulación básica y las actas de las reuniones de los consejos ciudadanos reconocidos oficialmente por el sujeto obligado con el propósito de que la ciudadanía participe o vigile la actividad de sus órganos y dependencias;

El Instituto Jalisciense para los Migrantes cuenta con Consejos Consultivo.

De conformidad con el art. 6 del Decreto de Creación DIGELAG 004/2015, su Reglamento Interno y el Reglamento de Sesiones de sus Organos auxiliares (anexo documentos), Para su funcionamiento, el Instituto Jalisciense para los Migrantes cuenta con los siguientes órganos auxiliares:

 

I.- Comisión Interinstitucional; tiene por objeto diseñar, aprobar y coordinar la ejecución, control y evaluación de políticas públicas necesarias para la atención de asuntos de interés público o social, en materia de migración del Estado de Jalisco.

 

II.- Consejo Consultivo; tiene por objeto aportar y recibir opiniones, hacer consultas, discutir y tomar acuerdos a efecto de presentar opiniones, recomendaciones, propuestas, informes y denuncias relativas a  asuntos de interés público o social, en materia de migración que corresponden al ámbito estatal particularmente en materia de jaliscienses en el extranjero. (se anexan actas para su conocimiento)

 

Acta de la Primera sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes. 11/05/2016 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (116.93 KB)
Acta de la Segunda sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 06/07/2016 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (116.37 KB)
Acta de la Tercera sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 21/10/2016 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (106.37 KB)
Acta de la Cuarta sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 23/11/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (114.75 KB)
Acta de la Quinta sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 23/02/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (115.64 KB)
Acta de la Sexta sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 08/06/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (126.12 KB)
Acta de la Séptima sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 14/09/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (126.01 KB)
Acta de la Octava sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 11/12/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (99.36 KB)
Acta de la Primera sesión extraordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 05/04/2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (116.88 KB)
Acta de la Novena sesión ordinaria del Consejo Consultivo de los Migrantes 03/05/2018 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.wordprocessingml.document (119.27 KB)
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l) Los informes trimestrales y anuales de actividades del sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

En este inciso encuentras los informes anuales de Gobierno 2015 temática de migración página 176, 2016 Tomo 1 Dimesión 3 Equidad de Oportunidades, 2017 apartado de Equidad de Oportunidades página 210 del Gobierno del Estado, correspondientes a este sujeto obligado; ahora bien respecto a los informes trimestrales, estos se presentan mediante indicadores de resultados a la Dirección General de Política Social de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social a la cual nos encontramos sectorizados y que se encuentran de manera anexa.

TERCER INFORME MIGRACIÓN 2015 archivo/pdf (156.36 KB)
QUINTO INFORME DE GOBIERNO (2017) archivo/pdf (144.86 KB)
RESULTADOS TRIMESTRALES IJAMI 2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (62.76 KB)
RESULTADOS TRIMESTRALES IJAMI 2017 archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (84.08 KB)
RESULTADOS TRIMESTRALES IJAMI 2016. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (107.50 KB)
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m) Las recomendaciones emitidas por los órganos públicos del Estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, así como las acciones que han llevado a cabo para su atención; y

En este inciso encuentras las recomiendaciones emitidas por Órganos Públicos del Estado Mexicano u Organismos Internacionales garantes de los Derechos Humanos de las personas migrantes al Instituto Jalisciense para los Migrantes y sus respectivas contestaciones del 2015 a la fecha, asimismo se le informa que no ha habido resoluciones al momento, en cuanto se tengan se publicarán a la brevedad.

Asimismo, se proporcionan los enlaces de dichos entes para su conocimiento cumpliendo con el principio de máxima publicidad.

 

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n) Las estadísticas que generen en cumplimiento de sus facultades, competencias o funciones con la mayor desagregación posible;

De conformidad con los numerales 4 y 5 del Decreto de Creacion DIGELAG 004/2015 dentro del ambito de las atribuciones del Instituto Jalisciense para los Migrantes NO se encuentra la generacion de Estadísticas, no obstante los datos abiertos disponibles en MIDE Jalisco están publicados en bases de datos estandarizados web, que pueden ser exportables en formatos Excel, CSV, XML o JSON. Es por ello que MIDE Jalisco tiene una clasificación de tres estrellas en sistemas open data, dado que cumple en tener la información disponible en Internet de manera estructurada y en formato no propietario. Bajo estas condiciones, MIDE Jalisco fue una de los primeros sistemas estatales que se conectó a la Red México Abierto que coordina el Gobierno Federal.

A continuación se muestra  el acceso al seguimiento de  indicadores reportados por la Secretaria de desarrollo e Integracion Social en el MIDE,  en el que se muestran  de manera especifica la información de cada uno de ellos.
1.Ingresar la siguiente dirección:  https://seplan.app.jalisco.gob.mx/mide/panelCiudadano/buscar

2.Seleccionar la opción “buscar  “ SDIS” (Secretaría a la cual estamos sectorizados mediante Decreto DIGELAG 004/2015)
3.Se despliega el lista do de indicadores de SDIS, mismos que pueden ser consultados en específico.
4. o en su caso puede buscar por nombre del programa, los que resultan aplicables a este Sujeto Obligado son:

Proyectos Realizados del Programa 3x1 para Comunidades de Origen Migratorio en Retorno.

Deberá una vez realizada la busqueda, seleccionar el programa, el cual arrojara datos como nombre del programa, vigencia, dependencia que reporta, descripcion, metodologia de evaluacion y la alineacion al Plan Estatal, el cual señala el objetivo de dicho indicador.

VII. Las versiones publicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos en forma

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Las versiones públicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio y que hayan causado estado.

De acuerdo a las facultades y atribuciones conferidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en sus artículos 39, 40, 41 y 42, y articulos 4 y 5 del Decreto de creación del Instituto Jalisciense para los Migrantes DIGELAG 004/2015 y el artículo 8 del Reglamento Interno de este sujeto obligado, no realiza mencionada función, es decir no cuenta con las atribuciones de dictar laudos.

No obstante se publican los links de las unidades de transparencias de la autoridades y/o dependencias competentes para su mayor conocimiento, atendiendo el Principio de Máxima Publicidad.

