Artículo 8, fracción VI, inciso c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años, donde se señale cuando menos la descripción y ubicación de la obra; ejecutor y supervisor de la obra, el costo inicial y final;

De acuerdo con las atribuciones establecidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, esta Secretaría no esta facultada para realizar obras públicas.

 

Así mismo de conformidad con el artículo 26 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Secretaría de Infraestructura y Obra Pública es la responsable de diseñar y ejecutar el programa de Obra Pública del Estado por lo que podrá consultar la información concerniente a este inciso en el siguiente enlace

Secretaría de Infraestructura y Obra Pública  

Dependencia: 
Secretaría de Transporte
Autor: juan.islas
Fecha de actualización: 02/03/2022
Fecha de validación: 02/03/2022