Información fundamental
Artículo 8. Información fundamental - General
Artículo 8. Información fundamental - General
I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública.
En cumplimietno a lo dispuesto en este inciso de este Sujeto Obligado publica las actas y resoluciones que ha tenido a bien elaborar.
Respecto a lo establecido en el articulo 87 del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica del Estado de Jalisco y sus Municipios, correspondiente al procedimiento de Revision Oficiosa, hacemos del conocimiento a los usuarios que este sujeto obligado hasta el momento no tienen ningun proceso considerado como Revision Oficiosa por tal motivo no se ha generado ningun informe respecto a las variables sobre aquellas resoluciones a los procedimientos de protección que fueron improcedentes o parcialmente procedentes.
Este sujeto obligado y su comite de transparencia hasta esta fecha de actualizacion no ha realizado accion alguna sobre informes de revision de clasificacion.
En cumplimiento a lo señalado en este inciso el sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, ademas de la plataforma electronica denominada INFOMEX, cuyo link de acceso se publica, para que el usuario puede presentar las solicitudes de acceso de informacion, tambien se publica la direccion electronica coesidatransparencia@gmail.com para recibir de los solicitantes las solicitudes de acceso a la informacion.
Lo anterior de acuerdo a lo establecido en los lineamientos de la Plataforma Nacional de Transparencia (Anexo 1), Fracción XIII, tercer párrafo.
Puede presentar solicitudes de informacion publica mediante correo electronico, via telefonica, correo postal, mensajeria, telegrafo, verbalmente o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional de Transparencia.
Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (COESIDA)
Lago Tequesquitengo # 2600
Lagos del Country
Zapopan, Jalisco
C.P. 45177
Tel: 33 3030-7800 Lada sin costo 800 36 48 800
Fax: 33 3030-7802
correo: coesidatransparencia@gmail.com
página: coesida.jalisco.gob.mx
Facebook: Coesida Jalisco
Horario de Atencion de Lunes a Viernes de 7:30 a 15:00 horas.
Dr. Luis Alberto Ruiz Mora
Secretario Técnico del Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida
y Responsable del Programa de VIH/SIDA/ITS de los Servicios de Salud Jalisco
Domicilio: Lago Tequesquitengo 2600, Lagos del Country, Zapopan
Tel. 33 3030 - 7803 Lada sin costo 800 36 48 800 / Fax .33 3030-7802
facebook: Coesida Jaliso
pagina Web: coesida.jalisco.gob.mx
Se publican los corriculum de los servidores publicos que deacuerdo al organigrama de este sujeto obligado son del Secretario Tecnico y tres Coordinaciones.
En cumplimiento a lo señalado en este inciso el sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, publica El Directorio del Comite de Transparencia.
Persona habilitada para la atencion de los solicitantes:
C. Sorhaya Carolina Salazar Arroyo, Titular de la Unidad de Transparencia
Domicilio: Lago Tequesquitengo 2600, Lagos del Country, Zapopan, C.P. 45177
Tel. 33 3030 - 7822. Lada sin costo 800 36 48 800
Fax 33 3030-7802
coesidatransparencia@gmail.com
La informacion publicada en este portal de transparencia le corresponde al Titular de la Unidad de Transparencia de este Sujeto Obligado.
En lo que respecta a este Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida en cuanto a lo solictado se publique el indice de los expedientes clasificados como reservados, por area responsable de la informacion y tema:
Expediente Reconocimiento 44 tema Juicios Laborales, Denuncias, Demandas, Quejas, Informes, Actas Administrativas.
Area responsable. Juridico.
Sigue siendo el unico documento que se tiene registrado ante el Instituto de Transparencia Informacion Publica y Proteccion de datos Personales como Sistemas de Informacio Reservada.
Hasta 31 de diciembre del 2019, lo unico con lo que se cuenta es con los sistemas de informacion reservada debidamente autorizados por el Organo Garante Instituto de Transparencia, Informacion Publica y Proteccion de Datos Personales del Estado de Jalisco, e identificados con los datos antes mencionados.
Por lo tanto hasta el mes de diciembre de 2019, no se cuenta con un indice de los expedientes clasificados como reservados.
En lo correspondiente al presente inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida a efectos de contar con las estadistica de las solicitudes de informacion publica atendidas, se ajusta al sistema establecido por el Instituto de Transparencia, Informacion Publica y Proteccion de datos Personales del Estado Jalisco, denominado portal SIRES, Sistema de Consulta en Linea de Reportes de Solicitudes de Informacion.
El procedimiento para ingresar al sistema SIRES, 1.- Ingresar a la pagina Web del ITEI, www.itei.org.mx 2.- Buscar el icono del sistema SIRES, (color verde) 3.- Posesionarse en el icono y darle entrada donde otorga la opcion al usuario de registrarse y poder acceder a las estadisticas de este sujeto obligado. Se proporciona el link de consulta en forma informativa.
Respecto a los reportes de los meses del 01 de Enero al 30 de Junio del 2014, no se recibio ninguna solicitud de informacion.
II. La información sobre el marco jurídico aplicables al y por el sujeto obligado.
En lo que respecta a este Inciso el sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adqurida publica:
Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos.
Fecha de Publicacion 05-feb-1917,
Articulos aplicables Titulo Quinto Art. 116-121 .
Ultima reforma de la Constitucion Politica de los Estados Unidos Mexicanos, publicada en el Diario Oficial de la Federacion el dia 06 de junio de 2019.
Tipo: Federal
Constitucion Politica del Estado libre y Soberano de Jalisco.
Tipo: Constitucion Estatal
Ultima reforma 09 de abril de 2019, articulos aplicables 36 al 50 del capitulo quinto.
En lo que respecta a este inciso no existen tratados y convenciones internacionales que regulan la existencia atribuciones o funcionamiento de este sujeto obligado sin embargo se publican tratados internacionales, que de una manera impacta el trabajo y la realizacion de los programas del sujeto obligado; en apego a estos tratados y convenciones internacionales; algunos de ellos estan relacionados con la materia de prevencion y control del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH)-sindrome de inmunodeficiencia adquirida (sida) e Infecciones de Transmision Sexual ( ITS), asi como el respeto a los derechos humanos de las y los Mexicanos usuarios de los servicios de salud, en el area especifica.
NOMBRE DEL ORDENAMIENTO. CONVENCION AMERICANA SOBRE DERECHOS HUMANOS
TIPO DE DOCUMENTO. INTERNACIONAL
FECHA DE PUBLICACION: 07 DE MAYO DE 1981
ACTUALMENTE VIGENTE
NOMBRE DEL ORDENAMIENTO: CONVENCION INTERAMERICANA PARA PREVENIR, SANCIONAR Y ERRADICAR LA VIOLENCIA CONTRA LA MUJER
TIPO DE DOCUMENTO: INTERNACIONAL
FECHA DE PUBLICACION: 19 DE ENERODE 1999
NOMBRE DEL ORDENAMIENTO: CONVENCION SOBRE LA ELIMINACION DE TODAS FORMAS DE DESCRIMINACION CONTRA LA MUJER
TIPO DE DOCUMENTO. INTERNACIONAL
FECHA DE PUBLICACION: 12 DE MAYO DE 1981
VIGENTE ACTUALMENTE.
NOMBRE DEL ORDENAMIENTO.: ASAMBLEA GENERAL DE LA ONU; DECLARACION DE COMPROMISO EN LA LUCHA CONTRA EL VIH/SIDA
TIPO DE DOCUMENTO. INTERNACIONAL
FECHA DE PUBLICACION: 02 DE AGOSTO DE 2001
VIGENTE ACTUALMENTE
NOMBRE DEL ORDENAMIENTO: DECLARACION UNIVERSAL DE LOS DERECHOS HUMANOS
TIPO DE DOCUMENTO. INTERNACIONAL
FECHA DE PUBLICACION: 10 DE DICIEMBRE DE 1948
VIGENTE ACTUALMENTE
NOMBRE DEL ORDENAMIENTO: DECLARACION DE LOS DERECHOS DEL NIÑO
TIPO DE DOCUMENTO. INTERNACIONAL
FECHA DE PUBLICACION: 20 DE NOVIEMBRE DE 1959
VIGENTE ACTUALMENTE.
APLICABLE TODO LO REFERENTE AL TEMA DE VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA, SINDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA, E INFECCIONES DE TRANSMISION SEXUAL (VIH-sida-ITS).
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, publica las leyes federales y estatales aplicables:
Nombre: Ley Organica del Poder Ejecutivo
Tipo: Ley Estatal; Publicada en el Periodico Oficial el Estado de Jalisco el 05 de diciembre de 2018, articulo aplicable 30.
Nombre : Ley General de Salud
Tipo: Ley Federal, ultima reforma 12 de julio 2018, artìculo aplicable 134 fraccion XIII.
Nombre: Ley de Salud del Estado de Jalisco
Tipo: Ley Estatal, publicada en el peridodico Oficial el Estado de Jalisco el 05 de diciembre de 2018. articulos aplicables 156,157,158 y 159.
Nombre: Ley de Planeacion participativa para el Estado de Jalisco y sus Municipios
Tipo: Ley Estatal; Publicada en el Periodico Oficial el Estado de Jalisco, el dia 20 de diciembre de 2018, articulo aplicable 26.
En lo correspondiente a este inciso el Sujeto Obligado Consejo estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, no existen reglamentos federales y municipales que apliquen en las atribuciones, funciones y existencia de este sujeto obligado. Por lo tanto solo se publican los siguientes Reglamentos.
REGLAMENTO COESIDA
TIPO: INTERIOR
VIGENCIA: APARTIR DEL 28 DE JULIO DE 2012
COBERTURA DE APLICACION AL SUJETO OBLIGADO TODO EL REGLAMENTO
NO CUENTA CON REFORMAS.
REGLAMENTO SECRETARIA DE SALUD JALISCO
TIPO: INTERNO
VIGENCIA: APARTIR 01 DE ENERO DE 2019
COBERTURA DE APLICACION ARTICULO 24 CON TODAS SUS FRACCIONES
REGLAMENTO DEL OPD SERVICIOS DE SALUD JALISCO
TIPO: REGLAMENTO
VIGENCIA: 03 DE AGOSTO DE 1999
ULTIMA REFORMA 27 DE OCTUBRE DE 2007.
COBERTURA DE APLICACION: ARTICULO 34 CON TODAS SUS FRACCIONES
Respecto a este inciso el sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adqurida, publica su acuerdo de creacion, con su ultima reforma publicada el 10 de octubre del año 2000, acuerdo de austeridad y otros ordenamientos como normas oficiales mexicanas y condiciones de trabajo.
Este sujeto obligado por el momento no cuenta con otros Decretos, Criterios, Politicas y Reglas de Operacion.
ACUERDO DE CREACION COESIDA
TIPO: INTERNO
VIGENCIA: 04 DE FEBRERO DE 1988
ULTIMA REFORMA 10 DE OCTUBRE DE 2000.
COBERTURA DE APLICACION: TODO SU ARTICULADO
CONDICIONES GENERALES DE TRABAJO
TIPO: INTERNO
VIGENTE HASTA LA FECHA.
COBERTURA DE APLICACION: TODO SU ARTICULADO
RESPECTO A LAS NORMAS OFICIALES AQUI PUBLICADAS: APLICAN AL SUJETO OBLIGADO TODO LO QUE EN ELLAS SEÑALEN VIH-sida-ITS.
NORMA OFICIAL MEXICANA NOM.039-SSA2-2002 RERERENCIA 3.2.2.9. PAG. 101-103. REFERENCIA 5.2.2.3. PAG. 106.- Para la Prevencion y Control de las Infecciones de Transmision Sexual.- Prestar Servicios de prevencion consejeria y asistencia de Infecciones de Transmision Sexual en el contexto de la atencion, materno infantil prenatal, de planificacion familiar y deteccion oportuna de cancer y en los servicios especializados de VIH-sida.
NORMA OFICIAL MEXICANA 046-SSA2-2005.- Violencia Familiar, Sexual, y contra las Mujeres, criterios para la Prevencion y Atencion.- REFERENCIA 6.4.2.4. PAG. 22.- Informar de los riesgos de posibles Infecciones de Transmision Sexual y de la prevencion a traves de la quimioprofilaxis y de acuerdo a la evaluacion de riesgo, prescribir la profilaxis contra VIH-sida conforme a la norma oficial aplicable.
ACUERDO DE AUSTERIDAD .- Establecer las medidas inmediatas de austeridad que representen ajustes al gasto corriente de operacion en las dependencias y entidades de la administracion publica estatal de jalisco.
NORMA OFICIAL MEXICANA 010 SSA2 2010 VIH-sida.- PARA LA PREVENCION Y CONTROL DE LA INFECCION POR VIRUS DE LA INMUNODEFICIENCIA HUMANA.
III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicables al y por el sujeto obligado.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (COESIDA), realiza sus actividades en apego al Plan Nacional de Desarrollo Vigente.
PLAN NACIONAL DE DESARROLLO
Apartado 1. Política y Gobierno
Objetivo II Garantizar empleo, educación, salud y bienestar, Salud para toda la población mediante la creación del Instiituto Nacional de Salud para el Bienestar, que dará servicio en todo el territorio nacional. a todas las personas no afiliadas al IMSS o ISSSTE, visible en las páginas 52 y 53 del Plan Nacional de Desarrollo Vigente, 2019-2024.
Tipo de Documento: Nacional.
Responsable de su Ejecución es:
Dr. Luis Alberto ruiz Mora, Secretario Técnico del COESIDA,
Lago Tequesquitengo Numero 2600 Colonia Lagos del Country en Zapopan, Jalisco, México. C.P. 45177
Teléfono.- 33 30307800
Lada sin costo: 800 26 37 432
alberto.ruiz@jalisco.gob.mx
Vigencia.- 2019-2024.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (COESIDA), realiza sus actividades en apego al:
PROGAMA SECTORIAL DE SALUD
TIPO NACIONAL
VIGENCIA 2013-2018,
PROGRAMA SECTORIAL DE SALUD , EN CONCORDANCIA CON EL PLAN NACIONAL DE DESARROLLO 2013-2018 ESTABLECE SEIS OBJETIVOS ASOCIADOS A LAS METAS NACIONALES.
