Información fundamental
Artículo 8. Información fundamental - General
Artículo 8. Información fundamental - General
I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública.
II. La información sobre el marco jurídico aplicables al y por el sujeto obligado.
III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicables al y por el sujeto obligado.
IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicables al y por el sujeto obligado.
V. La información financiera, patrimonial y administrativa.
VI. La información sobre la gestión pública.
VII. Las versiones publicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos en forma
VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado;
IX. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del ...
X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o ...
XI. Los estudios financiados con recursos públicos
XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos ...
XIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental; los dictámenes de baja y actas de baja documental y transfere...
XIV. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental ...
Artículo 10. Información fundamental - Poder Ejecutivo
Artículo 34
Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos
Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos.
I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;
La información fundamental de esta dependencia se encuentra en el Artículo 8 en las fracciones I a la XIV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
Se anexa link para su consulta.
II. El nombre del servidor público y de la persona física o jurídica que represente al fideicomitente, al fiduciario y al...
La Secretaria de Trabajo y Previsión Social, no cuenta con Fideicomisos; toda vez que está es la encargada de impartir y procurar la justicia laboral, tiene a su cargo la promoción del empleo, la capacitación, vigilar y verificar, las visitas de inspección de las obligaciones laborales, vigilar que no exista la discriminación laboral por cualquier motivo, proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, asesorar e impartir cursos de capacitación a los trabajadores, la productividad y el mejoramiento de las condiciones generales de trabajo en el Estado de Jalisco, funciones y atribuciones consagradas en el artículo 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículo 1 al 12, y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; artículo 1, 2 y 3 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los artículos 1 y 2 del Reglamento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Se anexa link para la consulta del Presupuesto de Egresos de esta dependencia en su Artículo 8 Fracción V Inciso C
III. La unidad administrativa responsable del fideicomiso;
La Secretaria de Trabajo y Previsión Social, no cuenta con Fideicomisos; toda vez que está es la encargada de impartir y procurar la justicia laboral, tiene a su cargo la promoción del empleo, la capacitación, vigilar y verificar, las visitas de inspección de las obligaciones laborales, vigilar que no exista la discriminación laboral por cualquier motivo, proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, asesorar e impartir cursos de capacitación a los trabajadores, la productividad y el mejoramiento de las condiciones generales de trabajo en el Estado de Jalisco, funciones y atribuciones consagradas en el artículo 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículo 1 al 12, y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; artículo 1, 2 y 3 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los artículos 1 y 2 del Reglamento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Se anexa link para la consulta del Presupesto de Egresos de esta dependencia en su Artículo 8 Fracción V Inciso C
IV. El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los...
La Secretaria de Trabajo y Previsión Social, no cuenta con Fideicomisos; toda vez que está es la encargada de impartir y procurar la justicia laboral, tiene a su cargo la promoción del empleo, la capacitación, vigilar y verificar, las visitas de inspección de las obligaciones laborales, vigilar que no exista la discriminación laboral por cualquier motivo, proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, asesorar e impartir cursos de capacitación a los trabajadores, la productividad y el mejoramiento de las condiciones generales de trabajo en el Estado de Jalisco, funciones y atribuciones consagradas en el artículo 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículo 1 al 12, y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; artículo 1, 2 y 3 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los artículos 1 y 2 del Reglamento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Se anexa link para la consulta del Presupesto de Egresos de esta dependencia en su Artículo 8 Fracción V Inciso C
V. El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos...
La Secretaria de Trabajo y Previsión Social, no cuenta con Fideicomisos; toda vez que está es la encargada de impartir y procurar la justicia laboral, tiene a su cargo la promoción del empleo, la capacitación, vigilar y verificar, las visitas de inspección de las obligaciones laborales, vigilar que no exista la discriminación laboral por cualquier motivo, proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, asesorar e impartir cursos de capacitación a los trabajadores, la productividad y el mejoramiento de las condiciones generales de trabajo en el Estado de Jalisco, funciones y atribuciones consagradas en el artículo 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículo 1 al 12, y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; artículo 1, 2 y 3 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los artículos 1 y 2 del Reglamento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Se anexa link para la consulta del Presupesto de Egresos de esta dependencia en su Artículo 8 Fracción V Inciso C
VI. Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público;
La Secretaria de Trabajo y Previsión Social, no cuenta con Fideicomisos; toda vez que está es la encargada de impartir y procurar la justicia laboral, tiene a su cargo la promoción del empleo, la capacitación, vigilar y verificar, las visitas de inspección de las obligaciones laborales, vigilar que no exista la discriminación laboral por cualquier motivo, proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, asesorar e impartir cursos de capacitación a los trabajadores, la productividad y el mejoramiento de las condiciones generales de trabajo en el Estado de Jalisco, funciones y atribuciones consagradas en el artículo 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículo 1 al 12, y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; artículo 1, 2 y 3 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los artículos 1 y 2 del Reglamento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Se anexa link para la consulta del Presupesto de Egresos de esta dependencia en su Artículo 8 Fracción V Inciso C
VII. El padrón de beneficiarios, en su caso;
La Secretaria de Trabajo y Previsión Social, no cuenta con Fideicomisos; toda vez que está es la encargada de impartir y procurar la justicia laboral, tiene a su cargo la promoción del empleo, la capacitación, vigilar y verificar, las visitas de inspección de las obligaciones laborales, vigilar que no exista la discriminación laboral por cualquier motivo, proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, asesorar e impartir cursos de capacitación a los trabajadores, la productividad y el mejoramiento de las condiciones generales de trabajo en el Estado de Jalisco, funciones y atribuciones consagradas en el artículo 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículo 1 al 12, y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; artículo 1, 2 y 3 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los artículos 1 y 2 del Reglamento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Se anexa link para la consulta del Presupesto de Egresos de esta dependencia en su Artículo 8 Fracción V Inciso C
VIII. Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público...
