Objetivo General:
Contribuir a la disminución de la población en pobreza por carencias sociales relacionadas con la necesidad de infraestructura pública.
Objetivos específicos:
- Financiar obras de construcción, remodelación, ampliación o rehabilitación de centros escolares y centros de salud.
- Financiar obras públicas de construcción, rehabilitación o ampliación, de pavimentación de calles con concreto hidráulico, asfalto o empedrado, de imagen urbana, ciclovías y andadores peatonales, electrificación, así como caminos y/o carreteras municipales.
- Financiar obras de construcción, remodelación o ampliación de unidades y centros deportivos, casas de cultura, museos, auditorios, foros comunitarios, canchas deportivas, parques, jardines y plazas públicas.
- Financiar obras de construcción, rehabilitación o ampliación para mercados, centros logísticos, rastros, parques y naves industriales.
- Financiar obras de construcción, rehabilitación o ampliación de malecones, paradores, miradores, atractivos naturales y arqueológicos. Financiar obras públicas de plantas de tratamiento, vertederos, rellenos sanitarios e infraestructura para la generación de energías alternativas.
- Financiar obras públicas de perforación de pozos para abastecimiento de agua potable, líneas de conducción y distribución de agua potable, colectores sanitarios, redes de alcantarillado, infraestructura pluvial, plantas potabilizadoras y tratamiento de aguas residuales.
Cobertura Geográfica:
- El programa tiene cobertura estatal, sin embargo, se priorizan los municipios cuyas necesidades se puedan apoyar mediante la infraestructura que ofrece el programa, derivado de los mecanismos de selección establecidos en los presentes Lineamientos.
Montos y topes máximos de apoyo:
El presupuesto autorizado para el ejercicio fiscal 2022 de conformidad con el Decreto El Decreto Número 28725/LXIII/21, mediante el cual se autoriza el Presupuesto de Egresos del Estado para el ejercicio fiscal 2022, que prevé los recursos con destino al Plan Anual de Inversión Pública, establece un importe de $500,000,000. (Quinientos millones de pesos 00/100 M.N.) para Fondo Común Concursable para la Infraestructura (FOCOCI) más todos los incrementos que se requieran sujetos a la suficiencia presupuestal que emita y autorice la Secretaría de la Hacienda Pública.
Nota:
Para conocer el ejercicio 2021 y años anteriores consultar aquí