 

 

NOTA ACLARATORIA: 

Artículo 4º. El Instituto Jalisciense para los Migrantes, en los ámbitos de su competencia, tiene por objeto:

I. Promover y coordinar la prestación de servicios del Gobierno Estatal a la población migrante y,  en aquéllos del orden federal, colaborar con las secretarías y entidades correspondientes de acuerdo a los convenios que para tal efecto se celebren;

 

II. Fomentar una nueva visión de los jaliscienses en el extranjero, que incluya el aprovechamiento de sus talentos, capacidades y experiencias para el desarrollo de esta entidad Federativa, desde una perspectiva de desarrollo social, equidad de género y derechos humanos;

 

III. Promover el respeto a los derechos de los migrantes, de conformidad con lo estipulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Jalisco, la Ley de Migración y por los instrumentos internacionales en la materia de los que México sea parte;

 

IV. Impulsar mecanismos de participación de los jaliscienses en el extranjero en los asuntos políticos, económicos y sociales de todos los órdenes de gobierno en Jalisco;

 

V. Apoyar la reinserción en la vida local de los jaliscienses en el extranjero que retornen al Estado;

 

VI. Contribuir al fortalecimiento de los vínculos de los jaliscienses en el extranjero con sus lugares de origen;

 

VII. Promover la identidad, cultura y tradiciones de Jalisco en los lugares donde residen los jaliscienses en el extranjero;

 

VIII. Alentar el desarrollo de políticas municipales dirigidas a atender las necesidades de los jaliscienses en el extranjero y sus comunidades de origen;

 

IX. Apoyar las acciones que las dependencias y entidades del Gobierno del Estado impulsen en el extranjero, dirigidas  a la promoción de los intereses de Jalisco; y

 

X. Los demás que le confiera este Decreto y otras disposiciones aplicables

 

Artículo 5º.Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tiene, además de las establecidas en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, las siguientes atribuciones:

 

I. Promover la suscripción de acuerdos de colaboración con organismos gubernamentales, no gubernamentales, públicos y privados, locales, estatales, nacionales e internacionales para el desarrollo de proyectos que involucren o beneficien a los jaliscienses en el extranjero.

 

II. Impulsar el fortalecimiento de las políticas públicas de la Administración Política Estatal dirigidas a la población migrante;

 

III. Fungir como enlace del Gobierno del Estado ante las instancias municipales, otros órdenes de gobierno y de la sociedad civil en materia de migración;

 

IV. Participar en la formulación y ejecución del programa sectorial correspondiente, mediante la presentación de propuestas en  relación con sus funciones y objetivos, así como de mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, Concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de dicho programa.

 

V. Proponer el apartado correspondiente a migración respecto del programa institucional, sujetándose a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente;

 

VI. Recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero, así como de instrucciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

 

VII. Promover la suscripción de convenios de colaboración, concertación y coordinación con dependencias y entidades de la administración pública federal, de otras secretarías y entidades del Gobierno del Estado y los municipios, así como con organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, organismos internacionales, instituciones y empresas de los sectores sociales y privado, para desarrollar las siguientes acciones de apoyo a migrantes que transiten por el Estado de Jalisco en situación de vulnerabilidad:

 

a) Para la prevención, persecución y combate de los delitos de los que son víctimas los migrantes en tránsito y atención a aquéllos que son víctimas de delito.

 

b) Coadyuvar con las acciones humanitarias, de asistencia  o de protección a los migrantes en tránsito que realizan las organizaciones de la sociedad  civil legalmente constituidas; y

 

c) Brindar atención hospitalaria de urgencia y traslado en ambulancia  a migrantes en tránsito con problemas graves de salud física y mental; y

VIII. Las demás que este Decreto u otras disposiciones legales le confieran, así como las que le deleguen el Titular del Ejecutivo o el Secretario de Desarrollo e Integración Social.

Artículo 8.Además de las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y el artículo 9° del Decreto de creación, la persona que funja como titular de la Dirección General ejercerá las siguientes:

 

I.              Representar al Instituto ante las diversas entidades e instancias locales, nacionales e internacionales;

 

II.            Proponer a la Secretaría las normas, políticas, programas, instrumentos y proyectos en las materias competencia del Instituto;

 

III.           Realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento del objeto del Instituto;

 

IV.          Suscribir los documentos e instrumentos jurídicos necesarios para el cumplimiento del objeto del Instituto;

 

V.           Elaborar propuestas en relación con las funciones y objetivos del Instituto para la formulación y ejecución de los planes y programas  correspondientes; así como de los mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de los mismos de conformidad con la normatividad vigente;

 

VI.          Elaborar los planes y programas de trabajo del Instituto;

 

VII.         Promover y proponer acciones a favor de los migrantes;

 

VIII.       Establecer y difundir los mecanismos para recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero y en la entidad, así como de instituciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

 

IX.          Expedir copias certificadas en los términos de la normatividad vigente, de los documentos que obran en los archivos del Instituto;

 

X.           Tramitar y resolver los procedimientos en materia de información pública y protección de datos personales que sean competencia del Instituto de conformidad con la legislación aplicable; y 

Las demás que le señalen otras disposiciones legales aplicables y las que le confiera la persona que funja como titular de la Secretaría. 

 

 

VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado;

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Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, pone a su disposición las siguientes redes sociales y página web para la atención, orientación y servicios del usuario, recepción y seguimiento a las quejas o sugerencias a este Instituto,  para lo cual se pone a su disposición lo siguiente:

 
Enlaces: 

https://soyde.jalisco.gob.mx/jalisco-sin-fronteras

http://soyde.jalisco.gob.mx/oficinas-centrales

https://soyde.jalisco.gob.mx/  

https://twitter.com/MigrantesJal?s=09

https://www.facebook.com/InstitutoJaliscienseParaMigrantes

Telefono: 01 (33) 38 18 2880 Exts. 52205, 52661, 52662 y 52663

CORREOS ELECTRÓNICOS:  marianasophia.marquez@jalisco.gob.mx; monserrat.casillas@jalisco.gob.mx; german.salazar@jalisco.gob.mx

DOMICILIO: 

Penitenciaria No. 180

 

Colonia Americana, C

Guadalajara, Jalisco, México
Horario de 9:00 a 17:00 de Lunes a Viernes

CP:44160
 
Además, se encuentra el Acuerdo de Concentración y la Consulta Jurídica 015/2016, en el cual se establece que este Instituto será el responsable de publicar la información relativa al Fideicomiso:

Fideicomiso de Atención a Jaliscienses en el Extranjero.

