Artículo 8 Fracción V Inciso m) El listado de personas físicas o jurídicas a quienes, por cualquier motivo, se les asigne o permita usar recursos públicos o, en los términos de las disposiciones aplicables, realicen actos de autoridad...

La información con la que cuenta esta dependencia es a partir del ejercicio fiscal 2019. Derivado de que con fecha 05 de diciembre de 2018, el decreto número 27213/LXII/18 abroga la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y se crea la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y con ello, se crea la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo.
 

De esta manera, al tratarse de una dependencia de nueva creación, no existe un histórico de información o datos anteriores al año 2019 y por ende, sólo se reporta la información a partir de su creación.

De acuerdo con las atribuciones establecidas en el artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco  y en el Reglamento Interior de la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, esta dependencia no está facultada para  permitir el uso de recursos públicos a personas físicas o jurídicas. Así mismo se manifiesta que esta Dependencia no ha asignado recursos públicos a alguna persona física o jurídica en los últimos años.

 

 

Por último, se informa que dependencia no reporta personas físicas o jurídicas que ejerzan actos de autoridad a los que hace referencia este inciso.
Dependencia: 
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado
Autor: mariana.montejano
Fecha de actualización: 01/03/2022
Fecha de validación: 01/03/2022