Artículo 8 Fracción V Inciso h) El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben

Es atribución del Instituto de Pensiones del Estado, como organismo público descentralizado del poder ejecutivo que conduce sus actividades en forma programada atendiendo los fines de seguridad social que le son confiados, de acuerdo a políticas y prioridades que establezca el gobierno del Estado, contar con el listado de jubilados de conformidad con lo establecido en los artículos 58, 72, de la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco.

En razón de lo anterior, se presenta un enlace a la información administrada por el Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco.

El listado de jubilados y pensionados y el monto que reciben IPEJAL

Dependencia: 
Secretaría General de Gobierno
Autor: anahi.barajas.sgg
Fecha de actualización: 01/03/2022
Fecha de validación: 01/03/2022

Artículo 10 Bis. Información fundamental - Colegio de Notarios del Estado de Jalisco

Es información fundamental del Colegio de Notarios del Estado de Jalisco.

Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos

Información fundamental - Fideicomisos públicos.