Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Jalisco

Información fundamental

Artículo 8. Información fundamental - General

Es información fundamental, obligatoria para todos los sujetos obligados.

Artículo 8. Información fundamental - General

I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública.

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n) Índice de los expedientes clasificados como reservados, por área responsable de la información y tema.
 
Fecha de actualización: 11/02/2020
Fecha de validación: 11/02/2020

II. La información sobre el marco jurídico aplicables al y por el sujeto obligado.

III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicables al y por el sujeto obligado.

IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicables al y por el sujeto obligado.

V. La información financiera, patrimonial y administrativa.

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h) El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben;

NOTA: El presente inciso NO APLICA para este SUJETO OBLIGADO, ya que carece de ESTRUCTURA PROPIA, una vez que el CENTRO DE JUSTICIA PARA LAS MUJERES DEL ESTADO DE JALISCO, es un ÓRGANO DESCONCENTRADO de la FISCALÍA GENERAL DEL ESTADO DE JALISCO, mismo que depende administrativa, laboral y jerárquicamente de ésta Dependencia. Lo anterior estipulado por el Decreto del C. Gobernador Constitucional del Estado de Jalisco DIGELAG DEC 009/2013, mediante el cual se crea el Centro de Justicia para las Mujeres del Estado de Jalisco, con fecha del 15 de noviembre de 2013, disposiciones Segunda y Octava, importante aclarar que el Centro de Justicia para las Mujeres se apertura al público hasta el día 05 de febrero de 2015.

 

Cabe destacar que este SUJETO OBLIGADO tiene como objeto concentrar a las diferentes instancias gubernamentales a efecto de que éstas presten sus servicios a mujeres víctimas de violencia, sus hijas e hijos; fortalecer su capacidad de denuncia, promover el acceso a la justicia; y brindar atención integral a las mujeres para encontrar un proceso de redignificación para alcanzar una posición de persona capaz de ser responsable en su recuperación, de manera interdisciplinaria, secuencia, interinstitucional y especializada, de acuerdo por lo señalado por la Disposición Primera.

 

Por lo que la siguiente información se publica con carácter informativo.

 

 

 

VI. La información sobre la gestión pública.

VII. Las versiones publicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos en forma

VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado;

IX. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del ...

X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o ...

XI. Los estudios financiados con recursos públicos

XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos ...

XIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental; los dictámenes de baja y actas de baja documental y transfere...

XIV. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental ...

Artículo 10. Información fundamental - Poder Ejecutivo

Es información pública fundamental del Poder Ejectuivo.

Artículo 34

Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos

Información fundamental - Fideicomisos públicos.

Artículo 16-Quáter. Información fundamental - Sindicatos

Información fundamental - Sindicatos.

Sindicatos sujetos obligados indirectos y lineamientos generales

Es información pública fundamental Sindicatos, sujetos obligados indirectos y lineamientos generales.

Sindicatos, sujetos obligados indirectos y lineamientos generales