De acuerdo con las atribuciones establecidas en los artículos 39 y 42 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, el objeto de esta Procuraduría Social es la defensa de los intereses sociales y familiares, la defensoría de oficio en materia penal y familiar, la representación social en los procedimientos de orden e interés público, la tutela de los derechos de menores, ausentes, incapaces e ignorados en los procedimientos jurisdiccionales y la inspección a oficinas del Registro Civil, Registro Público de la Propiedad, así como reclusorios, por lo que esta dependencia no está facultada para permitir el uso de recursos públicos a personas físicas o jurídicas.
Así mismo se manifiesta que esta Dependencia no ha asignado recursos públicos a alguna persona física o jurídica en los últimos tres años, que ejerza actos de autoridad, a las que refiere este inciso.