2018.- Subsidios, en especie o en numerario, recibidos u otorgados por el sujeto obligado, en los que se señale...

1.- Área;

Dirección General de Infraestructura Rural

 

2.- Denominación del Programa;

Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola

 Subprograma de Rehabilitación, Modernización, Tecnificación y Equipamiento de Distritos de Riego.

Subprograma de Rehabilitación, Modernización, Tecnificación y Equipamiento de Unidades de Riego.

 

3.- Periodo de Vigencia;

1 de Enero de 2018 al 31 de Diciembre de 2018

 

4.- Diseño, Objetivos y Alcance;

Artículo 4 de Reglas de Operación del Programa.

Artículo 4. Generalidades del programa.

4.1. Objetivo

Preservar y mejorar la infraestructura hidroagrícola además de ampliar la frontera agrícola en áreas de temporal tecnificado para contribuir a mantener la producción en la agricultura de riego y de temporal tecnificado.

La infraestructura hidroagrícola constituye un elemento esencial para alcanzar los objetivos nacionales en materia alimentaria, de generación de empleos, de incremento del ingreso y de mejoramiento del nivel de vida de los productores y habitantes en el medio rural.

4.2. Población objetivo.

Las acciones comprendidas en estas Reglas de Operación se establecen para su aplicación sin distinción de género, raza, credo religioso, condición socio-económica, ni cualquier otra que implique discriminación y están dirigidas a las ACU, SRL y Usuarios Hidroagrícolas de los distritos y unidades de riego, Distritos de Temporal Tecnificado y de Zonas de Temporal Tecnificado, y que cumplan los requisitos generales, específicos y procedimientos de selección, sujeto a disponibilidad presupuestal.

4.3. Cobertura.

El Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola aplica en todos los distritos y unidades de riego del país, así como en los Distritos de Temporal Tecnificado y zonas de temporal tecnificado en los estados de Campeche, Chiapas, Hidalgo, Nayarit, Oaxaca, Quintana Roo, San Luis Potosí, Tabasco, Tamaulipas, Veracruz y Yucatán.

4.4. Requisitos generales.

Acreditación de la personalidad jurídica.

En el caso de personas físicas mediante acta de nacimiento e identificación oficial vigente (credencial de elector, pasaporte, cartilla militar).

Para el caso de las personas morales acta constitutiva y poder que acredite la personalidad del representante legal.

a) Para el caso de que las ACU, SRL o usuarios hidroagrícolas decidan que los recursos se radiquen a los FOFAE’s:

●       Que se haya suscrito un Convenio o Acuerdo de Coordinación entre el Gobierno Federal y el Gobierno Estatal, para la conjunción de acciones y recursos, así como formalizar los respectivos Anexos de Ejecución y Técnico en donde se comprometan los recursos y acciones a realizar.

b) Para el caso de que las ACU, SRL o usuarios hidroagrícolas, decidan operar y administrar los recursos a través del Comité Hidroagrícola:

●       Que se haya suscrito un Convenio de Concertación entre el Gobierno Federal y el representante de los usuarios a beneficiar y en su caso el Gobierno Estatal cuando aporta recursos, para formalizar los recursos y acciones a realizar.

 

5.- Metas Físicas;

Se informará una vez que se cuente con la formalización de Anexos de Ejecución y Técnicos del Programa

 

6.- Población Beneficiada Estimada;

Se informará una vez que se cuente con la formalización de Anexos de Ejecución y Técnicos del Programa

 

7.- Monto aprobado, modificado y ejercido, así como los calendarios de su programación presupuestal;

Se informará una vez que se cuente con la formalización de Anexos de Ejecución y Técnicos del Programa

 

8.- Requisitos y procedimientos de acceso;

Artículo 5.1.2.1 y 5.7.2.1 de Reglas de Operación del Programa.

Artículo 5. Programa
El Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola, se compone de cuatro subprogramas y ocho componentes las cuales se desarrollan de la siguiente manera:

A.Subprograma de Rehabilitación, Modernización, Tecnificación y Equipamiento de Distritos de Riego

5.1. Componente Rehabilitación, Modernización y Tecnificación de Distritos de Riego.

5.1.2. Acceso a los Apoyos.

5.1.2.1. Requisitos Específicos.

Sólo podrán participar las ACU, SRL y usuarios hidroagrícolas inscritos en el padrón de usuarios que presenten en las oficinas de la Jefatura de Distrito de Riego correspondiente:

● Solicitud por escrito de los beneficiarios para inscribirse a esta componente.

● Carta compromiso de aportación de recursos para la realización de las acciones solicitadas.

● Proyecto ejecutivo de las obras a realizar, autorizado por la Comisión, dicho proyecto estará integrado con la documentación que se especifique en el Manual de Operación de esta Componente, la obra solicitada debe ser parte del proyecto de rehabilitación, modernización o tecnificación del Distrito de Riego correspondiente, consignado en el Plan Director y sus actualizaciones.

● Autorización del área correspondiente de la Comisión para la relocalización o reposición de pozos.

 

C.Subprograma de Rehabilitación, Modernización, Tecnificación y Equipamiento de Unidades de Riego.

5.7 Componente Rehabilitación, Modernización, Tecnificación y Equipamiento de Unidades de Riego.

5.7.2. Acceso a los Apoyos

5.7.2.1. Requisitos específicos.

Para participar en el programa, los usuarios hidroagrícolas de Unidades de Riego y de pozos particulares dentro de los Distritos de Riego, deberán presentar lo siguiente:

●       Solicitud de Inscripción a la componente, sin costo alguno. El formato se detalla en el Manual de Operación, opcionalmente se podrá realizar la solicitud de forma electrónica a través de la página http://www.gob.mx/conagua

●       Título de concesión o resolución favorable o constancia del trámite de prórroga de título o constancia de registro de volumen para pozos agrícolas ubicados en zonas de libre alumbramiento, o aviso para usar aguas residuales por un tercero distinto al concesionario o asignatario.

●       Copia de identificación oficial vigente del solicitante o representante legal, el RFC del solicitante o el CURP del solicitante o representante de los usuarios y comprobante de domicilio.

●       Carta en la que declare bajo protesta de decir verdad, que no ha recibido apoyos de otros programas federales en los mismos componentes de conformidad con el manual.

●       Carta Compromiso de aportación de recursos o carta bancaria que respalde el depósito de su aportación en firme o de intención del crédito, para garantizar la disponibilidad de los recursos de conformidad con el manual.

●       Para la rehabilitación de pozos agrícolas se deberá contar con el reporte de prueba en campo del sistema de bombeo (inspección previa) que justifique la eficiencia electromecánica.

●       Para apoyos a líneas eléctricas y subestaciones eléctricas deberá presentar resolutivo de factibilidad emitido por CFE.

●       Proyecto Ejecutivo de las obras a realizar autorizado por la Comisión.

●       Listado de Usuarios de la unidad de riego (para uso común).

●       Ficha técnica de la unidad de riego.

No serán susceptibles de apoyo terceras personas que no sean titulares del título de concesión del volumen otorgado a la Unidad de Riego exceptuando cuando se le informe a la Comisión la muerte del Titular de la Concesión y presentar, de manera anexa, el nombramiento de albacea debidamente protocolizado, siendo la solicitud a nombre y representación del Titular.

 

9.- Procedimiento de queja o inconformidad ciudadana;

Artículo 12 de Reglas de Operación del Programa.

Artículo 12. Quejas y denuncias.

Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de estas Reglas ante cualquiera de las siguientes instancias:

●       El Órgano Interno de Control en cada Organismo de Cuenca o Dirección Local, así como en oficinas centrales de la Comisión.

●       Órgano Estatal de Control de la Entidad Federativa.

 

10.- Mecanismos de exigibilidad;

Cualquier persona podrá presentar quejas y denuncias con respecto a la indebida aplicación de las  Reglas de Operación del Programa.

 

 

11.- Mecanismos de evaluación , informes de evaluación y seguimiento de recomendaciones;

Artículo 10 de Reglas de Operación del Programa.

Artículo 10. Evaluación.

10.1. Interna

Al término del ejercicio fiscal la Dirección de la Comisión en la entidad podrá verificar el cumplimiento de las acciones e indicadores establecidos en los anexos y solicitudes de traspaso de cada programa y lo reportará a través del documento Cierre de Ejercicio.

10.2 Externa.

Las componentes a que se refieren estas Reglas de Operación serán sometidas a una evaluación de sus resultados, de sus beneficios económicos y sociales y de su efectividad costo, conforme a los lineamientos generales que emitan la SHCP, la SFP y el CONEVAL.

Con el objeto de apoyar la evaluación externa de los beneficios económicos y sociales generados por la asignación y aplicación de los recursos presupuestarios, en los apartados correspondientes se establecen los procedimientos de seguimiento que permiten integrar la información sobre otras variables relevantes para ese propósito.

Para apoyar la citada evaluación de resultados, se dará el seguimiento a los indicadores considerados en el marco lógico (Matriz de Indicadores de Resultados) para el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola.

 

12.- Indicadores con nombre, definición, método de cálculo, unidad de medida, dimensión, frecuencia de medición, nombre de las bases de datos utilizadas para su cálculo;

Anexo II de Reglas de Operación del Programa.

ANEXO II

Indicadores

Programa Hidroagrícola.