 
 
 
 
AVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL
 
El Instituto Jalisciense para los Migrantes, con domicilio en Calle Penitenciaria No. 180 Colonia Americana, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, de conformidad con los artículos 6, fracciones II y III así como el 16 párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7° en su párrafo segundo, el 9 fracción V, de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículo 3 fracción II, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; el 3 punto 1, fracción III 19, 20, 21, 24 punto 1, fracción I, II, III y IV, 25, 26, 85 y 86 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados para el Estado de Jalisco; los artículos 20, 21, 22 y 23 fracciones II y III, y 25 fracciones XV, XVII y XX, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; el 2 fracciones III y 53 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; DECRETO DIGELAG 004/2015, 22, 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco se le informa lo siguiente:   
   
Que se emite el presente Aviso de Privacidad, en el cual se da a conocer la utilización, procesos, modificaciones y transmisiones sobre la información confidencial que usted proporcione a este Sujeto Obligado, misma que será utilizada para la integración de expedientes derivado atención o servicio que requiera y que estará en resguardo del Instituto Jalisciense para los Migrantes.
 
Los datos personales, se refieren a la información concerniente a una persona física identificada o identificable, y por datos personales sensibles, aquellos que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida puedan dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste.
 
Los datos personales que se recabarán son: nombre, domicilio particular, CURP, identificación oficial, estado civil, firma autógrafa, número de teléfono particular, correo electrónico personal, además de los datos personales mencionados anteriormente, utilizaremos los siguientes datos personales considerados como sensibles, que requieren de especial protección como son: vida afectiva o familiar, origen étnico o racial, características físicas morales o emocionales, patrimonio, ideología, opinión política, afiliación sindical, creencia o convicción religiosa y filosófica, estado de salud física, mental e historial médico, preferencia sexual y otras análogas que afecten su intimidad que pueda dar origen a discriminación o que su difusión o entrega a terceros conlleve a un riesgo para su titular y la considerada como confidencial por disposición legal expresa.
 
Los datos personales  y sensibles estarán bajo resguardo y protección del Instituto Jalisciense para los Migrantes y serán almacenados en un sistema electrónico de captura con las medidas de seguridad necesarias así como medios físicos que se encuentran resguardados estrictamente bajo llave.
 
El tratamiento de los datos personales tiene como finalidad la atención y seguimiento de casos de la población vulnerable, por lo que se le informa que los datos personales proporcionados  pueden ser compartidos con el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales (ITEI), en caso de ser necesario de conformidad al artículo 18, punto 4, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; así mismo pueden ser transferidos a Autoridades Jurisdiccionales con motivo de juicios de amparo, demandas laborales, y/o cualquier otro procedimiento seguido en forma de juicio; de igual forma con Autoridades Federales, Estatales y Municipales, con motivo de los procedimientos realizados en ejercicio de las funciones de este Sujeto Obligado, de conformidad al artículo 22, punto 1, fracción VI y VII,  de la Ley antes mencionada.
 
Como titular de los datos personales usted tiene el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de su tratamiento, estipulados en la Ley como derechos ARCO, para lo cual deberá presentar la respectiva solicitud en las oficinas del Instituto Jalisciense para los Migrantes, ubicadas en Calle Penitenciaria no. 180, Colonia Americana C.P. 44160, Guadalajara, Jalisco o bien por correo electrónico oficial: german.salazar@jalisco.gob.mx  
 
 
El presente aviso de privacidad puede sufrir modificaciones, cambios o actualizaciones derivadas de nuevos requerimientos legales; de nuestras propias necesidades por mejorar los procedimientos y nuestras prácticas de confidencialidad,  o por otras causas. Nos comprometemos a mantenerlo informado sobre los cambios que pueda sufrir el presente aviso de protección de datos personales, a través de nuestra página de internet: soyde.jalisco.gob.mx así como en nuestro Portal de Transparencia en su Artículo 8, Fracciones VIII y IX. 
acuerdo (06/03/2017) archivo/pdf (1.20 MB)

IX. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del ...

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La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del Instituto.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, es un organismo creado el 18 de diciembre del 2015 mediante decreto DEC 004/2015,  y recientemente reconocido como sujeto obligado por el Instituto de Transparencia, Información Publica y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco. (ITEI) a partir del 26 de abril del 2017.

A continuación, muestro información relativa al programa "Familias Sin Fronteras" e informacion de las ubicaciones de los Centro Jalisco en los Estados Unidos.

El Gobierno del estado, La Secretaría de Desarrollo e Integración Social a través del Instituto Jalisciense para los Migrantes realizó el vínculo y gestión con el Consulado Americano de los Estados Unidos en Guadalajara a fin de lograr un entendimiento en favor de las familias transnacionales.

El programa denominado Familias Sin Fronteras lleva 6 convocatorias realizadas, tiene el objetivo de reunificar a nuestros connacionales migrantes radicados en Estados Unidos con sus familiares,  ya que por su situación migratoria les ha sido imposible regresar a México, y a sus padres viajar al país vecino por falta de autorización consular. Asimismo, permite que los adultos mayores visiten a sus familiares en Estados Unidos otorgándoles una visa de corto plazo (30 días). Cabe mencionar, que el Gobierno del Estado no eroga ningún gasto público al tratarse de un tema de mera gestión. (anexo ficha tecnica del programa).

Requisitos:

  • Personas mayores de 65 años.
  • Originarios del Estado de Jalisco.
  • No antecedentes penales.
  • No haber estado en EUA de manera irregular (indocumentado)
  • Que cuenten con familiares que residan en EUA y que cumplan con un periodo mayor a 10 años de no verlos.
  • Firmar carta compromiso de que permanecerán en el país vecino por un periodo de 30 días únicamente.
  • Lo gastos de tramite de VISA y Pasaporte así como costos de viaje son cubiertos por el beneficiario.

 

ASIMISMO, EL INSTITUTO CUENTA CON OFICINAS DE ENLACE EN ESTADOS UNIDOS:

Centro Jalisco Los Ángeles:

Plaza México: Mulford Avenue #3200 Suite # 201

Lynwood, California, 90262

Teléfono: 001 (310) 632 1633

Correo electrónico: ijamila.sedis@jalisco.gob.mx

 

Centro Jalisco Chicago:

South Blue Island #1870

Chicago, Illinois, 60608

Teléfono: 001 (312) 929 4499

Correo electrónico: ijamichicago.sedis@jalisco.gob.mx

 

Centro Jalisco San Francisco:

Folsom St. #532, Suite #4-M

San Francisco, California, 94105

Teléfono: 001 (415) 630 0303

Correo electrónico: ijamisf.sedis@jalisco.gob.mx

Asimismo, se anexa link con un documento con la primer encuesta a repatriados realizada por el Instituto Jalisciense para Migrantes (IJAMI) en el periodo del 27 de junio al 11 de octubre de 2017 y Documento de Seguridad de Protección de Datos Personales de conformidad con lo establecido en la Ley De Protección De Datos Personales En Posesión De Sujetos Obligados Del Estado De Jalisco Y Sus Municipios.

