c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

CABE SEÑALAR QUE ESTE SUJETO OBLIGADO (EL HOGAR CABAÑAS) NO ESTÁ FACULTADO NI ESTA DENTRO DE SUS ATRIBUCIONES EN REALIZAR OBRAS PÚBLICAS.De acuerdo con el Código de Asistencia Social (artículo 54) y el Reglamento Orgánico del Hogar Cabañas, este Sujeto Obligado no tiene entre sus atribuciones el proyectar, ejecutar o adjudicar y contratar Obra Pública.

 

Siendo esto competencia de la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública del Estado de Jalisco es la responsable de diseñar y ejecutar el Programa de Obra Pública del Estado por lo que podrá consultar la información concerniente a este inciso en el siguiente enlace: y de  la Secretaría de Administración de conformidad  a los artículos 26 fracción I, II, III, IV y V y 19 respectivamente de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, por lo que la información aquí presentada es como referencia para su conocimiento.

 

podrá consultar la información concerniente a este inciso en el siguiente enlace:

 

Secretaría de Infraestructura y Obra Pública

Organismo: 
Hogar Cabañas

Archivos

  • Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco_22.pdf
    Código de Asistencia Social del Estado de Jalisco_22.pdf (application/pdf) (460.08 KB)
  • Reglamento Orgánico del Hogar Cabañas_0.pdf
    Reglamento Orgánico del Hogar Cabañas_0.pdf (application/pdf) (411.67 KB)
  • Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco .pdf
    Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco .pdf (application/pdf) (662.17 KB)
Autor: alfredo.reyes
Fecha de actualización: 30/06/2021
Fecha de validación: 30/06/2021