Artículo 8 Fracción VI Inciso c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

De acuerdo con las atribuciones establecidas en el artículo 17 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, esta dependencia no está facultada para realizar obras públicas.

Así mismo de conformidad con el artículo 26 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Secretaria de Infraestructura y Obra Pública es la responsable de diseñar y ejecutar el Programa de Obra Pública del Estado por lo que podrá consultar la información concerniente a este inciso en el siguiente enlace:

Secretaría de Infraestructura y Obra Pública 

Dependencia: 
Secretaría General de Gobierno
Autor: anahi.barajas.sgg
Fecha de actualización: 01/03/2022
Fecha de validación: 01/03/2022

Artículo 10 Bis. Información fundamental - Colegio de Notarios del Estado de Jalisco

Es información fundamental del Colegio de Notarios del Estado de Jalisco.

Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos

Información fundamental - Fideicomisos públicos.