 

 

AVISO DE PRIVACIDAD INTEGRAL


El Instituto Jalisciense para los Migrantes, con domicilio en Calle Penitenciaria No. 180 Colonia Americana, en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, de conformidad con los artículos 6, fracciones II y III así como el 16 párrafo segundo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7° en su párrafo segundo, el 9 fracción V, de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículo 3 fracción II, 20, 21, 22, 23, 24, 25, 26, 27 y 28 de la Ley General de Protección de Datos Personales en Posesión de Sujetos Obligados; el 3 punto 1, fracción III 19, 20, 21, 24 punto 1, fracción I, II, III y IV, 25, 26, 85 y 86 de la Ley de Protección de Datos Personales en Posesión de los Sujetos Obligados para el Estado de Jalisco; los artículos 20, 21, 22 y 23 fracciones II y III, y 25 fracciones XV, XVII y XX, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; el 2 fracciones III y 53 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; DECRETO DIGELAG 004/2015, 22, 39, 41 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco se le informa lo siguiente:   
   
Que se emite el presente Aviso de Privacidad, en el cual se da a conocer la utilización, procesos, modificaciones y transmisiones sobre la información confidencial que usted proporcione a este Sujeto Obligado, misma que será utilizada para la integración de expedientes derivado atención o servicio que requiera y que estará en resguardo del Instituto Jalisciense para los Migrantes.
 
Los datos personales, se refieren a la información concerniente a una persona física identificada o identificable, y por datos personales sensibles, aquellos que afecten a la esfera más íntima de su titular, o cuya utilización indebida puedan dar origen a discriminación o conlleve un riesgo grave para éste.
 
Los datos personales que se recabarán son: nombre, domicilio particular, CURP, identificación oficial, estado civil, firma autógrafa, número de teléfono particular, correo electrónico personal, además de los datos personales mencionados anteriormente, utilizaremos los siguientes datos personales considerados como sensibles, que requieren de especial protección como son: vida afectiva o familiar, origen étnico o racial, características físicas morales o emocionales, patrimonio, ideología, opinión política, afiliación sindical, creencia o convicción religiosa y filosófica, estado de salud física, mental e historial médico, preferencia sexual y otras análogas que afecten su intimidad que pueda dar origen a discriminación o que su difusión o entrega a terceros conlleve a un riesgo para su titular y la considerada como confidencial por disposición legal expresa.
 
Los datos personales  y sensibles estarán bajo resguardo y protección del Instituto Jalisciense para los Migrantes y serán almacenados en un sistema electrónico de captura con las medidas de seguridad necesarias así como medios físicos que se encuentran resguardados estrictamente bajo llave.
 
El tratamiento de los datos personales tiene como finalidad la atención y seguimiento de casos de la población vulnerable, por lo que se le informa que los datos personales proporcionados  pueden ser compartidos con el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales (ITEI), en caso de ser necesario de conformidad al artículo 18, punto 4, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios; así mismo pueden ser transferidos a Autoridades Jurisdiccionales con motivo de juicios de amparo, demandas laborales, y/o cualquier otro procedimiento seguido en forma de juicio; de igual forma con Autoridades Federales, Estatales y Municipales, con motivo de los procedimientos realizados en ejercicio de las funciones de este Sujeto Obligado, de conformidad al artículo 22, punto 1, fracción VI y VII,  de la Ley antes mencionada.
 
Como titular de los datos personales usted tiene el derecho de acceso, rectificación, cancelación y oposición de su tratamiento, estipulados en la Ley como derechos ARCO, para lo cual deberá presentar la respectiva solicitud en las oficinas del Instituto Jalisciense para los Migrantes, ubicadas en Calle Penitenciaria no. 180, Colonia Americana C.P. 44160, Guadalajara, Jalisco o bien por correo electrónico oficial: german.salazar@jalisco.gob.mx  
 
 
El presente aviso de privacidad puede sufrir modificaciones, cambios o actualizaciones derivadas de nuevos requerimientos legales; de nuestras propias necesidades por mejorar los procedimientos y nuestras prácticas de confidencialidad,  o por otras causas. Nos comprometemos a mantenerlo informado sobre los cambios que pueda sufrir el presente aviso de protección de datos personales, a través de nuestra página de internet: soyde.jalisco.gob.mx así como en nuestro Portal de Transparencia en su Artículo 8, Fracciones VIII y IX. 

PROGRAMA FAMILIAS SIN FRONTERAS archivo/pdf (208.62 KB)
Documento de Seguridad IJAMI archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (61.95 KB)

X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o ...

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Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, así como los recursos públicos económicos, en especie o donativos, que sean entregados a los sindicatos y ejerzan como recursos públicos;

De acuerdo al Decreto de Creación DIGELAG 004/2015 con fecha 18 de diciembre de 2015 y el Reglamento Interno de este sujeto obligado, publicado el 11 de enero de 2018, el Instituto Jalisciense para los Migrantes (IJAMI) tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social (SEDIS) , asimismo este Sujeto Obligado no conoce, no posee, ni genera dicha información, sin embargo en virtud de lo anterior, se proporciona link del área de transparencia de la SEDIS, para mayor información, así como las Condiciones Generales de Trabajo (vigentes) aplicables tanto a la SEDIS como al Instituto Jalisciense para los Migrantes (IJAMI).

 

Nota: El dia 18 de Diciembre de 2008 se firmaron las Condiciones Generales de Trabajo, denominandolas como "Reglamento de las Condiciones Generales de Trabajo". Ademas, no existen  condiciones  generales de  trabajo contratos  o  convenios que regulen  las  relaciones  del  personal  de  CONFIANZA,  solo las  del personal  de base.  En  las entidades públicas no existen  contratos  colectivos que  los rijan, en su lugar  se tienen  Condiciones Generales de  Trabajo  tal y como lo marca el artículo 89 de la  Ley de Servidores Publicos  del  Estado de Jalisco y sus  Municipios.

 

XI. Los estudios financiados con recursos públicos

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Los estudios financiados con recursos públicos

De conformidad con el Decreto DIGELAG 004/2015 y el Reglamento Interno de este sujeto obligado, el Instituto Jalisciense para los Migrantes (IJAMI), tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social (SEDIS).

En virtud de lo anterior, La SEDIS y el IJAMI, NO cuentan con estudios financiados con recursos  públicos en los  años 2015, 2016, 2017 y lo que va de 2018, ya que de acuerdo a las facultades y atribuciones conferidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en su Artículo 22, la Secretaría de Desarrollo e Integracion Social  no realiza mencionada función, de igual manera en los articulos 39, 40, 41 y 42 del apartado de órganos desconcentrados y en nuestro Decreto de creación, es por lo anterior, que no se cuenta con estudios financiados con recursos publicos.

 

XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos ...

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Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como su destino, indicando el destino de cada uno de ellos;

Este sujeto obligado tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, asimismo en los articulos 39,40, 41 y 42 de la ley Organica del Poder Ejecutivodel Estado de Jalisco y su decreto de creación DIGELAG 004/2015 y nuestro Reglamento Interno  no tiene atribuciones reacudatorias.

 

Artículo 4º.El Instituto en los ámbitos de su competencia, tiene por objeto:

I. Promover y coordinar la prestación de servicios del Gobierno Estatal a la población migrante y,  en aquéllos del orden federal, colaborar con las secretarías y entidades correspondientes de acuerdo a los convenios que para tal efecto se celebren;

 

II. Fomentar una nueva visión de los jaliscienses en el extranjero, que incluya el aprovechamiento de sus talentos, capacidades y experiencias para el desarrollo de esta entidad Federativa, desde una perspectiva de desarrollo social, equidad de género y derechos humanos;

 

III. Promover el respeto a los derechos de los migrantes, de conformidad con lo estipulado por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado de Jalisco, la Ley de Migración y por los instrumentos internacionales en la materia de los que México sea parte;

 

IV. Impulsar mecanismos de participación de los jaliscienses en el extranjero en los asuntos políticos, económicos y sociales de todos los órdenes de gobierno en Jalisco;

 

V. Apoyar la reinserción en la vida local de los jaliscienses en el extranjero que retornen al Estado;

 

VI. Contribuir al fortalecimiento de los vínculos de los jaliscienses en el extranjero con sus lugares de origen;

 

VII. Promover la identidad, cultura y tradiciones de Jalisco en los lugares donde residen los jaliscienses en el extranjero;

 

VIII. Alentar el desarrollo de políticas municipales dirigidas a atender las necesidades de los jaliscienses en el extranjero y sus comunidades de origen;

 

IX. Apoyar las acciones que las dependencias y entidades del Gobierno del Estado impulsen en el extranjero, dirigidas  a la promoción de los intereses de Jalisco; y

 

X. Los demás que le confiera este Decreto y otras disposiciones aplicables

 

Artículo 5º.Para el cumplimiento de su objeto, el Instituto tiene, además de las establecidas en el artículo 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, las siguientes atribuciones:

 

I. Promover la suscripción de acuerdos de colaboración con organismos gubernamentales, no gubernamentales, públicos y privados, locales, estatales, nacionales e internacionales para el desarrollo de proyectos que involucren o beneficien a los jaliscienses en el extranjero.

 

II. Impulsar el fortalecimiento de las políticas públicas de la Administración Política Estatal dirigidas a la población migrante;

 

III. Fungir como enlace del Gobierno del Estado ante las instancias municipales, otros órdenes de gobierno y de la sociedad civil en materia de migración;

 

IV. Participar en la formulación y ejecución del programa sectorial correspondiente, mediante la presentación de propuestas en  relación con sus funciones y objetivos, así como de mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, Concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de dicho programa.

 

V. Proponer el apartado correspondiente a migración respecto del programa institucional, sujetándose a las previsiones contenidas en el programa sectorial correspondiente;

 

VI. Recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero, así como de instrucciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

 

VII. Promover la suscripción de convenios de colaboración, concertación y coordinación con dependencias y entidades de la administración pública federal, de otras secretarías y entidades del Gobierno del Estado y los municipios, así como con organizaciones de la sociedad civil legalmente constituidas, organismos internacionales, instituciones y empresas de los sectores sociales y privado, para desarrollar las siguientes acciones de apoyo a migrantes que transiten por el Estado de Jalisco en situación de vulnerabilidad:

 

a) Para la prevención, persecución y combate de los delitos de los que son víctimas los migrantes en tránsito y atención a aquéllos que son víctimas de delito.

 

b) Coadyuvar con las acciones humanitarias, de asistencia  o de protección a los migrantes en tránsito que realizan las organizaciones de la sociedad  civil legalmente constituidas; y

 

c) Brindar atención hospitalaria de urgencia y traslado en ambulancia  a migrantes en tránsito con problemas graves de salud física y mental; y

 

VIII. Las demás que este Decreto u otras disposiciones legales le confieran, así como las que le deleguen el Titular del Ejecutivo o el Secretario de Desarrollo e Integración Social.

De igual manera,  la Secretaria de Desarrollo e Integracion Social,  no tiene atribuciones reacudatorias tal y como lo señala el articulo 22 de la ley Organica del Poder Ejecutivodel Estado de Jalisco, los ingresos con que cuenta son  presupuestados por el Congreso del Estado de Jalisco y Ministrados a este sujeto Obligado por la Secretaria de Planeacion, Admnistracion y Finazas  por los  años  2013,2014,2015  y lo que va  de  2016.

este sujeto no atribuciones  tiene atribuciones recaudatorias, tal y como lo señala el articulo 22 de la Ley Organica del Poder ejecutivo del Estado de Jalisco.

