Artículo 8, fracción VI, inciso c), Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, cuando menos los últimos tres años

 

De acuerdo con las atribuciones establecidas en el artículo 5 de la Ley Orgánica del Organismo Público Descentralizado denominado Agencia Integral de Regulación de Emisiones, la entidad no está facultada para realizar obras públicas.

 

Asimismo, de conformidad con el artículo 26, fracción I, de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública es la responsable de diseñar y ejecutar el Programa de Obra Pública del Estado por lo que podrá consultar la información concerniente a este inciso en el siguiente enlace:

 

Secretaría de Infraestructura y Obra Pública.

 

Organismo: 
Agencia Integral de Regulación de Emisiones - AIRE
Autor: michel.rosa
Fecha de actualización: 01/03/2022
Fecha de validación: 01/03/2022