FODIM 2013

Fondo para el Desarrollo de Infraestructura en los Municipios 2013 (FODIM)

 

 

Objetivos:

El Fondo tiene como objeto general, lograr el desarrollo de los Municipios en coordinación con el Estado para el equilibrio y sustentabilidad del Estado de Jalisco, a partir de los siguientes objetivos:

 

a) Construir y fortalecer la infraestructura de los Municipios del Estado, principalmente de aquéllos que presentan rezago en materia de infraestructura y equipamiento.

b) Propiciar el crecimiento económico del Municipio acorde con el Plan Estatal de Desarrollo, principalmente en municipios con alta marginación.

c) Generar el impulso multiplicador de potencialidades y capacidades socioeconómicas de cada municipio que participe en el FODIM.

d) Crear o fortalecer la infraestructura y equipamiento, que permita elevar la calidad de vida de los habitantes de los municipios y propicie el desarrollo del Estado de Jalisco.

 

 

Metas:

Tiene como finalidad ser un instrumento que coadyuve con el desarrollo de infraestructura en los Municipios del Estado de Jalisco, reconociendo la relación directa entre la infraestructura instalada y la potencialización del vocacionamiento local. El Fondo para el Desarrollo de la Infraestructura, busca elevar la calidad de viada de los habitantes del Estado de Jalisco, a partir de la aplicación de recursos en proyectos de alta rentabilidad social.

 

 

Presupuesto:

$307´000,000.00 (trescientos siete millones de pesos 00/100 M.N.) y acorde a la normatividad aplicable para el ejercicio fiscal 2013, se establece que "se encuentran distribuidos en dos componentes, para efectos de estas Reglas de Operación:

  • Primer componente, por $39´960,206.00 (treinta y nueve millones novecientos sesenta mil doscientos seis pesos 00/100 .M.N.), cuya asignación se encuentra dispuesta en el presupuesto de egresos vigente para el ejercicio fiscal, y a través de las presentes Reglas se determiná su aplicación, seguimiento, control, rendición de cuentas y transparencia.
  • Segundo componente, por $267´039,794.00 (doscientos sesenta y siete millones treinta y nueve mil setecientos noventa y cuatro pesos 00/100 M.N.), cuyos criterios de asignación se determinarán conforme a las presentes Reglas de Operación".

 

 

Reglas de operación

 

 

Dirección o área ejecutora:

Municipios beneficiados

 

 

Responsable directo:

Dirección General de Seguimiento, Evaluación y Desarrollo Institucional de la SIOP.

 

 

Los requisitos, trámites y formatos para ser beneficiario:

La Secretraría de Infraestructura y Obra Pública podrá convenir que la ejecución de las acciones corra a cargo de los municipios beneficiados, en cuyo caso se estará a lo siguiente:

 

  • Previo a la entrega de los recursos, los municipios deberán contratar con la institución de crédito de su elección una cuenta bancaria productiva, específica y exclusiva, para la identificación, registro y control de los recursos.
  • Los recusos que no se encuentren devengados al 31 de diciembre de 2013, se deberán reintegrar sin mayor trámite al Gobierno del Estado, durante los primeros 15 días del mes de enero de 2014.
  • Los rendimientos financieros que generen los recursos entergados al municipio; así como, en el supuesto de que existieran recursos remanentes podrán destinarse al aumento y mejora de metas de las acciones realizadas.
  • El Municipio deberá informar trimestralmente a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública sobre la ejecución y avance de las acciones autorizadas, así como rendir un final de cumplimiento durante los primeros quince días de concluido el periodo de su ejecución.
  • El Municipio deberá informar por escrito a la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública sobre cualquier condición o situación que afecte la marcha y desarrollo de la ejecución de las acciones autorizadas.
  • Los municipios deberán realizar de manera detallada y completa, el registro y control correspondiente en materia documental, contable, financiera, administrativa, presupuestaria y de cualquier otro tipo que corresponda, en los términos de las disposiciones aplicables, que permitan acreditar y demostrar, ante la autoriadd federal o local, según su ámbito de competecia, que el origen, destino, aplicación, erogación, registro, documentación comprobatoria y rendición de cuentas, corresponde a los recursos otorgados.
  • Para efectos de transparencia y rendición de cuentas, los municipios deberán incluir en la presentación de su Cuenta Pública y en los informes sobre el ejercicio del gasto público al Poder Legislativo respectivo, la información relativa a la aplicación de los recursos otorgados.
  • El municipio ejecutor, será responsable de la contratación y/o ejecución de las obras, conforme lo establece la Ley de Obra Pública del Estado de Jalisco y su Reglamento.

 

 

Requisitos para la Firma de los Convenios:

Copias certificadas por triplicado del Acta de Ayuntamiento beneficiado con el Fondo, por medio del cual:

 

  • Se autorice a los representantes legales del ayuntamiento a que suscriban el convenio.
  • Se especifiquen, la obra o acciones a ejecutar objeto del convenio, así como la aportación del Gobierno del Estado.
  • En su caso, se autorice el monto de la inversión municipal.
  • Se autorice a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas a afectar participaciones federales y estatales en caso de que el gobierno municipal no cumpla con las obligaciones contraídas en la ejecución de las obras previamente establecidas.
  • En su caso, cuando la obra fuere ejecutada por el Gobierno del Estado y exista aportación municipal, se autorice a la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas efectúe la retención de participaciones federales y estatales que correspondan al municipio. Dichas retenciones serían prorrateadas a partir de la firma del convenio correspondiente, para concluir en el mes de diciembre de 2013 o en su caso la mención de que el municipio depositará ante la Secretaría de Planeación, Administración y Finanzas la cantidad total de su aportación a la obra convenida.
  • Constancia de validación técnica de la obra emitida por la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública.

 

 

Número de personal que lo aplica y el costo de operación del programa:

No existe personal asignado exclusivamente para el programa, siendo realizado en su momento, por funcionarios adscritos a diferentes Direcciones de esta Secretaría.

 

 

Metodología de la evaluación del cumplimiento de los objetivos del programa:

De conformidad con las Reglas de Operación del Programa.

 

Dependencia: 
Secretaría de Infraestructura y Obra Pública
Autor: nancy.romo
Fecha de actualización: 15/08/2019
Fecha de validación: 02/12/2019