Es atribución de la Secretaría de Hacienda cancelar o condonar créditos fiscales de acuerdo con el artículo 18 fracción XXI de la Ley Orgánica del poder Ejecutivo del Estado de Jalisco que refiere lo siguiente:
Fracción XXI-. Proponer al Gobernador del Estado la procedencia de la cancelación de cuentas o créditos incobrables, así como el otorgamiento de subsidios fiscales y subvenciones, en los casos en que se justifique.
Para consultar las condonaciones y cancelaciones fiscales, haga click en el siguiente enlace:
Condonaciones y Cancelaciones Fiscales
Dependencia:
Secretaría de Trabajo y Previsión Social
Autor: marcos.vargas
Fecha de actualización: 30/03/2022
Fecha de validación: 30/03/2022