En este apartado se pone a disposición el listado de las recomendaciones en materia de derechos humanos que se han emitido al OPD Servicios de Salud Jalisco, independientemente si estas son aceptadas o rechazadas, así como el seguimiento de éstas, emitida por órganos públicos del estado mexicano u organismos internacionales garantes de los derechos humanos, siendo:
Periodo | Número de recomendación | Hecho violatorio | Tipo de recomendación | Número de expediente (queja) | Estatus de la recomendación | Hipervínculo al documento de la recomendación | Estado | Acciones de cumplimiento |
2021 | 146/2021 | A la salud, A la vida, Al derecho a la legalidad y a la seguridad jurídica | Recomendación específica | 4391/2020-IV | Aceptada | EN PROCESO | El 11 de junio de 2020, se recibió en esta Comisión Estatal de Derechos Humanos el escrito de queja presentado vía electrónica de (TESTADO 1), mediante el cual reclamó violaciones a los derechos humanos relativos a la protección de la salud, cometidos por autoridades de la Comisaría de Reinserción Femenil, del Hospital Civil de Guadalajara “Fray Antonio Alcalde” y del Hospital General de Occidente, en agravio de (TESTADO 1); refiriendo que durante su permanencia en ese establecimiento penitenciario no se le brindó la atención médica especializada que requería posterior al proceso quirúrgico al que fue sometida el 19 de abril de 2020, por lo que se incumplió con lo dispuesto en la NOM-004-SSA3-2012 del expediente clínico, así como la negativa para que tuviera acceso a los servicios de salud especializada, lo que contribuyó a que falleciera en un vehículo no apto para atención médica y el traslado de enfermos, y sin estar debidamente regulado por SAMU. | |
2021 | 141/2021 | A la legalidad y seguridad jurídica, A la protección al derecho a la salud, Al medio ambiente sano, A los derechos de la niñez | Recomendación específica | 460/2020 | Aceptada | EN PROCESO |
La Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco emite la presente Recomendación, derivada de la queja iniciada de manera oficiosa con motivo de la integración de tres actas de investigación, originadas de las notas periodísticas publicadas el 19 de agosto, 7 y 13 de octubre de 2019 en los medios de comunicación impresos El DIARIO NTR, MURAL y EL OCCIDENTAL, tituladas: “Dañan plaguicidas a niños en Autlán”, “Atacan pesticidas a animales silvestres” y “Detectan pesticidas en felinos y caninos en la Sierra de Manantlán”, respectivamente. Las malas prácticas por el uso, manejo y aplicación de agroquímicos utilizados en los cultivos de caña, jitomate, hortalizas y agave principalmente, han generado degradación en la calidad de vida de los habitantes del valle de Autlán de Navarro, lo cual fue demostrado con los resultados de los análisis de laboratorio que arrojaron presencia de esos agroquímicos en el organismo de menores de edad de la región; estudios que fueron practicados a partir de dolores de cabeza, irritación de ojos, náuseas y vómito, que presentaban de manera recurrente las niñas, niños y adolescentes de las comunidades de Ahuacapán y El Mentidero. De ahí la importancia de generar técnicas más viables en la aplicación de agroquímicos, que garanticen la calidad de vida y los derechos humanos de la población del valle de Autlán de Navarro. Se trata de una problemática que requiere ser analizada e intervenida de forma concurrente y contextualizada por todos los municipios integrantes de la Junta Intermunicipal del Río Ayuquila, ya que como se verá más adelante, los daños se extienden sobre dicha zona. |
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2021 | 139/2021 | Al derecho de las mujeres a una vida libre de violencia. Integridad física y seguridad personal. Legalidad y seguridad jurídica. A la igualdad y no discriminación. Al trato digno | Recomendación específica | 3570/2020 | Aceptada | EN PROCESO |
La Comisión Estatal de Derechos Humanos inició la queja 3570/2020 a petición de (TESTADO 1), quien relató que el 31 de marzo de 2020 le fue perpetrada violencia física y psicológica por su ex pareja en varias ocasiones. A lo largo de su narración, explicó el ciclo de la violencia de género en el que se encontraba viviendo, al narrar que a finales de septiembre de 2019, su entonces pareja la insultó y golpeó, además de que trató de atropellarla con un vehículo automotor cuando huía de él; que le enviaba mensajes amenazantes donde aparecían armas de fuego, diciéndole que la iba a matar, y que a los pocos días nuevamente la violentó para persuadirla de evitar una separación, pues mientras estaba acostada, la atacó y golpeó con un martillo en su cabeza, diciéndole