Le informamos que este organismo no esta facultado ni esta dentro de sus atribuciones en realizar obras públicas, esto de acuerdo con el articulo 6 de la Ley Orgánica del organismo Público Descentralizado Denominado Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo del Estado de Jalisco, así mismo se señala que este Sujeto Obligado "no tiene entre sus atribuciones el proyectar, ejecutar o adjudicar y contratar Obra Pública".
Siendo esto competencia de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública del Estado de Jalisco es la responsable de diseñar y ejecutar el Programa de Obra Pública del Estado y de la Secretaría de Administración de conformidad a los artículos 26 fracción I, II, III, IV y V y 19 respectivamente de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, por lo que la información aquí presentada es como referencia para su conocimiento.
Podrá consultar la informaciòn concerniente a este inciso en el siguiente:
Secretaría de Infraestructura y Obra Pública