Artículo 8 Fracc I h) Dirección electrónica donde podrán recibirse las solicitudes de acceso a la información.

Se reciben solicitudes de información pública respecto a este sujeto obligado, a través del correo electrónico oficial de la Unidad de Transparencia, en el domicilio oficial de ésta, vía telefónica, por correo postal, mensajería, telégrafo, verbalmente ante el personal habilitado que las capturará en el sistema electrónico de solicitudes; o cualquier medio aprobado por el Sistema Nacional.

Para el caso de que aún se quiere utilizar el correo electrónico para solicitar información, la solicitud debe dirigirse en los términos que señala el Artículo 79 de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Jalisco y sus Municipios al correo electrónico: transparencia.oaest@jalisco.gob.mx

 

Dependencia: 
Secretaría General de Gobierno
Autor: anahi.barajas.sgg
Fecha de actualización: 01/01/2019
Fecha de validación: 01/12/2019

Artículo 10 Bis. Información fundamental - Colegio de Notarios del Estado de Jalisco

Es información fundamental del Colegio de Notarios del Estado de Jalisco.

Artículo 16 Bis. Información fundamental - Fideicomisos públicos

Información fundamental - Fideicomisos públicos.