que la iba a matar; y que por las lesiones que le había ocasionado, su agresor la llevó a recibir atención médica al hospital de Cihuatlán, pero que no pudo advertir al personal del nosocomio de la naturaleza de las mismas, ni solicitar auxilio, ya que su agresor se encontraba presente. Sin embargo, la peticionaria refirió que dichas lesiones mermaron gravemente su salud, por lo que acudió al Hospital del Seguro Popular de Manzanillo, Colima, donde la mantuvieron internada 22 días. Señaló que cuando recuperó su salud, decidió acudir a denunciar, pero en el trayecto a la población de la Manzanilla, municipio de La Huerta, se encontró a su ex pareja, quien nuevamente la violentó física y verbalmente, le gritó, la jaloneó y le exigió que regresara a su casa y trató de tumbarla con la motocicleta en que circulaba, pero pudo huir y solicitó auxilio a través de su teléfono celular a los policías de La Manzanilla, quienes le dijeron que se habían llevado a su ex pareja, pero sin que ella pudiera acudir a la delegación ese mismo día, ya que se hizo tarde y tenía mucho miedo. Los hechos fueron denunciados por primera vez el día 13 de noviembre de 2019, ante los elementos de la Comisaría de Seguridad Pública de La Huerta, bajo el mando y conducción del agente del Ministerio Público; sin embargo, éstos no fueron investigados con perspectiva de género, pues su agresor gozó de inmediata libertad. Asimismo, y no obstante que dictaron una orden de protección a su favor, la misma fue notificada hasta el 23 de noviembre de 2019 a su victimario. La carpeta de investigación fue remitida sin investigarse al Área de Mediación, donde, contrario a la ley, le pidieron que tuviera un arreglo con su agresor, levantándose un acuerdo reparatorio el día 28 de noviembre de 2019, sin considerar el estado desigualdad, ni la relación de sometimiento entre la víctima y la persona agresora. El ciclo de la violencia continuó, por lo que el día 11 de diciembre del año 2019, la peticionaria acudió nuevamente a la agencia del Ministerio Público de La Huerta, donde relató todos los actos de violencia que seguía recibiendo por su agresor, quien le exigía que regresara a vivir con él, y que, como no lo había hecho, se había robado su motocicleta; ante ello, y lejos de recibir auxilio, el agente del Ministerio Público se burló de ella, sugiriéndole que exageraba en su narración. Los hechos fueron imputados hasta el 27 de abril de 2020 al juez de Control, sin indagar, ni acreditar la violencia patrimonial que sufrió por su ex pareja a consecuencia del robo de su motocicleta. Ante la pasividad de la Fiscalía, el imputado incumplió la medida cautelar impuesta por el juez de Control de Cihuatlán; y el agente del Ministerio Público de La Huerta, ignoró la nueva petición de ayuda y permaneció inactivo ante ello. El agente del Ministerio Público de Litigación Oral, adscrito a la Fiscalía Regional, sede Cihuatlán, solicitó al juez de la causa el desahogo de la audiencia de suspensión condicional del proceso; sin embargo, y no obstante que fue violada la medida cautelar dictada al imputado, que no se presentó a la audiencia, y que amenazó a la víctima unos días antes, el agente ministerial, se resiste a solicitar la prisión preventiva como medida cautelar. |
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2021 | 137/2021 | Derecho a la vida, a la integridad personal, a la legalidad y seguridad juridica por incumplimiento de la funcion publica, a la proteccion de la salud, a la igualdad y trato digno, a los derechos de la niñez. | Recomendación específica | 4211/2020/III | Aceptada | EN PROCESO | El 25 de mayo del 2020, (TESTADO 1) y (TESTADO 1), padre y tío respectivamente, de la menor de edad fallecida de identidad reservada, interpusieron queja ante esta defensoría pública de los derechos humanos, en la que señalaron que el pasado 26 de abril de 2020, a las 22:00 horas aproximadamente, en la localidad de San Miguel Huaixtita, municipio de Mezquitic, la menor de edad sufrió un traumatismo craneoencefálico, producto de una caída desde la altura de un caballo; situación que provocó que sus acompañantes la llevaran al centro de salud de la citada localidad, en donde fueron recibidos por el médico general que se encontraba como responsable del servicio en ese momento, quien al percatarse de que la menor de edad lesionada presentaba aliento alcohólico, se negó a brindarle la atención correspondiente; ya que únicamente la revisó de manera superficial y le efectuó limpieza del líquido hemático que presentaba en el oído derecho, refiriéndola a su domicilio y solicitándole a los acompañantes que regresaran cuando no estuviera bajo los influjos del alcohol y con una persona mayor de edad. | |
