Art.8, Fracc. V, Inciso b) Los ingresos extraordinarios recibidos por cualquier concepto, señalando el origen de los recursos, el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como el proyecto o programa;

Este sujeto Obligado no tiene ingresos extraordinarios recibidos por cualquier concepto para el ejercicio 2019, 2020 y 2021 y a la fecha, ya que la Secretaría de la Hacienda Pública es la encargada de administrar todos los ingresos extraordinarios del Poder Ejecutivo de Jalisco, según con el artículo 18 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

 

Por otro lado se le informa que de acuerdo con las atribuciones establecidas o conferidas en el Artículo 13 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco esta Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio no genera la información que se requiere para este apartado.

 

Cabe mencionar que la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la cual fue publicada en día 5 (cinco) de diciembre de 2018 (dos mil dieciocho) en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 6 (seis) de diciembre de 2018 (dos mil dieciocho), con lo que surge a la vida jurídica esta Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio del Estado de Jalisco. En tal virtud, la información que requiere con relación a lo solicitado en este apartado en años anteriores de cuando al menos los últimos tres años, no existe, al no haber sido generada y al encontrarse la imposibilidad técnica y jurídica de generarla.

Dependencia: 
Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio
Autor: oscar.moreno_cggt
Fecha de actualización: 31/03/2022
Fecha de validación: 31/03/2022