En la Ley de Planeación Participativa para el Estado de Jalisco y sus Municipios, en su artículo 4 fracción XI establece que la planeación participativa para el desarrollo estará orientada por el principio de regionalización: Estrategia encauzada al desarrollo equilibrado de las regiones, sustentado en sus respectivas potencialidades y vocacionamientos. En ese sentido, y como instrumentos de planeación derivados del Plan de Gobernanza y Desarrollo de Jalisco a continuación se presentan la información de planeación regional que involucran a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública.
Programa | Vigencia | Objetivos del Programa | Responsable de ejecución | Datos de contacto del responsable | Convocatoria y requisitos | Páginas Web o Enlace de descarga |
Fondo Complementario para el Desarrollo Regional |
El financiamiento de proyectos u obras tendrá que desarrollarse a lo largo del año 2022 teniendo como fecha limite para su conclusión a más tardar el 31 de diciembre de 2022 |
Contribuir a la disminución de la población en pobreza por carencias sociales relacionadas con la necesidad de infraestructura pública. Promover el Desarrollo economico regional y local para que mediante proyectos estrategicos regionales y proyectos regionales ordinarios,mejorar las condiciones de vida de su población, atendiendo problematicas regionales atravez del financiamiento de proyectos de infraestructura.. |
Mtro. David Miguel Zamora Bueno |
Prolongación Alcalde 1351, planta baja, Col. Miraflores C.P. 44260 Guadalajara, Jal.
Tel. (33)
8192300
|
Convocatoria a partir de la publicación de las Reglas de Operación en el periódico oficial del Estado de Jalisco
Requisitos;
1 Contar con el proyecto ejecutivo completo conforme al Anexo IV.
2 Ficha Técnica debidamente requisitada y firmada por el Presidente Municipal
3 (Anexo I).
4 Ingresar oficio de solicitud a la SIOP debidamente requisitada, acompañada de lo siguiente:
5 Los documentos que acrediten el cumplimiento de los puntos I y II previos a la inscripción de programa.
6 Documento legal con el que se acredita la certeza jurídica del predio, cuando sea el caso;
7 De acuerdo al tipo, ubicación y trazo de las obras a realizar, el municipio deberá tramitar la autorización ante las instancias competentes, tales como: SCT, CONAGUA, CULTURA, TURISMO, SEMARNAT, SEMADET, así como las facilidades ante la CFE.
8 Cuando éste aplique, deberá presentar Manifestación de Impacto Ambiental o bien el oficio de exención de la misma, emitido por el área de ecología del H. Ayuntamiento;
9 Descripción de los beneficios sociales, patrimoniales, culturales, turísticos, entre otros.
10 Alineación al Plan de Desarrollo Municipal vigente.
11 Alineación al Plan Estatal de Gobernanza y Desarrollo 2018-2024 visión 2030.
12 Manifestación por escrito de comprometerse a mantener y operar la infraestructura creada, en los términos del artículo 115 de la Ley de Obra Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios
|
Este Programa tiene una cobertura estatal en los municipios de las doce regiones del Estado de Jalisco. |
Fondo Complementario para el Desarrollo Regional | El periodo para el registro, autorización, arranque y ejecución de las acciones será a partir de la publicación de las reglas de operación (15 de enero de 2021) y hasta el 31 de diciembre 2021 | Promover el Desarrollo economico regional y local para que mediante proyectos estrategicos regionales y proyectos regionales ordinarios,mejorar las condiciones de vida de su población, atendiendo problematicas regionales atravez del financiamiento de proyectos de infraestructura. | Mtro. David Miguel Zamora Bueno |
Prolongación Alcalde 1351, planta baja, Col. Miraflores C.P. 44260 Guadalajara, Jal. Tel. (33) 8192300 david.zamorabueno@jalisco.gob.mx |
Convocatoria a partir de la publicación de las Reglas de Operación en el periódico oficial del Estado de Jalisco Requisitos; 1 Oficio firmado por el Presidente Municipal para inscripción al programa |
Cobertura en los municipios de las doce regiones del Estado, que no forman parte del area metropolitana de Guadalajara (AMG) con base al acuerdo DIGELAG ACU 072/2014 |