2021 | 136/2021 | Derecho a la vida, a la legalidad y seguridad juridica por incumplimiento de la funcion publica, a la proteccion de la salud, a una vida libre de violencia obstetrica, al derecho de las mujeres de una vida libre de violencia y a la integridad y seguridad personal. | Recomendación específica | 2230/2020-III | Aceptada | EN PROCESO | El 10 de febrero de 2020, la quejosa fue victima de violacion de su derecho a la proteccionde la salud y a una vida libre de violencia obstetrica, debido a que el personal del Hospital Comunitario de El Grullo, no le proporciono la debida atencion y cuidados cuando se encontraba en trabajo de parto, pues fue remitida del hospital comunitario a su casa sin la debida vigilancia del binomio materno-fetal, como lo dicta la normativa, lo que derivo en la muerte fetal ante parto. De las investigaciones practicadas por la CEDHJ se evidencio que en el servicio de urgencias del Hospital COmunitario de El Grullo, el medico pasante de servicio social que atencio a la quejosa, la envio a su domicilio a descansar y le sur¿girio revaloracion cuando se incrementaran las contracciones; pasadas las nueve horas de esa indicacion, la agraviada acudio al Hospital Regional de Autlan de Navarro para recibir atencion medica y ahi fue informada que su hija no nacida, fallecio el mismo dia 10 de febrero de 2020. | |
2021 | 07/2021 | Violación del derecho a la vida, a la legalidad y seguridad jurídica por incumplimiento en la función pública, a la protección de la salud, a la niñez y a la integridad personal | Recomendación específica | Queja 10221/19-III | Aceptada | EN PROCESO | Se remiten cumplimiento de recomedaciones | |
2020 | 08/2021 | No existe una violación de garantía, únicamente se solicita apoyo para valoración. | Recomendación específica | 5219/2013-IV | Aceptada | EN PROCESO | Se solicita apoyo para canalizar al área médica cercana al ciudadano. | |
2020 | General 42/2020 | Violación a los derechos humanos de la salud. | Recomendación general | 3528/2016/II a la 3645/2016/II | Aceptada | EN PROCESO | Violación a derechos humanos debido a la dificultad de acceder a los tratamientos para VIH. | |
2020 | 189/2020 | Derecho a la legalidad con relación al derecho a la protección de la salud y una vida libre de violencia obstétrica, por inadecuada atención médica y la pérdida de la vida de una niña recién nacida. | Recomendación general | 7505/2019 | Aceptada | EN PROCESO | En el mes de Junio de 2019, la agraviada Juana María Hernández Paisano fue víctima de violación de su derecho a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstétrica, debido a que el personal del Hospital Regional de La Barca y del Hospital Materno Infantil de Ocotlán, no le proporcionaron la debida atención y cuidados cuando se encontraba en trabajo de parto, pues fue remitida de un hospital a otro sin la debida vigilancia del binomio materno-fetal, como lo dicta la normativa, lo que derivó en la prérdida de la RN. | |
2019 | 28-2019 | Violación del derecho a la legalidad y a la protección de la salud. | Recomendación específica | 8256-2017-I | Aceptada | EN PROCESO | En noviembre de 2017, la agraviada fue vícitma de violación de su derecho a la protección de la salud y a una vida libre de violencia obstetrica, debido a que el persona del Hospital General de Occidente, que tenía a cargo su caso, no le proporcionó la debida atención y cuidados cuando se encon traba en trabajo de parto, pués se omitió realizar estrecha vigilancia del binomio materno-fetal, como lo dicta la normativa, lo que derivó en la pérdida del nonato de la gestación. | |
2018 | 45/2012 | Violación del derecho a la protección de la salud,por negligencia, imprudencia y prestación indebida del servicio público. | Recomendación específica | 5765/2011/IV | Aceptada | ARCHIVADO (ATENDIDA EN LA PRESENTE ADMINISTRACIÓN) | El 13 de septiembre de 2010, la agraviada ingreso al Hospital General de Occidente para recibir tratamiento de quimioterapia, después del cual debió permancer algunos días má para recuperación. La madrugada del 26 de septiembre de ese mismo año, aproximadamente a la 1:00 horas, la enfermera María Dolores Ayala Ramírez le dijo que le aplicaría un plasma, porque así lo había indicado el médico; ella le respondío que el plasma era para la paciente de la cama de al lado, y que incluso según le habían dicho los médicos, a ella no le iban a suministrar nada, pero aun así se le aplicó a Verónica.La guardia de ese fin de semana se encontraba a cargo de una residente de medicina interna y se tenía la indicación verbal de hemotransferir un plasma, sin embargo, la nota médica la hizo el interno, quien se equivoco al escribirla en el expediente de la paciente. | |