OBJETIVOS:
1. CONSOLIDAR LAS ACCIONES DE PROTECCION, PROMOCION DE LA SALUD Y PREVENCION DE ENFERMEDADES;
2. ASEGURAR EL ACCESO EFECTIVO A SERVICIOS DE SALUD CON CALIDAD;
3. REDUCIR LOS RIESGOS QUE AFECTAN LA SALUD DE LA POBLACION EN CUALQUIER ACTIVIDAD DE SU VIDA
4. CERRAR LAS BRECHAS EXISTENTES EN SALUD ENTRE DIFERENTES GRUPOS SOCIALES Y REGIONES DEL PAIS;
5. ASEGURAR LA GENERACION Y EL USO EFECTIVO DE LOS RECURSOS EN SALUD;
6. AVANZAR EN LA CONSTRUCCION DEL SISTEMA NACIONAL DE SALUD UNIVERSAL BAJO LA RECTORA DE LA SECRETARIA DE SALUD.
OBJETIVO APLICABLE AL SUJETO OBLIGADO: ACCIONES DE PROMOCION Y PREVENCION DE ENFERMEDADES.
EN RELACION CON EL PROGRAMA NACIONAL DE SALUD.
VI.2. MEXICO INCLUYENTE
Objetivo 2.3. Asegurar el Acceso a los Servicios de Salud.
Estrategia 2.3.2. Hacer de las acciones de proteccion, promocion y prevencion un eje prioritario para el mejoramiento de la salud.
Lineas de Accion. Controlar las Enfermedades de Transmision Sexual y promover una salud sexual y reproductiva satisfactoria y responsable.
Visible en la pagina 117 del Programa Nacional de Salud.
DEL PROGRAMA SECTORIAL DE SALUD 2013-2018
ESTRATEGIA:
1.5. INCREMENTAR EL ACCESO A LA SALUD SEXUAL Y REPRODUCTIVA CON ESPECIAL ENFASIS EN ADOLESCENTES Y POBLACION VULNERABLE.
LINEAS DE ACCION:
1.5.4. Promocion de la salud sexual y reproductiva reponsable, asi como la prevencion del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y otras Infecciones de TransmisionSexual (ITS);
1.5.5. Garantizar el abasto y oferta de metodos anticonceptivos e insumos para la prevencion de VIH y otras ITS.
1.5.6. Asegurar la deteccion y tratamiento oportuno de VIH, sida e ITS con enfasis en poblaciones clave;
1.5.8. Incrementar la cobertura de detecion prenatal y tratamiento oportuno para prevenir la transmision vertical del VIH y sifilis congenita.
Consultable en el Programa Sectorial en la pagina 16.
Responsable de su Ejecución es:
Dr. Luis Alberto Ruiz Mora, Secretario Técnico del COESIDA,
Lago Tequesquitengo Numero 2600 Colonia Lagos del Country en Zapopan, Jalisco, México. C.P. 45177
Teléfono.- 33 30307800
Lada sin costo: 800 26 37 432
alberto.ruiz@jalisco.gob.mx
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (COESIDA), realiza sus actividades en apego al:
Plan Estatal de Desarrollo
Tipo: Plan Estatal
Vigencia: 2013-2033
Programa: Equidad de Oportunidades;
Visible en las paginas 322.
Diagnostico de Problemas
Prevalencia de factores de riesgo para la salud
e) Infecciones de Transmision Sexual. Jalisco es el cuarto lugar a nivel nacional con 12,354 casos con el Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (sida), hasta junio de 2013; A pesar de que se cuenta con los métodos de diagnósticos y terapéuticos necesarios, es importante fortalecer la cobertura y la calidad de los programas ya existentes especializados. En infecciones de transmsision sexual (ITS). Hay diversos factores que incrementan el riesgo de contagio, como biológicos que tienen que ver con la situación física de la persona, conductuales que es el contacto con otra persona, y los sociales como la discriminación, la inequidad y la violencia sexual. Por otro lado, existe otro tipo de causas que dificultan la atencion de este tipo de enferemedades, tales como la falta de recursos e inversión o fallas en la organización y operación de los servicios de salud, lo que trae como consecuencia una disparidad en prevención hacia grupos vulnerables. Se cuentan con protocolos internacionales y nacionales que aportan estrategias para reducir la mortalidad a causa de VIH, VPH. y otras ITS. Sin embargo, es importante ir un paso adelante mediante una educación sexual integral, la movilización social, la detección y el apego a un tratamiento adecuado;ya que en el caso de VPH, de ser encontrado tempranamente, es curable y disminuye riesgos cancerosos. Existen otras acciones útiles para lograr un descenso de estas infecciones en Jalisco, desde promover el uso del condón, la práctica de la circuncisión en la población masculina, cuidar las transfusiones de sangre y dirigir el conocimiento de la serología VIH en la sociedad para comprender cómo se transmite. Todos estos son algunos pasos necesarios para evitar infecciones.
Objetivos y Estrategias
OD14. Contribuir a una vidad mas larga y saludable por medio de un mayor acceso a servicios de salud de calidad y seguridad social, asi como fomentar habitos de vida saludable.
Objetivo Sectorial.- 00D1401. Reducir y controlar los factores de riesgo para la salud.
Estrategia 01E8.- Prevenir y controlar la epidemia del Virus de Inmunodeficiencia Humana (VIH) y otras Infecciones de Transmision Sexual (ITS) en el marco del respeto pleno a los derechos humanos.
Indicadores y Metas.- Indicador.- Disminuir la incidencia de VIH en las personas de entre 15 y24 años, visible en la pagina 140 del Plan Estatal de Desarollo Vigente.
Dentro de la dimension de la politica de bienestar su objetivo princiapal es que el ciudadano o ciudadana gocen de buena salud, toda vez que el desarrollo y el bienestar suelen concebirse desde una perspectiva objetiva y tangible, ya sea a través de la posesión de bienes materiales o del acceso a diversos servicios asociados a una mejor calidad de vida.
La Política de Bienestar del Estado de Jalisco sintetiza los principales elementos asociados al bienestar desde una perspectiva integral, es decir, se buscan impulsar mejoras en las variables objetivas y tangibles asociadas al bienestar de las personas, e igualmente se intenta sentar las bases para que éstas desarrollen y aprovechen de forma óptima su potencial en un entorno sano y de tranquilidad que promueva el bienestar subjetivo y la felicidad. Así, el Plan Estatal de Desarrollo se ha integrado a partir de la premisa de buscar impulsar el bienestar integral y sostenible de los jaliscienses a partir de la participación de todos los actores en gobernanza.
Responsable de su Ejecución es:
Dr. Luis Alberto Ruiz Mora, Secretario Técnico del COESIDA,
Lago Tequesquitengo Numero 2600 Colonia Lagos del Country en Zapopan, Jalisco, México. C.P. 45177
Teléfono.- 33 30307800
Lada sin costo: 800 26 37 432
alberto.ruiz@jalisco.gob.mx
PROGRAMA ESTATAL: PROGRAMA SECTORIAL DE SALUD
TIPO: PROGRAMA ESTATAL
VIGENCIA: 2013-2018
OBJETIVO GENERAL
CONTIRUBUIR A UNA VIDA MAS LARGA Y SALUDABLE POR MEDIO DE UN MAYOR ACCESO A SERVICIOS DE SALUD DE CALIDAD Y SEGURIDAD SOCIAL ASI COMO FOMENTAR HABITOS DE VIDA SALUDABLE
OBJETIVO ESPECIFICO
1. REDUCIR Y CONTROLAR LOS FACTORES DE RIESGO PARA LA SALUD;
2. PREVENIR Y CONTROLAR LA EPIDEMIA DEL VIRUS DE INMUNODEFICIENCIA HUMANA (VIH) Y OTRAS INFECCIONES DE TRANSMISION SEXUAL (ITS) EN EL MARCO DE RESPETO PLENO A LOS DERECHOS HUMANOS.
Los programas sectoriales son instrumentos que abordan una materia determinada y que vinculan el funcionamiento de diversas instituciones públicas, sociales y privadas que comparten fines comunes con el Plan Estatal de Desarrollo Jalisco 2013-2033. Se anexa lo correspondiente en materia de salud, los cuales actualmente se encuentran vigentes. Dichos programas se aplican por los organismo sectorizados a la Secretaría de Salud y por el Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de inmunodeficiencia Adquirida (COESIDA), conferidas a la Secretaría de Salud, por la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco en su artículo 16.
Cuya aplicacion de el referido programa se encuentra en el apartado de Infecciones de Transmison Sexual en la pagina 140 del Programa Sectorial en Salud.
Jalisco es el cuarto lugar a nivel nacional con 12,354 casos con el síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA)72 hasta junio de 2013. A pesar de que se cuenta con los métodos diagnósticos y terapéuticos necesarios, es importante fortalecer la cobertura y la calidad de los programas ya existentes especializados en infecciones de trasmisión sexual (ITS). Hay diversos factores que incrementan el riesgo de contagio, como biológicos que tienen que ver con la situación física de la persona, conductuales que es el contacto con otra persona, y los sociales como la discriminación, la inequidad y la violencia sexual.
Responsable de su Ejecución es:
Dr. Luis ALberto Ruiz Mora, Secretario Técnico del COESIDA,
Dra. Mayra Jaqueline Luna Salcedo.- Coordinador del Programa de SubConsejos
Dr. Jorge Raul Sanchez Biorato.- Coordinador del Programa de Descentralizacion
Lic. Aida Maria de Jesus Jimenez Jimenez.- Coordinaroa del Adminitracion y Contabilidad
Lago Tequesquitengo Numero 2600 Colonia Lagos del Country en Zapopan, Jalisco, México. C.P. 45177
Teléfono.- 33 30307800
Lada sin costo: 800 26 37 432
alberto.ruiz@jalisco.gob.mx
Se le instruye al usuario o usuaria la manera de acceder al programa sectorial puede acceder al programa publicado en formato pdf y buscar la pagina 140 donde encontrara la informacion a qui publicada, o en su caso posesionarse en el link de internet, publicado, donde encontrara una pantalla denominada Programas Sectoriales y Especiales, ingresar al umero 3 equidad de oportunidades, descarga el documento y se traslada a la pagina 140.
No se cuenta con programas regionales por lo que se presenta la informacion de la planeacion regional que existe en el Poder Ejectutivo
Nombre del plan: Plan Regional de Desarrollo
a. Plan de Desarollo de la Region centro 2030.
b. Planes Regionales de Desarrollo 2030(12 Regiones)
Se publica el link para su consulta informativa.
Los Planes Regionales de Desarrollo, incluyen los objetivos y estrategias con una visión de largo plazo, así como las líneas de acción y los proyectos estratégicos de corto y mediano plazo para el desarrollo integral y sustentable de cada una de las regiones de la entidad, en función de los objetivos generales fijados en el Plan Estatal de Desarrollo de nuestro Estado.
Objetivo que persigue. Los Planes Regionales de Desarrollo, han sido elaborados con la finalidad de dar sustento a cada una de las acciones y proyectos propuestos en el marco de los Subcomités Regionales de las 12 regiones en que se divide el Estado de Jalisco. Asimismo los Planes Regionales de Desarrollo son instrumentos prácticos y útiles para la promoción del desarrollo al interior de la gestión pública. Es por ello buscan ser un instrumento completo, sintético y práctico.
Asimismo, los Planes Regionales de Desarrollo se nutren y se vinculan al Plan Estatal de Desarrollo, a través de sus ejes estratégicos y propósitos generales del desarrollo, en el que quedan comprendidas las acciones y los proyecto de gobierno y de la sociedad, que reflejan tanto las temáticas, valores y propósitos que se desprenden de las necesidades y de las propuestas ciudadanas, buscando contribuir directamente a la visón regional que guía el rumbo del desarrollo del estado de Jalisco.
Las directrices de los programas de desarrollo en la administración pública se establecen en el Plan Estatal de Desarrollo (PED), que de conformidad al Artículo 16 de la Ley de Planeación para el Estado de Jalisco y sus Municipios, precisará los objetivos generales, directrices, políticas, estrategias y líneas de acción que coadyuven al desarrollo integral del estado a corto, mediano y largo plazo: establecerá los lineamientos para el desarrollo estatal, sectorial y regional; sus previsiones se referirán al conjunto de la actividad económica y social, y regirá la orientación de los programas de gobierno, considerando las propuestas del ámbito municipal.
En consecuencia, los planes regionales de desarrollo constituyen un instrumento fundamental dentro del Sistema Estatal de Planeación Democrática, que surgen necesariamente de la colaboración y coordinación de los dos órdenes de gobierno, estatal y municipal, con el apoyo y participación de la sociedad.
La instancia de coordinación del proceso de planeación regional, como auxiliar del COPLADE, la constituyen los Subcomités de Planeación Regional, como lo expresan los Artículos 4, 10, 57 y 64 de la Ley de Planeación Estatal, en los cuales se acuerdan y determinan las prioridades del desarrollo en cada una de las regiones del Estado, con lo cual se fomenta a su vez el carácter democrático de la planeación y programación regional, al asegurarse la participación de los sectores público, privado y social.
Vigencia. Los Planes Regionales de Desarrollo, se encuentran en proceso de actualización en virtud de que deberán están vinculados con el Plan Estatal de Desarrollo Jalisco 2033.
Es necesario precisar que el tipo de programa, los objetivos, el responsable y la vigencia aplican a todos y cada uno de los 12 Planes Regionales de Desarrollo en que se encuentra dividido el estado de Jalisco, puesto que solo cambian las especificaciones locales de cada región, es decir, municipios que la integran y necesidades específicas.
