Artículo 8 punto 1 fraccion VII Las versiones públicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligado en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio y que hayan causado estado

 

 

 

De acuerdo con las atribuciones establecidas en el artículo 36 y 38 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, de Ficalía del Estado de Jalisco, no tiene atribuciones para dictar resoluciones y laudos.
 
Le informo que le corresponde al Tribunal de Arbitraje y Escalafón conocer de las controversias que se susiten entre el Estado, los municipios, los Organos Desentralizadosy de empresas de participación mayoritaria de ambos, con sus servidores, con motivo de las relaciones de trabajo, de conformidad con el art. 27 de la Constitución Politica del Estado de Jalisco, motivo por el cual se deja a disposición el vínculo de Transaparencia Tribunal Arditraje y Escalafón para consultar la información correspondiente.
 
 
El Tribunal de lo Administrativo, es la instancia en la cual se ventilan las inconformidades de la ciudadanía en contra de los Actos Administrativos emitidos por este Sujeto obligado, por lo que se deja el vínculo del Tribunal de lo Administrativo para su consulta.
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
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Dependencia: 
Fiscalía del Estado
Autor: teresa.tellez
Fecha de actualización: 10/03/2022
Fecha de validación: 10/03/2022