2018 | 27/2011 | Violación de los derechos a la legalidad a la protección de la salud y a la igualdad. | Recomendación específica | 15766/2009/III | Aceptada | EN PROCESO |
El 26 de diciembre de 2009, la agraviada acudió a la unidad de urgencias del Hospital Regional de Autlán a solicitar atención médica por el riesgo que presentaba su embarazo, atendida por la ginecóloga, le informó que su parto sería normal, retirandose del hospital sin darle el seguimiento oportuno. Se concluyó que , adscritos al Hospital Regional de Autlán, violaron los derechos humanos a la legalidad y la protección de la salud, lo que derivó en la muerte del hijo de la agraviada. |
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2018 | 22/2015 | Violación de los derechos a la legalidad y a la protección de la salud. | Recomendación específica | 8970/2014-III | Aceptada | EN PROCESO | Negligencia médica cometida por personal del Hospital Regional de Tepatitlán, que derivó en la amputación de la pierna derecha de la agraviada. | |
2018 | 26/2015 | Por violación al derecho a derecho a la salud por negligencia, imprudendecia e inobservancia de reglamentos. | Recomendación específica | 9051/2014-IV | Aceptada | ARCHIVADO (ATENDIDA EN LA PRESENTE ADMINISTRACIÓN) | Accidente que involucra al transporte publico y dos menores, teniendo como resultado el fallecimiento de una de ellas y lesiones graves para la otra. | |
2018 | 46/2011 | Violación a los derechos a la legalidad, a la proteción de la salud y a la igualdad en relación con los derechos de la niñez. | Recomendación específica | 2269/2010-III | Aceptada | ARCHIVADO (ATENDIDA EN LA PRESENTE ADMINISTRACIÓN) | El 7 de febrero de 2010. la agraviada, con un embarazo de aproximadamente cuarenta semanas de gestación, se presentó en el Hospital de primer contacto de Colotlán canalizada de urgencia por el doctor de su cominidad, pues su bebé tenía el cordón umbilical enredado en el cuello. Tras varias revisiones, se le recomendo volver hasta los dolores de parto, el 8 de febrero volvió al hospital, donde le dijeron que su bebé no se movía, que ya no estaba viva, por lo que le indujeron el parto. | |
2018 | 11/2008 | Prestación indebida delservicio público y violaciones de los derechos ambientales, de la niñez, la salud y de la vivienda digna. | Recomendación general | 986/2007/III | Aceptada | EN PROCESO | Cierre de basurero por lixiviado en Puerto Vallarta | |
2018 | 58/2011 | Violación a los derechos a la integridad y seguridad personal, y a la legalidad y seguridad jurídica. | Recomendación específica | 1557/2011/IV | Aceptada | EN PROCESO | El 18 de agosto de 2010, la señora Ana fue atropellada por un vehiculo del trasporte público de la ruta 615, cuyo operador abandonó el lugar de los hechos y dejó a la agraviada, quien quedó parapléjica, con varias fracturas, esguince cervical y estallamiento de púlmon e hígado. El Consejo de Atención a Víctimas del Transporte Público no les prestó el apoyo oportuno y el Agente del Ministerio Público de la agencia número 20 de accidentes del transporte público no canalizó a a citada agraviada a la Coordinación de Atención a Víctimas y Servicios a la Comunidad de la PGJE y tampoco realizó con oportunidad y eficiencia las investigaciones para acreditar el cuerpo del delito y la probable resposabilidad que corresponda, así como la reparación de los daños y perjuicios causados. Con tales omisiones fueron violados los derechos a la integridad y seguridad personal y a la legalidad y seguridad jurídica de la agraviada. | |
2018 | 46/2012 | Violación a los derechos a la legalidad, a la proteción de la salud y a la igualdad en relación con los derechos de la niñez. | Recomendación específica | 6096/2012-IV | Aceptada | EN PROCESO | En proceso de cumpliomiento | |
2018 | 45/2013 | Violación a los derechos a la legalidad, a la proteción de la salud y a la igualdad en relación con los derechos de la niñez. | Recomendación específica | 5219/2013-IV | Aceptada | EN PROCESO | En proceso de cumpliomiento | |
2018 | 45/2012 | Violación a los derechos a la legalidad, a la proteción de la salud y a la igualdad en relación con los derechos de la niñez. | Recomendación específica | 5738/211/III | Aceptada | EN PROCESO | En proceso de cumpliomiento | |
2018 | 40/2013 | Violación a los derechos a la legalidad, a la proteción de la salud y a la igualdad en relación con los derechos de la niñez. | Recomendación específica | 2143/2013 | Aceptada | EN PROCESO | En proceso de cumpliomiento | |
