Este inciso, no aplica para este organismo. La Comisión Estatal del Agua de Jalisco dentro de sus atribuciones, las cuales están descritas en el artículo 23 de la Ley del Agua para el Estado de Jalisco, no cuenta con la facultad para cancelar o condonar créditos fiscales. La única dependencia facultada para cancelar créditos fiscales es la Secretaría de la Hacienda, consultándolo en el siguiente vínculo. |
Organismo:
Comisión Estatal del Agua de Jalisco - CEA
Autor: javier.ramos
Fecha de actualización: 11/06/2021
Fecha de validación: 01/02/2022