Información fundamental
Artículo 8. Información fundamental - General
Artículo 8. Información fundamental - General
I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública.
II. La información sobre el marco jurídico aplicables al y por el sujeto obligado.
III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicables al y por el sujeto obligado.
IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicables al y por el sujeto obligado.
V. La información financiera, patrimonial y administrativa.
VI. La información sobre la gestión pública.
VII. Las versiones publicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos en forma
VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado;
IX. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del ...
X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o ...
XI. Los estudios financiados con recursos públicos
XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos ...
XIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental; los dictámenes de baja y actas de baja documental y transfere...
XIV. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental ...
Artículo 10. Información fundamental - Poder Ejecutivo
Artículo 34
Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos
Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos.
I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;
El día 21 de diciembre de 2018 se publicó el Acuerdo mediante el cual se sectorizan las diversas entidades de la administración pública paraestatal a las dependencias de la administración pública centralizada, en el cual se establece en el acuerdo sexto el fideicomiso público a cargo de la Secretaría de Administración será el siguiente:
Usted podrá acceder a la información específica de este fideicomiso en el hipervínculo mencionado anteriormente, que redirecciona al portal de transparencia específico. Cabe mencionar que que de acuerdo a la consulta jurídica 015/2019 aprobada por el pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), establece que los fideicomisos públicos sin estructura orgánica son considerados sujetos obligados indirectos, es decir, que si bien se encuentran sujetos a la rendición de cuentas y a transparentar el ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia se llevará a cabo a través del sujeto obligado responsable de coordinar su operación y administración, que en este caso es la Secretaría de Administración.
II. El nombre del servidor público y de la persona física o jurídica que represente al fideicomitente, al fiduciario y al...
El día 21 de diciembre de 2018 se publicó el Acuerdo mediante el cual se sectorizan las diversas entidades de la administración pública paraestatal a las dependencias de la administración pública centralizada, en el cual se establece en el acuerdo sexto el fideicomiso público a cargo de la Secretaría de Administración será el siguiente:
Usted podrá acceder a la información específica de este fideicomiso en el hipervínculo mencionado anteriormente, que redirecciona al portal de transparencia específico. Cabe mencionar que que de acuerdo a la consulta jurídica 015/2019 aprobada por el pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), establece que los fideicomisos públicos sin estructura orgánica son considerados sujetos obligados indirectos, es decir, que si bien se encuentran sujetos a la rendición de cuentas y a transparentar el ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia se llevará a cabo a través del sujeto obligado responsable de coordinar su operación y administración, que en este caso es la Secretaría de Administración.
III. La unidad administrativa responsable del fideicomiso;
El día 21 de diciembre de 2018 se publicó el Acuerdo mediante el cual se sectorizan las diversas entidades de la administración pública paraestatal a las dependencias de la administración pública centralizada, en el cual se establece en el acuerdo sexto el fideicomiso público a cargo de la Secretaría de Administración será el siguiente:
Usted podrá acceder a la información específica de este fideicomiso en el hipervínculo mencionado anteriormente, que redirecciona al portal de transparencia específico. Cabe mencionar que que de acuerdo a la consulta jurídica 015/2019 aprobada por el pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), establece que los fideicomisos públicos sin estructura orgánica son considerados sujetos obligados indirectos, es decir, que si bien se encuentran sujetos a la rendición de cuentas y a transparentar el ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia se llevará a cabo a través del sujeto obligado responsable de coordinar su operación y administración, que en este caso es la Secretaría de Administración.
IV. El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los...
El día 21 de diciembre de 2018 se publicó el Acuerdo mediante el cual se sectorizan las diversas entidades de la administración pública paraestatal a las dependencias de la administración pública centralizada, en el cual se establece en el acuerdo sexto el fideicomiso público a cargo de la Secretaría de Administración será el siguiente:
Usted podrá acceder a la información específica de este fideicomiso en el hipervínculo mencionado anteriormente, que redirecciona al portal de transparencia específico. Cabe mencionar que que de acuerdo a la consulta jurídica 015/2019 aprobada por el pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), establece que los fideicomisos públicos sin estructura orgánica son considerados sujetos obligados indirectos, es decir, que si bien se encuentran sujetos a la rendición de cuentas y a transparentar el ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia se llevará a cabo a través del sujeto obligado responsable de coordinar su operación y administración, que en este caso es la Secretaría de Administración.