Responsable de la Ejecución: Los municipios y el Gobierno del Estado, en la parte que les corresponda, conforme a las disposiciones legales aplicables, una vez que ya fue precisada la participación del COPLADE, a través de los Subcomités de Planeación Regional. No obstante lo anterior, la Secretaría de Salud, a través del Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de inmunodeficiencia Adquirida (COESIDA), ha participado en la integracion de los Comites Municipales para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (COMUSIDAS), actuamente se encuentran mas de 66 COMUSIDAS en el Esatdo de Jalilsco que abarcan las 12 regiones del estado de jalisco; , ademas el Sujeto Obligado Cuenta dentro su estructura con un responsable de dar seguimiento a los temas de la materia: en Prevención y Control del VIH/sida e ITS, en los Municipio como en las Regiones Sanitarias.
Tipo: Programa Regional
Vigencia: hasta el año 2030
Dr. Jorge Raul Sanchez Biorato.- Coordinador del Programa de Descentralización de COESIDA
Lago Tequesquitengo Numero 2600 Colonia Lagos del Country en Zapopan, Jalisco, México. C.P. 45177
Teléfono.- 33 30307800
Lada sin costo: 800 26 37 432
Correo electrónico: jsanchezbiorato@yahoo.com
Se adjunta el plan regional de desarrollo region 12 centro el cual encuadra este sujeto obligado en lo correspondiente a salud (paginas 100 a 107), así mismo se remite link sobre los programas regionales existentes en el Gobierno del Estado de Jalisco.
Aplicable a este Sujeto Obligado: 2.3 Desarrollo Social; 2.3.4. Servicios de Salud y Grados de Cobertura; 2.3.4.7. Mortalidad.
No aplica para este Sujeto obligado, conforme a la Ley Organica del Poder Ejecutivo le corresponde a la Secretaria de planeacion y Participacion Ciudadana del Gobierno del Estado tal como lo establece su Artículo 29. 1.Las facultades de Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana son las siguientes:
I. Proyectar y coordinar la planeación y participación;
IV. Coordinar la formulación, control y evaluación del plan estatal de desarrollo correspondiente, de acuerdo a los lineamientos señalados en el Plan Nacional de Desarrollo;
VI. Diseñar, ejecutar, supervisar, y evaluar los programas de participación ciudadana, gobernanza y cultura de la paz del Estado
XV. Planear, diseñar, aplicar y evaluar las políticas públicas relativas a la participación ciudadana del Estado, en coordinación con la Federación y los Municipios, así como asesorar y capacitar a las instituciones en materia de cultura de la paz y participación ciudadana
No aplica para este Sujeto obligado, conforme a la Ley Organica del Poder Ejecutivo le corresponde a la Secretaria de planeacion y participacion Ciudadana del Gobierno del Estado tal como lo establece su Artículo 29 1.Las facultades de Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana son las siguientes:
I. Proyectar y coordinar la planeación y participación;
II. Fortalecer el desarrollo, la inclusión y cohesión social en el Estado, de forma coordinada con las dependencias competentes en la materia, mediante la implementación de planes y programas de conformidad con las siguientes políticas públicas:
Combate a la pobreza;
Atención específica para cubrir las necesidades de los sectores sociales vulnerables;
Atención a los derechos de la niñez, de la juventud, de los adultos mayores y las personas con discapacidad, e impulsar la participación ciudadana, y
Promover la cultura de paz;
Promover dentro de la instancia encargada de planeación para el desarrollo del estado, estrategias y acuerdos de cooperación y colaboración entre el sector público y el sector social y privado, con la finalidad de regenerar el desarrollo económico y social a través de la cultura de la paz;
IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicables al y por el sujeto obligado.
El plan General institucional aplicable a la Secretaría de Salud, en lo correspondiente al Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de inmunodeficiencia Adquirida, no ha sufrido modificaciones por lo tanto el que se encuentra aqui publicado sigue vigente hasta en tanto se emita otro.
Plan General del Ejecutivo (PGE)
El PGE tiene su origen en el Plan Estatal de Desarrollo Jalisco 2013 (PED) y, por consiguiente, está encaminado a dar cumplimiento a los propósitos, objetivos y metas contenidos en él documento. En el PGE se incluyen aquellos aspectos contenidos en el PED cuya competencia le corresponde al poder ejecutivo del estado.
-Documento que podrás consultar en el documento anexo.
Tipo: Estatal
Vigencia: 2013-2033.
La informacion relacionada con los programas operativos anuales para el presente ejercicio no sera generada a raiz de la reforma del 14 de diciembre del 2013, a la Ley de Planeacion para el Estado de Jalisco y sus Municipios; los articulos modificados son el 2 bis fraccion I, inciso d y f; 15, 18 fraccion VI, 20 fraccion V, 20 Bis, 21 fraccion III, 22 fraccion II, 76 fraccion II, inciso a, 78-C.
A partir de entonces los programas operativos anuales son sustituidos por las Matrices de Indicadores para Resultados (MIR), las cuales se encuentran fundamentadas en dicha normatividad y en el articulo 39 fraccion III y V de la Ley de Presupuesto y Contabilidad y Gasto Publico del Estado de Jalisco, que se reformo el 22 de febrero de 2014.
Con base en el articulo 15 de la ley de Planeacion para el Estado de Jalisco y sus Municipios, la informacion relacionada con las Matrices de Indicadores para Resultados de cada dependencia para el proximo ejercicio 2015, se presentara por el Ejecutivo Estatal ante el Congreso del Estado, el 01 de noviembre de 2014, asi como un dictamen de cada una de las matrices aplicadas.
Se publican los programas operativos anuales de por lo menos los ultimos tres años, las actividades y presupuestos referentes al COESIDA, se encuentran dentro de los programas operativos anuales de la Secretaria de Salud Jalisco del año 2013,
Del año 2014, 2015 y 2016 se encuentra en el archivo anexo.
No obstante para mayor entendimiento se publican tambien los programas presupuestales autorizados al sujeto obligado, de los años 2013 al 2015, consultables en los archivos adjuntos que continene programa, partida y monto.
La informacion publicada se da aconocer como informacion historica ya que con las reformas a la ley de Planeacion para el año 2014, ya no se generan Programas Operativos anuales.
Se publica las Matrices de Indicadores de Resultados (MIR) del año 2015.
Se publica las Matricies de Indicadores de Resultados (MIR) del año 2016.
Se publica las Matrices de Indicadores de Resultados (MIR) del año 2017 y 2018.
Lo correspondiente al presente inciso el Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, de acuerdo a las politicas administrativas de la entonces Secretaria de Administracion, por sus propias recomendaciones y a lo dispuesto por su Acuerdo de Creacion, tiene autonomia tecnica y operativa y por consecuencia elaboro su Manual de Organizacion denominado:
NOMBRE: Manual de Organizacion
TIPO: Estatal
OBJETIVO.
El Manual de Organización documenta la organización actual del Consejo, presentando de una manera general, la normatividad, estructura orgánica, atribuciones, funciones, procesos sustantivos así como, los programas, proyectos e indicadores de éxito que le permite cumplir con la agenda de trabajo del Gobierno del Estado.
El Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (COESIDA) , es un organismo desconcentrado de la Secretaría de Salud Jalisco, con autonomía técnica operativa que, en coordinación con diversas instituciones y sectores, conforman un red estratégica para prevenir y controlar la infección del VIH/sida/ITS, con el fin de reducir su impacto psicosocial y económico a nivel individual y colectivo, en la población del Estado de Jalisco, en un marco de respeto a los Derechos Humanos.
El COESIDA, asume a plenitud los compromisos del Gobierno del Estado, se orienta, guía y procura la mejora continua en sus acciones y resultados, mediante el conocimiento, aplicación y evaluación de lo dispuesto en este manual.
Dicho Manual fue elaborado en la anterior Adminitracion Publica Estatal Vigente en la Actualidad.
FECHA DE ELABORACION: 26 de Mayo de 2008
FECHA DE ACTUALIZACION: 16 de Diciembre de 2011
VIGENCIA: 16 de Diciembre de 2011 hasta la actualidad.
Por las politicas administrativas 2011, las dependencias del poder ejecutivo no tienen manuales de operacion ya que segun dichas politicas. en su punto 7.9. dice que las dependencias y organismos publicos descentralizados deberan elaborar sus manuales administrativo, organizacion, procesos, servicios, puestos, de induccion y bienvenida, de acuerdo a la normatividad y a la metodologia definida por la secretaria atraves de la Direccion General de Innovacion y Mejora Goburnamental visible (pag 67).
NOMBRE: Manual de Procedimientos
TIPO: Estatal
OBJETIVO:
El Manual de procedimientos documenta los procesos que el Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, presentando de una manera general, la normatividad, procesos sustantivos.
El Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida (COESIDA) , es un organismo desconcentrado de la Secretaría de Salud Jalisco, con autonomía técnica operativa que, en coordinación con diversas instituciones y sectores, conforman un red estratégica para prevenir y controlar la infección del VIH/sida/ITS, con el fin de reducir su impacto psicosocial y económico a nivel individual y colectivo, en la población del Estado de Jalisco, en un marco de respeto a los Derechos Humanos.
El COESIDA, asume a plenitud los compromisos del Gobierno del Estado, se orienta, guía y procura la mejora continua en sus acciones y resultados, mediante el conocimiento, aplicación y evaluación de lo dispuesto en este manual.
Elaborado en la anterior administracion publica estatal y vigente hasta en tanto no se emita su actualizacion correspondiente.
FECHA DE ELABORACION: 21 de septiembre de 2012.
ACTUALMENTE VIGENTE SIN MODIFICACIONES DESDE EL AÑO 2012.
NOMBRE: Manual de Servicios
TIPO: Estatal
OBJETIVO:
Es un instrumento que facilita la descripción clara de los servicios sustantivos que proporciona el Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, (COESIDA Jalisco) los requisitos para otorgarlos, los procedimientos a seguir por los usuarios-ciudadanos para obtenerlo y la especificación de las características y estándares de calidad requeridos.
Elaborado y publicado en la anterior administracion publica estatal y vigente hasta el momento en tanto no se lleven acabo sus actualizaciones correspondientes.
FECHA DE ELABORACION: 04 de Octubre de 2012.
VIGENCIA: 2012 Hasta la actualidad.
Los protocolos aplicables al Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, son los protocolos de sismos e incendios que se acompañan al presente inciso.
Expedicion: 07 de Mayo de 2013
Vigencia: 07 de Mayo de 2013
Publicacion: 07 de Mayo de 2013
Ultima Actualizacion: 07 de Mayo de 2013.
Tipo de Documento: Reglas de Operacion.
Nombre del plan y/o programa: MIDE Jalisco Desarrollo.
Tipo de plan y/o programa: Programa Estatal "Plan MIDE Jalisco Desarrollo".
Objetivo: Informar al ciudadano de los indicadores establecidos y el avance de los mismos
Para acceder a la información del programa MIDE debe ingresar al link adjunto, ingresar en inicio accedes al programa - buscas en la pantalla Equidad de Oportunidades le das entrar o click buscas casos de VIH/sida en poblacion en General.
Responsable de la Ejecución: La Secretaría de Salud, a través de los Organismos Desconcentrados y en su caso el OPD Servicios de Salud Jalisco, cuenta dentro de su estructura con un responsable de dar seguimiento a los temas en materia de salud respecto a los indicadores. Dr. Arturo Muzquiz Peña
Domicilio: Dr. Baeza Alzaga #107, Guadalajara, Jalisco
Tel: 52 (33) 3030 5000 Ext. 35003, 35004 y 35005
Correo electrónico: arturo.muzquiz@jalisco.gob.mx
Dr. Luis Alberto Ruiz Mora, Secretario Técnico del COESIDA,
Lago Tequesquitengo Numero 2600 Colonia Lagos del Country en Zapopan, Jalisco, México. C.P. 45177
Teléfono.- 01 33 30307800
Lada sin costo: 01 800 26 37 432
alberto.ruiz@jalisco.gob.mx
Vigencia: 2013-2018
PROGRAMA: PLAN INSTITUCIONAL 2018 CONSEJO ESTAL PARA LA PREVENCION DEL SIDA.
TIPO: PROGRAMA ESTATAL
VIGENCIA: 2018
OBJETIVOSESTRATÉGICOS.
Objetivo
1. Contribuir en el control de la epidemia del VIH-sida en Jalisco mediante programas de prevención y control.
Estrategias
1.1 Colaborar en el control de la incidencia en las infecciones por VIH-sida e ITS, mediante acciones de prevención.
1.2 Realizar diagnósticos oportunos a la infección y trasmisión en VIH-sida e ITS realizados en población PEMAR (Población en Mayor Riesgo).
1.3 Administrar los recursos presupuestales autorizados para el Consejo Estatal, programados en el plan anual de trabajo.
Objetivo
2.- Contribuir a mejorar la calidad de vida de las personas diagnosticadas con VIH-sida o de algún otro tipo de enfermedad de transmisión sexual, a través de la eficiente administración de los recursos humanos, materiales y financieros autorizados por el Consejo.
Estrategias
2.1. Mantener a los pacientes en tratamiento en los SAIH y CAPASITS Puerto Vallarta en control virológico.
2.2. Coadyuvar en el control de la infección TB-VIH en pacientes en tratamiento ARV atendidos en Servicios de Atención Integral Hospitalaria (SAIH)y centro Ambulatorio de Prevención y Atención de Sida (CAPASITS) Puerto Vallarta.
2.3. Disminuir los casos de transmisión vertical de VIH –Sífilis
Otros instrumentos normativos internos que se aplican al Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, lo son:
NOMBRE: Manual de Bienvenida e Induccion
TIPO: Estatal
OBJETIVO: Lograr que el servidor publico de nuevo ingreso se integre al ambiente laboral en el tiempo requerido en el manual de descripcion de puestos y comprenda claramente la forma en que se encuentra estructurada la organizacion, sus politicas derechos y obligaciones correspondientes.
