Artículo 8 Fracción VI Inciso b) Los servicios públicos que presta el sujeto obligado, donde se señale cuando menos la descripción y cobertura del servicio público; los recursos materiales, humanos y financieros asignados para la prestación del servicio..

La información con la que cuenta esta dependencia es a partir del ejercicio fiscal 2019. Derivado de que con fecha 05 de diciembre de 2018, el decreto número 27213/LXII/18 abroga la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y se crea la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y con ello, se crea la Jefatura de Gabinete.
De esta manera, al tratarse de una dependencia de nueva creación, no existe un histórico de información o datos anteriores al año 2019 y por ende, sólo se reporta la información a partir de su creación.

 

Este Sujeto Obligado, de acuerdo a las facultades y obligaciones conferidas en los artículos 8 y 10 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, así como los artículos 3 y 7 del Reglamento Interno de Jefatura de Gabinete del Gobierno del Estado de Jalisco, en el encargado de evaluar y supervisar el trabajo de las Coordinaciones Generales Estratégicas y de las Secretarías, poner a disposición del Ejecutivo la asignación de trabajos conforme a las competencias determinadas por la ley y asignarles la ejecución de proyectos y responsabilidad sobre un asunto especifico y que tienen a su cargo el ejercicio de las funciones y el despacho de los asuntos que expresamente le encomienda la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

 

Atento a lo anterior, Jefatura de Gabinete no tiene entre sus atribuciones ofrecer servicios públicos, ni trámites públicos; en consecuencia, no se genera información relacionada al presente inciso.

Dependencia: 
Jefatura de Gabinete
Autor: alvaro.pelayo
Fecha de actualización: 01/03/2022
Fecha de validación: 01/03/2022