La Secretaria de Trabajo y Previsión Social, no cuenta con Fideicomisos; toda vez que está es la encargada de impartir y procurar la justicia laboral, tiene a su cargo la promoción del empleo, la capacitación, vigilar y verificar, las visitas de inspección de las obligaciones laborales, vigilar que no exista la discriminación laboral por cualquier motivo, proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, asesorar e impartir cursos de capacitación a los trabajadores, la productividad y el mejoramiento de las condiciones generales de trabajo en el Estado de Jalisco, funciones y atribuciones consagradas en el artículo 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículo 1 al 12, y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; artículo 1, 2 y 3 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los artículos 1 y 2 del Reglamento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Se anexa link para la consulta del Presupesto de Egresos de esta dependencia en su Artículo 8 Fracción V Inciso C
IX. Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los...
La Secretaria de Trabajo y Previsión Social, no cuenta con Fideicomisos; toda vez que está es la encargada de impartir y procurar la justicia laboral, tiene a su cargo la promoción del empleo, la capacitación, vigilar y verificar, las visitas de inspección de las obligaciones laborales, vigilar que no exista la discriminación laboral por cualquier motivo, proponer la actualización de las medidas de seguridad e higiene en los centros de trabajo, asesorar e impartir cursos de capacitación a los trabajadores, la productividad y el mejoramiento de las condiciones generales de trabajo en el Estado de Jalisco, funciones y atribuciones consagradas en el artículo 5 y 123 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; artículo 52 de la Constitución Política del Estado de Jalisco; artículo 1 al 12, y 32 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco; artículo 1, 2 y 3 del Reglamento Interior de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y los artículos 1 y 2 del Reglamento de la Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Se anexa link para la consulta del Presupesto de Egresos de esta dependencia en su Artículo 8 Fracción V Inciso C
Artículo 16-Ter. Información fundamental - Autoridades laborales
Artículo 16-Ter
I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;
II. Los documentos del registro de los sindicatos, que deberán contener, entre otros:
De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo, el sindicato es la asociación de trabajadores o patrones, constituida para el estudio, mejoramiento y defensa de sus respectivos intereses.
En su artículo 365 de la propia Ley Federal del Trabajo, se señala que los sindicatos deben registrarse en la Secretaría del Trabajo y Previsión Social en los casos de competencia federal y en las Juntas de Conciliación y Arbitraje en los de competencia local.
En el archivo anexo puedes conocer los sindicatos registrados en nuestro Estado.
- REGISTROS DE CARÁCTER INFORMATIVO, por lo que no constituyen medio de prueba alguno.
La información correspondiente al Registro de Sindicatos del Ejercicio Fiscal 2022 no se genera; debido a la implementación de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral, publicado en el diario oficial de la federación, el día 13 octubre del 2021; atendiendo a la reforma de fecha 1 de mayo del 2019 de la Ley Federal del Trabajo en sus artículos transitorio tercero y cuarto.
La información correspondiente al Número de Registro del Ejercicio Fiscal 2022 no se genera; debido a la implementación de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral, publicado en el diario oficial de la federación, el día 13 octubre del 2021; atendiendo a la reforma de fecha 1 de mayo del 2019 de la Ley Federal del Trabajo en sus artículos transitorio tercero y cuarto.
La información correspondiente al Nombre del Sindicato, del Ejercicio Fiscal 2022 no se genera; debido a la implementación de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral, publicado en el diario oficial de la federación, el día 13 octubre del 2021; atendiendo a la reforma de fecha 1 de mayo del 2019 de la Ley Federal del Trabajo en sus artículos transitorio tercero y cuarto.
La información correspondiente al Nombre de los Integrantes del Comité Ejecutivo y Comisiones que Ejerzan de Vigilancia del Ejercicio Fiscal 2022 no se genera; debido a la implementación de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral, publicado en el diario oficial de la federación el día 13 octubre del 2021; atendiendo a la reforma de fecha 1 de mayo del 2019 de la Ley Federal del Trabajo en sus artículos transitorio tercero y cuarto.
La información correspondiente a la Fecha de Vigencia del Comité Ejecutivo del Ejercicio Fiscal 2022 no se genera; debido a la implementación de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral, publicado en el diario oficial de la federación el día 13 octubre del 2021; atendiendo a la reforma de fecha 1 de mayo del 2019 de la Ley Federal del Trabajo en sus artículos transitorio tercero y cuarto.
