Información fundamental
Artículo 8. Información fundamental - General
Artículo 8. Información fundamental - General
I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública.
En ésta sección se te da a conocer las actas realizadas por el único órgano colegiado reconocido y establecido a la fecha de conformidad a la normatividad aplicable a la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, razón por la cual se muestra las actas de clasificación del Comité de Transparencia.
El Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de datos personales del estado de Jalisco, a la fecha, no ha efectuado revisiones de clasificación a este sujeto obligado, por tal motivo no existen ratificaciones y/o revisiones.
El actual Titular de la Unidad de Transparencia, tomó el cargo a partir del día 12 de diciembre de 2019, no habiendo localizado Acta alguna respecto a los años 2014, 2015 y 2016, motivo por el cual no se encuentra publicada Acta alguna de los mencionados años.
Contacto de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social
Se informa a la ciudadanía que las solicitudes de acceso a la información, así como las solicitudes de protección de información confidencial, podrán recibirse a través de los siguientes medios:
Por medio del correo electrónico oficial de la Unidad de Transparencia, en el domicilio oficial de ésta, vía telefónica, por correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente ante el personal habilitado que las capturará en el sistema electrónico de solicitudes; o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional.
La solicitud debe dirigirse en los términos que señala el Artículo 79 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Conmutador: 3330300400 ext. 10420
NOTA: Si la solicitud de acceso es presentada fuera del horario de atención; la misma será recepcionada a primera hora del día hábil siguiente en que se presentó.
No obstante lo anterior la Plataforma Nacional de Transparencia cuenta con los elementos prácticos y accesibles para solicitar información pública de manera electrónica. Para ello es necesario ingresar a la Plataforma, generar un usuario con contraseña, para hacer solicitudes a todos los Sujetos Obligados del país, dar su respectivo seguimiento e interponer recursos de revisión para el caso de estar inconformes con las respuestas, el vínculo de la plataforma se proporciona a continuación. Asi mismo se infroma que el Titular de la Unidad es el unico encargado de dicha area.
El periodo de actualizacion de la información se presenta de manera trimestral.
La fecha de validación de la información se presenta de manera mensual.
INDUSTRIA JALISCIENSE DE REHABILITACIÓN SOCIAL
Organismo público descentralizado
DOMICILIO: Km 17.5 Carretera libre Guadalajara-Zapotlanejo, en el Complejo Penitenciario Puente Grande, en Tonalá, Jalisco. CP. 45420
NÚMERO TELEFÓNICO: Directo 31518079 y 31518234
CONMUTADOR:30300400 ext. 10546
PÁGINA DE INTERNET: https://injalreso.jalisco.gob.mx
CORREO ELECTRÓNICO: transparencia.injalreso@gmail.com
HORARIO DE ATENCIÓN:Lunes a Viernes de 9:00 horas a 15:00 horas.
Informacion y datos de contacto de los integrantes del Comité de Transparencia del Ente.
Titular de la Unidad de Transparencia:
Lic. Eduardo Sánchez Daniel
Número telefónico:Directo 31518079 y 31518234
Conmutador:30300400 ext. 10546
El sujeto obligado no cuenta con FAX.
Correo electrónico:
transparencia.injalreso@gmail.com
Solicitudes de información:
A la fecha existen 2 Actas de Clasificación del Comité de Transparencia, en las cuales se clasifico la información como inexistente de un expediente que obra en la Unidad de Transparencia de esta Industria Jalisciense de Rehabilitación Social y la Reserva de Información por tratarse de Datos Personales en los contratos suscritos entre el Presente Sujeto Obligado y las personas fisicas o morales que implementan talleres dentro de los centros penitenciarios (fuente de trabajo).
Para consultar la información relativa a los reportes de solicitudes de información pública de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, le invitamos a utilizar el sistema de consulta electrónica denominado SIRES, (sistema concentrador de la información provista por los sujetos obligados en materia de transparencia), en la cual Usted podrá tener acceso a los datos sobre las solicitudes de información pública respondidas a partir del año 2005 reportadas al Instituto de Transparencia e Información Pública del Estado de Jalisco (ITEI). Por lo que lo inv.itamos a consultar el siguiente vínculo.
(Para consultar la información relativa a la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, favor de seleccionar en la ventana relativa al grupo de sujetos obligados, la opción 5. Poder Ejecutivo, para luego seleccionar en la ventana por sub grupo de sujetos obligados, la opción 2 Organismos Públicos Descentralizados, enseguida dar clic en Buscar, y se visualizará la información relativa a los Organismos Públicos Descentralizados.
Para el caso de la estadisticas de visitas al Sistema de Consulta Electrónica, este Sujeto Obligado se encuentra a la espera de la adecuación de los Lineamientos Estatales de Publicación y Actualización de la Información Fundamental para conocer el dato que debera publicarse.
II. La información sobre el marco jurídico aplicables al y por el sujeto obligado.
III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicables al y por el sujeto obligado.
El PND 2019-2024 marcará el rumbo de las políticas que servirán para transformar la vida pública del país y construir un nuevo pacto social cuyo objetivo último sea el bienestar de todas y todos. Esto se logrará a través de la reducción de las brechas de pobreza y desigualdad, el restablecimiento de un Estado de derecho con justicia, el combate a la corrupción y un impulso al desarrollo económico sostenible y a lo largo de todo el territorio.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece en el artículo 26 que “el Estado organizará un sistema de planeación democrática del desarrollo nacional que imprima solidez, dinamismo, competitividad, permanencia y equidad al crecimiento de la economía para la independencia y la democratización política, social y cultural de la nación.”
En este sentido, el Plan Nacional de Desarrollo (PND) 2019-2024 es el documento en el que el Gobierno de México articula los objetivos y estrategias para atender los problemas prioritarios e impulsar el desarrollo nacional.
El Plan está conformado por tres ejes generales que permiten agrupar las problemáticas específicas cuya atención será prioritaria en los próximos seis años:
• Justicia y el Estado de derecho, para que el gobierno sea garante de los derechos humanos establecidos en la Constitución y para construir un país donde impere la ley y la justicia.
