Artículo 8, Fracción VI, inciso c ) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años.

De acuerdo con las atribuciones establecidas en el artículo 30 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco correspondiente a las facultades de la Secretaria de Salud Jalisco, esta dependencia no está facultada para realizar obras públicas.

 

Así mismo de conformidad con el artículo 26 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Secretaria de Infraestructura y Obra Pública es la responsable de diseñar y ejecutar el Programa de Obra Pública del Estado por lo que podrá consultar la información concerniente a este inciso en el siguiente enlace:

 

Secretaría de Infraestructura y Obra Pública.

 

Dependencia: 
Secretaría de Salud
Autor: tomas.gomez
Fecha de actualización: 04/03/2022
Fecha de validación: 04/03/2022