De acuerdo con las atribuciones establecidas en el artículo 5 de la Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado denominado Agencia Integral de Regulación de Emisiones, esta entidad no cuenta con mecanismos e instrumentos de participación ciudadana.
No obstante lo anterior, se precisa al ciudadano que, de conformidad con el artículo 30, de la Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco, son mecanismos de participación ciudadana los siguientes:
I. Plebiscito;
II. Referéndum;
III. Ratificación Constitucional;
IV. Iniciativa Ciudadana;
V. Ratificación de Mandato;
VI. Revocación de Mandato;
VII. Consulta Popular;
VIII. Presupuesto Participativo;
IX. Comparecencia Pública;
X. Proyecto Social;
XI. Asamblea Popular;
XII. Ayuntamiento Abierto;
XIII. Colaboración Popular;
XIV. Planeación Participativa;
XV. Diálogo Colaborativo; y
XVI. Contraloría Social.
Asimismo, atendiendo el artículo 3, de la referida Ley del Sistema de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza del Estado de Jalisco, corresponde la aplicación de dicha Ley, en sus respectivos ámbitos de competencia, al Consejo de Participación Ciudadana y Popular para la Gobernanza, a la Secretaría de Planeación y de Participación Ciudadana, al Instituto Electoral y al Tribunal Electoral.
No obstante lo anterior, los datos decontacto de este Organismo Público Descentralizado denominado Agencia Integral de Regulación de Emisiones (AIRE) son: