Art 8 Fracc. VI) inciso c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

De acuerdo con las atribuciones establecidas en el artículo 48 y 50 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco  esta dependencia no está facultada para realizar obras públicas.

Así mismo de conformidad con el artículo 26 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública es la responsable de diseñar y ejecutar el Programa de Obra Pública del Estado por lo que podrá consultar la información concerniente a este inciso en el siguiente enlace:

Secretaría de Infraestructura y Obra Pública  

 

Dependencia: 
Contraloría del Estado
Autor: mariajose.reyes
Fecha de actualización: 01/04/2022
Fecha de validación: 01/04/2022