Artículo 8 Fracción V Inciso q) El nombre, denominación o razón social y clave del Registro Federal de Contribuyentes de quienes se les hubiera cancelado o condonado algún crédito fiscal, los montos respectivos, así como la información estadística

Es atribución de la Secretaría de Hacienda cancelar o condonar créditos fiscales de acuerdo con el artículo 18 fracción XXI de la Ley Orgánica del poder Ejecutivo del Estado de Jalisco que refiere lo siguiente:…” XXI. Proponer al Gobernador del Estado la procedencia de la cancelación de cuentas o créditos incobrables, así como el otorgamiento de subsidios fiscales y subvenciones, en los casos en que se justifique;...”
 
Para consultar las condonaciones y cancelaciones fiscales, haga click en el siguiente enlace:
 
 
Organismo: 
Fondo Jalisco de Fomento Empresarial - FOJAL (833)
Autor: fatima.iniguez.fojal
Fecha de actualización: 02/03/2022
Fecha de validación: 02/03/2022