• Bienestar, garantizar el goce de los derechos sociales y económicos establecidos en la Constitución y;
• Desarrollo económico dinámico, equilibrado, sostenible y equitativo que amplíe las capacidades, presentes y futuras de todas las personas.
Asimismo, contiene tres ejes transversales que se refieren a los problemas públicos comunes a los ejes generales y cuya atención será prioritaria en todas las políticas públicas de esta administración:
• Igualdad de género, no discriminación e inclusión,
• Combate a la corrupción y mejora de la gestión pública y
• Territorio y desarrollo sostenible.
Para este sujeto obligado no existe ningún programa federal el cual aplique para o por el Organismo. Lo anterior en base al artículo 1° de la Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, mismo que a la letra dice:
Artículo 1.- Se crea como un organismo público descentralizado del Poder Ejecutivo del Estado, dotado con responsabilidad jurídica y patrimonio propios, a la "Industria Jalisciense de Rehabilitación Social", que tendrá a su cargo la creación, control y administración de las industrias que se constituyan en todos lo reclusorios preventivos y centros de readaptación social del Estado, de adultos, hombres o mujeres, así como la organización del trabajo que en ellas se desempeñe por los internos y la comercialización de los productos resultantes.
El trabajo penitenciario tendrá como objetivos principales contribuir en los sistemas de readaptación y rehabilitación de los internos a través de la capacitación laboral, así como el mejoramiento de los establecimientos.
Para el cumplimiento de sus fines, en los términos de esta ley, tendrá a su cargo la administración de los bienes que integren el patrimonio-afectación que se establece en la misma, comprendiendo todas las industrias, empresas, propiedades y demás ingresos que constituyan la fuente de sus recursos económicos.
Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo de Jalisco
2018-2024, Vision 2030
El Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo (PEGD) no se limita a la administración 2018-2024, sino que tiene como visión el Jalisco que queremos en el 2030, vinculado a la agenda internacional de los Objetivos del Desarrollo Sostenible (ODS).
El PEGD Jalisco 2018-2024, visión 2030 contiene las voces de más de 12 mil personas de los 125 municipios de Jalisco que participaron en foros y talleres para construir una propuesta y que han sumado la visión del Jalisco al que todos aspiramos.
En este documento, se incluye el trabajo técnico de todas las dependencias y entidades del Gobierno de Jalisco, así como los planes de los cinco organismos autónomos y los tres poderes de gobierno.
Se detalla cómo haremos, desde los distintos ámbitos y niveles de gobierno, para construir un Estado más solidario, más abierto, más justo, más democrático. Sin embargo, no está escrito en piedra, se trata de un plan dinámico y en continua construcción, un documento que se seguirá discutiendo a partir de la complejidad de una visión iterdisciplinaria de hacia dónde va Jalisco.
En este Plan se refieren los Ejes y Objetivos para lograr la Gobernanza y Desarrollo de Jalisco.
Temática (SJ6) del Plan: Reinserción social
Se le llama “reinserción social” al proceso mediante el cual un sujeto se integra nuevamente a la sociedad después de haber sido privado de su libertad, procesado o sentenciado por la comisión de una conducta delictiva.
En artículo 18 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos establece que el sistema penitenciario se organizará sobre la base del respeto a los derechos humanos, del trabajo, la capacitación para el mismo, la educación, la salud y el deporte como medios para lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y procurar que no vuelva a delinquir.
El sistema penitenciario durante años estuvo enfocado en la privación de la libertad como castigo; fue hasta fechas recientes que el mandato constitucional lo encaminó a la reinserción social por la vulnerabilidad que representa la población penitenciaria. De acuerdo al diagnóstico resultado de las mesas de análisis sobre este tema, la reincidencia es un problema social que aqueja a la población en general y vulnera la credibilidad de las instituciones que imparten la justicia. Algunos de los factores que influyen en esta reincidencia delictiva son los altos índices de impunidad que existen en el país, así como la ruptura de las relaciones familiares de los convictos debido a su situación delictiva. Este problema se acentúa debido a la baja coordinación entre dependencias de los distintos órdenes de gobierno para fortalecer los programas de reinserción social, además de la falta de sensibilidad tanto en el ámbito de gobierno como en la misma sociedad.
RESULTADO ESPECIFICO
Programa sectorial: Seguridad Ciudadana
Sub programa: JUSTICIA Y ESTADO DE DERECHO
Objetivo: Mejorar las condiciones de reinserción social
Objetivo Sectorial: Instrumentar acciones en el sistema penitenciario que coadyuven a mejorar las condiciones de los internos dentro de un marco de respeto a sus derechos humanos.
Programa o proyecto estrategico: Reinserción social de las personas recluidas.
Descripción del programa: Otorgar la atención integral social de las personas recluidas en centros penitenciarios y la reintegración social y familiar de adolescentes en centros de internamiento, a través de actividades integrales como salud, educación, capacitación laboral, y actividades culturales y deportivas.
Responsable: Cabeza de sector, Secretaria de Seguridad y Dirección de Reinserción Social.
Es necesario informar que todo el documento es aplicable al presente Sujeto Obligado, asi mismo se toma el presente como aplicable vigente, hasta que el mismo no sea sustituido por uno nuevo o sea modificado.
NO APLICAN AL SUJETO OBLIGADO
Esta Organismo no ha realizado evaluaciones o encuestas financiadas con recursos públicos. Además le informamos que de conformidad con lo estipulado en el artículo 29 fracciones IV,VI,VII,VIII y IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco es atribución de la Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana, coordinar las evaluaciones y encuestas que permitan conocer los resultados de la aplicación de los recursos públicos estatales y municipales
Por tal motivo que ponemos a su disposición el enlace donde podrá consultar la información concerniente a este inciso, misma que es generada y administrada por la Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana.
https://seplan.app.jalisco.gob.mx/evalua/unidad/unidad-evaluacion
Objetivo:
El portal Evalúa Jalisco concentra toda la información sobre la estrategia de evaluación del Gobierno de Jalisco de manera estructurada, accesible y amigable. El objetivo de dicha estrategia es mejorar la eficiencia de los programas y políticas públicas implementadas por las distintas dependencias y entidades del Poder Ejecutivo, a partir de la generación de evidencia que facilite la toma de decisiones.
