Art.8, Fracc. V, Inciso k) El contrato de prestación de servicios o por honorarios, y el gasto realizado por concepto de pago de asesorías al sujeto obligado, donde se señale nombre de la empresa, institución o individuos;

La Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, fue publicada el día 5 (cinco) de diciembre de 2018 (dos mil dieciocho) en el Periódico Oficial "El Estado de Jalisco", entrando en vigor el día 6 (seis) de diciembre de 2018, con lo cual surge a la vida jurídica esta Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio del Estado de Jalisco. En tal virtud, se le informa que esta Coordinación no cuenta con información histórica al no haber sido creada y al encontrarse la imposibilidad técnica y jurídica de generarla.

 

Esta Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio del Estado de Jalisco, de acuerdo a las facultades y obligaciones asignadas en el Artículo 13 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado, no cuenta con algún contrato de prestación de servicios o por honorarios, así como por gastos realizados y pagos de asesorías referentes a lo que requiere el presente inciso.

 

Cabe mencionar que para atender temas de la emergencia sanitaria derivadas del COVID-19, esta Coordinación General Estatégica de Gestión del Territorio puso a disposición de la Secretaría de la Hacienda Pública del Estado de Jalisco todo recurso asignado en esta partida para cubrir las necesidades derivadas de la pandemia, siendo la Secretaría de la Hacienda Pública la encargada de destinar el recurso.

 

Dependencia: 
Coordinación General Estratégica de Gestión del Territorio
Autor: oscar.moreno_cggt
Fecha de actualización: 31/03/2022
Fecha de validación: 31/03/2022