V. El saldo total al cierre del ejercicio fiscal, sin perjuicio de los demás informes que deban presentarse en los términos...
El día 21 de diciembre de 2018 se publicó el Acuerdo mediante el cual se sectorizan las diversas entidades de la administración pública paraestatal a las dependencias de la administración pública centralizada, en el cual se establece en el acuerdo sexto el fideicomiso público a cargo de la Secretaría de Administración será el siguiente:
Usted podrá acceder a la información específica de este fideicomiso en el hipervínculo mencionado anteriormente, que redirecciona al portal de transparencia específico. Cabe mencionar que que de acuerdo a la consulta jurídica 015/2019 aprobada por el pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), establece que los fideicomisos públicos sin estructura orgánica son considerados sujetos obligados indirectos, es decir, que si bien se encuentran sujetos a la rendición de cuentas y a transparentar el ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia se llevará a cabo a través del sujeto obligado responsable de coordinar su operación y administración, que en este caso es la Secretaría de Administración.
VI. Las modificaciones que, en su caso, sufran los contratos o decretos de constitución del fideicomiso o del fondo público;
El día 21 de diciembre de 2018 se publicó el Acuerdo mediante el cual se sectorizan las diversas entidades de la administración pública paraestatal a las dependencias de la administración pública centralizada, en el cual se establece en el acuerdo sexto el fideicomiso público a cargo de la Secretaría de Administración será el siguiente:
Usted podrá acceder a la información específica de este fideicomiso en el hipervínculo mencionado anteriormente, que redirecciona al portal de transparencia específico. Cabe mencionar que que de acuerdo a la consulta jurídica 015/2019 aprobada por el pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), establece que los fideicomisos públicos sin estructura orgánica son considerados sujetos obligados indirectos, es decir, que si bien se encuentran sujetos a la rendición de cuentas y a transparentar el ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia se llevará a cabo a través del sujeto obligado responsable de coordinar su operación y administración, que en este caso es la Secretaría de Administración.
VII. El padrón de beneficiarios, en su caso;
El día 21 de diciembre de 2018 se publicó el Acuerdo mediante el cual se sectorizan las diversas entidades de la administración pública paraestatal a las dependencias de la administración pública centralizada, en el cual se establece en el acuerdo sexto el fideicomiso público a cargo de la Secretaría de Administración será el siguiente:
Usted podrá acceder a la información específica de este fideicomiso en el hipervínculo mencionado anteriormente, que redirecciona al portal de transparencia específico. Cabe mencionar que que de acuerdo a la consulta jurídica 015/2019 aprobada por el pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), establece que los fideicomisos públicos sin estructura orgánica son considerados sujetos obligados indirectos, es decir, que si bien se encuentran sujetos a la rendición de cuentas y a transparentar el ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia se llevará a cabo a través del sujeto obligado responsable de coordinar su operación y administración, que en este caso es la Secretaría de Administración.
VIII. Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público...
El día 21 de diciembre de 2018 se publicó el Acuerdo mediante el cual se sectorizan las diversas entidades de la administración pública paraestatal a las dependencias de la administración pública centralizada, en el cual se establece en el acuerdo sexto el fideicomiso público a cargo de la Secretaría de Administración será el siguiente:
Usted podrá acceder a la información específica de este fideicomiso en el hipervínculo mencionado anteriormente, que redirecciona al portal de transparencia específico. Cabe mencionar que que de acuerdo a la consulta jurídica 015/2019 aprobada por el pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), establece que los fideicomisos públicos sin estructura orgánica son considerados sujetos obligados indirectos, es decir, que si bien se encuentran sujetos a la rendición de cuentas y a transparentar el ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia se llevará a cabo a través del sujeto obligado responsable de coordinar su operación y administración, que en este caso es la Secretaría de Administración.
