Artículo 8 Fracción V inciso u). Los decretos y expedientes relativos a las expropiaciones que realicen por utilidad pública...

Es atribución del Gobernador de Jalisco realizar las expropiaciones, con base a lo establecido en el artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, si usted desea consultar todas las expropiaciones publicadas en el Periódico Oficial del Estado de Jalisco lo puede hacer desde el siguiente enlace: 

https://periodicooficial.jalisco.gob.mx/peri%C3%B3dicos/periodico-oficial?combine=decreto%20expropiatorio&field_fecha2_value%5Bvalue%5D%5Bmonth%5D=&field_fecha2_value%5Bvalue%5D%5Bday%5D=&field_fecha2_value%5Bvalue%5D%5Byear%5D=

 

Organismo: 
Instituto Jalisciense de Ciencias Forenses - IJCF
Autor: teresa.pedroza
Fecha de actualización: 30/11/2021
Fecha de validación: 30/11/2021