Artículo 22. La Secretaría de Desarrollo e Integración Social tiene las siguientes atribuciones:

I.Ejercer las atribuciones que la legislación federal en materia de desarrollo social establece para los Estados, así como las atribuciones descentralizadas por la Federación hacia los Estados, mediante la celebración de convenios;

II.Diseñar y ejecutar el Programa de Desarrollo Social y Humano del Estado;

III.Diseñar, aplicar, y evaluar la política de desarrollo social y humano del Estado, en coordinación con la Federación y los municipios;

IV.Coordinar y supervisar los programas sociales federales aplicados en el Estado, de acuerdo con los convenios suscritos;

V.Administrar y coordinar la información en materia asistencial y de desarrollo social y humano, remitiendo los datos, documentos o informes que sean necesarios para la integración y actualización de los sistemas de información y estadísticas del Poder Ejecutivo del Estado;

VI.Administrar y coordinar el Sistema de Asistencia Social del Estado;

VII.Coordinar y supervisar a las instituciones de asistencia pública y de beneficencia pública;

VIII.Asesorar a las instituciones de asistencia pública y de beneficencia pública y privada;

IX.Diseñar y ejecutar programas que impulsen el desarrollo humano y la asistencia social en el Estado;

X.Determinar los criterios generales para la participación de los usuarios de los servicios de asistencia social pública;

XI.Vigilar el cumplimiento de la normativa y el desempeño de las instituciones de asistencia social y beneficencia tanto pública, como privada;

XII.Promover, apoyar y gestionar la prestación de servicios profesionales de asistencia social;

XIII. Promover, apoyar y gestionar la participación privada en la promoción y prestación de los servicios de asistencia social;

XIV. Promover, apoyar y gestionar la participación ciudadana y de los organismos de la sociedad civil en la elaboración, ejecución y evaluación de políticas sociales de desarrollo;

XV. Promover, apoyar y gestionar la creación de centros comunitarios de asistencia social, en coordinación con los municipios;

XVI. Promover, apoyar y gestionar la cultura del desarrollo humano integral, la resolución alternativa de conflictos y la cooperación y participación ciudadana;

XVII. Promover, apoyar, gestionar, coordinar y realizar estudios, investigaciones y actividades formativas sobre el desarrollo humano e integración social;

XVIII. Promover, apoyar y gestionar la capacitación de quienes participan en la asistencia social;

XIX. Promover, apoyar y gestionar el acceso a una vivienda digna;

 

XX. Coadyuvar con la Secretaría de Medio Ambiente y Desarrollo Territorial, así como con la Secretaría de Desarrollo Rural en la implementación de programas especiales de desarrollo territorial sustentable en regiones prioritarias; 

Artículo 8.Además de las facultades que le confiere la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y el artículo 9° del Decreto de creación, la persona que funja como titular de la Dirección General ejercerá las siguientes:

 

I.              Representar al Instituto ante las diversas entidades e instancias locales, nacionales e internacionales;

 

II.            Proponer a la Secretaría las normas, políticas, programas, instrumentos y proyectos en las materias competencia del Instituto;

 

III.           Realizar las gestiones necesarias para el cumplimiento del objeto del Instituto;

 

IV.          Suscribir los documentos e instrumentos jurídicos necesarios para el cumplimiento del objeto del Instituto;

 

V.           Elaborar propuestas en relación con las funciones y objetivos del Instituto para la formulación y ejecución de los planes y programas  correspondientes; así como de los mecanismos de consulta pública, investigación, generación de estadísticas, concertación, instrumentación, ejecución, control y evaluación de los mismos de conformidad con la normatividad vigente;

 

VI.          Elaborar los planes y programas de trabajo del Instituto;

 

VII.         Promover y proponer acciones a favor de los migrantes;

 

VIII.       Establecer y difundir los mecanismos para recibir y canalizar propuestas, solicitudes, sugerencias e inquietudes de los jaliscienses en el extranjero y en la entidad, así como de instituciones y de expertos en la materia de migración, a los organismos públicos, privados y sociales que correspondan;

 

IX.          Expedir copias certificadas en los términos de la normatividad vigente, de los documentos que obran en los archivos del Instituto;

 

X.           Tramitar y resolver los procedimientos en materia de información pública y protección de datos personales que sean competencia del Instituto de conformidad con la legislación aplicable; y

Las demás que le señalen otras disposiciones legales aplicables y las que le confiera la persona que funja como titular de la Secretaría. 

 

 

Responsable Directo de la Administración de los recursos de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, dependencia a la cual nos encontramos subordinados:

                                                  L.C.P. EZEQUIEL ROMERO VILLARREAL

                                                 Director General Administrativo

 
DOMICILIO: Av. Circunvalación Jorge Álvarez del Castillo # 1078, Col. Mezquitán Country, Guadalajara.
 
CORREO ELECTRÓNICO: ezequiel.romero@jalisco.gob.mx 

TEL: 30 30 12 13 Ext. 51231 Linea Directa: 3030-1231

 
La informacion relacionada con el destino de los Ingresos la Puede consultar tambien en  la Página Denominada Gobierno en Línea.
PRESUPUESTO IJAMI 2018 archivo/pdf (4.19 MB)

XIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental; los dictámenes de baja y actas de baja documental y transfere...

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El catálogo de disposición y guía de archivo documental; los dictámenes de baja y actas de baja documental y transferencia secundaria, programa e informe anual de desarrollo archivístico y actas de documentación siniestrada; así como, los resultados de las auditorías archivísticas, las determinaciones y resoluciones del Consejo Estatal de Archivos; y

El Instituto Jalisciense para los Migrantes tiene el carácter de órgano desconcentrado del Poder Ejecutivo del Estado de reciente creación, con autonomía técnica y de gestión, subordinado a la Secretaría de Desarrollo e Integración Social, mediante decreto  DIGELAG DEC 004/2015,  Y NUESTRO REGLAMENTO INTERNO (SE ANEXAN DOCUMENTOS) con fechas del 18 de diciembre del 2015 y 11 de enero de 2018, emitido por el C. GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO, por lo cual se considera de reciente creación y asimismo se anexa Guía de archivo documental y Catálogo de disposición 2015-2018 de este sujeto obligado.

Nota: Cabe señalar que los documentos se encuentran actualizados hasta el mes de octubre del año 2018.

FUNCIONES IJAMI archivo/pdf (386.37 KB)
GUÍA GENERAL DE ARCHIVO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE IJAMI DG 2015-2018. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (26.90 KB)
GUÍA GENERAL DE ARCHIVO DE LA COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN Y PROYECTOS ESPECIALES DEL IJAMI. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (15.95 KB)
GUÍA GENERAL DE ARCHIVO DE LA COORDINACIÓN DE DERECHOS HUMANOS Y DESARROLLO INTEGRAL IJAMI-IYVM. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (17.54 KB)
GUÍA GENERAL DE ARCHIVO DE LA COORDINACIÓN DE INVESTIGACIÓN PARA EL DESARROLLO DE IJAMI. archivo/vnd.openxmlformats-officedocument.spreadsheetml.sheet (253.38 KB)
Fecha de actualización: 20/12/2019
Fecha de validación: 20/12/2019

XIV. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental ...

