Artículo 8 Fracción IV - Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público - CAVTP

Jue, 30/07/2015 - 13:16 -- eva.takahashi
Organismo: 
Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público - CAVTP
a) El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio.: 
Descripción: 

El Consejo Estatal de Atención a Victimas del Transporet Público no cuenta en estos momentos con Plan General Institucional.

Nombre inciso: 
a) El Plan General Institucional del poder, organismo o municipio.
b) Los programas operativos anuales, de cuando menos los últimos tres años.: 
Descripción: 

No aplica.-  el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Salud, el cual carece de presupuesto asignado; no tiene estructura orgánica, carece de personal alguno; el cual funciona como un órgano colegiado consultivo, con participación con cargos honoríficos de Representación Social, Dependencias del Poder Público y Empresas prestadoras del servicio de transporte público colectivo de pasajeros. Lo anterior de conformidad a los artículos 1 y 4 del Acuerdo DIGELAG ACU 001/05, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” con fecha 8 de enero de 2005, sección III.
La información que genera el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público son convocatorias, ordenes del día y minutas de las sesiones que realiza, las cuales son detonadas a través del Secretario Técnico del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes en Jalisco (CEPAJ), las cuales se encuentran en las fracciones i) y j) de este artículo 8, relativo a la Información fundamental – General.

Nombre inciso: 
b) Los programas operativos.
c) Los manuales de organización.: 
Descripción: 

No aplica.- el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Salud, el cual carece de presupuesto asignado; no tiene estructura orgánica, carece de personal alguno; el cual funciona como un órgano colegiado consultivo, con participación con cargos honoríficos de Representación Social, Dependencias del Poder Público y Empresas prestadoras del servicio de transporte público colectivo de pasajeros. Lo anterior de conformidad a los artículos 1 y 4 del Acuerdo DIGELAG ACU 001/05, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” con fecha 8 de enero de 2005, sección III.
La información que genera el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público son convocatorias, ordenes del día y minutas de las sesiones que realiza, las cuales son detonadas a través del Secretario Técnico del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes en Jalisco (CEPAJ), las cuales se encuentran en las fracciones i) y j) de este artículo 8, relativo a la Información fundamental – General.

Nombre inciso: 
c) Los manuales de organización.
d) Los manuales de operación.: 
Descripción: 

No aplica.-  el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Salud, el cual carece de presupuesto asignado; no tiene estructura orgánica, carece de personal alguno; el cual funciona como un órgano colegiado consultivo, con participación con cargos honoríficos de Representación Social, Dependencias del Poder Público y Empresas prestadoras del servicio de transporte público colectivo de pasajeros. Lo anterior de conformidad a los artículos 1 y 4 del Acuerdo DIGELAG ACU 001/05, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” con fecha 8 de enero de 2005, sección III.
La información que genera el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público son convocatorias, ordenes del día y minutas de las sesiones que realiza, las cuales son detonadas a través del Secretario Técnico del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes en Jalisco (CEPAJ), las cuales se encuentran en las fracciones i) y j) de este artículo 8, relativo a la Información fundamental – General.

Nombre inciso: 
d) Los manuales de operación.
e) Los manuales de procedimientos.: 
Descripción: 

No aplica.-  el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Salud, el cual carece de presupuesto asignado; no tiene estructura orgánica, carece de personal alguno; el cual funciona como un órgano colegiado consultivo, con participación con cargos honoríficos de Representación Social, Dependencias del Poder Público y Empresas prestadoras del servicio de transporte público colectivo de pasajeros. Lo anterior de conformidad a los artículos 1 y 4 del Acuerdo DIGELAG ACU 001/05, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” con fecha 8 de enero de 2005, sección III.
La información que genera el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público son convocatorias, ordenes del día y minutas de las sesiones que realiza, las cuales son detonadas a través del Secretario Técnico del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes en Jalisco (CEPAJ), las cuales se encuentran en las fracciones i) y j) de este artículo 8, relativo a la Información fundamental – General.

Nombre inciso: 
e) Los manuales de procedimientos.
f) Los manuales de servicios.: 
Descripción: 

No aplica.-  el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Salud, el cual carece de presupuesto asignado; no tiene estructura orgánica, carece de personal alguno; el cual funciona como un órgano colegiado consultivo, con participación con cargos honoríficos de Representación Social, Dependencias del Poder Público y Empresas prestadoras del servicio de transporte público colectivo de pasajeros. Lo anterior de conformidad a los artículos 1 y 4 del Acuerdo DIGELAG ACU 001/05, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” con fecha 8 de enero de 2005, sección III.
La información que genera el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público son convocatorias, ordenes del día y minutas de las sesiones que realiza, las cuales son detonadas a través del Secretario Técnico del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes en Jalisco (CEPAJ), las cuales se encuentran en las fracciones i) y j) de este artículo 8, relativo a la Información fundamental – General.

Nombre inciso: 
f) Los manuales de servicios.
g) Los protocolos.: 
Descripción: 

No aplica.-  el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Salud, el cual carece de presupuesto asignado; no tiene estructura orgánica, carece de personal alguno; el cual funciona como un órgano colegiado consultivo, con participación con cargos honoríficos de Representación Social, Dependencias del Poder Público y Empresas prestadoras del servicio de transporte público colectivo de pasajeros. Lo anterior de conformidad a los artículos 1 y 4 del Acuerdo DIGELAG ACU 001/05, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” con fecha 8 de enero de 2005, sección III.
La información que genera el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público son convocatorias, ordenes del día y minutas de las sesiones que realiza, las cuales son detonadas a través del Secretario Técnico del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes en Jalisco (CEPAJ), las cuales se encuentran en las fracciones i) y j) de este artículo 8, relativo a la Información fundamental – General.

Nombre inciso: 
g) Los protocolos aplicables al y por el sujeto obligado.
h) Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; y: 
Descripción: 

No aplica.-  El Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público es un organismo público desconcentrado de la Secretaría de Salud, el cual carece de presupuesto asignado; no tiene estructura orgánica, carece de personal alguno; el cual funciona como un órgano colegiado consultivo, con participación con cargos honoríficos de Representación Social, Dependencias del Poder Público y Empresas prestadoras del servicio de transporte público colectivo de pasajeros. Lo anterior de conformidad a los artículos 1 y 4 del Acuerdo DIGELAG ACU 001/05, publicado en el Periódico Oficial “El Estado de Jalisco” con fecha 8 de enero de 2005, sección III.
La información que genera el Consejo para la Atención de las Víctimas del Transporte Público son convocatorias, ordenes del día y minutas de las sesiones que realiza, las cuales son detonadas a través del Secretario Técnico del Consejo Estatal para la Prevención de Accidentes en Jalisco (CEPAJ), las cuales se encuentran en las fracciones i) y j) de este artículo 8, relativo a la Información fundamental – General.
No cuenta con indicadores.

Nombre inciso: 
h) Los indicadores que permitan rendir cuenta de sus objetivos y resultados; y
i) Los demás instrumentos normativos internos aplicables.: 
Nombre inciso: 
i) Los demás instrumentos normativos internos aplicables.
Porcentaje de llenado: 
100.00
Autor: eva.takahashi
Fecha de actualización: 31/12/1969
Fecha de validación: 31/12/1969