Artículo 8 Fracción I Inciso h) Dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes de acceso a la información.

De conformidad a lo establecido en el Reglamento de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Protección de Datos Personales de la Administración Pública Centralizada del Estado de Jalisco en su artículo 13 fracción V, que a la letra dice:

 

“V. Unidad de Transparencia de los Órganos Auxiliares del Ejecutivo y Secretarías Transversales, la cual concentrará el desahogo de las obligaciones en materia de transparencia, acceso a la información pública y protección de datos personales de los asuntos relacionados con los siguientes sujetos obligados de la Administración Pública Centralizada:

a) Secretaría General de Gobierno;

b) Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado;

c) Jefatura de Gabinete;

d) Unidad de Enlace Federal y Asuntos Internacionales;

e) Despacho de Gobernador y Unidades Auxiliares del Gobernador;

f) Secretaría de Planeación y Participación Ciudadana;

g) Coordinación General de Comunicación;

h) Coordinación General de Transparencia; e

i) Secretaría de Igualdad Sustantiva entre Mujeres y Hombres”

 

En razón de lo anterior, la información  que a continuación se muestra, es aplicable a los  9 Sujetos Obligados mencionados.

 

Podrán recibirse solicitudes de acceso a la información y acceder al ejercicio de sus derechos ARCO en la siguiente dirección de correo electrónico:

transparencia.oaest@jalisco.gob.mx

Dependencia: 
Coordinación General de Transparencia - CGT
Autor: anahi.barajascgt
Fecha de actualización: 01/03/2022
Fecha de validación: 01/03/2022