8. Fracción VI - Inciso c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción y ubicación de la obra; el ejecutor y supervisor de la obra; el costo inicial y final...

De acuerdo con las atribuciones establecidas en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y el Reglamento Interno de la Procuraduría Social, esta dependencia no está facultada para realizar o ejecutar obras públicas.

Así mismo de conformidad con el artículo 26 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Secretaria de Infraestructura y Obra Pública es la responsable de diseñar y ejecutar el Programa de Obra Pública del Estado por lo que podrá consultar la información concerniente a este inciso en el siguiente enlace:

Secretaría de Infraestructura y Obra Pública 

Dependencia: 
Procuraduría Social
Autor: josue.rodriguez
Fecha de actualización: 28/02/2022
Fecha de validación: 28/02/2022