FECHA DE ELABORACION: 16 de Diciembre de 2011.
NOMBRE: Manual de Procesos
TIPO: Estatal
OBJETIVO: Describir los procesos sustantivos de la dependencia especificando los procedimientos que lo conforman;
Extractar en forma ordenada, secuencial y detallada las operaciones que se desarrollan en los procesos y los diferentes procedimientos que lo integran;
Delimitar las responsabilidades operativas para la ejecucion, control y evaluacion del proceso.
FECHA DE ELABORACION: 21 de Septiembre de 2012.
V. La información financiera, patrimonial y administrativa.
En lo correspondiente al presente inciso este Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de inmunodeficiencia Adquirida, recibe presupuesto federal de manera indirecta, a traves del Sistema de Informacion para la Administracion del fondo para el fortalecimiento de acciones de salud publica en las entidades federativas (siaffaspe). Recurso que llega al sujeto obligado convertido en insumos.
Quien lo recibe y administra es el Orgasnismo Publico Descentralizado Servicios de Salud Jalisco, quien este a su vez lo entrega en insumos al COESIDA, para el apoyo de sus programas operativos; luego entonces se publica el Presupuesto Federal sisffaspe, 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020 Asi como los Catalogos del Objeto del gasto.
En lo correspondiente a los Presupustos de Egresos del Estado se publican los correspondientes a los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020. Asi como el Clasificador del Objeto del Gasto.
En este inciso las partidas del prespuesto de egresos del Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, su presupuesto anual estatal se encuentra unificado y concentrado a la Unidad responsable Secretaria de Salud Jalisco.
En el apartado Unidad Presupuestal Secretaria de Salud;
Dimension 3, Equidad de oportunidades;
Tematica Sectorial; Salud y Seguridad Social;
Tematica y Unidad Presupuestal; Salud y Seguridad Social; 05 Secretaria de Salud Jalisco;
Presupuesto por tematica y Partida; 31 Salud y Seguridad Social.
En el 2016 se encuentra visible en el volumen II. paginas 32-35 publicado en el periodico Oficial el estado de Jalisco, de fecha 19 de diciembre de 2015, seccion LX.
Clasificador por objeto del Gasto 2016 pagina 7-12 volumen II Anexo III.
En el 2017 se encuentra visible en el volumen II paginas 12, 41, 173-182, Volumen III paginas 29-30, publicado en el periodico Oficial el Estado de Jalisco, de fecha 31 de diciembre de 2016, seccion VII.
En el 2018 se encuentra visible en el archivo adjunto denominado Presupuesto de Egresos 2018.
El presupuesto Estatal 2019 se encuentra visible en el archivo adjunto Presupuesto de Egresos COESIDA 2019
El presupuesto Estatal 2020 se encuentra visible en el archivo adjunto Presupuesto de Egresos COESIDA 2020, pag 12 y 13
Clasificador por objeto del Gasto 2017, Volumen III pagina 52-61, Publicado en el Periodico Oficial el estado de Jalisco, de fecha 31 de diciembre de 2016, seccion VII.
Clasificador por objeto del Gasto 2018.
Clasificador por Objeto del Gasto 2019.
Clasificador por Objeto del Gasto 2020.
Se publica en Link donde encontrara los Presupuestos de Egresos de la Federacion de los años 2016, 2017, 2018, 2019 y 2020
En lo correspondiente a este inciso este Sujeto Obligado Consejo estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiecnia Adquirida no recibe ni ha recibido ingresos extraordinarios, su presupuesto se basa en el Presupuesto de Egresos Estatal y Federal autorizados.
En este inciso el presupuesto anual del sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmuunodeficiencia Adquirida, correspondiente a su Unidad de Responsabilidad, debidamante desglosado por proyecto de los años, 2016, 2017, 2018, 2019 Y 2020.
Se publican los clasificadores por objeto de gasto de los años, 2016, 2017, 2018, 2019.
Los programas y proyectos vigentes de los ultimos tres años son:
Prevencion y Control del Virus de la Inmunodeficiecnia Humana
Apoyo administrativo al COESIDA
Administracion de los recursos humanos, materiales y financieros del COESIDA.
El Consejo Estatal para la Prevención del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida es un Organismo Desconcentrado de la Secretaría de Salud, derivado del acuerdo de creación publicado el día 04 de febrero de 1988 en la ciudad de Guadalajara en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco el cual tiene como objeto principal :Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida, por lo cual no cuenta entre sus atribuciones la realización de convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.
Para mayor informacion se muestran las atribuciones del sujeto obligado.
Atribuciones y/o funciones del sujeto obligado:
COESIDA:
Segundo.‑ Para los efectos de este Acuerdo, al referirse al Consejo se estará aludiendo al Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
·Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
·Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
· Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
·Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
· Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
·Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
·Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
·Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
·Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
·Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
·Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
·Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);
·Concertar convenios, contratos y acuerdos con las sectores público, social y privado en materia de su competencia;
· Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios, y
·Las demás que disponga este acuerdo y otras disposiciones jurídicas aplicables.
En general este Sujeto Oblligado no realiza ese tipo de actividades como lo es llevar acabo convocatorias o concursos para ocupar cargos publicos y los resultados de los mismos.
Por lo tanto tampoco cuenta con algun proceso para la forma de selección o reclutamiento de personal.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para Prevención del Sindrome de inmunodeficiencia Adquirida, tiene su organigrama de acuerdo a su documento de creacion y su reglamento interno.
Cuenta con autonomía técnica operativa y una estructura orgánica propia de acuerdo a su Reglamento Interno y su Acuerdo de Creación emitido por el Ejecutivo del Estado de Jalisco, El organigrama, es el vigente y no ha sufrido cambios en los últimos tres años.
Debido a que este sujeto obligado es un organo desconcentrado de la secretaria de salud jalisco, tal como lo dispone su articulo 39 bis de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, publicada el 30 de diciembre de 1986, en el peridocio oficial el estado de jalisco, bajo el decreto numero 12, 678.
No obstante lo anterior se agrega la información relativa a las atribuciones del sujeto obligado.
Atribuciones y/o funciones del sujeto obligado:
COESIDA:
Segundo.‑ Para los efectos de este Acuerdo, al referirse al Consejo se estará aludiendo al Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida.
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
·Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
·Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
· Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
·Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
· Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
·Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
·Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
·Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
·Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
·Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
·Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
·Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);
·Concertar convenios, contratos y acuerdos con las sectores público, social y privado en materia de su competencia;
· Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios, y
·Las demás que disponga este acuerdo y otras disposiciones jurídicas aplicables.
Objetivo de las areas Administrativas del sujeto obligado:
Secretario Técnico del Consejo
Objetivo General:
Establecer las líneas de acción del Programa Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, favorecer la coordinación interinstitucional e intersectorial, monitorear y evaluar las acciones que se lleven a cabo en materia de Prevención y Atención del VIH/sida/ITS del Estado de Jalisco.
Coordinación del Programa de Descentralización
Objetivo General:
Coordinar el Programa de Descentralización Municipal que se encarga de la creación, mantenimiento y fortalecimiento de los Comités Municipales para la Prevención del Sida (COMUSIDAS), por medio del desarrollo de estrategias que con lleven a disminuir la incidencia del VIH en los municipios del Estado.
Coordinación de Sub consejos
Objetivo General:
Apoyar al Secretario Técnico en la coordinación Interinstitucional e intersectorial entre las Instituciones Públicas del Sector Salud, Educación, Organismos de la Sociedad Civil y Organismos privados, miembros de la Vocalía del Consejo mediante la implementación de programas y acciones de colaboración encaminadas al respeto de los Derechos Humanos, Prevención, Atención Integral e Investigación sobre el VIH/sida/ITS en el Estado de Jalisco.
Coordinación de Administración y Contabilidad
Objetivo General:
Administrar los recursos económicos, humanos y materiales del Consejo en apego absoluto a la Ley de Contabilidad y Gasto Públicos, normas y lineamientos vigentes de la Secretaria de Administración y Finanzas, además de cumplir con las obligaciones contables de manera, precisa oportuna y transparente.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, publica su plantilla de personal.
Con los cambios que ha tenido en los ultimos tres años en su plantilla de personal.
Este sujeto obligado cuenta con una plantilla de 40 plazas, 36 de base y 4 de confianza.
2 plazas vacantes.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida es un organo desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, la nómina es elaborada y administrada por la Secretaria de la Hacienda Pública del Gobierno del Estado, el medio de consulta disponible es el sistema de nómina que se agrega en liga para consulta, en donde se incluyen al Secretario de Salud, y todo el personal de este sujeto obligado.
No obstante se anexa la plantilla 2015, 2016, 2017, 2018, 2019 y hasta el 29 de Febrero del 2020 con los conceptos y prestaciones que se otorgan a las y los Servidores Publicos que integran al sujeto obligado.
Para poder acceder a la nómina de este sujeto obligado, tendrá que ingresar al link de la nomina del gobierno del estado que se mencionan en los enlaces.
Se da click siguiendo las siguientes instrucciones
Seleccionar en opciones de consulta de nómina: Poder Ejecutivo
Escribir el nombre del servidor público que se desee consultar
Seleccionar en Dependencia: Secretaría de Salud y buscar.
El personal del Consejo Estatal para la Prevención del sida, no cuenta entre sus prestaciones con gratificaciones, ni dietas.
Nota: Se anexa Listado de personal con Nombres para facilitar la búsqueda solicitada
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, la nómina del personal operativo de este sujeto obligado es elaborada por la Secretaria de Administracion, e integrada como parte de la Secretaría de Salud; se agrega la liga donde se encuentra el sistema de nómina en la que se puede consultar.
Nomina que se encuentra de forma cojunta con la del gobierno del estado y que puede ser consultados los ultimo tres años a traves del Link que mas adelante se menciona el cual cuenta con un sistema de busqueda de facil acceso para el usuario en el que solo transcribe los datos de la dependencia y nombre de la persona que desea saber sus percepciones mensuales de los servidores publicos del gobierno del estado.
Se cuenta con una persona comisionada al Sindicato de la seccion 28 de la Secretraria de Salud.
Por el momento no se cuenta con personal en año sabatico.
Al personal que labora en este sujeto obligado no se le otorgan gratificaciones , comisiones o dietas.
Se transcribe para efectos informativos el Link donde puede ser consultada la nomina del sujeto obligado.
El Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida es un Organismo Desconcentrado de la Secretaría de Salud, derivado del acuerdo de creación publicado el día 04 de febrero de 1988 en la ciudad de Guadalajara en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco el cual tiene como objeto principal :Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida, por lo cual no cuenta entre sus atribuciones la realización de convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos.
Por lo que no cuenta entre sus atribuciones el contar con el listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben.
Al respecto la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco, en sus Artículos 2, 148 y 149 establece el objeto, atribuciones y funciones de dicho instituto. Por lo tanto dicho ente garantiza las prestaciones y servicios a sus afiliados, pensionados, beneficiarios y derecho habientes.
Ahora bien a manera de información se proporciona la siguiente dirección electrónica de dicho Instituto, donde se podrá consultar todos y cada uno de los pensionados por año de servicio, edad avanzada, invalidez y derechohabientes (beneficiarios de los pensionados fallecidos).
Así mismo se informa que este Sujeto Obligado cuenta con una persona jubilada.
El Consejo Estatal para la Prevencion del sida es un organo desconcentrado de la Secretaria de Salud, sin patrimonio propio de acuerdo a lo establceido por el articulo 156 arabigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, por tal motivo no genera Estados financieros, es competencia de la Secretaría de la Hacienda Publica del Poder Ejecutivo de conformidad con la Ley Orgánica, en su artículo 18 fraccion X que a la letra dice:
Artículo 18.
1. La Secretaría de la Hacienda Pública, tiene las siguientes atribuciones:
X. Formular, mensualmente, los estados financieros de la cuenta pública, presentando anualmente al Titular del Poder Ejecutivo, un informe pormenorizado del ejercicio fiscal anterior y preparar para su revisión, la cuenta pública;
Se adjunta el link del vínculo correspondiente a la Hacienda Publica.
Nota* Los Estados Financieros deberan publicarse al menos, trimestralmente a mas tardar treinta dias despues del cierre del periodo que corresponda de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, señalado en el Articulo 51 y los Linamientos Generales de Públicación y Actualizacion de Información Fundamental.
En lo que corresponde a este inciso el sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, publica los gastos del área de comunicación social de los años 2015 al 2017, 2018, 2019 y 2020 con su respectivo presupuesto el cual se encuentra visible en los archivos anexos como la partida 3611.
Aclarandose que hasta el 29 de Febrero del 2020, no se ha ejercido recurso por concepto de gastos de comunicacio social.
Este Sujeto Obligado no Genera gastos de comunicación social de productos y servicios que generan ingresos.
Dada la naturaleza de como fue creado este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arabigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, Actualmente vigente publicada el 05 de diciembre de 2018, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Este sujeto obligado se encuentra dependiente y administrativamente por la Subsecretaria de Administración y la Secretaría de la Hacienda Pública del Gobierno del Estado, y por lo tanto carece de facultades para celebrar este tipo de contratos y de gestiones en conclusión no realiza ese tipo de acciones contractuales.
Ya que sus atribuciones son las siguientes:
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con practicas de riesgo como en la población en general;
Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con practicas de riesgo;
Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción , educación y fomento para la salud, al publico general, y población con practicas de riesgo en el estado;
Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual ( ETS);
Concertar convenios, contratos y acuerdos con las sectores público, social y privado en materia de su competencia;
Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios, y
Las demás que disponga este acuerdo y otras disposiciones jurídicas aplicables.