El portal muestra información relevante a través de videos, folletos y buscadores que permiten que la transparencia y rendición de cuentas sea focalizada con lenguaje ciudadano y visualizaciones sencillas que informen tanto a ciudadanos como a organismos e interesados sobre los avances y resultados de los procesos de evaluación en Jalisco.
Seleccionar el apartado "Evaluación de Programas", se despliegan los mismos, elegir en el apartado "Dependencia responsable del programa" al sujeto obligado del cual requiere la información.
nota.- El sujeto obligado no cuenta con algún otro Instrumento de Planeación además de los señalados en los incisos que comprenden la Fracción III del Artículo 8.
IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicables al y por el sujeto obligado.
El Gobierno del Estado de Jalisco estableció el Programa "Industria Jalisciense de Rehabilitación Social" para "Contribuir a la reinserción del interno de los centros penitenciarios del estado mediante la implementación de un adecuado sistema de capacitación de un oficio".
Por último se resalta que éste sujeto obligado no lleva a cabo Programas diversos, por lo cual, únicamente se precisa y detalla el que se agrega en dichos formatos. Lo anterior atendiendo a las atribuciones propias de este ente INJALRESO; sobre la cual descansa principalmente la actividad de enseñanza y práctica de un oficio a las personas privadas de la libertad, en los centros penitenciarios, como pilar de la reinserción.
Este sujeto obligado se encuentra en proceso de elaboracion del manual de organización, por lo que se esta trabajando en el diseño, ajuste y aprobación del mismo.
Sin embargo se publica el documento que a su vez suple las funciones establecidas para los procedimientos internos de este Organismo, con base en la justificación del lineamiento 4.7 de los Lineamientos Generales de Publicación de la Información Fundamental.
Nombre: Decreto de la Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitacion Social
Tipo de documento: Ley
Con fundamento en lo dispuesto en las Políticas Administrativas para Entidades Públicas Paraestatales, publicadas en el Periodico oficial el 31 de marzo de 2020, en la Politica 1. POLÍTICAS PARA LOS PROCESOS Y PROCEDIMIENTOS DE MEJORA DE LA GESTIÓN PÚBLICA, APLICACIÓN DE LA NORMATIVIDAD PARA LOS REGLAMENTOS, ESTRUCTURAS Y MANUALES, especificamente en las politicas:
1.13 Las entidades deberán de elaborar sus manuales administrativos de acuerdo a la normatividad y a la metodología definida por la Dirección General de Tecnologías de la Información a través de la Dirección de Control de Riesgos de la Secretaría de Administración.
Este Sujeto Obligado cuenta con diversos manuales de procedimientos, correspondientes a las áreas que lo conforman y lo cuales se anexan a continuación:
1. Manual de Procedimiento de la Dirección Jurídica de INJALRESO y Unidad de Transparencia.
2. Manual de Procedimiento de la Dirección Operativa, Supervisores e Instrucctores, Coordinador Regional y Empresarios de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social.
3. Manual de Procedimiento Producción en Talleres.
4. Manual de Procedimientos del Área Administrativa y Financiera.
5. Manual de Procedimientos Secretario Técnico de La Industria Jalisciense de Rehabilitación Social o Secretario de la Administración de La INJALRESO.
6. Manual de Procedimientos de Recursos Materiales y Servicios Generales.
De lo anterior se desprenden los procedimientos y útilidades básicas comprendidas en cada una de las áreas que en carácter general se encuentras señaladas en la Ley que Crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social proporcionandole fundamento jurídico y razón de ser a los presentes manuales.
Este sujeto obligado no cuenta con un manual de servicios, por lo que se trabaja en el diseño, ajuste y aprobación del mismo.
Sin embargo se publicael documento que a su vez suple las funciones establecidas para los procedimientos internos de este Organismo, con base en la justificación del lineamiento 4.7 de los Lineamientos Generales de Publicación de la Información Fundamental.
Nombre: Decreto de la Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitacion Social
Tipo de documento: Ley
"Protocolo de los posibles Riesgos Laborales"
En el presente apartado se alude a los vinculos de los Indicadores de Desarrollo que se muestran mediante el Sistema de Monitoreo de los Indicadores del Desarrollo de Jalisco MIDE JALISCO.
V. La información financiera, patrimonial y administrativa.
La informacion correspondiente a las partidas presupuestales estatales aplicables a la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social se puede encontrar de manera agil sugun corresponda en las respetivas publicaciones del Periodico Oficial El Estado de Jalisco, de acuerdo a los siguientes datos:
Presupuesto de egresos 2014, se encuentra en la página 167 del volumen III;
Presupuesto de egresos 2015 en la página 184 del volumen III;
Presupuesto de egresos 2016 en la página 55 del volumen III;
Presupuesto de egresos 2017 en la página 42 del volumen III;
Presupuesto de gresos 2018 en la página 22 y 23 del volumen II;
Prespuesto de egresos 2019 en la página 26 del volumen II;
Presupuesto de egresos 2020 en la pagina 11 del Anexo I de Seguridad, Justicia y Estado de Derecho, especificamente en el rubro de Reisercion Social, del numero 41, seccion XI, publicado el dia 28 de diciembre de 2019.
Asi como tambien se inlcuye el Clasificador por objeto y tipo de gasto para la administracion publica del Estado de Jalisco, publicado en el Periodico Oficial El Estado de Jalisco, el dia 28 de diciembre de 2019, numero 41, seccion XI.
El Organismo NO recibe presupuesto Federal.
