Artículo 10, Fracción I. La obligatoria para todos los sujetos obligados.

 


El Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco se deposita en el Gobernador, que para el ejercicio de sus facultades y atribuciones, es asistido por la Administración Pública del Estado, tal y como se define dentro del Artículo 2 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco que a la letra dice:

“Artículo 2

3. Administración Pública del Estado es el conjunto de dependencias y entidades públicas jerárquicamente subordinadas al Gobernador del Estado, para auxiliarlo en el ejercicio adecuado de sus funciones y facultades constitucionales y legales, de conformidad con la Constitución Política del Estado de Jalisco y las leyes que de ella emanen.”

Con base en lo anterior, se ponemos a su disposición el enlace donde podrá consultar la publicación y actualización de la información pública fundamental de la administración pública centralizada del Estado de Jalisco:

 

"La obligatoria para todos los sujetos obligados"


 

Dependencia: 
Coordinación General de Transparencia
Autor: aranzazu.mendez
Fecha de actualización: 11/10/2021
Fecha de validación: 06/01/2022