Información fundamental
Artículo 8. Información fundamental - General
Artículo 8. Información fundamental - General
I. La necesaria para el ejercicio del derecho a la información pública.
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
II. La información sobre el marco jurídico aplicables al y por el sujeto obligado.
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
III. La información sobre la planeación del desarrollo, aplicables al y por el sujeto obligado.
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
IV. La información sobre la planeación estratégica gubernamental aplicables al y por el sujeto obligado.
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
V. La información financiera, patrimonial y administrativa.
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
Fondo Metropolitano de Puerto Vallarta – Bahía de Banderas
Cabe hacer mención que la función del citado fideicomiso, era la de administrar los recursos federales que se transferían al Gobierno del Estado de Jalisco, provenientes del programa federal denominado Fondo Metropolitano. Dicha figura, se establecía tanto en sus Lineamientos como en sus Reglas de Operación. De esta manera operó la gestión y administración de los recursos, desde el inicio del programa, hasta el ejercicio fiscal 2017. A partir del ejercicio fiscal 2018, se modificaron los Lineamientos Federales y la forma de operar del Fondo Metropolitano, y ya no prevén la operación ni conformación de fideicomisos para administrar los recursos federales que gestione el Estado de Jalisco, razón por la cual, la información que se publica en el presente inciso no tendrá modificaciones.
Dentro de este inciso es responsabilidad de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública (SIOP) en concordancia con sus atribuciones contempladas en el inciso III del artículo 26 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, los contratos de obra, las acciones o proyectos que beneficiados por el Fondo Metropolitano están encaminados a ser viables y sustentables, orientados a la promoción del desarrollo regional, metropolitano y urbano.
Lo que refiere a los honorarios derivados de los servicios y operaciones que realice la institución de crédito o la fiduciaria; se encuentra fundamentado en el Contrato del Fideicomiso 2181, Cláusula Vigésima.- Honorarios del Fiduciario, incisos a), b), c), d), e), f) y g).
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
VI. La información sobre la gestión pública.
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
VII. Las versiones publicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos en forma
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
VIII. Los mecanismos e instrumentos de participación ciudadana que puedan acceder o ejercer ante el sujeto obligado;
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
IX. La información pública ordinaria, proactiva o focalizada que considere el sujeto obligado, por sí o a propuesta del ...
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
X. Las condiciones generales de trabajo, contratos o convenios que regulen las relaciones laborales del personal de base o ...
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
XI. Los estudios financiados con recursos públicos
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
XII. Los ingresos recibidos por cualquier concepto señalando el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos ...
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
XIII. El catálogo de disposición y guía de archivo documental; los dictámenes de baja y actas de baja documental y transfere...
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
XIV. La demás información pública a que obliguen las disposiciones federales y la Ley General de Contabilidad Gubernamental ...
En virtud de que este Fideicomiso es sin estructura, resulta no aplicable la información establecida en el artículo 8, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios, a excepción de la señalada en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x) de la citada Ley, de acuerdo a lo establecido por el punto segundo de la Consulta Jurídica 015/2016, de fecha 30 de marzo del año 2017, emitida por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco.
De igual forma, cumplirá con sus obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco, a través de la unidad responsable de coordinar su operación, de conformidad con lo establecido en el punto 2 del artículo 16Bis, de la citada Ley.
Mediante acuerdo DIELAG ACU 001/2018 emitido por el Gobernador del Estado de Jalisco, publicado en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 21 de diciembre de 2018, se estableció que el presente Fideicomiso estará sectorizado a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública, y a su vez agrupado a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio.
Por lo anterior, la Unidad de Transparencia del presente Fideicomiso es la atinente a la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio, toda vez que de conformidad al Acuerdo AGP-ITEI-001/2019, de fecha 16 de enero del año 2019, emitido por el Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, en su punto quinto del citado acuerdo, informa que las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales correspondientes a los sujetos obligados indirectos, deberán cumplirse a través de la Unidad de Transparencia a la que queden agrupados los otrora sujetos obligados a los que se encontraban adscritos.
Lo concerniente al presente inciso podrá consultarse en la siguiente liga:
Artículo 10. Información fundamental - Poder Ejecutivo
Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos
Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos.
I. La obligatoria para todos los sujetos obligados;
En orden a la sectorización, la información obligatoria para todos los sujetos obligados, en este caso de Fondo Metropolitano de Guadalajara, Fondo Metropolitano de Ocotlán y Fondo Metropolitano de Puerto Vallarta - Bahía de Banderas; se encuentra en el portal de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública.
Cabe hacer mención que la función de los citados fideicomisos, era la de administrar los recursos federales que se transferían al Gobierno del Estado de Jalisco, provenientes del programa federal denominado Fondo Metropolitano. Dicha figura, se establecía tanto en sus Lineamientos como en sus Reglas de Operación. De esta manera operó la gestión y administración de los recursos, desde el inicio del programa, hasta el ejercicio fiscal 2017. A partir del ejercicio fiscal 2018, se modificaron los Lineamientos Federales y la forma de operar del Fondo Metropolitano, y ya no prevén la operación ni conformación de fideicomisos para administrar los recursos federales que gestione el Estado de Jalisco, razón por la cual, la información que se publica en el presente inciso no tendrá modificaciones.
II. El nombre del servidor público y de la persona física o jurídica que represente al fideicomitente, al fiduciario y al...
III. La unidad administrativa responsable del fideicomiso;
IV. El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los...
Cabe hacer mención que la función del citado fideicomiso, era la de administrar los recursos federales que se transferían al Gobierno del Estado de Jalisco, provenientes del programa federal denominado Fondo Metropolitano. Dicha figura, se establecía tanto en sus Lineamientos como en sus Reglas de Operación. De esta manera operó la gestión y administración de los recursos, desde el inicio del programa, hasta el ejercicio fiscal 2017. A partir del ejercicio fiscal 2018, se modificaron los Lineamientos Federales y la forma de operar del Fondo Metropolitano, y ya no prevén la operación ni conformación de fideicomisos para administrar los recursos federales que gestione el Estado de Jalisco, razón por la cual, la información que se publica en el presente inciso no tendrá modificaciones.
IV. El monto total, el uso y destino del patrimonio fideicomitido, distinguiendo las aportaciones públicas y fuente de los recursos, los subsidios, donaciones, transferencias, excedentes, inversiones realizadas y aportaciones o subvenciones que reciban;
En conformidad con el Contrato de Fideicomiso Público 2181, en el apartado de Declaraciones Décima Cuarta.- De la Transparencia y Rendición de cuentas; menciona que el Fiduciario quien es el Banco Nacional de Obras y Servicios Públicos, S.N.C. (BANOBRAS) tiene la obligación de transparentar y rendir cuentas sobre el manejo de los recursos presupuestarios del Fondo Metropolitano de Puerto Vallarta y Bahía Banderas que se hubieren aportado al Fideicomiso así como a proporcionar los informes que permitan su vigilancia y fiscalización. Los informes sobre los estados financieros y la administración que el Fiduciario efectúe sobre los recursos del Fondo Metropolitano a efectos del Fideicomiso deberán darse a conocer al Comité Técnico, de acuerdo a la cláusula Octava de dicho Contrato.