IX. Los contratos de obras, adquisiciones y servicios que involucren recursos públicos del fideicomiso, así como los...
El día 21 de diciembre de 2018 se publicó el Acuerdo mediante el cual se sectorizan las diversas entidades de la administración pública paraestatal a las dependencias de la administración pública centralizada, en el cual se establece en el acuerdo sexto el fideicomiso público a cargo de la Secretaría de Administración será el siguiente:
Usted podrá acceder a la información específica de este fideicomiso en el hipervínculo mencionado anteriormente, que redirecciona al portal de transparencia específico. Cabe mencionar que que de acuerdo a la consulta jurídica 015/2019 aprobada por el pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco (ITEI), establece que los fideicomisos públicos sin estructura orgánica son considerados sujetos obligados indirectos, es decir, que si bien se encuentran sujetos a la rendición de cuentas y a transparentar el ejercicio de sus funciones, el cumplimiento de sus obligaciones de transparencia se llevará a cabo a través del sujeto obligado responsable de coordinar su operación y administración, que en este caso es la Secretaría de Administración.
Artículo 16-Quáter. Información fundamental - Sindicatos
Artículo 16-Quáter
I. Contratos y convenios entre sindicatos y autoridades, así como las condiciones generales de trabajo;
Se informa que el Sujeto Obligado Indirecto “Sindicato Único de Servidores Públicos de la Secretaría de Administración” no recibe recursos públicos económicos ni realiza actos de autoridad, por lo que únicamente tiene la obligación de atender las solicitudes de información a través de esta Secretaría.
Lo anterior de conformidad con el Acuerdo General del Pleno del Instituto de Transparencia y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, mediante el cual se aprueban las reglas respecto de las obligaciones en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública de los Sindicatos que reciben recursos públicos y/o realicen actos de autoridad, publicado el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el día jueves 16 de febrero del 2017.
II. El directorio del Comité Ejecutivo;
Se informa que el Sujeto Obligado Indirecto “Sindicato Único de Servidores Públicos de la Secretaría de Administración” no recibe recursos públicos económicos ni realiza actos de autoridad, por lo que únicamente tiene la obligación de atender las solicitudes de información a través de esta Secretaría.
Lo anterior de conformidad con el Acuerdo General del Pleno del Instituto de Transparencia y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, mediante el cual se aprueban las reglas respecto de las obligaciones en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública de los Sindicatos que reciben recursos públicos y/o realicen actos de autoridad, publicado el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el día jueves 16 de febrero del 2017.
III. El padrón de socios; y
Se informa que el Sujeto Obligado Indirecto “Sindicato Único de Servidores Públicos de la Secretaría de Administración” no recibe recursos públicos económicos ni realiza actos de autoridad, por lo que únicamente tiene la obligación de atender las solicitudes de información a través de esta Secretaría.
Lo anterior de conformidad con el Acuerdo General del Pleno del Instituto de Transparencia y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, mediante el cual se aprueban las reglas respecto de las obligaciones en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública de los Sindicatos que reciben recursos públicos y/o realicen actos de autoridad, publicado el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el día jueves 16 de febrero del 2017.
IV. La relación detallada de los recursos públicos económicos, en especie, bienes o donativos que reciban y el informe detallado
Se informa que el Sujeto Obligado Indirecto “Sindicato Único de Servidores Públicos de la Secretaría de Administración” no recibe recursos públicos económicos ni realiza actos de autoridad, por lo que únicamente tiene la obligación de atender las solicitudes de información a través de esta Secretaría.
Lo anterior de conformidad con el Acuerdo General del Pleno del Instituto de Transparencia y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, mediante el cual se aprueban las reglas respecto de las obligaciones en materia de Transparencia y Acceso a la Información Pública de los Sindicatos que reciben recursos públicos y/o realicen actos de autoridad, publicado el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” el día jueves 16 de febrero del 2017.