F-VI-a_Las funciones públicas que realiza el sujeto obligado

Éste sujeto obligado, El Consejo Estatal Para el Fomento Deportivo, realiza las funciones establecidas en el artículo 21 y 22 de la Ley de Cultura Física y Deporte Del Estado de Jalisco:

 

Artículo 21. El Code Jalisco es el organismo público descentralizado de la administración pública estatal encargado de realizar las funciones deportivas y de fomento a la cultura física en los términos de la presente ley, el cual contará con personalidad jurídica y patrimonio propios y domicilio en la ciudad de Guadalajara, Jalisco, pudiendo establecer delegaciones en las regiones o municipios que lo requieran, de conformidad con su disponibilidad presupuestaria.

 

Artículo 22. El Code Jalisco tendrá las atribuciones y obligaciones siguientes:

 

I. Organizar, administrar, coordinar, evaluar y ejecutar acciones y programas inherentes al funcionamiento, políticas y propósitos planteados en el sistema estatal;

 

II. Elaborar el programa estatal y someterlo a consideración del titular del Poder Ejecutivo para su aprobación y, en su caso, publicación, así como coordinar, ejecutar y evaluar su cumplimiento;

 

III. Representar al deporte jalisciense ante las autoridades e instancias que sea necesario;

 

IV. Coordinar el uso de los espacios e instalaciones de propiedad estatal destinados al deporte, así como proponer y fomentar la construcción de áreas de las diferentes disciplinas deportivas;

 

V. Celebrar acuerdos, convenios y bases con las autoridades deportivas federales, de los estados y municipios dentro del ámbito de sus atribuciones y facultades, a fin de promover con la participación, en su caso, de los sectores social y privado, las políticas, acciones y programas tendientes al fomento, promoción, incentivo y desarrollo de la cultura física y el deporte en la entidad;

 

VI. Implementar las medidas y programas necesarios para establecer un programa institucional de evaluación, seguimiento y certificación de los centros deportivos y escuelas adscritas al Code Jalisco en donde se practique el deporte en todas sus modalidades;

 

VII. Coordinar las acciones necesarias para establecer lineamientos de participación, cuidado, atención y seguimiento de los deportistas jaliscienses en cualquier clase de competición o justa deportiva nacional o internacional, dentro del ámbito de sus atribuciones y facultades y sin contravenir lo dispuesto por las normas internacionales y estatutos de las federaciones nacionales y de la Comisión Nacional de Cultura Física y Deporte;

 

VIII. Establecer las acciones necesarias para implementar un programa de desarrollo, formación y seguimiento de talentos deportivos en el estado;

 

IX. Incorporar al sistema estatal a los municipios que así lo decidan y fomentar la inclusión a aquellos que aún no formen parte;

 

X. Promover la gestión de recursos adicionales a su presupuesto para el cumplimiento de sus fines;

 

XI. Operar el Registro Estatal de Cultura Física y Deporte y fomentar la inscripción en el mismo;

 

XII. Emitir lineamientos para la organización y desarrollo del sistema estatal, y someterlos a consideración del titular del Poder Ejecutivo para su aprobación y, en su caso, publicación;

 

XIII. Planear y fomentar la enseñanza y práctica de la cultura física y el deporte en todas sus modalidades y categorías en Jalisco y procurar que sean acordes con lineamientos y características especiales de salvaguarda a su condición, salud y posibilidad física correspondiente;

 

XIV. Proponer los mecanismos para la adecuada coordinación y colaboración de trabajo entre las diferentes dependencias y entidades de la administración pública federal, estatal y municipal, así como instituciones educativas públicas o privadas, en lo relativo a los programas de investigación, en las ciencias aplicadas y técnicas de la cultura física y el deporte;

 

XV. Programar cursos de capacitación, actualización, formación y demás actividades para que el personal técnico adquiera una mejor preparación y desarrollo para los deportistas jaliscienses en coordinación con los integrantes del sistema estatal;

 

XVI. Concertar y coadyuvar con los integrantes del sistema estatal en la realización de acciones para la rehabilitación de jóvenes con problemas de carácter somático, mental y de adaptación social mediante programas deportivos, en coordinación con las otras dependencias del sector público y privado;

 

XVII. Emitir opinión de los proyectos de desarrollo de la cultura física y deporte en el estado, cuando así le sea requerido y de acuerdo con su disponibilidad presupuestaria;

 

XVIII. Implementar las medidas necesarias para el acceso a los estímulos que establecen esta ley y su reglamento en igualdad de condiciones y circunstancias a deportistas y entrenadores en todas las modalidades del deporte;

 

XIX. Crear, administrar y mantener actualizado el registro estatal en los términos de esta ley; y

 

XX. Las demás que le otorguen la presente ley y otras disposiciones jurídicas aplicables.

 

No se han recibido recursos Extraordinarios en las siguientes fechas:

  1. 2022 Enero y Febrero.
  2. 2021 Enero, Febrero Abril, Mayo, Julio y Noviembre.