NOTA: Se informa que, durante los ejercicios fiscales del año 2013 al año en curso del 2022, este Organismo Público Descentralizado NO ha recibido ingresos extraordinarios, dado que en ningún artículo de la ley que crea la INDUSTRIA JALISCIENSE DE REHABILITACIÓN SOCIAL, asi como, en el Presupuesto de Ingresos de la Secretaría de la Hacienda Pública de los ejercicios en mención NO se contemplan ingresos extraordinarios para este Organismo.
Los organigramas que se encuentran en la presente fracción por los años 2013, 2014, 2015, 2016, 2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y lo que va del 2022 no han sido modificados en virtud de no haber variantes en los mismos, por lo cual permanecen intactos.
Las funciones y atribuciones de cada unidad orgánica del presente sujeto obligado se encuentran en el Reglamento interno de INJALRESO el cual se adjunta para su consulta.
NOTA: NO CONTIENE GRATIFICACIONES, COMISIONES, DIETAS, SERVIDORES PUBLICOS COMISIONADOS, CON LICENCIA Y AÑO SABATICO (SIC)", SE ACLARA QUE DICHOS RUBROS SON INEXISTENTES PARA ESTE ENTE SUJETO OBLIGADO , POR LO TANTO, NO SE INCLUYE LO QUE ES INEXISTENTE.
El listado de jubilados y pensionados es generado y publicado por el Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, encargado de administrar las cuentas para el retiro de los jubilados y pensionados de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, lo anterior de conformidad con lo establecido en los artículos 58 y 72 de la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco.
Por lo anterior la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, no tiene dentro de sus atribuciones elaborar el listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben lo anterior de conformidad al artículo 2 de la Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social.
EN EL 2015 SE PUBLICA LA INFORMACION TAL Y COMO LO SOLICITÓ LA COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA, MEDIANTE EL MONITOREO CORRESPONDIENTE A DICIEMBRE DE 2017 A LA PÁGINA DE ESTE ORGANISMO. NO OBSTANTE SE REITERA QUE EN DICHO AÑO NO SE CONTABA CON UN SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y LOS ESTADOS FINANCIEROS SE EMITIERON DE FORMA SEMESTRAL Y ANUAL, PERO ACATANDO LA INSTRUCCIÓN DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA ES QUE SE PUBLICAN COMO APARECEN.
EN EL 2016 SE PUBLICA LA INFORMACION TAL Y COMO LO SOLICITÓ LA COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA, MEDIANTE EL MONITOREO CORRESPONDIENTE A DICIEMBRE DE 2017 A LA PÁGINA DE ESTE ORGANISMO. NO OBSTANTE SE REITERA QUE EN DICHO AÑO NO SE CONTABA CON UN SISTEMA DE CONTABILIDAD GUBERNAMENTAL Y LOS ESTADOS FINANCIEROS SE EMITIERON DE FORMA SEMESTRAL Y ANUAL, PERO ACATANDO LA INSTRUCCIÓN DE LA COORDINACIÓN GENERAL DE TRANSPARENCIA E INFORMACIÓN PÚBLICA ES QUE SE PUBLICAN COMO APARECEN.
LA CONAC NO HA EMITIDO FORMATOS PARA LA PUBLICACION DE FLUJOS DE FONDOS E INDICADORES DE RESULTADOS, POR LO TANTO NO SE PUBLICAN
La Información contable, presupuestaria y programática se presentan de manera trimestral de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
NOTA: Se informa que derivado del cambio de administración (Diciembre 6 al 5 de Agosto 2019) se detectaron anomalías en los procesos, así como una evidente ausencia de controles contables administrativos, situación que provocó que los procesos, en algunos casos no se concluyeran de manera satisfactoria, como ejemplo podemos citar entre otros, que el programa de Contabilidad no fue entregado en el proceso de entrega recepción, argumentando los funcionarios salientes que este servicio estaba subcontratado con un tercero, por esta razón hemos estado trabajando en la implementación de nuevos procesos que contribuirán a la mejora administrativa, contable y financiera de este Organismo.
A partir del 15 de noviembre de 2019, se está implementado el sistema SAACG.NET de INDETEC, con el fin de contar con la información real y actualizada.
Esperando contar con la informacióndel ejercicio 2019 a más tardar en el mes de Enero 2020.
Informacion actualizada el 15 de Enero 2020.
La Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, no ejerce gastos de comunicación Social, dado que de acuerdo al artículo 1° de la Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, mismo que a la letra dice:
Artículo 1.- Se crea como un organismo público descentralizado del Poder Ejecutivo del Estado, dotado con responsabilidad jurídica y patrimonio propios, a la "Industria Jalisciense de Rehabilitación Social", que tendrá a su cargo la creación, control y administración de las industrias que se constituyan en todos lo reclusorios preventivos y centros de readaptación social del Estado, de adultos, hombres o mujeres, así como la organización del trabajo que en ellas se desempeñe por los internos y la comercialización de los productos resultantes.
El trabajo penitenciario tendrá como objetivos principales contribuir en los sistemas de readaptación y rehabilitación de los internos a través de la capacitación laboral, así como el mejoramiento de los establecimientos.
Para el cumplimiento de sus fines, en los términos de esta ley, tendrá a su cargo la administración de los bienes que integren el patrimonio-afectación que se establece en la misma, comprendiendo todas las industrias, empresas, propiedades y demás ingresos que constituyan la fuente de sus recursos económicos.
Por lo anterior se desprende que el objeto principal es la reinserción social, por lo que no ejercemos ni hemos ejercido durante los años 2014, 2015, 2016, 2017 y al 05 de Noviembre del 2018 gastos de Comunicación Social.
Se realizó un gasto en este tipo de comunicación para darle promoción a los productos que elaboran los internos de los Centros Penitenciarios.
