Es atribución de la Secretaría de Hacienda cancelar o condonar créditos fiscales de acuerdo con el artículo 18 fracción XXI de la Ley Orgánica del poder Ejecutivo del Estado de Jalisco que refiere lo siguiente:…” XXI. Proponer al Gobernador del Estado la procedencia de la cancelación de cuentas o créditos incobrables, así como el otorgamiento de subsidios fiscales y subvenciones, en los casos en que se justifique;...”
Para consultar las condonaciones y cancelaciones fiscales, haga click en el siguiente enlace: Condonaciones y Cancelaciones Fiscales
Dependencia:
Coordinación General Estratégica de Crecimiento y Desarrollo Económico
Autor: omar.macedonio_cgde
Fecha de actualización: 01/01/2022
Fecha de validación: 18/03/2022