2018 | 39/2013 | Violación a los derechos a la legalidad, a la proteción de la salud y a la igualdad en relación con los derechos de la niñez. | Recomendación específica | 88/2013-V | Aceptada | EN PROCESO | En proceso de cumpliomiento | |
2018 | 36/2015 | Violación a los derechos a la integridad y seguridad personal, a la protección de la salud y a la segurídad jurídica. | Recomendación específica | 11456/2014-IV | Aceptada | EN PROCESO | Accidente que involucra al transporte publico y dos menores, teniendo como resultado el fallecimiento de una de ellas y lesiones graves para la otra. | |
2018 | 35/2009 | Violación del derecho a la legalidad y a la seguridad jurídica, a la propiedad, a la vivienda, a la conservación del medio ambiente, al patrimonio común de la humanidad , al desarrollo y a la salud. | Recomendación específica | 7386/2009/III | Aceptada | EN PROCESO | La Comisión Estatal del Agua de Jalisco (CEA) ha impulsado, en coordinación con la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), la construcción de una presa llamada el Zapotillo en terrenos que pertenecen a las comunidades de Acasico, Temacapulín y Palmarejo. Si el proyecto se realizara tal como lo han sugerido los gobiernos de Jalisco y el Federal, quedarían bajo las aguas no solo edificaciones de valor histórico y antropológico. | |
2018 | 31/2013 | Violación a los derechos a la protección de la salud y a la vida. | Recomendación específica | 1095/2013/I y su acumulda 1881/2013/I | Aceptada | EN PROCESO | En proceso de cumpliomiento | |
2018 | 23/2009 | Violación a los derechos a la protección de la salud y a la vida. | Recomendación específica | 2585/2007-III | Aceptada | EN PROCESO |
La señora afectada llevo a su hijo, de siete años de edad para que recibiera atención médica en el Hospital General de Occidente, no se encontraba médico de base por lo que fue atendido por médicos residentes que se encontraban cubriendo guardia, mismos que no prestaron la atención adecuada para el padecimiento de menor, lo que derivo en la muerte de mismo. Dictaminandose por peritos del Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses inadecuada praxis médica por impericia. |
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2018 | 18/2018 | Violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, en relación con el derecho a la vida, a la integridad y seguridad personal; al trato digno y a la salud mental. | Recomendación específica | 3695/2017/III | Aceptada | EN PROCESO | El 24 de mayo de 2017, agentes de la comisaría de policía Municipal Preventiva de Lagos de Moreno, Jalisco, Ingresaron al área de barandilla de la cárcel municipal de esa población a al afectado, a quien habián rescatado cuando intentaba lanzarse de una de las torres del templo de El Refugio. Horas después de haber ingresado a la cárcel municipal sufrió una crisis neviosa y fue llevado al hospital regional, en donde sólo le suministraron un medicamento y fue regresado a la cárcel municipal, donde perdió la vida en la madrugada del 25 de mayo de 2017. | |
2018 | 16/2014 | Violación del derecho a la legalidad y seguridad jurídica, en relación con el derecho a la vida, a la integridad y seguridad personal; al trato digno y a la salud mental. | Recomendación específica | 5219/2013-IV | Aceptada | EN PROCESO | En proceso de cumpliomiento | |
2018 | 4/2017 | Violación a los derechos a la legalidad y seguridad jurídica, ala protección de la salud así como a los derechos ambientales. | Recomendación específica | 3528/2016/II a la 3645/2016/II | Aceptada | EN PROCESO | Afectados por la emisión de los olores fétidos y putrefactos que genera una vivienda, donde hay una gran cantidad de perros que viven en hacinamiento y que representan un peligro para la salud pública debido a los desechos de basura, orines y heces fecales que emanan de dicho lugar. | |
2018 | 12/2016 | Violación al derecho a la protección de la salud | Recomendación específica | Queja 2861/2015 | Aceptada | EN PROCESO | Negligencia médica cometida por personal delHMIELM, que derivó en sufrimiento fetal y poibles afectacciones a futuro, por inhalación de secreción fecal y falta de oxigeno al nacer. | |
2018 | 08/2016 | Violación del derecho de la legalidad y a la protección de la salud. | Recomendación específica | 2730/2015 | Aceptada | EN PROCESO | Negligencia médica cometida por personal del Hospital Regional de Puerto Vallarta, que derivó en complicaciones postoperatorias por haberse olvidado dentro del cuerpo de la agraviada una gasa. | |