12 de junio de 2019
En la presente fracción encontraras los contratos por prestacion de servicios y por honorarios de los años 2015, 2016, 2017 y 2018. Actualizado al día de hoy 10 de Diciembre del 2019 se informa que el último contrato realizado de asimilables a salario es de fecha 04 de Octubre del 2018. En el caso de los contratos en los que se documentan los entregables, dichos documentos aparecen publicados en este apartado. La Coordinación General de Transparencia e Información Pública solicita que además se publiquen informes del trabajo realizado de los contratos asimilables a salarios. Dichos contratos se celebran para atender exposiciones específicas por tiempo determinado y este Organismo no emite informes o reportes del trabajo realizado en exposiciones específicas, ya que la actividad consiste en atender un stand, por lo que es facultad de este OPD determinar que para una actividad irrelevante no se destinan tiempo ni recurso simplemente para satisfacer el deseo de la Coordinación General de Transparencia e Información Pública. Los resultados de actividades como las exposiciones se traducen en la promoción del concepto de reinserción social entre la población y la política pública de este gobierno para fomentar el trabajo penitenciario.
De acuerdo al presupuesto de Egresos de los años 2014, 2015, 2016 y 2017, se observa que éste Organismo Público Descentralizado, sólo recibe subsidio estatal, y no otorga subsidios ni concesiones de ninguna clase, asi como tambien no recibe ni ha otorgado donativos de ninguna clase, por lo que no se publica información relacionada con los mismos, ya que de acuerdo al artículo 2 de la Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social no figura como sus principales funciones el otorgar subsidios.
Artículo 2.-La Industria Jalisciense de Rehabilitación Social tendrá como funciones principales:
a) Administrar y organizar el trabajo de los internos del Reclusorio Preventivo de la Zona Metropolitana de Guadalajara, del Centro de Readaptación Femenil, del Centro de Readaptación Social del Estado y de los demás centros similares que se constituyan en el futuro en el Estado de Jalisco;
b) Percibir directamente los subsidios que le otorguen la Federación, el Estado y los Municipios, las cuotas de recuperación las rentas y los aprovechamientos diversos de los bienes así como los demás ingresos que constituyen su patrimonio- afectación;
c) Realizar toda clase de actos jurídicos y celebrar los contratos que requiera el cumplimiento de sus fines;
d) Adquirir los bienes muebles e inmuebles y realizar las construcciones necesarias en los mismos, para el cumplimiento de sus fines;
e) Difundir conocimiento y prácticas para el mejor desempeño de los trabajos, como medios para la readaptación social del recluso. En cada centro de trabajo se procurará establecer una sección de taller escuela, en donde además de facilitar el aprendizaje técnico de los trabajos que deban realizarse en el mismo, y de implementar los programas piloto de nuevas líneas de producción, se establecerá un plan de capacitación industrial, semi-industrial y agropecuaria, en su caso, acorde a las demandas de trabajo del mercado comercial e industrial local, procurándose equipar y manejar en coordinación con las instituciones públicas y privadas de enseñanza técnica para el trabajo;
f) Expedir su reglamento interior;
g) Capacitar al personal administrativo y de vigilancia, a efecto de lograr el óptimo tratamiento del interno en el desempeño de su trabajo;
h) Determinar y acondicionar los lugares en donde deban laborar los internos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 123 de la Constitución General de la República y sus leyes reglamentarias, tomando en cuenta las recomendaciones que para el caso hagan los consejos técnicos de las instituciones o la Dirección General de Prevención y Readaptación Social, de conformidad a la Ley de Ejecución de Penas del Estado de Jalisco;
i) Asignar a los internos el trabajo que considere más conveniente con base en los estudios que recibirá semestralmente previamente realizados por los Consejos Técnicos Interdisciplinarios de cada centro dependiente de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social, de los que se desprenda la vocación, aptitudes, deseos y capacitación laboral del delincuente, así como las posibilidades del reclusorio;
j) Organizar el trabajo en los reclusorios previo estudio de las características de la economía y mercado local, a fin de favorecer la correspondencia entre las demandas de éste y la producción penitenciaria, con vistas a la autosuficiencia económica del establecimiento. Otorgando prioridad a aquelllas que correspondan a la satisfacción de insumos útiles para el propio reclusorio, el Estado y los municipios;
k) Favorecer el desarrollo de todas las medidas de tratamiento de rehabilitación compatibles con el régimen establecido en esta ley, los convenios y con las circunstancias de la localidad y de los internos;
l) Planificar el trabajo de las instituciones penales conforme a las directrices marcadas por la Constitución General de la República, las normas mínimas sobre readaptación social de sentenciados, las recomendaciones de la Organización de las Naciones Unidas, las leyes penales, las sentencias de los tribunales, la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, la Ley de Ejecución de Penas del Estado de Jalisco y el Reglamento de la Dirección General de Prevención y Readaptación Social;
m) Coordinarse con la Dirección General de Prevención y Readaptación Social, para que, en los términos de la Ley de Ejecución de Penas del Estado de Jalisco, los internos, cuando les sea asignado un puesto de trabajo y contribuyan a su sostenimiento;
n) Coordinarse con las direcciones y áreas responsables de vigilar el seguimiento al tratamiento institucional para la rehabilitación y readaptación de los internos con el fin de diseñar programas que permitan mejorar el proceso de readaptación de los internos;
ñ) Ejecutar el Plan Estratégico del Trabajo Penitenciario que garantice la viabilidad de los proyectos industriales, semi-industriales, agropecuarios y artesanales, en cada uno de los centros penitenciarios y su crecimiento; con la finalidad de satisfacer las necesidades de ocupación de los internos;
o) Promover y coordinar la comercialización de artículos de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, así como administrar y dirigir los puntos de venta directa o la concesión de los productos para su venta; y
p) Apoyar a los internos que hayan cumplido con sus sentencias, para su inscripción en bolsas de trabajo, tanto públicas, como privadas.
