Art.8, Fracc. VII. Las versiones públicas de las resoluciones y laudos que emitan los sujetos obligados, en procesos o procedimientos seguidos en forma de juicio y que hayan causado estado;

De acuerdo con las atribuciones establecidas en el artículo 13 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio no tiene atribuciones para dictar resoluciones o laudos.

 

Le informamos que le corresponde al Tribunal de Arbitraje y Escalafón conocer de las controversias que se susciten entre el Estado, los municipios, los organismos descentralizados y empresas de participación mayoritaria de ambos, con sus servidores, con motivo de las relaciones de trabajo, de conformidad con el artículo 27 de la Constitución Política del Estado de Jalisco, motivo por el cual se deja a disposición el vínculo de "Transparencia Tribunal de Arbitraje y Escalafón" para consultar la información correspondiente a este inciso.

 

El Tribunal de lo Adminstrativo, es la instancia en la cual se ventilan las inconformidades de la ciudadanía en contra de los Actos Administrativos emitidos por esta dependencia, por lo que se deja el vínculo del Tribunal de lo Administrativo para su consulta.

 

Cabe mencionar que de conformidad con lo establecido en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, fue publicada el día 5 (cinco) de diciembre de 2018 (dos mil dieciocho) en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 6 (seis) de diciembre de 2018 (dos mil dieciocho), con lo cual surge a la vida jurídica esta Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio del Estado de Jalisco. En tal virtud, se le informa que esta dependencia no cuenta con información histórica al no haber sido creada y al encontrarse la imposibilidad técnica y jurídica de generarla.

Dependencia: 
Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio
Autor: oscar.moreno_cggt
Fecha de actualización: 31/03/2022
Fecha de validación: 31/03/2022