Para evaluar el Programa de Apoyo a la Infraestructura Hidroagrícola se usarán los siguientes indicadores:

Fin:

1.1.-                 Productividad del agua en distritos de riego (kg/m3)

            Millones de toneladas producidas en el año agrícola / miles de millones de metros cúbicos de agua utilizada en el año agrícola en los distritos de riego

            Frecuencia de medición: Anual

Propósito:

1.2.-    Porcentaje de beneficiarios hidroagrícolas que derivado de apoyos recibidos cuentan con infraestructura conservada, modernizada y/o tecnificada en Distritos y Unidades de Riego y Distritos de Temporal Tecnificado.

            (Número de beneficiarios hidroagrícolas atendidos / Número total de beneficiarios hidroagrícolas) x 100

            Frecuencia de medición: Anual

Componentes:

1.3.-    Porcentaje de Superficie con infraestructura modernizada y/o tecnificada en Distritos de Riego.

            (El número de hectáreas modernizadas y/o tecnificadas en Distritos de Riego acumuladas al periodo que se reporta / el número de hectáreas definidas en la meta sexenal) x100

            Frecuencia de medición: Trimestral

1.4.-    Porcentaje de Superficie con infraestructura modernizada y/o tecnificada en unidades de riego.

            (El número de hectáreas modernizadas y/o tecnificadas en unidades de riego / el número hectáreas definidas en la meta sexenal) x100

            Frecuencia de medición: Trimestral

1.5.-    Porcentaje de superficie rehabilitada y/o modernizada en los Distritos de Temporal Tecnificado.

            (Hectáreas rehabilitadas y/o modernizadas en Distritos de Temporal tecnificado acumuladas al periodo que se reporta / hectáreas rehabilitadas y/o modernizadas definidas en el periodo 2016-2018 en Distritos de Temporal Tecnificado) x100

            Frecuencia de medición: Trimestral

1.6.-    Porcentaje de superficie con infraestructura conservada en distritos de riego.

            (Hectáreas conservadas en Distritos de Riego acumuladas al periodo que se reporta / conservada Hectáreas totales en Distritos de Riego) X 100

            Frecuencia de medición: Trimestral

1.7.-    Porcentaje de superficie beneficiada con riego por gravedad tecnificado.

            (El número de hectáreas beneficiadas con riego por gravedad tecnificado / El número total de hectáreas incorporadas a esta modalidad) x 100

            Frecuencia de medición: Trimestral

1.8.-    Número de personas capacitadas.

            (Hectáreas rehabilitadas y/o modernizadas en Distritos de Temporal Tecnificado acumuladas al periodo que se reporta / hectáreas rehabilitadas y/o modernizadas definidas en el periodo 2016-2018 en Distritos de Temporal Tecnificado)x100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.9.-    Porcentaje de superficie incorporada al riego suplementario en zonas de temporal.

            (ha incorporadas al riego suplementario acumuladas al periodo que se reporta /ha definidas en el periodo 2015-2018 en riego suplementario)x100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.10.-               Número de Asociaciones de usuarios de Unidades de Riego constituidas formalmente.

            Sumatoria de las asociaciones de usuarios constituidas formalmente en el ejercicio.

            Frecuencia de medición: Semestral.

1.11.-               Número de estudios técnicos realizados en Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego.

            Sumatoria de los estudios técnicos realizados en el ejercicio en los Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.12.- Número de hectáreas beneficiadas con apoyo para impulsar el desarrollo agrícola.

            Sumatoria de las Has de los usuarios que recibieron el apoyo económico en Distrito de Riego 026.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.13.- Volumen recuperado por renuncia voluntaria al derecho de agua de riego.

            Sumatoria de los volúmenes recuperados en el ejercicio de Distrito de Riego.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.14.- Porcentaje de atención de eventos emergentes.

            (El número de eventos emergentes atendidos acumulados al periodo que se reporta/El número de eventos emergentes ocurridos acumulados al periodo que se reporta) x100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

Actividades:

1.15.- Porcentaje del recurso validado acumulado.

            (El monto validado acumulado al periodo que se reporta/El monto del presupuesto modificado anual para inversión en los Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego) x100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.16.- Porcentaje del recurso transferido acumulado.

            (El monto transferido acumulado a los beneficiarios hidroagrícolas y/o FOFAES, al trimestre i / El monto del presupuesto modificado, programado al trimestre i) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.17.- Porcentaje de contratación de obras de modernización y tecnificación de Distrito de Riego.

            (Monto del presupuesto contratado en modernización y tecnificación en los Distritos de Riego acumulado al periodo que se reporta / El monto anual del presupuesto autorizado a contratar en modernización y tecnificación en los Distritos de Riego) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.18.- Porcentaje de contratación de obras de modernización y tecnificación de Unidades de Riego.