La información correspondiente a los Números de Socios del Ejercicio Fiscal 2022 no se genera; debido a la implementación de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral, publicado en el diario oficial de la federación el día 13 octubre del 2021; atendiendo a la reforma de fecha 1 de mayo del 2019 de la Ley Federal del Trabajo en sus artículos transitorio tercero y cuarto.
La información correspondiente al Centro de Trabajo al que Peternezcan del Ejercicio Fiscal 2022 no se genera; debido a la implementación de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral, publicado en el diario oficial de la federación el día 13 octubre del 2021; atendiendo a la reforma de fecha 1 de mayo del 2019 de la Ley Federal del Trabajo en sus artículos transitorio tercero y cuarto.
La información correspondiente a la Central a la que pertenezcan del Ejercicio Fiscal 2022 no se genera; debido a la implementación de los Centros Federales de Conciliación y Registro Laboral, publicado en el diario oficial de la federación el día 13 octubre del 2021; atendiendo a la reforma de fecha 1 de mayo del 2019 de la Ley Federal del Trabajo en sus artículos transitorio tercero y cuarto.
III. Las tomas de nota;
IV. El estatuto;
V. El padrón de socios;
VI. Las actas de asamblea;
VII. Los reglamentos interiores de trabajo;
VIII. Los contratos colectivos, incluyendo el tabulador, convenios y las condiciones generales de trabajo;
IX. Los datos estadísticos relativos a las Juntas Local y Especiales de Conciliación y Arbitraje, y del Tribunal de Arbitraje y
X. Todos los documentos contenidos en el expediente de registro sindical y de contratos colectivos de trabajo.
Artículo 16-Quáter. Información fundamental - Sindicatos
Artículo 16-Quáter
I. Contratos y convenios entre sindicatos y autoridades, así como las condiciones generales de trabajo;
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuenta con dos Sindicatos; siendo los siguientes:
Sindicato Democrático de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Sindicato de Servidores Públicos de la Secretaría del Trabajo y Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Estos sindicatos No Reciben Recursos Públicos Económicos; por tal motivo no se publica información referente a ellos; Así como lo determina el Acuerdo de fecha 16 febrero 2017, que emite el Instituto de Transparencia y Acceso a la información del Estado de Jalisco (ITEI); que está publicado en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, donde se determina el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y acceso a la información pública de los sindicatos; este será distinto de su naturaleza, es decir, dependiendo de los recursos públicos que reciba y ejerzan y/o los actos de autoridad que realizan.
Se agrega link para su consulta: Acuerdo 16 febrero 2017
II. El directorio del Comité Ejecutivo;
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuenta con dos Sindicatos; siendo los siguientes:
Sindicato Democrático de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Sindicato de Servidores Públicos de la Secretaría del Trabajo y Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Estos sindicatos No Reciben Recursos Públicos Económicos; por tal motivo no se publica información referente a ellos; Así como lo determina el Acuerdo de fecha 16 febrero 2017, que emite el Instituto de Transparencia y Acceso a la información del Estado de Jalisco (ITEI); que está publicado en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, donde se determina el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y acceso a la información pública de los sindicatos; este será distinto de su naturaleza, es decir, dependiendo de los recursos públicos que reciba y ejerzan y/o los actos de autoridad que realizan.
Se agrega link para su consulta: Acuerdo 16 febrero 2017
III. El padrón de socios; y
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuenta con dos Sindicatos; siendo los siguientes:
Sindicato Democrático de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Sindicato de Servidores Públicos de la Secretaría del Trabajo y Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Estos sindicatos No Reciben Recursos Públicos Económicos; por tal motivo no se publica información referente a ellos; Así como lo determina el Acuerdo de fecha 16 febrero 2017, que emite el Instituto de Transparencia y Acceso a la información del Estado de Jalisco (ITEI); que está publicado en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, donde se determina el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y acceso a la información pública de los sindicatos; este será distinto de su naturaleza, es decir, dependiendo de los recursos públicos que reciba y ejerzan y/o los actos de autoridad que realizan.
Se agrega link para su consulta: Acuerdo 16 febrero 2017
IV. La relación detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban y el informe detallado
La Secretaría del Trabajo y Previsión Social cuenta con dos Sindicatos; siendo los siguientes:
Sindicato Democrático de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Sindicato de Servidores Públicos de la Secretaría del Trabajo y Junta Local de Conciliación y Arbitraje del Estado de Jalisco.
Estos sindicatos No Reciben Recursos Públicos Económicos; por tal motivo no se publica información referente a ellos; Así como lo determina el Acuerdo de fecha 16 febrero 2017, que emite el Instituto de Transparencia y Acceso a la información del Estado de Jalisco (ITEI); que está publicado en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco, donde se determina el cumplimiento de las obligaciones de transparencia y acceso a la información pública de los sindicatos; este será distinto de su naturaleza, es decir, dependiendo de los recursos públicos que reciba y ejerzan y/o los actos de autoridad que realizan.
Se agrega link para su consulta: Acuerdo 16 febrero 2017