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La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental, así como aquella que se genere por la ejecución del gasto público con recursos federales.

El Instituto Jalisciense para los Migrantes, reporta que NO custodia, genera, ni resguarda la información relativa a la Ejecución de Gasto Público con Recursos Federales, esto de acuerdo a lo establecido por el artículo 18, 39, 40, 40, 41 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, ya que en dichos numerales no contemplan esta función. Como información complementaria, se publica de manera informativa la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

 

 

Nota: Se hace mencion de que este Instituto no recibe directamente recursos federales ya que como es parte del Poder Ejecutivo le corresponde recibir presupuesto del Estado, los arts. 4 y 5 del Decreto de creación del Instituto Jalisciense para los Migrantes DIGELAG DEC 004/2015 y el Reglamento Interno del IJAMI.

 

 

Nota:

Se hace mención de que este Instituto, no recibe directamente recursos federales ya que como es parte del Poder Ejecutivo, desconcentrado de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social le corresponde recibir presupuesto del Estado.

*Como información complementaria, se publica de manera informativa la Ley General de Contabilidad Gubernamental.

 

 

Artículo 10. Información fundamental - Poder Ejecutivo

Es información pública fundamental del Poder Ejectuivo.

Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos

Información fundamental - Fideicomisos públicos.

Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos.

I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;

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I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;

Dentro de la Consulta Jurídica 015/2016 de las Obligaciones de Transparencia de los Fideicomisos Públicos, establece los sujetos obligados responsables de la administración de Fideicomisos Públicos Sin Estructura, deberan publicar y actualizar a través de un micrositio habilitado en su página de Internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, la información establecida en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso X), y artículo 16-BIS, párrafo 1, fracciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII Y IX de la Ley de Transparencia, según corresponda.

En virtud de lo anterior, lo correspondiente a este inciso se publica en lo relativo al numeral 8 fracción primera para su conocimiento.

 

Nota: se anexa Consulta Jurídica 015/2016 para su conocimiento.

 

 

II. El nombre del servidor público y de la persona física o jurídica que represente al fideicomitente, al fiduciario y al...

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II. El nombre del servidor público y de la persona física o jurídica que represente al fideicomitente, al fiduciario y al fideicomisario;

 

FIDEICOMITENTE:

Mtro. Hector Rafael Perez Partida

Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas del Gobierno de Jalisco.

 

FIDUCIARIA:

Lic. Francisco Javier Romero García

Banco Santander México S.A.

 

 

FIDEICOMISARIO:

Mtra. Maria Teresa Brito Serrano

Contraloría del Estado de Jalisco del Gobierno de Jalisco.

 

 

 

 

III. La unidad administrativa responsable del fideicomiso;

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III. La unidad administrativa responsable del fideicomiso;

La Dirección Administrativa de la Secretaría de Desarrollo e Integración Social en coordinación con el Instituto Jalisciense para los Migrantes (IJAMI):

 

Lic. Nancy Monserrat Casillas Rubio
Coordinadora de Servicios y Programas Transversales.

Correo electronico:  monserrat.casillas@jalisco.gob.mx

Calle: Penitenciaria No. 180
Colonia Americana, Guadalajara Jalisco Mexico CP. 44160
Telefono:  38 18 28 80 Ext. 52662

 
 
 
 
 
Lic. Ezequiel Romero Villarreal
Av. Circunvalación Jorge Álvarez del Castillo # 1078, Col. Mezquitán Country, Guadalajara.
Tels. 30-30-12-13 Ext. 51231 y 51030.

IV. El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los...

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IV. El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los recursos, los subsidios, donaciones, transferencias, excedentes, inversiones realizadas y aportaciones o subvenciones que reciban;

MONTAL 2018: $4´500,000.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 00/100  M.N.)

MONTAL 2016 - 2017: $13´006,039.05 (TRECE MILLONES SEIS MIL TREINTA Y NUEVE PESOS 05/100  M.N.)

 

**Recurso estatal, aportado por el Gobierno del Estado de Jalisco a traves de la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas.

 

La finalidad del presente FIDEICOMISO SIN ESTRUCTURA, es la creación de un patrimonio autónomo que le permita a EL FIDEICOMITENTE realizar una administración independiente y establecer un mecanismo ágil y transparente para la administración de recursos. Su patrimonio de origen publico será destinado al pago de la implementación, desarrollo y ejecución de programas de apoyo a Jaliscienses radicados en el extranjero, que tengan por objeto fomentar una nueva visión de los Jaliscienses en el extranjero, que incluya el aprovechamiento de sus talentos, capacidades y experiencias para el desarrollo del Estado de Jalisco, desde una perspectiva de desarrollo social, equidad de género y derechos humanos; así como, contribuir al fortalecimiento de los vínculos de los Jaliscienses en el extranjero con sus lugares de origen; promover la identidad, cultura y tradiciones de Jalisco en los lugares donde residan los Jaliscienses en el extranjero; así como alentar el desarrollo de políticas municipales dirigidas a atender las necesidades de los Jaliscienses en el extranjero y sus comunidades de origen,

Asimismo, este Fideicomiso no cuenta con subsidios Federales, Internacionales o de cualquier otra indole, no aporta o recibe donaciones, transferencias, excedentes, inversiones realizadas o subvenciones de conformidad con el Contrato en su Cláusula Cuarta del FIDEICOMISO REVOCABLE DE ADMINISTRACIÓN, INVERSIÓN  Y FUENTE DE PAGO DE ATENCIÓN A JALISCIENSES EN EL EXTRANJERO. 

V. El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos...

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V. El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos de las disposiciones aplicables;
FIDEICOMISO PARA LA ATENCIÓN DE JALISCIENSES EN EL EXTRANJERO.
 
El Fideicomiso para la Atención de Jaliscienses en el Extranjero fue creado el 18 de agosto de 2016. Asimismo, se informa que la información contenida en el presente inciso está actualizada a la fecha. 
 
Objetivo: Su patrimonio será destinado al pago de la implementación desarrollo y ejecución de programas de apoyo a Jaliscienses radicados en el extranjero.
 
SALDO TOTAL PARA EJERCICIO FISCAL 2018: $4´500,000.00 (CUATRO MILLONES QUINIENTOS MIL PESOS 05/100  M.N.)
SALDO TOTAL AL CIERRE DEL EJERCICIO FISCAL 2016 y 2017: $13´006,039.05 (TRECE MILLONES SEIS MIL TREINTA Y NUEVE PESOS 05/100  M.N.)