Dada la naturaleza de cómo fue creado este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arabigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, Actualmente vigente publicada 0i 05 de diciembre del 2018, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Este sujeto obligado se encuentra dependiente y administrado por la Secretaría de Administración y la Secretaria de la Hacienda Pública del Gobierno del Estado, y por lo tanto carece de facultades para celebrar este tipo de contratos y de gestiones en conclusión no realiza ni recibe ese tipo de actividades, en tal motivo no le aplica dicho concepto.
Ya que sus atribuciones son las siguientes:
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);
Concertar convenios, contratos y acuerdos con los sectores públicos, sociales y privados en materia de su competencia;
Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios.
Dada la naturaleza de cómo fue creado este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido que es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arabigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, Actualmente vigente publicada el 05 de diciembre del 2018, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Este sujeto obligado se encuentra dependiente y administrado por la Secretaría de Administración y la Secretaría de la Hacienda Pública del Gobierno del Estado, y en los ultimos tres años no se han asignado recursos publicos a personas fisicas o juridicas asi como tampoco han realizado actos de autoridad por lo tanto no se publica el listado de personas fisicas o juridicas aquienes se les asigne o permita usar recursos publicos o realicen actos de autoridad.
En lo que respecta a este inciso este Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, de acuerdo a su naturaleza de creación es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 ARABIGO 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, Actualmente vigente, Publicado el 05 de diciembre del 2019, en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II y publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Financiera y Administrativa, es operado por la Secretaria de Administración y la Secretaria de la Hacienda Pública del Gobierno del Estado por lo que se emiten los siguiente funadmentos:
Respecto a las cuentas públicas:
De conformidad con lo que establece la Ley del Presupuesto contabilidad y Gasto Público del Estado de Jalisco, que tiene por objeto regular las acciones relativas a la planeación, programación presupuestación, ejercicio, contabilidad, control, vigilancia y evaluación del gasto público estatal; además los procedimientos de coordinación para el registro e información de estas materias, correspondiendo su aplicación al titular del Poder Ejecutivo del Estado a través de la Secretaría de finanzas.
Consecuentemente el artículo 6 de dicha Ley, refiere lo que compete la contabilidad gubernamental:
Artículo 6.- La Contabilidad Gubernamental comprende la captación y registro de todas las operaciones de activos, pasivos, patrimonio, ingresos y gastos, así como las asignaciones y ejercicios correspondientes a los programas y partidas del Presupuesto del Gobierno del Estado; que realicen las Dependencias y Entidades sujetas a esta Ley, la Contabilidad Gubernamental tendrá las siguientes finalidades:
I. La elaboración de la cuenta pública para su presentación al Congreso del Estado y la sustentación de la información que requieran los Órganos de Control Gubernamental sobre el destino y manejo del Gasto Público; y
II. Proporcionar información para la evaluación de los programas autorizados, así como para la planeación y programación futura.
Visto lo anterior y de conformidad a lo establecido en el artículo 18 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, es atribución de la Hacienda Publica, formular, mensualmente, los estados financieros de la hacienda pública, presentando anualmente al Ejecutivo, un informe pormenorizado del ejercicio fiscal anterior, y preparar para su revisión, la cuenta pública. Por lo tanto, para consultar la Cuenta Pública, se proporciona un vínculo que te dirige a la Hacienda Publica.
Respecto a las auditorías internas y externas:
A esta dependencia no se le ha practicado auditoría externa por la Función Pública en el 2018 asi como lo que lleva transcurrido este año 2019 asi como los ultimos tres años anteriores.
Se le practico a este Sujeto Obligado auditoria externa por la Contraloria del Estado en el año 2015.
Se publican archivos que contienen los resultados de auditorías practicadas por la Contraloría del Estado.
Respecto a informes de gestión financiera:
De conformidad a lo establecido en el artículo 18 fracción X de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, es atribución de la Secretaría de la Hacienda Publica, formular, mensualmente, los estados financieros, presentando anualmente al Ejecutivo, un informe pormenorizado del ejercicio fiscal anterior, y preparar para su revisión, la cuenta pública. Por lo tanto, para consultar los Estados Financieros, se proporciona un vínculo que te dirige a la Secretaría de la Hacienda Publica, con carácter informativo.
Cuentas Publicas se proporciona el Link correspondiente para su consulta.
En este año 2018 y lo que va del 2019 no se ha practicada auditoria alguna a este Sujeto Obligado interna o externa.
Se publican los resultados de las Auditorias practicadas por la Contraloria del Estado en los ultimos tres años a este Sujeto Obligado.
En cuanto a las Auditorias externas este sujeto obligado no ha contratado Consultorias Externas para que se practique auditorias externas ya que sus atribuciones con las que cuenta no se lo permiten, las unicas auditorias que se le practican son las realizadas por la Contraloria del Estado.
De igual manera se hace saber que este sujeto obligado no cuenta con organo de control interno, o contraloria interna, esta evaluado y supervisado por la Contraloria Interna de la Secretaria de Salud, y Contraloria del Estado de Jalisco.
Este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, es un Organo Desconcentrado de la Secretaría de Salud, derivado del acuerdo de creación publicado el día 04 de febrero de 1988 en la ciudad de Guadalajara en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco el cual tiene como objeto principal :Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida, por lo cual no cuenta entre sus atribuciones la realización de convocatorias a concursos para ocupar cargos públicos y los resultados de los mismos, por lo que no cuenta con personalidad jurídica ni patrimonio propio. Por tal motivo el padrón de proveedores que maneja este Sujeto Obligado es el mismo que se maneja en la Secretaría de Administración del cual se adjunta el link.
Instrucciones para el acceso: Al ingresar al link, en la parte superior encontrará varias opciones para buscar proveedor por: nombre, categoria, letra o número o por año de inscripción. Si desea encontrarlo por nombre del proveedor, es necesario entrar a la pestaña denominada por nombre y letra y al poner cualquier letra, le aparecerán todos los proveedores registrados en el gobierno del estado.
En lo que se refiere al padrón de contratistas se informa que el Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida no cuenta entre sus atribuciones, la realización de la obra pública, sin embargo se adjunta el link del padrón de contratistas del Gobierno del Estado en caso de que requiera consultarlo.
NO APLICA. - En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido a su naturaleza de creación, es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arábigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, Actualmente vigente con su última reforma de fecha 4 de enero del 2014, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 29 de junio de 2019, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Este sujeto obligado se encuentra financieramente y administrativamente dependiente por la Secretaríaa de Administración y la Secretaríaa de la Hacienda Pública del Estado de Jalisco.
De conformidad de los artículos 18 y 19 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, las Secretarías con atribuciones para llevar a cabo los procesos que refiere el presente inciso son:
Secretaría de Administración
Secretaria de la Hacienda Pública
Secretaria de Infraestructura y Obra Pública
Secretaria de Planeación y Participación Ciudadana
Este sujeto obligado no genera ni contrata obra pública ya que se encuentra dependiente y administrado por la Secretaría de Administración del Gobierno del Estado, y por lo tanto carece de facultades para celebrar este tipo de contratos y de gestiones en conclusión no realiza ese tipo de acciones contractuales.
Ya que sus atribuciones son las siguientes:
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas ser epidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);
Concertar convenios, contratos y acuerdos con los sectores públicos, sociales y privados en materia de su competencia;
Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios.
Por lo que no cuenta con personalidad jurídica propia y por tal motivo no realiza adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, obra pública, proyectos de inversión y prestación de servicios. Por lo que nuestras compras mayores a $12,500.00 (Doce mil quinientos pesos 00/100 m.n.), son realizadas por la Secretaría de Administración y la Secretaria de la Hacienda Pública.
Por lo que se agregan los vínculos con carácter informativo.
NO APLICA.- Dada la naturaleza de cómo fue creado este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arábigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, Actualmente vigente con su última reforma de fecha 25 abril del 2015, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Y como lo disponen sus atribuciones carece de facultades para celebrar este tipo de contratos y de gestiones por lo que en conclusión no realiza ese tipo de acciones contractuales.
Enumerando sus atribuciones para mayor conocimiento de los usuarios:
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);
Concertar convenios, contratos y acuerdos con los sectores públicos, sociales y privados en materia de su competencia;
Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios.
Por lo que no cuenta con personalidad jurídica propia y por tal motivo no realiza convocatorias ni resoluciones sobre concursos por invitación en materia de adquisiciones, obra pública y proyectos de inversión y prestación de servicios. Por lo que nuestros concursos por invitación los realiza la Secretaría de Administración y la Secretaria de la Hacienda Pública del Estado de Jalisco.
Conclusion este sujeto obligado no cuenta con resoluciones sobre concursos por invitacion en materia de adquisiciones, obra publica proyectos de inversion y prestacion de servicios.
Nota: De conformidad con el artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco,se le informa de la inaplicabilidad del Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, en cuanto a las Obras Públicas, es competencia de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública donde señalan las siguientes atribuciones.
Expedir las bases para los procesos de adjudicación y contratación de obra pública;
Programar, proyectar, ejecutar o adjudicar y contratar la obra pública.
Para adjudicaciones directas en materia de adquisiciones, proyectos de inversión y prestación de servicios ponemos a su disposición el siguiente enlace, donde econtraras la siguiente herramienta dinámica denominada; Adjudicaciones Directas de la Secretaria de Infraestructura y Obra Pública del Estado de Jalisco.y donde podrás consultar la información correspondientes de dicha Secretaria.
NO APLICA.- Este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 39 bis de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, Actualmente vigente, con su última reforma de fecha 25 de abril del 2015, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
De acuerdo a su naturaleza que dio origen a su exitencia este sujeto obligado carece de atribuciones para celebrar este tipo de gestiones, en conclusión no realiza ese tipo de acciones o actividades.
BIENES MUEBLES SE PUBLICA EL INVENTARIO DE LOS BIENES, EQUIPOS DE OFICINA Y ELECTRONICOS, VEHICULOS AUTOMOTORES DE LOS ULTIMOS TRES AÑOS.
No cuenta con bienes propios, arrendados, y en comodato, tampoco con bienes Inmuebles, en este año como en los anteriores.
*BIENES INMUEBLES CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DEL SINDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA (COESIDA).
De conformidad en lo dispuesto en el artículo 13 fracción XXIX de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Secretaría General de Gobierno es la encargada de Administrar el Patrimonio Inmobiliario del Estado; por su parte el 14 de la Ley antes invocada establece que la Secretaría de Administración tiene las siguientes atribuciones:
....XL. Efectuar el inventario, valuación y actualización respecto de los inmuebles propiedad del Estado;......
....LXIV. Registrar y controlar los vehículos del Estado, supervisando las condiciones de uso y autorizando reparaciones en general, servicios y mantenimiento de los mismos;....
....LXV. Elaborar y mantener actualizado el inventario de los bienes muebles al servicio de las dependencias y organismos del Ejecutivo;
La herramienta implementada para desglosar los Bienes del patrimonio Estatal, te ofrece la información correspondiente a todo el poder ejecutivo, para ingresar a la información de la Secretaría General de Gobierno. Deberá seleccionar, la consulta dinámica de su interés, (bienes inmuebles, bienes muebles, padrón vehicular).
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El Gobierno de Jalisco es el único propietario de todos los bienes inmuebles del poder Ejecutivo del Estado, por lo tanto las dependencias y organismos utilizan estos bienes pero el resguardo de los mismos se encuentra en la Dirección de Patrimonio Inmobiliario de esta Secretaría General de Gobierno. Por esta razón, se presenta un listado con todos estos bienes inmuebles, mismos que se encuentran en proceso de actualización en su valor catastral a raíz de lo demandado por la Ley General de Contabilidad Gubernamental.
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El link adjunto permite consultar los bienes por municipio, uso, situación o destino. Instrucciones de uso : al dar click al link entrar al apartado denominado inventario completo de los bienes inmuebles del Gobierno del Estado y podrá poner el municipio, el uso del bien y le aparecerá el listado de los que son propiedad del gobierno del estado con las condiciones que requiera.
Este sujeto obligado no cuenta con bienes Inmuebles, muebles o vehiculos propios arrendados o en comodato.
Este sujeto obligado no cuenta con bienes inmuebles, muebles o vehiculos en arrendamiento o en comodato.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido a su naturaleza de creación es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arábigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, Actualmente vigente con su última reforma de fecha 4 de enero del 2014, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II y publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Este sujeto obligado se encuentra financieramente y administrativamente dependiente de la Secretaría de Administración y la Secretaría de la Hacienda Pública del Gobierno del Estado.
No obstante lo anterio se publican los viajes oficiales con su gasto correspondiente al presupuesto estatal.
Este sujeto obligado no ha recibido concesiones, licencias, permisos o autorizaciones de algun tipo en los ultimos tres años, con fundamento en lo previsto en las atribuciones y funciones que lo regula en donde no se contempla la recepcion de estos.
Ya que sus atribuciones son las siguientes:
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);
Concertar convenios, contratos y acuerdos con los sectores públicos, sociales y privados en materia de su competencia;
Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios.
No aplica este inciso al Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, toda vez que de conformidad a la Ley de Expropiación de Bienes Muebles o Inmuebles de Propiedad Privada, corresponde al Ejecutivo la atribución de Expropiar, de conformidad con los siguientes artículos de dicha Ley.
Art. 3. Corresponde al Ejecutivo del Estado declarar la utilidad pública ya sea de oficio o por iniciativa que le dirijan los Ayuntamientos o los particulares cuando se cumplan los objetivos y los procedimientos establecidos en esta Ley
Si los bienes que han originado una Declaratoria de expropiación no fueren destinados al fin que dio origen a ella o las obras programadas no se inician dentro del plazo de un año a partir de la declaración expropiatoria, ni se concluyen en un término razonable atentas las circunstancias de tiempo y lugar, el propietario afectado podrá reclamar ante el propio Ejecutivo la reversión del bien de que se trate y la insubsistencia de la expropiación, el cual deberá resolver en un plazo de 15 días y, en caso de que proceda la petición volverán las cosas al estado anterior a la expropiación.
