Con fundamento en el articulo 54 dentro de las facultades conferidas al Hogar Cabañas en el Código de Asistencia Social el Hogar Cabañas no tiene atribución de condonar o cancelar créditos fiscales, por lo que no se enlistan los datos de nombre, denominación o razón social ni clave de Registro Federal de Contribuyentes.
NOTA:
Es atribución de la Secretaría de Hacienda cancelar o condonar créditos fiscales de acuerdo con el artículo 18 fracción XXI de la Ley Orgánica del poder Ejecutivo del Estado de Jalisco que refiere lo siguiente:…” XXI. Proponer al Gobernador del Estado la procedencia de la cancelación de cuentas o créditos incobrables, así como el otorgamiento de subsidios fiscales y subvenciones, en los casos en que se justifique;...”
Para consultar las condonaciones y cancelaciones fiscales, haga click en el siguiente enlace: Condonaciones y Cancelaciones Fiscales