Art. 8 Fracción VI inciso a) Las funciones públicas que realiza el sujeto obligado, donde señale cuando menos el fundamento legal,

Derivado del Acuerdo General emitido por el Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, de fecha 11 de diciembre de 2019, se determinó a este Fideicomiso Maestro Ciudad Creativa Digital como Sujeto Obligado indirecto de la Agencia para el Desarrollo de Industrias Creativas y Digitales del Estado de Jalisco, toda vez que el Instituto consideró que este Fideicomiso no cuenta con el personal suficiente para cumplir las obligaciones establecidas en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus municipios para los sujetos obligados directo.

 

En cumplimiento a lo dictaminado en el Acuerdo General del Pleno del Instituto de Transparencia, Información Pública y Protección de Datos Personales del Estado de Jalisco, de fecha 11 de diciembre de 2019, en el acuerdo noveno instruye a éste sujeto obligado indirecto a publicar y actualizar a través de un micrositio habilitado en su página de internet y en la Plataforma Nacional de Transparencia, la información fundamental establecida en el artículo 8, párrafo 1, fracción V, inciso x), y el artículo 16-Bis párrafo 1, fracciones II, III, IV, V, VI, VII, VIII, y IX, de la Ley de Transparencia, según corresponda

 

Por lo anterior, la información correspondiente a la presente fracción, se encuentra disponible para su consulta en el Portal de la Agencia para el Desarrollo de Industrias Creativas y Digitales del Estado de Jalisco, en el siguiente vínculo:

Artículo 8 Fracción VI → Inciso a) Las funciones públicas que realiza el sujeto obligado, donde se señale cuando menos el fundamento legal, la descripción de la función pública, así como los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la rea | Portal de captura de información fundamental (jalisco.gob.mx)

 

No obstante lo anterior, y de conformidad con el principio de máxima publicidad, que contempla el artículo 5 fracción IX de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus municipios, este sujeto obligado indirecto Fideicomiso Maestro Ciudad Creativa Digital informa que, en el antecedente 3. de las Reglas de Operación del Fideicomiso, establece lo siguiente:

I. Desarrollar los ejes y líneas de acción específicas, así como programas para la consecución del Plan Maestro.

II. Promover y fomentar la inversión de capitales nacionales y extranjeros para la consecición del Plan Maestro, vía el Fideicomiso Maestro y sus Convenios de Adhesión.

III. Participar en la planeación, programación y desarrollo de la dotación de obras de construcción y de infraestructura, equipamiento urbano y démas acciones necesarias para la correcta puesta en marcha del Plan Maestro.

IV.  Instrumentar y realizar, a través del DIRECTOR GENERAL DEL FIDEICOMISO, su PROMOTOR o terceras personas físicas y morales que determine el COMITÉ TÉCNICO, campañas de publicadad municipales, estatales, nacionales e internacionales para promover y difundir el Plan Maestro.

V. Organizar y participar en cursos, seminarios, ciclos de conferencias, talleres, elaboración de programas o cualquier otro evento de capacitación o actualización sobre temas relacionados con el Plan Maestro.

VI. Coordinar con las autoridades federales, estatales y municipales las getiones necesarias para obtener y simplificar las autorizaciones, permisos, o concesiones que permitan el desarrollo del Plan Maestro, así como la prestación de servicios relacionados con el mismo.

VII. Fomentar y promover todo tipo de actividades, eventos y espectáculos que promuevan o difundan el Plan Maestro.

VIII. Recibir a través de la fiduciaria, como parte de las atribuciones inherentes a su función, todas las cantidades y derechos que se adquieran, obtengan, incorporen o generen por o para la administración, operación y desarrollo del cumplimiento del objeto y fines del Fideicomiso Maestro de acuerdo con las instrucciones que reciba del Comité Técnico. I

IX. Adquirir bienes muebles e inmuebles que contribuyan al desarrollo del Plan Maestro.

X. Promoveer, desarrollar y, en su caso, participar con los sectores público, social y privado en la constitución, fomento, desarrollo y operación de empresas dedicadas a actividades directamente relacionadas con su objeto y fines, así como desarrollar y propornes esquemas de Asociación Público - Privada que permitan la ejecución y materialización del Plan Maestro.

XI. Contar con la estructura administrativa y operativa necesaria para el cumplimiento de su objeto y fines; así como para contratar los servicios de asesoría y consultoría.

XII. Celebrar contratos y entregar cantidades de dinero con cargo al patrimonio fideicomitido a personas físicas o jurídicas encargadas de dotar de infraestructura conforme al Plan Maestro, en los términos que autorice el Comité Técnico.

XIII. Celebrar actos jurídicos necesarios para otrogar de manera temporal a los Fideicomisarios Nivel C, los derechos reales o personales que determine el Comité Técnico respecto de los inmuebles fideicomitidos.

XIV. Destinar en su integridad el Patrimonio del Fideicomiso al Objeto o fines del Fideicomiso Maestro, en los términos que le instruya el Comité Técnico.XV. Constituir fideicomisos secundarios con la intervención de personas físicas o jurídicas, así como entidades gubernamentales a nivel federal, estatal o municipal, que aporten recursos o bienes diversos para la realización de las acciones que emprenda el Fideicomiso Maestro para la consecución de su objeto y fines. XVI. En general, celebrar todo tipo de acto, contrato o convenio necesario para la consecución del objeto y fines de este Fideicomiso Maestro.

 

 

Organismo: 
Fideicomiso Ciudad Creativa Digital (16215-06-295)
Autor: claudia.reynosoCCD
Fecha de actualización: 29/03/2022
Fecha de validación: 29/03/2022