Art. 4. En el expediente de expropiación obrarán el proyecto de la obra que se trate de llevar a cabo, la designación de la propiedad que será ocupada, expresando quienes son los dueños o poseedores y su residencia o la circunstancia de no ser conocidos; la exposición de la utilidad pública que resulte y los informes, dictámenes u opiniones que el Ejecutivo creyere conveniente recabar.
Art. 5. Si el Ejecutivo, en el caso de que se le presenten algunas de las iniciativas o solicitudes de que habla el artículo 3º., la encuentra fundada, mandará que personalmente sean citado (sic) a una junta el promovente y el poseedor o propietario, quienes podrán concurrir por sí o por medio de apoderados.
Cuando el poseedor o dueño de la cosa que deba ocuparse fuere incierto o dudoso por causa de litigio y otro motivo o se encontrare fuera del Estado, se le citará a la expresada junta por medio de tres publicaciones durante un mes en el Periódico Oficial y en otro que se designe.
Art. 6. Si los propietarios o poseedores no se presentan a la junta o el Ejecutivo no encuentra fundada la oposición que formulen, podrá declarar la utilidad pública y decretar la expropiación, mandando publicar su resolución.
Es atribucion del Gobernador de Jalisco realizar las expropiaciones, con base a lo establecido en el articulo 13, fraccion XI de la Ley Organica del Poder Ejecutivo, por lo que la informacion sera publicada por la Secretaria General de Gobierno.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, publica relacion de las polizas de cheques expedidos de los años, 2015, 2016, 2017, 2018 y lo que resta del 2019.
La relacion de polizas de cheques expedidos en el año 2016, 2017, 2018 y hasta el 30 de Noviembre del 2019, se tomo como base de identificacion el folio de su expedicion en ese orden respectivo.
Cuenta Productiva del Banco Nacional de Mexico con numero 0110-5478719.
La deuda publica es general del poder Ejecutivo con base en lo establecido en el articulo 10 de la Ley de Deuda publica del Estado de Jalisco, sin embargo este sujeto obligado no ha solicitado contratacion de deuda publica.
Se proporciona un vínculo que te dirige al portal del Gobierno del Estado, con carácter informativo
En lo que respecta a este inciso este Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, publica los estados de cuenta bancarios que expiden las instituciones financieras, la cuenta que maneja este sujeto obligado es Cuenta Productiva numero Cuenta 0110-5478719 CityBanamex.
El Consejo Estatal para la Prevencion del sida es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, sin patrimonio propio de acuerdo a lo establecido por el artículo 39 bis de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, Por lo anterior expuesto este Consejo que no cuenta con personalidad jurídica propia y por tal motivo no genera información requerida en este inciso, siendo competencia de la Secretaría de la Hacienda Pública del poder ejecutivo de conformidad con la Ley Orgánica, en su artículo 18 que a la letra dice:
Artículo 18.- La Secretaría de la Hacienda Pública tiene las siguientes atribuciones:
X Formular mensualmente los estados financieros de la cuenta pública, presentando anualmente al Titular del Poder Ejecutivo, un informe pormenorizado del ejercicio fiscal anterior y preparar para su revisión, la cuenta pública;
No obstante lo anterior se agrega los estados financieros que se elaboran de manera mensual en este Sujeto Obligado, así mismo se adjunta el link del vínculo correspondiente a la Secretaría de la Hacienda Pública.
Se adjunta link con la información correspondiente a los estados financieros del poder ejecutivo..
Nota* Los Estados Financieros deberán publicarse al menos, trimestralmente a más tardar treinta días después del cierre del periodo que corresponda de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, señalado en el Artículo 51 y los Lineamientos Generales de Publicación y Actualización de Información Fundamental
Nota* Los Estados Financieros deberán publicarse al menos, trimestralmente a más tardar treinta días después del cierre del periodo que corresponda de conformidad con la Ley General de Contabilidad Gubernamental, señalado en el Articulo 51 y los Lineamientos Generales de Publicación y Actualización de Información Fundamental.
NOTA.- Este sujeto obligado no cuenta con Fideicomisos y tampoco cuenta con Inversiones.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, se apega a lo dispuesto por la Ley de Responsabilidades de los Servidores Públicos del Estado de Jalisco que establece en el artículo 100 que la publicitación de la información relativa a la declaración patrimonial por parte de los entes responsables a los que se refiere el artículo 93 de la propia Ley, se hará siempre y cuando se cuente con la autorización previa y específica del servidor público de que se trate; cabe señalar que la declaración patrimonial contiene datos personales relativos a: (vida afectiva o familiar, domicilio particular, número telefónico particular, patrimonio, etc.), y para que se difunda, distribuya, publique, transfiera o comercialice, se debe de contar con la autorización por escrito ante dos testigos o mediante escritura pública del titular de la información confidencial, tal y como lo prevén los artículos 21 punto 1, fracción I, 22 y 23 punto 1, fracción IV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, este sujeto no cuenta con atribuciones o facultades asi como tampoco cuenta con organo de control o algo similar para la ejecucion de ese tipo de Procedimientos de Responsabilidad Administrativa.
Por lo que hasta el momento este sujeto obligado no ha generado Procedimientos Administrativos encontra de algun servidor publico perteneciente a este Consejo.
VI. La información sobre la gestión pública.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido a su naturaleza de creación es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 39 bis de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, Actualmente vigente, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
FUNCIONES PÚBLICAS QUE REALIZA EL SUJETO OBLIGADO
DE ACUERDO AL DOCUMENTO CONSTITUTIVO
ACUERDO DE CREACION
Acuerdo Segundo.-
a). Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
b). Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
c). Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
d). Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
e). Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
f). Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
g). Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción , educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
h). Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
i). Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
j). Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
k). Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
l). Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual ( ETS);
m). Concertar convenios, contratos y acuerdos con las sectores público, social y privado en materia de su competencia;
n). Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios, y
o). Las demás que disponga este acuerdo y otras disposiciones jurídicas aplicables.
REGLAMENTO INTERIOR DEL CONSEJO ESTATAL PARA LA PREVENCIÓN DEL SÍNDROME DE INMUNODEFICIENCIA ADQUIRIDA
ARTICULO 7
I. Proponer e impulsar con las instituciones y organismos afines, los programas, proyectos y estrategias enfocadas a la prevención y control del VIH, sida e ITS en el Estado de Jalisco;
II. Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud estatal, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del sida;
III. Fomentar, en el ámbito de sus atribuciones, la instalación de centros de información sobre el sida y garantizar el derecho a la información sobre la prevención y control del VIH, sida e ITS;
IV. Promover la participación de los municipios en la prevención y control del VIH, sida e ITS, a través de la constitución de COMUSIDAS que contribuyan a la municipalización de los servicios;
V. Llevar a cabo el diseño y aplicación de encuestas seroepidemiológicas, así como de encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al VIH, sida, ITS y medidas preventivas;
VI. Concentrar la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas afectadas con VIH, sida o ITS;
VII. Difundir los resultados de los trabajos de investigación, estudio, análisis, recopilación, documentación e intercambio en materia de transmisión, control y prevención del VIH, sida e ITS, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud con cobertura estatal;
VIII. Efectuar, en el ámbito de sus atribuciones, acciones para mejorar la calidad en la prestación de los servicios en materia de prevención y control del VIH, sida e ITS;
IX. Difundir en el Estado las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con sida;
X. Supervisar, en el ámbito de sus atribuciones, el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH o sida, de acuerdo a la normatividad vigente;
XI. Realizar, en el ámbito de su competencia, todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de enfermedades de transmisión sexual;
XII. Realizar, en el ámbito de sus atribuciones, las acciones correspondientes dentro de las localidades, a efecto de que los usuarios de los servicios del COESIDA u otras instituciones de salud, que sean atendidos en los SAI’s o UNEME-CAPASITS, cuenten con exámenes médicos para su seguimiento médico;
XIII. Distribuir, en el ámbito de sus atribuciones, los medicamentos antirretrovirales a los SAI’s y UNEME-CAPASITS del Estado;
XIV. Generar materiales impresos dirigidos al público en general en materia de VIH, sida e ITS, así como boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de la salud en estos rubros;
XV. Realizar congresos, encuentros, cursos de actualización y capacitación relacionados con la prevención y atención integral del VIH, sida e ITS;
XVI. Elaborar estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud en materia de VIH, sida e ITS;
XVII. Promover el respeto de los derechos humanos de las personas afectadas con VIH o sida y sus familiares;
XVIII. Procurar la detección oportuna, pruebas rápidas y exámenes confirmatorios de VIH y sida;
XIX.- Administrar eficientemente, bajo el principio de austeridad, los recursos financieros, materiales y humanos que le sean asignados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
XX. Celebrar convenios y acuerdos con el sector público, social y privado en materia de su competencia; y
XXI. Las demás que disponga el presente Reglamento y otras disposiciones jurídicas aplicables.
El sujeto Obligado desarrolla sus funciones en la Finca marcada con el numero 2600 de la Calle Lago Tequesquitengo No. 2600 en la Colonia Lagos de Country en Zapopan Jalisco, inmueble que pertenece al Gobierno del Estado.
En cuanto a su presupuesto 2018 se publica el operativo para la realizacion de sus funciones ya que en el presupuesto de egresos se encuentra integrado al sector salud en forma general.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido a su naturaleza de creación es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arabigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, vigente publicada el 06 de diciembre de 2018, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Los Servicios Publicos que se presta el sujeto obligado a la poblacion se encuentra señalados en el Manual de Servicios del COESIDA, actuamente vigente el cual se publica como archivo adjunto.
Servicio publicos que se ofertan: Atención Integral a personas con VIH –SIDA
Detección de VIH, consulta y tratamiento de ITS;
Consulta de 1ra vez tratamiento y seguimiento a personas con VIH;
Exámenes laboratoriales de seguimiento (Carga viral yCD4)
Capacitación: consejería, adherencia terapéutica, prevención positiva, sexualidad;
Prevención del VIH, sida, ITS; estigma y discriminación:
Entrega de condones y lubricantes;
Distribución de folletos y promocionales;
Platicas y Stands informativos;
Orientación y consejería sobre Derechos Humanos y VIH.
Atención y seguimiento a COMUSIDAS:
Asesoria Tecnica
Información sobre VIH
Distribución de insumos en comodato, en préstamo o donación.
Todos los servicios que se prestan son totalmente gratuitos,
De conformidad a lo dispusto por el Manual de Servicios del Sujeto Obligado los Sevicios que se prestan al usuario son totalmente Gratuitos.
Nota: Beneficiarios directos Hombres, Mujeres y niños aproximadamente siete mil. Beneficiarios Indirectos la pobacion del Estado de Jalisco aproximandamente Siete millones.
La prestacion del Servicios no requiere de formatos es una atencion personalizada cara a cara con el solicitante del servicio.
Se cuenta con una cubertura de atencion del 100 porciento de las personas que acuden a recibir los servicios otorgados.
El presupuesto correspondiente para realizar sus actividades se encuentra en el Presupuesto operativo 2019.
Dada la naturaleza de cómo fue creado este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arabigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, vigente de fecha 06 de diciembre de 2018, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
En tal sentido carece de facultades para celebrar este tipo de contratos y de gestiones en conclusión no realiza ese tipo de acciones contractuales.
Ypor consiguiente sus atribuciones son las siguientes:
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);
Concertar convenios, contratos y acuerdos con los sectores públicos, sociales y privados en materia de su competencia;
Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios.
Proponer e impulsar con las instituciones y organismos afines, los programas, proyectos y estrategias enfocadas a la prevención y control del VIH, sida e ITS en el Estado de Jalisco;
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud estatal, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del sida;
Fomentar, en el ámbito de sus atribuciones, la instalación de centros de información sobre el sida y garantizar el derecho a la información sobre la prevención y control del VIH, sida e ITS;
Promover la participación de los municipios en la prevención y control del VIH, sida e ITS, a través de la constitución de COMUSIDAS que contribuyan a la municipalización de los servicios;
Llevar a cabo el diseño y aplicación de encuestas seroepidemiológicas, así como de encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al VIH, sida, ITS y medidas preventivas;
Concentrar la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas afectadas con VIH, sida o ITS;
Difundir los resultados de los trabajos de investigación, estudio, análisis, recopilación, documentación e intercambio en materia de transmisión, control y prevención del VIH, sida e ITS, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud con cobertura estatal;
Efectuar, en el ámbito de sus atribuciones, acciones para mejorar la calidad en la prestación de los servicios en materia de prevención y control del VIH, sida e ITS;
Difundir en el Estado las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con sida;
Supervisar, en el ámbito de sus atribuciones, el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH o sida, de acuerdo a la normatividad vigente;
Realizar, en el ámbito de su competencia, todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de enfermedades de transmisión sexual;
Realizar, en el ámbito de sus atribuciones, las acciones correspondientes dentro de las localidades, a efecto de que los usuarios de los servicios del COESIDA u otras instituciones de salud, que sean atendidos en los SAI’s o UNEME-CAPASITS, cuenten con exámenes médicos para su seguimiento médico;
Distribuir, en el ámbito de sus atribuciones, los medicamentos antirretrovirales a los SAI’s y UNEME-CAPASITS del Estado;
Generar materiales impresos dirigidos al público en general en materia de VIH, sida e ITS, así como boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de la salud en estos rubros;
Realizar congresos, encuentros, cursos de actualización y capacitación relacionados con la prevención y atención integral del VIH, sida e ITS;
Elaborar estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud en materia de VIH, sida e ITS;
Promover el respeto de los derechos humanos de las personas afectadas con VIH o sida y sus familiares;
Procurar la detección oportuna, pruebas rápidas y exámenes confirmatorios de VIH y sida;
Administrar eficientemente, bajo el principio de austeridad, los recursos financieros, materiales y humanos que le sean asignados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
Celebrar convenios y acuerdos con el sector público, social y privado en materia de su competencia; y
Las demás que disponga el presente Reglamento y otras disposiciones jurídicas aplicables.