2018 | 7/2016 | Violación del derecho a la protección de la salud. | Recomendación específica | Queja 2822/2015 | Aceptada | EN PROCESO | El 21 de marzo de 2012 acudió a HMIELM,ya que tenía dolores de parto, y los médicos que la atendieron y le dijeron que se quedaraporque probablemente se le practicaría una cesaría, la cual se le realizó en las primeras horas del día siguiente. EL 23 de marzo del mismo año la dieron de alta, por lo que se fue a su domicilio, pero después de ocho días empezó a tener dolores abdominales que se aguidizaron el 31 de marzo, además de que tenía sangrado vaginal, por lo que regresó a dicho nosocomio, en donde no fue posible contenerle el sangrado porque en el Hospital no se contaba con el material obstétrico adecaudo para tal efecto, por lo que a fin de salvarle la vida a la paciente, se le tuvo que practicar una histerctomía. | |
2018 | 7/2016 | Violación al derecho a la protección de la salud, por imprudencia, negligencia e inobservancia de reglamentos. | Recomendación específica | 2950/2014-IV | Aceptada | EN PROCESO | En proceso de cumpliomiento | |
2018 | 12/2013 | Violación al derecho a la protección de la salud, por imprudencia, negligencia e inobservancia de reglamentos. | Recomendación específica | 9410/2012-V | Aceptada | EN PROCESO | El quejoso y su esposa acudieron el día 16 de abril del 2012 al hospital, el día 21 regresó al Hospital al presentar fuertes dolores, le realizarn un ecosonograma,y el comentaron que le faltaban 15 días para su parto, acudiendo nuevamente a las 2:30 del día 23 de abril del 2012, al presentar fuertes dolores y sentir que su hijo se movía mucho, después de revisarla le dijeron que regresara en 12 horas, al no aguantar el dolor regresó a las 9 horas posteriores, y al ser examinada le comentaron que no había cupo y la derivaron al hospital Santa Catalina, donde después de tres horas fue intervenida, pero su bebé ya había fallecido. | |
2018 | 27/2011 | Violación de los derechos a la legalidad,a la protección de la salud y a la igualdad en relación con los derechos de la niñez. | Recomendación específica | 15766/2009/III | Aceptada | EN PROCESO | El 18 de julio de 2009, un niño, de 9 años de edad, fue llevado por su padre al Hospital Regional de Cocula, donde le diagnosticaron neumonía y le prescribieron antibióticos, no osbtante 4 días después persistieron los malestares y fue trasladado en ambulancia al Hospital Civil Fray Antonio Alcalde donde le diagnosticaron influenza AH1N1, enfermedad que al no ser atendida oportunamente terminó por causar la muerte del menor de edad el 7 de agosto de 2009 | |
2018 | General 24 | Derecho a la Libre Expresión | Recomendación general | 7505/2019 | Aceptada | EN PROCESO | Se emite recomendación "Sobre el ejercicio de la libertad de expresión en México" | |
2018 | General 29/2017 | Derecho a la Transparencia | Recomendación general | 1095/2013/I y su acumulda 1881/2013/I | Aceptada | EN PROCESO | "Sobre el expediente clínico como parte dell derecho a la Información en Servicios de Salud" | |
2018 | 01/2018 General | Sobre la acceciblidad, inclusión, igualdad y no discriminación de las personas con discapacidad en el estado de Jalisco. | Recomendación específica | 181 expedientes, se emitieron 5 recomendaciondes 4/2012, 17/2012, 38/2016, 6/2017 y 21/2017. | Aceptada | EN PROCESO | Inconformidades por presuntas violaciones a derechos humanos de las personas con discapacidad. | |
2018 | 08/2018 | Violación al derecho a la legalidad en relación con el debido cumplimiento de la función pública, a la protección de la salud y del derecho al desarrollo. | Recomendación específica | 178/2017/III | Aceptada | EN PROCESO | El 01 de marzo de 2017 se desglosó de la queja 178/III y su acumulada la 7469/2016, por violaciones al derecho humano de acceso a los servicios de salud, por la inadecuada antención médica a las localidades de esa comunidad (Sa Pedro Itzicán), desabasto de medicamentos y materiales. | |
2018 | 12/2015 | Violación del derecho a la protección de la salud, por negligencia imprudencia e inobservancia de reglamentos. | Recomendación específica | 2806/2014-IV | Aceptada | EN PROCESO | La agraviada , interpuso queja contra el HMIELM, ya que solicitó sus servicios cuando tenia 39 semanas de embarazo. Ella informó a los médicos que ya tenía varias horas con los dolores y también comunicó que la resolución de su embarazo anteriorle practicaron cesárea. A pesar dela información proporcionada por la paciente, la dejaron a evolución para trabajo de parto hasta la fase expulsativa. Finalmente, después de casi 9 horas, se le tuvo que prácticar una cesárea de urgencia que culminó en una condición grave del estado de salud del recien nacido, así como la posibilidad que este pueda presentar daño neurologico. | |
