Artículo 8. Fracción V, Inciso u) Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública.

De acuerdo con las facultades y obligaciones conferidas en la Ley Orgánica del Centro De Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones Y Computo Del Estado De Jalisco, Escudo Urbano C5, en su artículo 6, así como su reglamento interno, este sujeto obligado no tiene entre sus atribuciones realizar expropiaciones por causa de utilidad pública a favor del Gobierno del Estado, siendo esta atribución del Gobernador de Jalisco realizar las expropiaciones, con base a lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, por lo que la Información será publicada por la Secretaría General de Gobierno. La información aquí presentada es como referencia para su conocimiento.

 

A continuación ponemos a su disposición el enlace donde podrá consultar todas las expropiaciones publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco.  

Organismo: 
Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Computo de Estado de Jalisco - Escudo Urbano C5
Autor: noe.cobian
Fecha de actualización: 14/03/2022
Fecha de validación: 14/03/2022