DURANTE LOS EJERCICIOS 2013, 2014, 2015, 2016, ,2017, 2018, 2019, 2020, 2021 y lo que va del 2022 No aplica, ya que no se permiten usar recursos públicos a terceras personas en los términos de las disposiciones aplicables, para este organismo. Así como tampoco cuenta con personas físicas ni morales que realicen actos de autoridad, en virtud de que no se encuentran dentro de las atribuciones del presente sujeto obligado, ya que el objetivo principal del Presente Sujeto Obligado es la creación, control y administración de las industrias que se constituyan en todos los reclusorios preventivos y centros de readaptación social del Estado, de adultos, hombres o mujeres, así como la organización del trabajo que en ellas se desempeñe por los internos y la comercialización de los productos resultantes, es decir, se busca la rehabilitación del interno por medio de la enseñanza de un oficio, lo anterior con fundamento en el artículo 1 y 2 de la Ley que Crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social.
NOTA: Se informa que derivado del cambio de administración (Diciembre 6 al 5 de Agosto de 2019) se detectaron anomalías en los procesos, así como una evidente ausencia de controles contables administrativos, situación que provocó que los procesos, en algunos casos no se concluyeran de manera satisfactoria, como ejemplo podemos citar entre otros, que el programa de Contabilidad no fue entregado en el proceso de entrega recepción, argumentando los funcionarios salientes que este servicio estaba subcontratado con un tercero, por esta razón hemos estado trabajando en la implementación de nuevos procesos, que contribuirán a la mejora administrativa, contable y financiera de este Organismo.
A partir del 15 de noviembre de 2019, se está implementando el sistema SAACG.NET de INDETEC, con el fin de contar con la información real y actualizada.
Esperando contar con la información del ejercicio 2019 a más tardar en el mes de enero 2020.
Dentro del Presupuesto de Egresos de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social autorizado para los años 2014, 2015, 2016, 2017, 2018 , 2019, 2020, 2021 y 2022 no se contempla realizar Obra Pública, por lo que no emplea el padrón de contratistas, pero se proporciona dicho padrón a cargo de la SIOP.
El RFC de personas fisicas es una clave de caracter fiscal, única e irrepetible, que permite identificar al titular, su edad y fecha de nacimiento, por lo que es un dato personal de caracter confidencial, Segunda Época - Criterio 19/17 (INAI)
De acuerdo a los artículos 1° y 2° de la Ley que Crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, se desprende que el objetivo principal de éste Organismo Público Descentralizado es la reinserción social, de igual manera no contamos con atribuciones para realizar Obra Pública, siendo la Dependencia a cargo de dichas funciones la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública del estado de Jalisco quién puede llevarla a cabo, por lo que no se ha realizado adjudicaciones directas en materia de adquisiciones y proyectos de inversión. Las licitaciones que aqui aparecen fueron declaradas desiertas en dos procedimientos por lo que se hizo adjudicación directa conforme a la Ley de Compras Gubernamentales, Enajenaciones y Contratación de Servicios del Estado de Jalisco y sus Municipios " Articulo 72 fracción VIII. En el supuesto de que dos procedimientos de licitación hayan sido declarados desiertos, el titular de la unidad centralizada de compras podrá adjudicar directamente el contrato siempre que no se modifiquen los requisitos establecidos en dichas convocatorias", este es el caso de los años 2017 y 2018, en los años 2019, 2020 y 2021 no hubo adjudicaciones directas.
De acuerdo a los artículos 1° y 2° de la Ley que Crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, se desprende que el objetivo principal de éste Organismo Público Descentralizado es la reinserción social, de igual manera no contamos con atribuciones para realizar Obra Pública, siendo la Dependencia a cargo de dichas funciones la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública del estado de Jalisco quién puede llevarla a cabo.
La Industria Jalisciense no convoca concursos por invitación, solo se efectuan Licitaciones por adquisición de materiales para la realización de los distintos proyectos que realizan las personas privadas de su libertad y los Dictamenes de Estados Financieros que se llevan a cabo por año.
NOTA: Se informa queDurante los ejercicios 2014 al 2021 y lo que va del 2022, no se han cancelado ni condonado ningún crédito fiscal, ni se realizaron exenciones previstas en las disposiciones fiscales, ya que de acuerdo a los artículos 1° y 2° de la ley que crea la industria jalisciense de rehabilitación social, éste organismo público descentralizado no cuenta con atribuciones para condonar créditos fiscales de ninguna especie. El objeto de creación del presente sujeto obligado es tener a su cargo la creación, control y administración de las industrias que se constituyan en todos los reclusorios preventivos y centros de readaptación social del estado, de adultos, hombres o mujeres, así como la organización del trabajo que en ellas se desempeñe por los internos y la comercialización de los productos resultantes.
Si bien es cierto el presente sujeto obligado, es un Organismo Publico Descentralizado, el cual cuenta con autonomia, personalidad juridica y patrimonio propio, tal como lo marca la Ley Organica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en su articulo 55. Lo cierto es que el presente Organismo no cuenta con bienes inmuebles propios, ni arrendados ni en comodato, las Oficinas Generales de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social se encuentran úbicadas en Carretera Libre a Zapotlanejo km17.5 dentro del Complejo Penitenciario de Puente Grande.
Nota: El Uso de los vehiculos son para los fines propios del Organismo.
EL PRESENTE SUJETO OBLIGADO EN LOS AÑOS 2015,2016, 2017 Y AL 31 DE OCTUBRE DE 2018 NO HA GENERADO GASTOS DE REPRESENTACIÓN.
SE PONE A DISPOCISIÓN LA LIGA DEL GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO: https://www.jalisco.gob.mx/
EN EL MES DE ENERO Y FEBRERO DEL 2018 NO SE REALIZARON PAGOS DE VIÁTICOS.
DURANTE LOS EJERCICIOS 2014, 2015, 2016, 2017 Y AL 30 DE NOVIEMBRE DE 2018 A ESTE ORGANISMO PÚBLICO DESCENTRALIZADO INJALRESO NO SE LE HAN OTORGADO CONCESIONES, LICENCIAS, PERMISOS O AUTORIZACIONES.
No Aplica.
La Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, no tiene entre sus obligaciones y atribuciones llevar a cabo expropiaciones por causa de utilidad pública a favor del Gobierno del Estado de Jalisco. Lo anterior de conformidad a los artículos 1 y 2 de la Ley que crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social.
Solo como marco de referencia, esta atribución es de la Secretaría General de Gobierno realizar las expropiaciones, como lo advierte Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, en su artículo 13 fracción XI (intervenir en las expropiaciones).
Actualizado al 31 de Julio del 2018
Informacion vigente al 02 de Mayo del 2019
NOTA: Se informa que durante los ejercicios fiscales del 2013 al 2019, este Organismo NO ha contratado Deuda Pública
Este Organismo Público Descentralizado no tiene cuentas bancarias de inversiones y de Fideicomisos. Actualizado al día de hoy 11 de Febrero del 2022.
NOTA: Se informa que derivado del cambio de administración (Diciembre 6 al 5 de Agosto 2019) se detectaron anomalías en los procesos, así como una evidente ausencia de controles contables administrativos, situación que provocó que los procesos, en algunos casos no se concluyeran de manera satisfactoria, como ejemplo podemos citar entre otros, que el programa de Contabilidad no fue entregado en el proceso de entrega recepción, argumentando los funcionarios salientes que este servicio estaba subcontratado con un tercero, por esta razón hemos estado trabajando en la implementación de nuevos procesos que contribuirán a la mejora administrativa, contable y financiera de este Organismo.
A partir del 15 de noviembre de 2019, se está implementado el sistema SAACG.NET de INDETEC, con el fin de contar con la información real y actualizada.
Esperando contar con la informacióndel ejercicio 2019 a más tardar en el mes de Enero 2020.
Informacion actualizada el 11 de Febrero 2022.
No ésta dentro de las funciones y atribuciones de este sujeto obligado, realizar este tipo de actos jurídicos, ello de conformidad a los artículos 1 Y 2 de la Ley que Crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, ya que el objetivo principal del presente sujeto obligado es la creación, control y administración de las industrias que se constituyan en todos los reclusorios preventivos y centros de readaptación social del Estado, de adultos, hombres o mujeres, así como la organización del trabajo que en ellas se desempeñe por los internos y la comercialización de los productos resultantes, lo que se busca la rehabilitación del interno por medio de la enseñanza de un oficio. De conformidad con el Artículo Sexto transitorio de la Ley de Responsabilidades Políticas y Administrativas para el Estado de Jalisco en relación al Artículo 62 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo. Siendo esto, competencia de: "Contraloría del Estado", de conformidad con lo que establece el artículo 38 fracción IX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, así como en lo establecido en la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, en su artículo 93, los cuales señalan lo siguiente:
Artículo 38. La Contraloría del Estado tiene las siguientes atribuciones:
....
IX.Recibir y registrar las declaraciones de situación patrimonial que deban presentar los servidores públicos de la Administración Pública del Estado y verificar e investigar lo que proceda, conforme a la ley;
....
En este orden de ideas, se te hace del conocimiento que la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco, dispone en el artículo 100, que la publicitación de la información relativa a la declaración patrimonial por parte de los entes responsables a los que se refiere el artículo 93 de la propia Ley, se hará siempre y cuando se cuente con la autorización previa y específica del servidor público de que se trate; ello al contener la declaración patrimonial datos personales relativos a: la vida afectiva o familiar, domicilio particular, número telefónico particular, patrimonio, etc., razón por la cual, a fin de que se difunda, distribuya, publique, transfiera o comercialice, esta información, se debe de contar con la autorización por escrito ante dos testigos o mediante escritura pública del titular de la información confidencial, tal y como lo prevén los artículos 21 punto 1, fracción I, 22 y 23 punto 1, fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Cualquier solicitud de información al respecto, deberá ser dirigida a la Contraloría del Estado por ser la dependencia encargada de acuerdo a sus funciones y atribuciones. informacion actualizada al 05 de noviembre del 2018.
FECHA DE ACTUALIZACION: 09 de Diciembre del 2019
VI. La información sobre la gestión pública.
Los contratos y convenios que encontrarás en la presente fracción son los que ha firmado la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social con diversas personas tanto físicas como morales , mismos que se encuentran actualizados al 07 de Diciembre de 2019.
En este inciso se advierte que estan todas la sesiones del Consejo de Administracion del Sujeto Obligado y Comité de Transparencia (Comité de Clasificación), y que la información aqui presentada es de libre acceso al publico en general, por tal motivo las pueden ver y decargar en el presente inciso, de igual forma en cada una de las actas de sesión del consejo del presente Sujeto Obligado, es posible que al abrirlas todas visualicen el orden del día y los puntos a tratar; sin embargo se agregan además por cuerda separada los documentos previos a la celebración de las sesiones de la 1ra a la 9na Sesión, y por lo que ve a partir de las sesiones del 2018; en un solo archivo contiene toda la información.
Del mismo modo, puede advertirse en los documentos relativos al Comité de Transparencia, al dar click en cada uno de ellos, respecto del lugar, día y hora de la reunión en la cual se constituyó el comité a fin de sesionar, los puntos que ahí se desprenden. Con lo que se cumple con lo descrito en el inciso i, de la fracción VI; y al no existir criterios establecidos por parte de la Coordinación General deTransparencia del Gobierno del Estado para hacerlo de otra forma, es que este Sujeto Obligado asi determina publicar la información contenida en este apartado.
Por último se precisa, que los documentos publicados son posible de ser consultados por los usuarios, ya sea por este medio, o haciendo uso de los medios de solicitud de transparencia.
En este inciso se da a conocer el listado de las sesiones realizadas por el único órgano colegiado reconocido y establecido a la fecha, ello de conformidad a la normatividad aplicable a este sujeto obligado, siendo este el COMITÉ DE TRANSPARENCIA, anteriormente denominado Comité de Clasificación de la Información Pública de la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social.