INGRESOS EXTRAORDINARIOS 2021
NOMBRE DEL RESPONSABLE DE RECIBIRLOS, ADMINISTRARLOS Y EJERCERLOS FECHA DOCUMENTO
Recibirlos y Administrarlos: Mtro. Luis Fernando Ortega Ramos. Ejercerlos: Mtra. Ana Margarita Tello Barba Marzo
Recibirlos y Administrarlos: Mtro. Luis Fernando Ortega Ramos. Ejercerlos: Mtra. Ana Margarita Tello Barba Junio
Recibirlos y Administrarlos: Mtro. Luis Fernando Ortega Ramos. Ejercerlos: Mtra. Ana Margarita Tello Barba Agosto
Recibirlos y Administrarlos: Mtro. Luis Fernando Ortega Ramos. Ejercerlos: Mtra. Ana Margarita Tello Barba Septiembre
Recibirlos y Administrarlos: Mtro. Luis Fernando Ortega Ramos. Ejercerlos: Mtra. Ana Margarita Tello Barba Octubre
Recibirlos y Administrarlos: Mtro. Luis Fernando Ortega Ramos. Ejercerlos: Mtra. Ana Margarita Tello Barba Diciembre

 




ESTADOS FINANCIEROS 2021 EL CONSEJO ESTATAL PARA EL FOMENTO DEPORTIVO
NOMBRE PERIODO DOCUMENTO
Contables 1 Trimestre
Contables 2 Trimestre
Contables 3 Trimestre
Contables 4 Trimestre
Presupuestarios 1 Trimestre
Presupuestarios 2 Trimestre
Presupuestarios 3 Trimestre
Presupuestarios 4 Trimestre
Programáticos 1 Trimestre
Programáticos 2 Trimestre
Programáticos 3 Trimestre
Programáticos 4 Trimestre





PRESUPUESTOS DE EGRESOS DEL ESTADO DE JALISCO
PARTIDAS PRESUPUESTALES AÑO IDENTIFICACIÓN DENTRO DEL DOCUMENTO DOCUMENTO
Capítulo 4000 2022 Aplicado No. 5, Sección III, Volumen II Páginas 21, 51; Sección III, Volumen III Páginas 34, 37, 52, 53, 84, 622 a la 626, 673, 674, 738, 739; Sección III, Volumen IV Páginas 54, 59; Sección III, Volumen V Páginas 21, 22, 29, 61, 78, 79, 432, 1006 a la 1013; Sección III, Volumen VII Páginas 2279, a la 2302.




PRESUPUESTOS AUTORIZADOS PARA EL EJERCICIO
AÑO IDENTIFICACIÓN DENTRO DEL DOCUMENTO DOCUMENTO
2022 Es aplicable en su totalidad a este sujeto obligado



PLANTILLAS DEL PERSONAL
AÑO DOCUMENTO
2021



INVENTARIOS DE BIENES MUEBLES
AÑO DOCUMENTO
2022



INVENTARIOS DE VEHÍCULOS
AÑO DOCUMENTO
2022



INVENTARIOS DE BIENES MUEBLES ARRENDADOS
AÑO DOCUMENTO
2022



INVENTARIOS DE BIENES INMUEBLES
AÑO DOCUMENTO
2022

 






NOMBRE FECHA DE PUBLICACIÓN ÚLTIMA REFORMA SECCIÓN APLICABLE DOCUMENTO
Ley de Cultura Física y Deporte del Estado de Jalisco 19 de abril 2012 02 de octubre 2021 El ordenamiento de esta Ley es aplicable en su totalidad a este sujeto obligado.

 

Organismo: 
Consejo Estatal para el Fomento Deportivo - CODE
Autor: reyna.flores
Fecha de actualización: 10/03/2022
Fecha de validación: 10/03/2022