Artículo 8 Fracción VI Inciso c) Las obras públicas que realiza el sujeto obligado, de cuando menos los últimos tres años;

La información con la que cuenta esta dependencia es a partir del ejercicio fiscal 2019. Derivado de que con fecha 05 de diciembre de 2018, el decreto número 27213/LXII/18 abroga la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo y se crea la nueva Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco y con ello, se crea la Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo.
 

De esta manera, al tratarse de una dependencia de nueva creación, no existe un histórico de información o datos anteriores al año 2019 y por ende, sólo se reporta la información a partir de su creación.

 

De acuerdo con las atribuciones establecidas en el artículo 44 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco  y en el Reglamento Interior de la consejería Jurídica del Poder Ejecutivo, esta dependencia no está facultada para realizar obras públicas.

 

Así mismo de conformidad con el artículo 26 fracción I de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Jalisco, la Secretaria de Infraestructura y Obra Pública es la responsable de diseñar y ejecutar el Programa de Obra Pública del Estado por lo que podrá consultar la información concerniente a este inciso en el siguiente enlace:

Secretaría de Infraestructura y Obra Pública

Dependencia: 
Consejería Jurídica del Poder Ejecutivo del Estado
Autor: mariana.montejano
Fecha de actualización: 01/03/2022
Fecha de validación: 01/03/2022