ACLARACIÓN
El SEDAR no suscribe contratos de obra, ni de adquisiciones, ni de servicios; puesto que todos los contratos, convenios, y cualquier instrumento jurídico de esa naturaleza se suscriben a través del Poder Ejecutivo del Estado o del IPEJAL. Sin embargo el SEDAR destina recursos del fideicomiso al pago de honorarios derivados de los servicios y operaciones que realiza la Institución Fiduciaria.
Lo anterior se establece en la cláusula DÉCIMA SEXTA del CONTRATO DE FIDEICOMISO IRREVOCABLE DE INVERSIÓN Y ADMINISTRACIÓN, PARA LA CONSTITUCIÓN DE UN FONDO PARA EL PAGO DE PENSIONES COMPLEMENTARIAS, que fue celebrado entre el Ejecutivo del Estado (Fideicomitente); y el Banco Nacional de México, S.A. (Fiduciario); siendo los Fideicomisarios los trabajadores de las dependencias del Fideicomitente y los trabajadores de las entidades públicas que se adhieran; el cual puede consultarse a continuación:
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Contrato de Fideicomiso del SEDAR.pdfContrato de Fideicomiso del SEDAR.pdf (application/pdf) (181.94 KB)
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Contrato del Fideicomiso del SEDAR Certificado.pdfContrato del Fideicomiso del SEDAR Certificado.pdf (application/pdf) (2.84 MB)
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Reglamento para la Operación SEDAR 27 Nov 2014_23.pdfReglamento para la Operación SEDAR 27 Nov 2014_23.pdf (application/pdf) (11.09 MB)