ARTÍCULO 16-BIS, FRACCIÓN VIII. Causas por las que, en su caso, se inicie el proceso de constitución o extinción del fideicomiso o fondo público, especificando, de manera detallada, los recursos financieros destinados para tal efecto;

 

A continuación le presentamos la información concerniente a esta fracción del Fideicomiso Fondo Estatal para la Cultura y las Artes.




FIDEICOMISO ESTATAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES - PROCESO DE CREACIÓN
DOCUMENTO DE CREACIÓN FECHA DE PUBLICACIÓN DE EL PERIODICO OFICIAL FECHA DE CREACIÓN OBJETIVOS DE CREACIÓN FIN U OBJETO POR QUE TRABAJA
03 DE diciembre DE 2002 03 DE diciembre DE 2002 Que exista una mayor coordinación, certidumbre y trasnparencia en manejo de los recursos que se aporten al FONDO ESTATAL DE FOMENTO PARA LA CULTURA Y LAS ARTES, los cuales, previa instrucción del Comité Técnico que al al efecto se constituirá, se utilizarán con arreglo a lo establecido en los CRITERIOS Y BASES PARA EL OTROGAMIENTO DE APOYOS contenido en el DECRETO. Efectuar entregas de dinero hasta donde baste y alcance dicho patrimonio, siempre y cuando no excedan de las cantidad asignadas a cada uno de los proyectos de creación, investigación, promoción y difusión artística y cultural que hayan sido previamente aprobados por dicho órgano.

 

 






FIDEICOMISO ESTATAL PARA LA CULTURA Y LAS ARTES - RECURSOS FINANCIEROS PARA LA CREACIÓN
ORÍGEN DE LOS RECURSOS DENOMINACIÓN DE LA DEPENDENCIA, EMPRESA U ORGANIZACIÓN AUTORIDAD QUE AUTORIZÓ LOS RECURSOS FECHA DE ENTREGA DE RECURSOS MONTO TOTAL DE RECURSOS ENTREGADOS
RECURSOS PÚBLICOS GOBIERNO DEL ESTADO DE JALISCO, A TRAVÉS DE LA ENTONCES SECRETARÍA DE FINANZAS GOBERNADOR CONSTITUCIONAL DEL ESTADO DE JALISCO 03 de diciembre DE 2002 $800,000.00 (Ochocientos mil pesos)

 

Organismo: 
Fideicomiso Estatal para la Cultura y las Artes - FECA (295-7)
Autor: karla.gudinoFeca
Fecha de actualización: 01/03/2022
Fecha de validación: 01/03/2022