NO APLICA. EL IPEJAL NO CANCELA NI CONDONA CRÉDITOS FISCALES. El artículo 149 de la Ley del Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco establece sus atribuciones y funciones, entre las cuales no se estabablece este tipo de atribuciónes, por lo tanto tampoco le compete generar ni cuenta con este tipo de información.
Organismo:
Instituto de Pensiones del Estado de Jalisco - IPEJAL
Autor: anaisabel.gutierrez
Fecha de actualización: 14/03/2022
Fecha de validación: 14/03/2022