2018 | 17/2015 | Derecho a un ambiente sano | Recomendación específica | 5718/2014-II | Aceptada | EN PROCESO | Hostigamiento sexual de un médico del Centro de Salud de Cajititlán, en contra de la agraviada cuando asistía a sus consultas prenatales. | |
2018 | 39/2015 | Violación a los derechos a la legalidad y seguridad jurídica. | Recomendación específica | 11965/2014-IV | Aceptada | EN PROCESO | C. Felipe Brizuela Muñoz, se encontraba internado en el Centro Integral de Justicias Regional con Lagos de Moreno, sujeto a proceso penal, acusaso de la muerte de su esposa, fue declarado Inimputable por la Décima Sala del Supremo Tribunal de Justicia del Estado, lo cual lo dispuso su traslado al Centro de Atención Integral en Salud Mental, para que efectuara una tendiente adaptación social, en el cual el día 12-08-2014 se escapó por falta de implementación de medidas de seguridad. | |
2018 | 52/2016 | Violación al derecho a la salud por la inadecuada prestación de servicios en materia de salud, al trato digno, a la libertad sexual y a la legalidad y seguridad jurídica. | Recomendación específica | 3494/2016/VI | Aceptada | EN PROCESO | Hostigamiento sexual de un médico del Centro de Salud de Cajititlán, en contra de la agraviada cuando asistía a sus consultas prenatales. | |
2018 | 51/2016 | Violación al derecho a la legalidad y a la protección de la salud, por negligencia, imprudencia e inobservancia del marco normativo. | Recomendación específica | 2443/2016 y su acumulada 2479/2016 | Aceptada | EN PROCESO | Negligencia médica, dos casos similares, donde las agraviadas no fueron atendidas de manera adecuada, causando la muerte de dos neonatos. | |
2018 | 06/2017 | Violación del derecho a la legalidad y a la protección de la salud de personas con discapacidad mentaly psicosocial. | Recomendación específica | 3686/2016 | Aceptada | EN PROCESO | El 3 de marzo de 2016, Martin Carrillo Vázquez interpuso queja en su favor y de las personas con padecimientos mentales en la zona norte del estado de Jalisco, en contra de la Secretaría de Salud Jalisco por la falta de atención de este grupo de personas. Se acreditaron que existen carencias en infraestructura, personal, medicamento y capacitación del Instituto Jalisciense de Salud Mental y de la Secretaría de Salud Jalisco en torno a este tema. | |
2018 | 05/2017 | Violación a los derechos a la legalidad y a la protección de la salud, por negligencia, imprudencia e inobservancia del marco normativo, a la integridad y seguridad personal, de los derechos de la niñez y de la mujer a una vida libre de violencia obstétrica. | Recomendación específica | 7110/2016/III | Aceptada | EN PROCESO | Negligencia medica en el parto que provoco daño en el utero de la paciente asi como la muerte del menor | |
2018 | 15/2017 | Violación de los derechos ambientales. | Recomendación general | 6215/2016/II a la 6312/2016/II | Aceptada | EN PROCESO | Recomendación sobre la inobservancia de los Criterios Ambientales para la Protección de la Atmósfera en Miravalle, ante la falta de cumplimiento, inspección y vigilancia del Plan Parcial del Desarrollo Urbano de Miravalle, en materia ambiental, respecto de los municipios de Guadalajara y San Pedro Tlaquepaque. | |
2018 | 35/2017 | Violación del derecho a la seguridad social en agravio de los 188 policías que integran la Comisaría de Seguridad Pública de El Salto. | Recomendación general | 326/2017/III | Aceptada | EN PROCESO | El 2 de mayo el agraviado presentó dolor abdominal, motivo por el cual él y su esposa (quejosa) acudieron al área de Urgencias del Hospital Comunitario en Jocotepec, donde el personal médico propocionó atención médica de manera irresponsable e inoportuna para tratar el síntoma que aquel enfrentaba, ya que la intervención quirurgica que se le practicó le generó una serie de consecuencias en perjuicio de su salud, que culminaron en su deceso. | |
2018 | 24/2017 | Violación al derecho a la legalidad y a la protección de la salud. | Recomendación específica | 10867/2016/III | Aceptada | EN PROCESO | En 15 de noviembre de 2015, el peticionario recibió un disparo por arma de fuego en su pierna izquierda. Por tal motivo fue atendido en primera instancia por por personal de los Servicios Médicos de Salud de Jocotepec, donde la clasificación de su lesión fue inadecuada, ya que debió de considerarse como qeu si ponía en peligro su vida. Posteriormente fue llevado al Hospital Cominitario de Jocotepec (HCJ), perteneciente a la región sanitaria IV La Barca, de la SSJ, donde fue antendido, pero como necesitaba ser trasladado a un hospital de tercer nivel y esto no se realizó por la falta de respuesta del sistema de regulación, con el Servicio de Atención Médica de Urgencias (SAMU), se le atendió casi 18 horas después de ocurrida la lesión, por lo que en esta resolución se acredita la falta de insistencia del personal médico que lo atendió en el HCJ para derivarlo a otro nivel de atención y así tratar de resolver el problema del salud del paciente, situación que culminó en que la victima directa le hayan amputado su extremidad izquierda. | |
