Consejos Ciudadanos reconocidos por la Secretaría de Cultura | |||
NOMBRE Y SECTOR, DEPENDENCIA U ORGANIZACIÓN A LA QUE PERTENECE | NOMBRE DE LOS MIEMBROS Y SUPLENTES | FUNCIONES Y ATRIBUCIONES | FUNDAMENTO LEGAL PARA LA EXISTENCIA DEL CONSEJO |
Consejo Estatal para la Cultura y las Artes. CECA (Secretaría de Cultura) |
Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas; Secretaría de Infraestructura y Obra Pública La Comisión Estatal Indígena Sistema Jalisciense deRadio y Televisión Tres representantes de artes plásticas; Tres representantes de cine y video; Tres representantes de danza; Tres representantes de teatro; Tres representantes de letras; Tres representantes de música; Tres representantes de artesanías; Tres representantes de cultura popular; Tres representantes de culturas indígenas; y Tres representantes del arte público efímero. |
Organismo Público Desconcentrado de la Secretaría de Cultura con funciones deliberativas, propositivas y de consulta, que funge como espacio de vinculación entre las autoridades culturales y la sociedad. Su creación se da junto con la publicación de la Ley de Fomento a la Cultura | Artículo 19, 20, 20bis, 21, 22, 23 de la Ley de Fomento a la Cultura del Estado de Jalisco |
Consejos Ciudadanos reconocidos por la Secretaría de Cultura | |||
NOMBRE Y SECTOR, DEPENDENCIA U ORGANIZACIÓN A LA QUE PERTENECE | NOMBRE DE LOS MIEMBROS Y SUPLENTES | FUNCIONES Y ATRIBUCIONES | FUNDAMENTO LEGAL PARA LA EXISTENCIA DEL CONSEJO |
Comité de Ética, Conducta y de Prevención de Conflictos de Interés de la Secretaría de Cultura |
Secretaria de Cultura Secretario Particular Jefe Jurídico Directora Administrativa Directora de Planeación, Vinculación y Desarrollo Sectorial Directora de Desarrollo Cultural y Artístico Directora de Operación y Programación Cultural Directora de Desarrollo Institucional Director de Patrimonio Cultural Director de Gestión Integral de Proyectos Presidente del Consejo Estatal para la Cultura y las Artes |
Órgano colegiado responsable de llevar a cabo la implementación y seguimiento oportuno y eficaz de las acciones previstas en le Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Estado de Jalisco. | Artículo 32, 33, y 34 del Código de Ética y Conducta de los Servidores Públicos de la Administración Pública del Estado de Jalisco. |