A la fecha de actualización se reporta solo el acta de conformación del nuevo Comíte de Transparencia, así mismo se precisa que no se ha podido conformar el Consejo de Administración por causas ajenas a este Sujeto Obligado, sin embargo se sigue trabajando en el tema para tener la primera Sesión de esta Administración 2018-2024
Información actualizada al 04 de Octubre de 2019
Las versiones Estenográficas no son susceptibles a publicarse, esto en virtud a que el presente sujeto obligado se encuentra sectorizadoa la Secretaría de Seguridad conforme al Acuerdo mediante el cual se Sectorizan las Diversas Entidades de la Administración Pública Paraestatal a las Dependencias de la Administración Pública Centralizada y al tratarse de temas de seguridad pública.
Con fundamento en el Articulo 1 de la ley que Crea la Industria Jalisciense de Rehabilitación Social, el objeto del presente Sujeto Obligado es la creación, control y administración de las industrias que se constituyan en todos lo reclusorios preventivos y centros de readaptación social del Estado, de adultos, hombres o mujeres, así como la organización del trabajo que en ellas se desempeñe por los internos y la comercialización de los productos resultantes.
El trabajo penitenciario tendrá como objetivos principales contribuir en los sistemas de readaptación y rehabilitación de los internos a través de la capacitación laboral, así como el mejoramiento de los establecimientos.
La información que en el presente inciso versa se actualiza cada trimestre o de manera anual, depedniendo los avances que se hayan obtenido y la mejor concentración de la información.
Información actualzada al 05 de junio de 2019
VII. Las versiones publicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos en forma
VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado;
IX. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del ...
El presente sujeto Obligado se encuentra a la espera de lineamientos de la información focalizada.
Se proporciona el nuevo Aviso de Privacidad Integral de la Indutria Jalisciense de Rehabilitación Social, asi como el aviso simplificado
información actualizada al 30 de marzo de 2022
X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o ...
Este Sujeto Obligado no cuenta con contratos colectivos de trabajo o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza, ni con condiciones generales de trabajo, anteriormente la SEPAF mediante la emisión de lineamientos establecia las condiciones generales laborales, sin embargo y en base a la diversas modificacions realizadas por el Poder Ejecutivo del Estado, se queda en espera de los señalamientos correspondientes en esta materia y así mismo de saber quien será la Secretaria encargada, la cual se piensa que será la Secretaria de Administración por las atribuciones conferidas en la Ley Organica del Poder Ejecutivo del estado de Jalisco; por el momento se dejan algunas de las leyes que encudran supletoriamente con este apartado. En el mismo sentido al no contar con sindicatos, ni contratos colectivos de trabajo es por ello que no se utilizan en este Sujeto Obligado, recursos publicos, ni en especie, ni en donativos a ningun sindicato.
Se hace del conocimiento del ciudadano que a la fecha existen contratos individuales de trabajo que regulan las relaciones laborales de algunos de los servidores públicos que trabajan en este Organismo, por lo que los mismos se publican, en virtud de lo dispuesto por este inciso.
La Ley Federal de Trabajo se aplica de manera supletoria tal y como lo establece el articulo 10 la Ley para los Servidores Publicos del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Información actualizada a 01 de Agosto del 2019
XI. Los estudios financiados con recursos públicos
XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos ...
INFORMACION ACTUALIZADA AL 08 de Febrero 2022
XIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental; los dictámenes de baja y actas de baja documental y transfere...
Información actualizada al 01 de Agosto de 2019
XIV. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental ...
El presente Sujeto Obligado, No recibe Ningun Recurso Federal.
Asi mismo se pone a su dispocisión la liga de la CONAC:
http://www.conac.gob.mx/
NOTA: Se informa que derivado del cambio de administración (Diciembre 6 al 5 de Agosto de 2019) se detectaron anomalías en los procesos, así como una evidente ausencia de controles contables administrativos, situación que provocó que los procesos, en algunos casos no se concluyeran de manera satisfactoria, como ejemplo podemos citar entre otros, que el programa de Contabilidad no fue entregado en el proceso de entrega recepción, argumentando los funcionarios salientes que este servicio estaba subcontratado con un tercero, por esta razón hemos estado trabajando en la implementación de nuevos procesos, que contribuirán a la mejora administrativa, contable y financiera de este Organismo.
A partir del 15 de noviembre de 2019, se está implementando el sistema SAACG.NET de INDETEC, con el fin de contar con la información real y actualizada.
Esperando contar con la información del ejercicio 2019 a más tardar en el mes de enero 2020.
INFORMACION ACTUALIZADA AL 15 DE ENERO 2020
Ley General de Contabilidad Gubernamental
Según lo establecido en el artículo 57 de la Ley General de Contabilidad Gubernamental es atribución de la Secretaria de la Hacienda Pública, publicar la información correspondiente a esta fracción.
La Ley General de Contabilidad Gubernamental en su titulo quinto establece la información que se deberá difundir como obligación de transparencia, misma que podrá ser consultada en el siguien enlace:
Información actualizada al 08 de Febrero 2022
Artículo 10. Información fundamental - Poder Ejecutivo
Artículo 34
Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos
Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos.
I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;
En proceso de actualización.
II. El nombre del servidor público y de la persona física o jurídica que represente al fideicomitente, al fiduciario y al...
En proceso de actualización.
III. La unidad administrativa responsable del fideicomiso;
En proceso de actualización.
IV. El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los...
En proceso de actualización.
V. El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos...
En proceso de actualización.
VI. Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público;
En proceso de actualización.
VII. El padrón de beneficiarios, en su caso;
En proceso de actualización.
VIII. Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público...
En proceso de actualización.
IX. Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los...
En proceso de actualización.
Artículo 16-Quáter. Información fundamental - Sindicatos
Artículo 16-Quáter
I. Contratos y convenios entre sindicatos y autoridades, así como las condiciones generales de trabajo;
En proceso de actualización.
II. El directorio del Comité Ejecutivo;
En proceso de actualización.
III. El padrón de socios; y
En proceso de actualización.
IV. La relación detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban y el informe detallado
En proceso de actualización.