            (El monto contratado para modernización y tecnificación en los Unidades de Riego acumulado al periodo que se reporta / El monto del presupuesto modificado al periodo que se reporta para modernización y tecnificación en los Unidades de Riego) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.19.- Porcentaje de contratación de obras de rehabilitación y/o modernización de Distritos de Temporal Tecnificado.

            (El monto contratado para rehabilitación y /o modernización en Distritos de Temporal Tecnificado acumulado al periodo que se reporta / El monto del presupuesto modificado anual para rehabilitación y/o modernización en los Distritos de Temporal Tecnificado) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.20.- Porcentaje de contratación de obras de riego suplementario en zonas de temporal.

            (El monto contratado para riego suplementario en zonas de temporal acumulado al periodo que se reporta / El monto del presupuesto modificado anual para riego suplementario en zonas de temporal) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.21.- Porcentaje de contratación de eventos de capacitación en Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego.

            (El monto contratado para capacitación en Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego acumulado al periodo que se reporta / El monto del presupuesto modificado anual para capacitación en Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.22.- Porcentaje de contratación de estudios en Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego.

            (El monto contratado para estudios en Distrito de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego acumulado al periodo que se reporta / El monto del presupuesto modificado anual para estudios en Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.23.- Porcentaje de contratación de servicios en Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego.

            (El monto contratado para servicios en Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego acumulado al periodo que se reporta / El monto del presupuesto modificado anual para servicios en Distritos de Riego, Distritos de Temporal Tecnificado y Unidades de Riego) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.24.- Porcentaje de maquinaria y equipo adquirido en Distrito de Riego.

            (El número de máquinas y equipos adquiridos en Distritos de Riego acumulado al periodo que se reporta / El número de máquinas y equipos programado en Distritos de Riego en el ejercicio) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.25.- Porcentaje de maquinaria rehabilitada en Distrito de Riego.

            (El número de máquinas y equipos rehabilitadas en Distritos de Riego acumulado al periodo que se reporta / El número de máquinas y equipos a rehabilitar programado en Distritos de Riego en el ejercicio) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.26.- Porcentaje de talleres equipados en Distrito de Riego.

            (El número de máquinas y equipo adquiridos en Distritos de Temporal Tecnificado acumulado al periodo que se reporta / El número de máquinas y equipo programado en el ejercicio en Distritos de Temporal Tecnificado) x 100.

            Frecuencia de medición: Trimestral.

1.27.- Porcentaje de maquinaria y equipo adquirido en Distritos de Temporal Tecnificado.

            (El número de máquinas y equipo adquiridos en Distritos de Temporal Tecnificado acumulado al periodo que se reporta / El número de máquinas y equipo programado en el ejercicio en Distritos de Temporal Tecnificado) x 100.

            Frecuencia de medición: Semestral.

1.28.- Porcentaje de maquinaria y equipo rehabilitado en Distritos de Temporal Tecnificado.

            (El número de máquinas y equipo rehabilitados en Distritos de Temporal Tecnificado acumulado al periodo que se reporta / El número de máquinas y equipo a rehabilitar programado en el ejercicio en los Distritos de Temporal Tecnificado) x 100.

            Frecuencia de medición: Semestral.

 

13.- Formas de participación social;

Apoyo mediante subsidios a Asociaciones Civiles de Usuarios , Sociedades de Responsabilidad Limitada, Usuarios Hidroagrícolas de los Distritos y Unidades de Riego.

 

14.- Articulación con otros programas sociales;

NO

 

15.- Vinculo a las reglas de operación o documento equivalente;

http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5509785&fecha=30/12/2017

 

16.- Informes periódicos sobre la ejecución y los resultados de las evaluaciones realizadas;

Se informará conforme se vayan ejecutando las acciones correspondientes al                     Programa, en el ejercicio 2018.   

De conformidad a lo previsto en el artículo 10 de las Reglas de Operación, lo referente a las evaluaciones es atribución de la CONAGUA.

 

Por lo anterior, se facilitan los siguientes dos vínculos al portal de CONAGUA.

-          https://www.gob.mx/conagua

-          https://www.gob.mx/conagua/acciones-y-programas/organismo-de-cuenca-lerma-santiago-pacifico

 

17.- Padrón de beneficiarios, mismo que deberá contener nombre de la persona física o denominación social de las personas jurídicas beneficiarias, el monto, recursos, beneficio o apoyo otorgado para cada una de ellas, unidad territorial, edad, sexo;

Padrón de Beneficiarios 

Dependencia: 
Secretaría de Infraestructura y Obra Pública
Autor: nancy.romo
Fecha de actualización: 20/04/2020
Fecha de validación: 07/01/2022