La instancia responsable de la obra publica es la Secretaria de Infraestructura y Obra publica el cual se publica su portal para consulta.
Dada la naturaleza de cómo fue creado este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arabigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, vigente desde 06 de diciembre de 2018, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Carece de facultades para celebrar este tipo de gestiones en conclusión no realiza ese tipo de acciones.
Ya que sus atribuciones son las siguientes:
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);
Concertar convenios, contratos y acuerdos con los sectores públicos, sociales y privados en materia de su competencia;
Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios.
Proponer e impulsar con las instituciones y organismos afines, los programas, proyectos y estrategias enfocadas a la prevención y control del VIH, sida e ITS en el Estado de Jalisco;
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud estatal, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del sida;
Fomentar, en el ámbito de sus atribuciones, la instalación de centros de información sobre el sida y garantizar el derecho a la información sobre la prevención y control del VIH, sida e ITS;
Promover la participación de los municipios en la prevención y control del VIH, sida e ITS, a través de la constitución de COMUSIDAS que contribuyan a la municipalización de los servicios;
Llevar a cabo el diseño y aplicación de encuestas seroepidemiológicas, así como de encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al VIH, sida, ITS y medidas preventivas;
Concentrar la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas afectadas con VIH, sida o ITS;
Difundir los resultados de los trabajos de investigación, estudio, análisis, recopilación, documentación e intercambio en materia de transmisión, control y prevención del VIH, sida e ITS, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud con cobertura estatal;
Efectuar, en el ámbito de sus atribuciones, acciones para mejorar la calidad en la prestación de los servicios en materia de prevención y control del VIH, sida e ITS;
Difundir en el Estado las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con sida;
Supervisar, en el ámbito de sus atribuciones, el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH o sida, de acuerdo a la normatividad vigente;
Realizar, en el ámbito de su competencia, todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de enfermedades de transmisión sexual;
Realizar, en el ámbito de sus atribuciones, las acciones correspondientes dentro de las localidades, a efecto de que los usuarios de los servicios del COESIDA u otras instituciones de salud, que sean atendidos en los SAI’s o UNEME-CAPASITS, cuenten con exámenes médicos para su seguimiento médico;
Distribuir, en el ámbito de sus atribuciones, los medicamentos antirretrovirales a los SAI’s y UNEME-CAPASITS del Estado;
Generar materiales impresos dirigidos al público en general en materia de VIH, sida e ITS, así como boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de la salud en estos rubros;
Realizar congresos, encuentros, cursos de actualización y capacitación relacionados con la prevención y atención integral del VIH, sida e ITS;
Elaborar estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud en materia de VIH, sida e ITS;
Promover el respeto de los derechos humanos de las personas afectadas con VIH o sida y sus familiares;
Procurar la detección oportuna, pruebas rápidas y exámenes confirmatorios de VIH y sida;
Administrar eficientemente, bajo el principio de austeridad, los recursos financieros, materiales y humanos que le sean asignados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
Celebrar convenios y acuerdos con el sector público, social y privado en materia de su competencia; y
Las demás que disponga el presente Reglamento y otras disposiciones jurídicas aplicables.
En conlusion con los fundamenos expuestos este sujeto obligado no cuenta con programas sociales.
Dada la naturaleza de cómo fue creado este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arabigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, vigente desde el 06 de diciembre de 2018, Publicada en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Carece de facultades para generar este tipo de acciones y de gestiones en conclusión no realiza ese tipo de actividades.
Ya que sus atribuciones son las siguientes:
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);
Concertar convenios, contratos y acuerdos con los sectores públicos, sociales y privados en materia de su competencia;
Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios.
Proponer e impulsar con las instituciones y organismos afines, los programas, proyectos y estrategias enfocadas a la prevención y control del VIH, sida e ITS en el Estado de Jalisco;
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud estatal, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del sida;
Fomentar, en el ámbito de sus atribuciones, la instalación de centros de información sobre el sida y garantizar el derecho a la información sobre la prevención y control del VIH, sida e ITS;
Promover la participación de los municipios en la prevención y control del VIH, sida e ITS, a través de la constitución de COMUSIDAS que contribuyan a la municipalización de los servicios;
Llevar a cabo el diseño y aplicación de encuestas seroepidemiológicas, así como de encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al VIH, sida, ITS y medidas preventivas;
Concentrar la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas afectadas con VIH, sida o ITS;
Difundir los resultados de los trabajos de investigación, estudio, análisis, recopilación, documentación e intercambio en materia de transmisión, control y prevención del VIH, sida e ITS, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud con cobertura estatal;
Efectuar, en el ámbito de sus atribuciones, acciones para mejorar la calidad en la prestación de los servicios en materia de prevención y control del VIH, sida e ITS;
Difundir en el Estado las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con sida;
Supervisar, en el ámbito de sus atribuciones, el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH o sida, de acuerdo a la normatividad vigente;
Realizar, en el ámbito de su competencia, todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de enfermedades de transmisión sexual;
Realizar, en el ámbito de sus atribuciones, las acciones correspondientes dentro de las localidades, a efecto de que los usuarios de los servicios del COESIDA u otras instituciones de salud, que sean atendidos en los SAI’s o UNEME-CAPASITS, cuenten con exámenes médicos para su seguimiento médico;
Distribuir, en el ámbito de sus atribuciones, los medicamentos antirretrovirales a los SAI’s y UNEME-CAPASITS del Estado;
Generar materiales impresos dirigidos al público en general en materia de VIH, sida e ITS, así como boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de la salud en estos rubros;
Realizar congresos, encuentros, cursos de actualización y capacitación relacionados con la prevención y atención integral del VIH, sida e ITS;
Elaborar estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud en materia de VIH, sida e ITS;
Promover el respeto de los derechos humanos de las personas afectadas con VIH o sida y sus familiares;
Procurar la detección oportuna, pruebas rápidas y exámenes confirmatorios de VIH y sida;
Administrar eficientemente, bajo el principio de austeridad, los recursos financieros, materiales y humanos que le sean asignados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
Celebrar convenios y acuerdos con el sector público, social y privado en materia de su competencia; y
Las demás que disponga el presente Reglamento y otras disposiciones jurídicas aplicables.
Por lo que en ese sentido este sujeto obligado se adhiere a las politicas publicas de austeridad y de Bienestar emitidas por el Gobierno del Estado.
De igual manera a las contenidas en el Plan Estatal de Desarrolo y contenidas en el Resumen identificables en el apartado de:
DIMENSION EQUIDAD DE OPORTUNIDADES
SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
TEMATICA SECTORIAL
Objetivo de desarrollo: 0014 Contribuir una vidad mas larga y saludable por medio de un mayor acceso a servicios de salud de calidad y seguridad social asi como fomentar habitos de vida saludables.
01 Reducir y controlar los factores de riesgo para la salud.
E8.- Prevenir y controlar la epidemia del VIH y otras ITS en el marco de respeto pleno a los derechos humanos.
consultable para el usuario en la pagina 99.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, publica los convenios , contratos y demas documentos juridicos , de por los menos los ultimos tres años.
Este sujeto obligado hace de su conocimiento a los interesados que unicamente ha celebrado convenios con diferentes insituciones publicas y privadas de los años 2015, 2016, 2017 y 2018, no se tiene celebrado y firmado convenio alguno.
No ha celebrado ni firmado Contratos u otros instrumentos juridicos de los años 2015, 2016, 2017 y 2018.
Convenio de colaboración para el funcionamiento del Comite Municipal para la Prevencion del sida ( COMUSIDA) en diversos municipios del Estado de Jalisco,
Vigencia inicia año 2016 termino indeterminado;
Convenio de Colaboracion entre SSJ/COESIDA Y UTEG.
Vigencia Abril 2015 - Al termino de la Presente administracion Publica Estatal.
Convenio de colaboración entre ITEI y COESIDA
Vigencia Indeterminada.
Para la instalacion del Sistema INFOMEX
Convenio de colaboracion entre SSJ/COESIDA Y DIGNIDAD Y JUSTICIA EN EL CAMINO A.C
Vigencia Julio 2017 al termino de la presente Administracion Publica Estatal.
Para lo que transcurrio en el año 2018 es decir hasta el mes de diciembre no se ha generado convenio, contrato o instrumento juridico.
Dada la naturaleza de cómo fue creado este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, debido es un órgano desconcentrado de la Secretaria de Salud Jalisco, tal como lo dispone el artículo 156 arabigo 1 de la Ley de Salud del Estado de Jalisco, vigente desde el 06 de diciembre de 2018, Publicado en el Periódico Oficial el Estado de Jalisco. Relacionado con su Acuerdo de creación actualmente vigente con su última reforma el día 06 de septiembre de 2000, Publicada el 10 de Octubre de 2000, Numero 28 sección II en el y publicado el Periódico Oficial el Estado de Jalisco.
Carece de facultades para celebrar este tipo de concesiones, licencias, permisos, autorizaciones y demas actos administrativos en conclusión no realiza ese tipo de acciones.
Ya que sus atribuciones son las siguientes:
El Consejo cuenta con autonomía técnica y operativa, para el cumplimiento de su objeto tendrá las siguientes atribuciones:
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del síndrome de inmunodeficiencia adquirida.
Fomentar la instalación de centros de información sobre el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Llevar a cabo el diseño y aplicación encuestas seroepidemiológicas; encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, otras enfermedades de transmisión sexual y sus medidas preventivas, tanto entre los grupos con prácticas de riesgo como en la población en general;
Coordinar la integración de la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas infectadas con el virus de Inmunodeficiencia Humana;
Realizar labores de difusión sobre la transmisión, control, prevención y demás aspectos relacionados con el Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud que deberán ser verídicos y efectivos en la limitación del problema a nivel estatal;
Efectuar cursos de capacitación, referentes al Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida que se dirigirán a todos los sectores de la población del Estado y especialmente a la población con prácticas de riesgo;
Elaborar las estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud, al público general, y población con prácticas de riesgo en el estado;
Mantener comunicación constante con y entre las diferentes instituciones que brindan atención clínica y terapéutica a los enfermos del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Producir los impresos dirigidos al público en general, programas de radio y televisión, boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de salud del Estado.
Difundir en el Estado, las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida;
Supervisar el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH/SIDA, de acuerdo a la normatividad vigente en el país;
Realizar todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de Enfermedades de Transmisión Sexual (ETS);
Concertar convenios, contratos y acuerdos con los sectores públicos, sociales y privados en materia de su competencia;
Promover la participación de los ayuntamientos de la entidad federativa en la constitución de Comités Municipales para la prevención del VIH/SIDA (COMUSIDAS) que contribuyan a la municipalización de los servicios y a su acceso oportuno por parte de los usuarios.
Proponer e impulsar con las instituciones y organismos afines, los programas, proyectos y estrategias enfocadas a la prevención y control del VIH, sida e ITS en el Estado de Jalisco;
Planear y coordinar las actividades de las diferentes instituciones del sector salud estatal, así como de otros organismos de los sectores públicos, social y privado, tendientes a prevenir la transmisión del sida;
Fomentar, en el ámbito de sus atribuciones, la instalación de centros de información sobre el sida y garantizar el derecho a la información sobre la prevención y control del VIH, sida e ITS;
Promover la participación de los municipios en la prevención y control del VIH, sida e ITS, a través de la constitución de COMUSIDAS que contribuyan a la municipalización de los servicios;
Llevar a cabo el diseño y aplicación de encuestas seroepidemiológicas, así como de encuestas de conocimientos, actitudes y prácticas respecto al VIH, sida, ITS y medidas preventivas;
Concentrar la información generada por las diferentes instituciones involucradas en la prestación de servicios de atención clínica y terapéutica de personas afectadas con VIH, sida o ITS;
Difundir los resultados de los trabajos de investigación, estudio, análisis, recopilación, documentación e intercambio en materia de transmisión, control y prevención del VIH, sida e ITS, mediante mecanismos de promoción y educación para la salud con cobertura estatal;
Efectuar, en el ámbito de sus atribuciones, acciones para mejorar la calidad en la prestación de los servicios en materia de prevención y control del VIH, sida e ITS;
Difundir en el Estado las normas y lineamientos aceptados nacional e internacionalmente para el manejo y tratamiento de pacientes con sida;
Supervisar, en el ámbito de sus atribuciones, el correcto funcionamiento de los servicios especializados para la atención del paciente con VIH o sida, de acuerdo a la normatividad vigente;
Realizar, en el ámbito de su competencia, todas aquellas acciones tendientes al buen funcionamiento de la clínica de enfermedades de transmisión sexual;
Realizar, en el ámbito de sus atribuciones, las acciones correspondientes dentro de las localidades, a efecto de que los usuarios de los servicios del COESIDA u otras instituciones de salud, que sean atendidos en los SAI’s o UNEME-CAPASITS, cuenten con exámenes médicos para su seguimiento médico;
Distribuir, en el ámbito de sus atribuciones, los medicamentos antirretrovirales a los SAI’s y UNEME-CAPASITS del Estado;
Generar materiales impresos dirigidos al público en general en materia de VIH, sida e ITS, así como boletines de prensa, folletos impresos y audiovisuales para capacitación del personal de la salud en estos rubros;
Realizar congresos, encuentros, cursos de actualización y capacitación relacionados con la prevención y atención integral del VIH, sida e ITS;
Elaborar estrategias de comunicación para la promoción, educación y fomento para la salud en materia de VIH, sida e ITS;
Promover el respeto de los derechos humanos de las personas afectadas con VIH o sida y sus familiares;
Procurar la detección oportuna, pruebas rápidas y exámenes confirmatorios de VIH y sida;
Administrar eficientemente, bajo el principio de austeridad, los recursos financieros, materiales y humanos que le sean asignados, de conformidad con las disposiciones legales aplicables;
Celebrar convenios y acuerdos con el sector público, social y privado en materia de su competencia; y
Las demás que disponga el presente Reglamento y otras disposiciones jurídicas aplicables.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, publica su agenda de actividades del año 2018, 2019 Y 2020
La informacion publicada corresponde al Segundo Nivel que es el Secretario Tecnico del Sujeto Obligado.
