Artículo 8 Fracción II Inciso b) Los tratados y convenciones internacionales suscritas por México.

Tratados y Convenciones Internacionales aplicables a la dependencia.






Dependencia/ Área Nombre Fecha de Publicación Sección Aplicable a la Dependencia Documento

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

 

Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos

 

Adopción: Nueva York, EUA, 16 de diciembre de 1966
Adhesión de México: 24 de marzo de 1981
Decreto Promulgatorio DO 20 de mayo de 1981
Fe de Erratas DO 22 de junio de 1981

 

En relación a los Tratados, Convenios, Acuerdos y otras disposiciones internacionales en los que se reconocen derechos humanos, en el mismo sentido la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, los aplica en su totalidad. En virtud de dicha reforma es que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. 

 

 

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

 

Convención Americana sobre Derechos Humanos

 

San José, Costa Rica  7 al 22 de noviembre de 1969. Adhesión de México: 02 de marzo de 1981

 

En relación a los Tratados, Convenios, Acuerdos y otras disposiciones internacionales en los que se reconocen derechos humanos, en el mismo sentido la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, los aplica en su totalidad. En virtud de dicha reforma es que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. 

 

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

 

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

 

Adopción: Nueva York, EUA, 16 de diciembre de 1966, Adhesión de México: 23 de marzo de 1981, Decreto Promulgatorio DO 12 de mayo de 1981

En relación a los Tratados, Convenios, Acuerdos y otras disposiciones internacionales en los que se reconocen derechos humanos, en el mismo sentido la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado, los aplica en su totalidad. En virtud de dicha reforma es que todas las autoridades en el ámbito de sus competencias, tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. 

 

 

Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco. Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales “Protocolo de San Salvador” 12 de diciembre de 1985 Parte I, artículo 1, Parte II, artículo 2.

 

 

Dependencia: 
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado
Autor: mariana.montejano
Fecha de actualización: 01/03/2022
Fecha de validación: 01/03/2022