Artículo 8. Fracción V, Inciso b) Los ingresos extraordinarios recibidos por cualquier concepto, señalando el origen de los recursos, el nombre de los responsables de recibirlos, administrarlos y ejercerlos, así como el proyecto o programa.

De acuerdo con el artículo 6º de la Ley Orgánica de este Organismo Público Descentralizado denominado Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Cómputo del Estado de Jalisco, también conocido como “Escudo Urbano C5", no cuenta con facultades y atribuciones para recibir ingresos extraordinarios ni por cualquier otro concepto.

 

 

En consecuencia, no se cuenta con información histórica para los ejercicios 2019, 2020, 2021 y de enero a la fecha de actualización del año 2022, debido a que la Secretaría de la Hacienda Pública es la encargada de administrar todos los ingresos extraordinarios del poder ejecutivo de Jalisco, según con el artículo 18 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco.

Organismo: 
Centro de Coordinación, Comando, Control, Comunicaciones y Computo de Estado de Jalisco - Escudo Urbano C5
Autor: noe.cobian
Fecha de actualización: 14/03/2022
Fecha de validación: 14/03/2022