VI. Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público;

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VI. Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público;

De conformidad con la Cláusula Décima Quinta del Contrato de Fideicomiso sin Estructura de Atención a Jaliscienses en el Extranjero; EL FIDEICOMITENTE se reserva el derecho de modificar los términos y condiciones establecidos en el presente contrato de FIDEICOMISO, siempre y cuando se realicen por escrito con el consentimiento de EL FIDUCIARIO.

VII. El padrón de beneficiarios, en su caso;

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VII. El padrón de beneficiarios, en su caso;

La finalidad del presente FIDEICOMISO, es la creación de un patrimonio autónomo que le permita a EL FIDEICOMITENTE realizar una administración independiente y establecer un mecanismo ágil y transparente para la administración de recursos. Su patrimonio será destinado al pago de la implementación, desarrollo y ejecución de programas de apoyo a Jaliscienses radicados en el extranjero, que tengan por objeto fomentar una nueva visión de los Jaliscienses en el extranjero, que incluya el aprovechamiento de sus talentos, capacidades y experiencias para el desarrollo del Estado de Jalisco, desde una perspectiva de desarrollo social, equidad de género y derechos humanos; así como, contribuir al fortalecimiento de los vínculos de los Jaliscienses en el extranjero con sus lugares de origen; promover la identidad, cultura y tradiciones de Jalisco en los lugares donde residan los Jaliscienses en el extranjero; así como alentar el desarrollo de políticas municipales dirigidas a atender las necesidades de los Jaliscienses en el extranjero y sus comunidades de origen.

Asimismo, se enlista el Padrón de Beneficiarios de 2017 y 2018.

VIII. Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público...

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VIII. Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público, especificando, de manera detallada, los recursos financieros destinados para tal efecto; y
DURACIÓN: La duración del presente contrato será la necesaria para el cumplimiento de sus fines, y en caso de trascender el término de la presente administración pública estatal, se deberá de obtener la autorización del H. Congreso del Estado de Jalisco. No obstante lo anterior, podrá extinguirse por cualquiera de las causas establecidas en el artículo 392 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito en vigor, en lo que sean compatibles con su naturaleza, incluyendo la fracción sexta (VI), ya que EL FIDEICOMITENTE se reserva expresamente el derecho de revocar el FIDEICOMISO.

EL FIDEICOMITENTE se reserva el derecho de modificar los términos y condiciones establecidos en el presente contrato de FIDEICOMISO, siempre y cuando se realicen por escrito con el consentimiento de EL FIDUCIARIO.

EL FIDEICOMITENTE podrá sustituir a EL FIDUCIARIO y consecuentemente tendrán el derecho de designar a una o varias instituciones que en forma conjunta o sucesiva tengan el carácter de el fiduciario o los fiduciarios sustitutos.

La sustitución de fiduciario que, conforme a lo dispuesto en el párrafo que antecede, llegare a efectuarse, en ningún caso deberá implicar tácita o expresamente modificación a los fines del FIDEICOMISO, a las obligaciones legales o contractuales que deban satisfacerse con los bienes y recursos del patrimonio fideicomitido, a las facultades y responsabilidades de EL FIDUCIARIO, o en general, cualquier modificación a los términos y estipulaciones del presente contrato que llegare a contravenir su propósito y espíritu, de acuerdo con los fines expresados en este instrumento.

En caso de que EL FIDUCIARIO tuviera causa para renunciar a su cargo, deberá hacerlo del conocimiento de EL FIDEICOMITENTE, mediante un escrito en el que EL FIDUCIARIO exprese claramente las razones de dicha determinación. EL FIDEICOMITENTE deberá en un plazo no mayor de sesenta días naturales a partir del día siguiente a aquél en que hubieren recibido dicha comunicación, indicar a EL FIDUCIARIO el nombre de la institución o instituciones que actuarán como fiduciario o fiduciarios sustitutos, a efecto de que EL FIDUCIARIO pueda hacerles entrega del patrimonio fideicomitido.

Las partes expresamente convienen, desde ahora, como una causal para que EL FIDUCIARIO invoque la renuncia a su cargo, el hecho de que no le sean cubiertos oportunamente los honorarios y comisiones de tres o más periodos consecutivos, a que se refiere el inciso b) de la cláusula décima séptima anterior, siendo aplicable el artículo 392 BIS de la Ley  General de Títulos y Operaciones de Crédito, con independencia que desde ahora EL FIDUCIARIO se reserva el ejercicio de las acciones que legalmente procedan para hacer efectivo el cobro de las mismas.

Una vez concluido el plazo establecido en el primer párrafo de esta cláusula, sin que EL FIDEICOMITENTE haya designado a la institución fiduciaria sustituta, el presente FIDEICOMISO se dará por extinguido por ministerio de ley en términos del tercer párrafo del artículo 385 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito (L.G.T.O.C.), para lo cual EL FIDUCIARIO deberá declararlo así para los efectos legales que correspondan y enviar para tal efecto, una simple nota informativa a EL FIDEICOMITENTE en la que conste la extinción del FIDEICOMISO y la atenta solicitud para que EL FIDEICOMITENTE indique por escrito, en el improrrogable plazo de treinta días naturales contados a partir del día siguiente a aquél en que hubiera recibido la carta informativa, la forma en la que desea que le sean entregados o transmitidos sus bienes o derechos.

Transcurrido el plazo expresado en el párrafo anterior, las partes convienen desde este momento en que los bienes en numerario sean transmitidos a EL FIDEICOMITENTE mediante la apertura de una cuenta de cheques a su favor en Banco Santander (México), S.A.

En caso de duda o de oposición a la entrega, los bienes o derechos se pondrán a disposición del juez competente para que, en cumplimiento de lo ordenado por el artículo 393 de la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, resuelva lo que corresponda.

IX. Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los...

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IX. Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria.

El presente Fideicomiso Sin Estructura para la Atención a Jaliscienses en el Extranjero, no genera contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del Fideicomiso, dada la naturaleza jurídica del Instrumento jurídico que se anexa en este inciso.

Artículo 16-Quáter. Información fundamental - Sindicatos

Información fundamental - Sindicatos.

Sindicatos sujetos obligados indirectos y lineamientos generales

Es información pública fundamental Sindicatos, sujetos obligados indirectos y lineamientos generales.

Sindicatos, sujetos obligados indirectos y lineamientos generales