Los días que no aparecen en la agenda es debido a que no se tuvieron actividades publicas.
El tercer nivel que son las Coordinaciones de este Sujeto Obligado no manejan agenda oficial sus actividades son exclusivamente internas en apoyo al Segundo nivel que es el Secretario Tecnico.
Este sujeto Obligado cuenta con solo tres niveles
El primer nivel le corresponde al Coordinador del Consejo que es el Secretario de Salud, quien delega facultades al Secretario Tecnico.
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, Se publican las ordenes del dia de las Reuniones Extraordinarias y Ordinarias del Cuerpo de Vocales del sujeto obligado pueden ser consultadas en los archivos adjuntos.
Las reuniones celebradas en el año 2015, 2016, 2017 y 2018.
En el Domicilio del Sujeto Obligado calle Lago Tequesquitengo 2600, en la Colonia Lagos del Country en Zapopan jalisco.
La naturaleza de las reuniones o sesiones de Consejo, obedece a lo dispuesto a su acuerdo de creacion que señala que el Consejo se reunirá en sesiones ordinarias cuando menos trimestralmente y en sesiones extraordinarias cuando la urgencia de algún asunto así lo requiera.
Se considerará que existe quórum para la celebración de las sesiones, con la asistencia del Coordinador del Consejo y la concurrencia de por lo menos 75 por ciento de los miembros del Consejo.
Los acuerdos y recomendaciones se tomarán por mayoría de votos y en caso de empate, el Coordinador tendrá voto de calidad.
De no integrarse el quórum a que se refiere el párrafo anterior, se convocará a una segunda sesión que se celebrará con el número de miembros que asista.
De cada sesión deberá levantarse acta debidamente circunstanciada, que será enviada oportunamente a los participantes.
Naturaleza de las reuniones de libre acceso a los integrantes de la vocalia del sujeto obligado.
Para consultar los documentos publicos relativos a las sesiones o reuniones estan disponibles en los archivos de la secretaria ejecutiva del secretrio tecnico de este sujeto obligado en el domicilio Lago Tesquitengo numero 2600 Colonia Lagos de Country en Zapopan jalisco de lunes a viertes con horario de 8:00 a las 15:00 horas.
Se publican las Reuniones Extraordinarias y Ordinarias del Cuerpo de Vocales del sujeto obligado y pueden ser consultadas en los archivos adjuntos.
Se publican las reuniones del Comite de Transparencia, años 2015, 2016, 2017, 2018.
Este sujeto Obligado no cuenta con consejo ciudadano, esta conformado como un Consejo del cual se encuentra integrado por un Presidente,Un Coordinador, Un Secretario Tecnico y Un cuerpo de vocales, tal como lo establece su Reglamento Interior que dispone lo siguiente:
Artículo 8º. Para el cumplimiento de sus atribuciones, el COESIDA se integra de la siguiente manera:
Un Presidente, que será el titular del Poder Ejecutivo o la persona que éste designe;
Un Consejo de Vocales;
Un Coordinador, que será el Secretario; y
Un Secretario Técnico.
Las reuniones ordinarias y extraordinarias celebradas por el Consejo de los años 2015, 2016, 2017 y 2018.
Se llevan acabo en el Domicilio del Sujeto Obligado calle Lago Tequesquitengo 2600, en la Colonia Lagos del Country en Zapopan jalisco.
La naturaleza de las reuniones o sesiones de Consejo, obedece a lo dispuesto a su acuerdo de creacion que señala que el Consejo se reunirá en sesiones ordinarias cuando menos trimestralmente y en sesiones extraordinarias cuando la urgencia de algún asunto así lo requiera.
Se considerará que existe quórum para la celebración de las sesiones, con la asistencia del Coordinador del Consejo y la concurrencia de por lo menos 75 por ciento de los miembros del Consejo.
Los acuerdos y recomendaciones se tomarán por mayoría de votos y en caso de empate, el Coordinador tendrá voto de calidad.
De no integrarse el quórum a que se refiere el párrafo anterior, se convocará a una segunda sesión que se celebrará con el número de miembros que asista.
De cada sesión deberá levantarse acta debidamente circunstanciada, que será enviada oportunamente a los participantes.
Naturaleza de las reuniones de libre acceso a los integrantes de la vocalia del sujeto obligado.
Para consultar los documentos publicos relativos a las sesiones o reuniones estan disponibles en los archivos de la secretaria ejecutiva del secretrio tecnico de este sujeto obligado en el domicilio Lago Tequesquitengo numero 2600 Colonia Lagos del Country en Zapopan, jalisco de lunes a viernes con horario de 8:00 a las 15:00 horas.
En este Inciso el sujeto obligado no cuenta con Consejos Ciudadanos, lo que tienen integrados son comites de trabajo y estos a su vez integran mesas de trabajo ambos estan consitutidos por organizaciones publicas y de la sociedad civil organizada, de acuerdo a lo establecido por su Reglamento Interno en los siguientes articulos:
De los Comités de Trabajo
Artículo 23.El Consejo de Vocales dispondrá de comités de trabajo de carácter permanente para el desarrollo de sus actividades. También podrá contar con los comités de trabajo transitorios que sean necesarios.
Artículo 24.El Consejo de Vocales tendrá los siguientes comités de trabajo permanentes:
I. Comité de Prevención;
II. Comité de Atención Integral;
III. Comité de Derechos Humanos en VIH/sida;
IV. Comité de Investigación;
V. Comité de Evaluación de Proyectos; y
VI. Comité de Evaluación y Seguimiento en los Centros de Reclusión.
Las mesas de trabajo son creadas para trabajar con grupos de la sociedad civil organizada y organismos publicos con la finalidad d atender temas en lo particular ya sea para trabajar en algun asunto especifico sobre los temas de prevencion y control del Virus de la Inmunidefcieicnia Humana, (VIH) Sindrome de la Inmunodeficiencia Adquirida (sida) e Infecciones de Transmision Sexual (ITS).
Se publican las actas y/o minutas que han celebrado los comites y mesas de trabajo de los años 2014 para su consulta hasta diciembre de 2017.
En lo que ha transcurrido en los meses del año 2018, no se ha celebrado reunion de los comites o mesas de trabajo.
Se aclara que para la reunion de los comites y mesas de trabajo es de acuerdo a lo que se especifique en la propia celebracion de la reunion y en la misma establecen la proxima fecha o los por menores de ella.
Se aclara tambien que los comites mencionados solo elaboran minutas de las sesiones que llevan acabo en sus reuniones.
De acuerdo a sus funciones del sujeto obligado unicamente se presentan Informes anuales y no trimestrales los cuales se publican en archivos adjuntos para su consulta.
Atribuciones:
Representar al COESIDA en los asuntos que se deriven de las funciones del mismo;
Ejecutar los acuerdos y resoluciones que emita el COESIDA;
Planear y dirigir técnica y administrativamente el funcionamiento del COESIDA;
Presentar los planes de trabajo e informe de actividades anuales del COESIDA;
Formular el anteproyecto de presupuesto de egresos del COESIDA y el informe sobre su ejercicio, para remitirlo a la Secretaría, con sujeción a las disposiciones legales aplicables;
Suscribir a nombre del COESIDA, en el ámbito de su competencia, los acuerdos, convenios, bases de colaboración y demás documentos jurídicos con los organismos públicos federales, estatales y municipales, con la sociedad civil organizada, con el sector privado y con la sociedad en general para el logro de sus fines;
Presentar al Consejo de Vocales, un informe anual de las actividades realizadas y de los resultados obtenidos, acompañando los informes específicos que se le requieran;
Proponer al Presidente del COESIDA la designación del Secretario Técnico; y
Las demás que se deriven de otras disposiciones legales aplicables.
Respecto a lo señalada por este inciso este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida (COESIDA), no ha recibido ninguna recomendacion de los organos publicos que ahi menciona.
SE PUBLICAN LAS ESTADISTICAS QUE GENERA ESTE SUJETO OBLIGADO EN CUMPLIMIENTO DE SUS FACULTADES DE LOS AÑOS 2015, 2016 Y 2017.
ESTADISTICAS CONDONES 2015
ESTADISTICAS CONTROL DEL SIDA EN PENITENCIARIAS 2015
ESTADISTICAS CONTROL VIROLOGICO 2015
ESTADISTICAS DISTRIBUCION DE CONDONES 2015
ESTADISTICAS EFICACIA PROGRAMA GRATUITO
ESTADISTICAS PERSONAS PVV SP 2015
ESTADISTICAS PROFILAXIS 2015
ESTADISTICAS PRUEBAS RAPIDAS POBLACION CLAVE 2015
ESTADISTICAS USUARIOS ATENDIDOS 2015
ESTADISTICA DISTRIBUCION DE CONDONES 2016
DISTRIBUCION DE CONDONES EN POBLACION CLAVE 2016
ESTADISTICA CONTROL DEL SIDA SISTEMA PENITENCIARIO 2016
ESTADISTICA CONTROL VIROLOGICO EN INTERNOS CON ARV 2016
ESTADISTICA DISTRIBUCION DE PRUEBAS RAPIDAS 2016
ESTADISTICA EFICACIA DEL PROGRAMA GRATUITO ARV 2016
ESTADISTICA INTERNOS EN TARV 2016
ESTADISTICA PERSONAS CON VIH ACOMULADOS 2016
ESTADISTICA PERSONAS QUE VIVEN CON VIH 2016
ESTADISTICA PROFILAXIS POST EXPOSICION SEXUAL 2016
ESTADISTICAS PRUEBAS RAPIDAS EN MUJERES Y HOMBRES 2017
PRUEBAS RAPIDAS APLICADAS 2017
DISTRIBUCION DE PRUEBAS RAPIDAS
DISTRIBUCION DE PRUEBAS
DISTRIBUCION DE CONDONES 2017
CONTROL VIROLOGICO 2017
VII. Las versiones publicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos en forma
De conformidad a las atribuciones que tienen este sujeto obligado, conforme lo dispone su Acuerdo de Creacion y la Ley de Salud del Estado de Jalisco, no le corresponde la emision de este tipo de documentos ya que su fin principal tiene que ver con cuestiones de Salud como lo es la Prevencion, Control y Atencion del VIH-sida y las Infecciones de Transmision Sexual.
Por lo tanto no emiten ese tipo de resoluciones o laudos, quienes emiten esos actos son las autoridades administrativas y laborales.
Hasta estos momentos este sujeto obligado no cuenta con procesos o procedimietnos seguidos en forma de juicios y que hayan causado estado.
VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado;
En cumplimiento a este inciso por el sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, se publican los medios de acceso como mecanismos para que la ciudadanía acceda o ejerza ante el sujeto obligado.
Este Sujeto Obligado no cuenta con oficina de atencion ciudadana.
Pero para contacto y atencion de los usuarios se transcribe los datos del titular de este sujeto obligado.
DR. LUIS ALBERTO RUIZ MORA
Secretario Técnico de Consejo Estatal para la prevención del síndrome de inmunodeficiencia adquirida y Responsable del Programa de VIH /sida /ITS de los Servicios de Salud Jalisco.
Lago Tequesquitengo # 2600, Col. Lagos del Country, Zapopan
Telefono Directo: 3030-7803
Fax: 3030-7802
Correo: alberto.ruiz@jalisco.gob.mx
ATENCIÓN INTEGRAL /ATENCIÓN CIUDADANA:- Correo electronico de contacto.
claudiacanobbio_enlace@live.com
IX. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del ...
Se publica el Aviso de Privacidad de este Sujeto Obligado.
X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o ...
En cumplimiento en la publicacion de las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza de este sujeto obligado.
Se publican las condiciones Generales de trabajo aplicables al personal de base de este sujeto obligado, mismas que son suscritas por el Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaria de Salud y la Secretaria de Salud Federal, Representados en el Estado de Jalisco por la Seccion 28 del Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaria de Salud.
No se cuenta con contratos celebrados entre este sujeto obligado y el sindicato, tampoco se aportan recursos del sujeto obligado a dicho sindicato.
Este sujeto obligado no aporta recursos de ninguna especie al Sindicato Nacional de Trabajadores de la Secretaria de Salud.
No ha celebrado contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o de confianza.
XI. Los estudios financiados con recursos públicos
Hasta estos momentos no se han financiado estudios de ninguna indole con recursos publicos por este Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida.
XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos ...
En lo que respecta a este inciso el Sujeto Obligado Consejo Estatal para la Prevención del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, Los unicos ingresos que recibe son los contemplados en el presupuesto de Egresos .
Responsable de Recibirlos y administrarlos es el Secretario Técnico de este Sujeto Obligado Dr. Luis Alberto Ruiz Mora
Destino de cada uno de ellos.- Al programa operativo de COESIDA,
Se publica para su consulta el presupuesto operativo 2017, 2018, 2019 y 2020
XIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental; los dictámenes de baja y actas de baja documental y transfere...
En cuanto al cumplimiento de esta fraccion este sujeto obligado Consejo Estatal para la Prevencion del Sindrome de Inmunodeficiencia Adquirida, publica el Catalogo de disposcion Documental y el Cuadro General de Clasificaion de Clasificacion Archivistica.
XIV. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental ...
Este Sujeto Obligado recibe recursos federales pero en especie de acuerdo a los progrmas que establece el Sistema de Informacion para la administracion del Fondo para el fortalecimiento de Acciones de salud Publica en las Entidades Federativas (Siaffaspe) por parte de la Secretaria de Salud Federal.
Publicandose para su consulta los años 2015, 2016, 2017 Y 2018.