2018 | 28/2017 | Violación al derecho a la legalidad y a la protección de la salud. | Recomendación específica | 11597/2016/III | Aceptada | EN PROCESO | El miercoles 27 de julio de 2016, la quejosa acudió con su hijo de dos meses de edad al servicios de urgencias del Hospital Regional de Puerto Vallarta, porque presentaba una lesión como piquete de zancudo en la pierna izquierda, fue atendida por el hospital señalado, así mismo le comentaron que el bebé se quedarpia hospitalizado, así mismo le comentaron que le comenzaron a fallar los órganos del niño, y que podía fallecer ya que había contraido la bactería del neumococo, le informaron que le había dado a su niño dos paros y los había resistido pero si le daba otro ya no pdrían hacer nada, minutos después le informaron que su hijo había fallecido, sin darle un diagnostico certero de la causa de la muerte. | |
2018 | 25/2018 | Violación al derecho humano a la legalidad en relación con el debido cumplimiento de la función pública, a la protección a la salud por negligencia, y el derecho a la vida. | Recomendación específica | 3802/2017/III | Aceptada | EN PROCESO | El 2 de mayo el agraviado presentó dolor abdominal, motivo por el cual él y su esposa (quejosa) acudieron al área de Urgencias del Hospital Comunitario en Jocotepec, donde el personal médico propocionó atención médica de manera irresponsable e inoportuna para tratar el síntoma que aquel enfrentaba, ya que la intervención quirurgica que se le practicó le generó una serie de consecuencias en perjuicio de su salud, que culminaron en su deceso. | |
2018 | 39/2018 | Derecho a la Salud y a la Vida | Recomendación específica | 6279/2017/III | Aceptada | EN PROCESO | Violación de los derechos humanos a la legalidad en relación con el debido cumplimiento de la función pública, el derecho a la salud y a la vida. | |
2018 | 44/2018 | Derecho a la legalidad en relación con la protección de la salud, al agua, a un medio ambiente sano y al desarrollo. | Recomendación específica | 7599/2017/III | Aceptada | EN PROCESO | El 2 de octubre de 2017, habitantes de la colonia El Cerrito, delegación El Refugio, municipio de Tala, interpusieron queja en contra del Ayuntamiento, porque en 1997 llevó a cabo la perforación de un pozo de agua sin la autorización de la Comisión Nacional del Agua, ni se verificó que fuera para uso y consumo humano, presentando alteraciones en su salud como enfermedades estomacales y de la piel, por lo que la Sria. de Salud Jalisco, analizó el agua del pozo determinando que no era potable y era nociva para el consumo humano por estar contaminada con arsénico y manganezo, contraviniendo la NOM-127-SSA1-1994. | |
2018 | 48/2018 | Violación del derecho a la legalidad en relación con el debido cumplimiento de la función pública, derecho a la salud y a la vida. | Recomendación específica | 8201/2017/III | Aceptada | EN PROCESO | El 20 de octubre de 2017, la agraviada y su niña [...], de siete meses de edad, se encontraban en la comunidad wixárika de Mesa de San José, perteneciente a San Sebastián Teponahuaxtlán, cuando les pico un alacrán, y para recibir atención médica acudieron a la casa de salud de dicha localidad, donde el auxiliar Amanado de la Cruz Vázquez le inyectó a la niña solo tres ampolletas del suero faboterápico, pues carecía de más medicamento. a Lidia Carrillo le colocó un torniquete para evitar que el veneno se expandiera por su cuerpo, mientras llegaban al Centro de Salud de San Sebastián Teponahuaxtlán, lugar en el que las canalizó la doctora Celina Montes Ponce le aplicó a la niña cuatro dosis del mismo antídoto, luego presentó mejoría y la dio de alta, pero después de 7 horas murió. No la tuvieron en observación, no le hicieron algún estudio sobre sus antecedentes prenatales, genéticos ni de gestación, y tampoco le brindaron atención continua hasta su total recuperación. |
Se pone a disposición para consulta los sitios de publicaciones de Recomendaciones Internacionales, así como a la Comisión Nacional de Derechos Humanos y a la Comisión Estatal de Derechos Humanos Jalisco.
Organismo:
Servicios de Salud Jalisco
Autor: ana.bacquerie.ssj
Fecha de actualización: 07/03/2022
Fecha de validación: 07/03/2022