Artículo 8 Fracción VI Inciso b) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado.

La información con la que cuenta esta dependencia es a partir del ejercicio fiscal 2019. Derivado de que con fecha 05 de diciembre de 2018, el decreto número 27213/LXII/18 abroga la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y se crea la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y con ello, se crea la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo.
 

De esta manera, al tratarse de una dependencia de nueva creación, no existe un histórico de información o datos anteriores al año 2019 y por ende, sólo se reporta la información a partir de su creación.

 

Este Sujeto Obligado de acuerdo a las facultades y obligaciones conferidas en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, artículo 44,  pone a disposición de la Ciudadanía el siguiente correo electrónico consejeriajuridicatransparencia.cjpee@jalisco.gob.mx  con la finalidad de recibir quejas en contra de Notarios Públicos, así como en contra de servidores públicos adscritos a la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado.

 

PDF icon 1.- FORMATO DE DENUNCIAS(1).pdf (91.1 KB)

Dependencia: 
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado
Autor: mariana.montejano
Fecha de actualización: 01/03/2022
Fecha de validación: 01/03/2022