8. Fracción V - Inciso m) El listado de personas físicas o jurídicas a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad, así como los informes ...

De acuerdo con las atribuciones establecidas en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, el objeto de esta Procuraduría Social es la defensa de los intereses sociales y familiares, la defensoría de oficio en materia penal y familiar, la representación social en los procedimientos de orden e interés público, la tutela de los derechos de menores, ausentes, incapaces e ignorados en los procedimientos jurisdiccionales y la inspección a oficinas del Registro Civil, Registro Público de la Propiedad, así como reclusorios, por lo que esta dependencia no está facultada para permitir el uso de recursos públicos a personas físicas o jurídicas.

Así mismo se manifiesta que esta Dependencia no ha asignado recursos públicos a alguna persona física o jurídica en los últimos tres años, que ejerza actos de autoridad, a las que refiere este inciso.

 

 

Dependencia: 
Procuraduría Social
Autor: josue.rodriguez
Fecha de actualización: 28/02/2022
Fecha de validación: 28/02/2022